Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, la Subsecretaría del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE del 2), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre y promoción interna en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Resultará de aplicación a la presente convocatoria el libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en todo lo que no se oponga a las anteriores normas, el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se establece un modelo común de convocatoria que regirá los procesos selectivos para el ingreso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y el resto de normativa vigente en la materia, incluyendo aquellas normas especiales que resulten de aplicación y que gozarán de prevalencia respecto de la normativa general.
Asimismo, esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y, en su caso, se adecuará a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
La presente convocatoria se desarrollará de conformidad con los siguientes apartados y anexos:
1. Publicación
1.1 La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es), en la página web de la seguridad social: «www.seg-social.es» (Menú: «Información útil»/Oferta pública de empleo), en el Portal del empleado público Funciona, así como en aquellos lugares que se estime conveniente. Serán válidas a los efectos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones realizadas en el «Boletín Oficial del Estado».
2. Descripción de las plazas
2.1 Las plazas convocadas se ajustan a lo dispuesto en los siguientes cuadros:
Turno libre
Número de plazas convocadas.
| Acceso general | Discapacidad | Total |
|---|---|---|
| 15 | 2 | 17 |
Reales decretos de oferta por los que se autorizan las plazas de turno libre.
| Año del real decreto | Acceso general | Discapacidad | Total |
|---|---|---|---|
| 2023 | 6 | 1 | 7 |
| 2025 | 9 | 1 | 10 |
Promoción interna
Número de plazas convocadas.
| Acceso general | Discapacidad | Total |
|---|---|---|
| 21 | 2 | 23 |
Reales decretos de oferta por los que se autorizan las plazas de promoción interna.
| Año del real decreto | Acceso general | Discapacidad | Total |
|---|---|---|---|
| 2023 | 12 | 1 | 13 |
| 2025 | 9 | 1 | 10 |
2.2 En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir diecisiete plazas de acceso libre, y veintitrés por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social, código 1603.
2.3 Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre se reservarán dos para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Del total de las plazas convocadas por el sistema de promoción interna se reservarán dos para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
El total de las diecisiete plazas convocadas por el sistema de acceso libre se establecen de acuerdo:
– Al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE de 12 de julio), corresponden siete plazas, de las cuales seis son de acceso general y una se reservará para ser cubierta por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 651/2025, de 15 de julio (BOE de 16 de julio), corresponden diez plazas, de las cuales nueve son de acceso general y una se reservará para ser cubierta por personas con discapacidad.
El total de las veintitrés plazas convocadas por promoción interna se establecen de acuerdo:
– Al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE de 12 de julio), corresponden trece plazas, de las cuales doce son de acceso general y una se reservará para ser cubierta por personas con discapacidad.
– Al Real Decreto 651/2025, de 15 de julio (BOE de 16 de julio), corresponden nueve plazas, de las cuales una son de acceso general y una se reservan para ser cubiertas por personas con discapacidad.
2.4 Las personas aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de ingreso, bien acceso libre o bien promoción interna.
3. Requisitos de las personas aspirantes
3.1 Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.
Requisitos generales de participación
3.2 Nacionalidad: Sólo podrán participar las personas candidatas de nacionalidad española según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
3.3 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3.4 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3.5 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios de carrera, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala al que se presenta. En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.6 El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posea la titulación requerida y supere los correspondientes procesos selectivos.
Este personal tiene derecho a solicitar a la Comisión Permanente de Homologación la exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen. Esta petición deberá efectuarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso correspondiente y se acompañará de la acreditación de convocatorias, programas y pruebas superadas, así como de la correspondiente certificación expedida por el Organismo Internacional en cuestión. A estos efectos, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero, sobre el acceso de funcionarios de nacionalidad española de Organismos internacionales a los cuerpos y escalas de la Administración General del Estado.
Titulación
3.7 Las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado a la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes. Se entenderá que se está en condiciones de obtener dicho título mediante el certificado del órgano educativo competente que acredite la superación de todas las asignaturas o créditos ECTS exigidos y, en su caso, el abono de las tasas académicas correspondientes a la expedición del título.
3.8 A la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a aquellas personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Las personas aspirantes que concurran por promoción interna deberán cumplir, además de todos los anteriores, los siguientes requisitos específicos:
3.9 Pertenecer como personal funcionario de carrera a alguno de los siguientes colectivos:
a) De los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2.
b) De los cuerpos o escalas postales y telegráficos, adscritos al subgrupo A2.
c) De los cuerpos o escalas del subgrupo A2 de las demás Administraciones públicas incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que estén desempeñando como personal funcionario de carrera un puesto de trabajo en la Administración General del Estado y hayan obtenido destino definitivo en la misma.
3.10 Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo, como personal funcionario de carrera en los cuerpos o escalas del subgrupo A2 mencionados en el punto 3.10 y en los términos previstos en el mismo.
La acreditación de los anteriores requisitos se realizará mediante el certificado recogido en el anexo III de la convocatoria.
4. Solicitudes
Presentación por medios electrónicos
4.1 De acuerdo con el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de las solicitudes y documentación y, en su caso, la subsanación de las actuaciones de este proceso selectivo por medios electrónicos a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indican en el anexo II. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero y respecto de los procedimientos de impugnación de las actuaciones del proceso selectivo.
4.2 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).
– Anexar documentos a la solicitud (opcional).
– El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).
– El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).
– La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada (opcional).
– La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos subsanables relacionados con la causa de exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
4.3 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio de IPS.
4.4 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán rellenar el siguiente formulario https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS o dirigirse al teléfono 060.
4.5 Únicamente se tendrá en cuenta una solicitud por persona aspirante. En el supuesto de que se presentara más de una solicitud, se tendrá en cuenta a todos los efectos la última solicitud presentada.
Plazo de presentación
4.6 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que haya de subsanarse la presentación electrónica de la solicitud, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
4.7 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos consignados en su solicitud registrada telemáticamente, que podrán modificar dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
4.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4.9 De acuerdo con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes, siempre y cuando este no hubiera vencido, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo acordada.
Pago de las tasas
4.10 El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros para el sistema general de acceso libre y de 15,55 euros para el sistema de promoción interna. El importe reducido para familias numerosas será de 15,55 euros y de 7,78 euros respectivamente.
4.11 El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia del pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
4.12 En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el extranjero, se realizará en la cuenta corriente IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 abierta a nombre de «Tesoro Público. Derechos de examen». Este sistema solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
4.13 Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deberán acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tal condición. No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, salvo oposición expresa de la persona interesada.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Serán requisitos para el disfrute de la exención:
– Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.
– Que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en vigor a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de oposición, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará por la persona interesada en la oficina de los servicios públicos de empleo y deberá anexarse a la inscripción.
En cuanto a la acreditación de las rentas, en caso de oposición, la persona interesada deberá presentar anexo a la solicitud certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio en el que el plazo de presentación de la declaración del IRPF haya finalizado o, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio. La valoración de las rentas se realizará con independencia de que se haya optado por la tributación conjunta o individual.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
4.14 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. La falta de justificación del abono de las tasas por derechos de examen o de encontrarse exento del pago determinará la exclusión del aspirante.
4.15 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
4.16 No procederá la devolución de la tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada ni en caso de inasistencia al ejercicio.
Protección de datos personales
4.17 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.
4.18 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
4.19 El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando la seudoanonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
4.20 La Subsecretaría del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es responsable del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos en «https://www.inclusion.gob.es/privacidad».
4.21 Los derechos de protección de datos de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica a través de la sede electrónica señalada o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros.
4.22 En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.
5. Admisión de aspirantes
5.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, por la que declarará aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en el apartado 1.1, se indicará la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
5.2 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles computados desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión.
5.3 Finalizado dicho plazo, se expondrá la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
6. Proceso selectivo
6.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para las personas aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de concurso-oposición para aquellas que lo hagan por el turno de acceso por promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y calificaciones que se especifican en este apartado.
6.2 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo, cuyo contenido y desarrollo diferirá de lo valorado en las fases previas. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición y, en su caso, la de concurso serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad convocante.
6.3 Descripción de la fase de oposición.
Las pruebas del proceso obedecen a valorar los conocimientos, teóricos y prácticos de las materias que se relacionan en el programa a desarrollar y que son necesarios para conocer el funcionamiento de los procedimientos de control interno y la contabilidad del sistema de la seguridad social española, así como la correcta expresión y desarrollo oral de estos conocimientos junto con la acreditación del conocimiento necesario de idioma extranjero.
La fase de oposición, que constituye la primera fase del proceso selectivo, consistirá en la superación de cinco ejercicios obligatorios, todos y cada uno de ellos eliminatorios.
a) Las personas aspirantes a las plazas del turno libre así como las personas aspirantes a las plazas de promoción interna que no pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad que superen el primer ejercicio de la presente convocatoria obteniendo una puntuación igual o superior a diez puntos, quedarán exentos de realizar este ejercicio en la convocatoria siguiente en la que se contemple el acceso por turno libre o por promoción interna. No obstante, si el aspirante realizara el ejercicio, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria anterior.
b) Las personas aspirantes a las plazas de turno libre así como las personas aspirantes a las plazas de promoción interna que no pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad que superen el segundo ejercicio de la presente convocatoria obteniendo una puntuación igual o superior a doce puntos y medio, quedarán exentos de realizar este ejercicio en la convocatoria siguiente en la que se contemple el acceso por turno libre o por promoción interna. No obstante, si el aspirante realizara el ejercicio, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria anterior.
c) Las personas aspirantes a las plazas de turno libre así como las personas aspirantes a las plazas de promoción interna que no pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad que superen el tercer ejercicio de la presente convocatoria obteniendo una puntuación igual o superior a doce puntos y medio, quedarán exentos de realizar este ejercicio en la convocatoria siguiente en la que se contemple el acceso por turno libre o por promoción interna. No obstante, si el aspirante realizara el ejercicio, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria anterior.
Las personas aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad, estarán exentos de la realización del primer y del segundo ejercicio de la presente convocatoria. Asimismo, cuando superen el tercer ejercicio de la presente convocatoria obteniendo una puntuación igual o superior a doce puntos y medio, quedarán exentos de realizar dicho ejercicio en la convocatoria siguiente en la que se contemple el acceso por promoción interna.
La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se hubiera conservado la nota sean análogos y se opte por la misma forma de acceso.
Las personas aspirantes a las plazas de promoción interna que no pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad, estarán exentos de la realización de las preguntas correspondientes a derecho civil y mercantil que figuren dentro del primer ejercicio.
Primer ejercicio: Para las personas aspirantes de acceso libre consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de un cuestionario de 25 preguntas que el Tribunal propondrá sobre el temario de Derecho Civil y Mercantil y Economía General y de la Empresa que figura en el anexo I. Este ejercicio será corregido por el Tribunal, garantizándose el anonimato de las personas aspirantes.
Las personas aspirantes que accedan por promoción interna y no pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad estarán exentos del temario de Derecho Civil y Mercantil. Estas personas aspirantes exentos de los temas mencionados contestarán, en un tiempo máximo de dos horas, a un cuestionario de 12 preguntas referidas exclusivamente al resto del temario del primer ejercicio.
En este ejercicio se valorará la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.
La calificación del primer ejercicio para las personas aspirantes que participen por el sistema general de acceso libre será de cero a veinte puntos siendo eliminados aquellas personas aspirantes que no alcancen como mínimo diez puntos.
La calificación del primer ejercicio para las personas aspirantes que participen por el sistema de promoción interna será de «apto exento en la siguiente convocatoria», «apto no exento en la siguiente convocatoria» o «no apto» siendo eliminados aquellas personas aspirantes que no alcancen la calificación de «apto».
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de un máximo de tres casos prácticos de Contabilidad y Matemática Financiera, según temario que figura en el anexo I. Este ejercicio será corregido por el Tribunal, garantizándose el anonimato de las personas aspirantes.
En este ejercicio se valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática y la capacidad de análisis.
La calificación del segundo ejercicio para las personas aspirantes que participen por el sistema general de acceso libre será de cero a veinticinco puntos siendo eliminados aquellas personas aspirantes que no alcancen como mínimo doce puntos y medio.
La calificación del segundo ejercicio para las personas aspirantes que participen por el sistema de promoción interna será de «apto exento en la siguiente convocatoria», «apto no exento en la siguiente convocatoria» o «no apto» siendo eliminados aquellas personas aspirantes que no alcancen la calificación de «apto».
Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de un máximo de tres casos prácticos de Contabilidad Superior, según temario que figura en el anexo I. Este ejercicio será corregido por el Tribunal, garantizándose el anonimato de las personas aspirantes.
En este ejercicio se valorará la calidad técnica de la solución propuesta, la sistemática y la capacidad de análisis.
La calificación del tercer ejercicio tanto para las personas aspirantes que participen por el sistema general de acceso libre como para las que participen por el sistema de promoción interna será de cero a veinticinco puntos siendo eliminados aquellas personas aspirantes que no alcancen como mínimo doce puntos y medio.
Cuarto ejercicio: Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual los candidatos podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés equivalente a B2 o superior, de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER).
La modalidad presencial consistirá en (A) la traducción de un texto del idioma elegido al español, así como en (B) la contestación, en el idioma elegido, a las preguntas que se formulen en dicho idioma. Se realizará por escrito y sin diccionario y su duración no podrá exceder de dos horas.
En este ejercicio se valorará el conocimiento de los idiomas extranjeros, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la traducción en castellano.
En la modalidad de acreditación de los conocimientos mediante titulación, alternativa de la anterior, los opositores que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés o francés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo V, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda con un nivel B2 o superior del idioma escogido y se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.
Aquellos opositores que se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en el modelo 790 deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés o francés.
El Tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo.
Si el órgano de selección detectase que la titulación presentada no cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria para la acreditación del nivel de idioma que se requiere, lo acordará en una resolución en la que relacionará a las personas aspirantes que, debido a este motivo, deberán realizar la correspondiente prueba de idioma. Esta resolución se publicará con antelación suficiente a la fecha de realización del ejercicio.
La calificación del cuarto ejercicio de idioma tanto para las personas aspirantes que participen por el sistema general de acceso libre como para los que participen por el sistema de promoción interna será de «apto» o «no apto».
En la modalidad presencial, se calificará como «apto» o «no apto». La calificación de «apto» no se otorgará si no se alcanza, al menos, el 50 por 100 de la valoración total de la parte B del ejercicio.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, alternativa de la anterior, la calificación será «apto» para las personas aspirantes que presenten alguno de los títulos que se recogen en el anexo V conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, que corresponda con un nivel B2 o superior del idioma escogido, y se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias y «no apto» en caso contrario.
Quinto ejercicio: Consistirá en la exposición oral en sesión pública de cuatro temas. Uno corresponderá al programa de «Derecho Comunitario, Constitucional, Administrativo y Tributario», otro al de «Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad de la Seguridad Social», y dos temas al de «Derecho del Trabajo y Seguridad Social».
Para determinar los cuatro temas que debe exponer el opositor se sorteará un tema de cada a uno de los dos primeros grupos de materias que integran el temario del quinto ejercicio, «Derecho Comunitario, Constitucional, Administrativo y Tributario» y «Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad de la Seguridad Social» y dos temas de la parte correspondiente a «Derecho del Trabajo y Seguridad Social». Posteriormente se sorteará un tema adicional de cada uno de los dos grupos de materias que determine el opositor y, finalmente, éste elegirá qué temas exponer de cada uno de estos dos grupos de materias junto al o los temas del grupo de materias restante sobre el que no se ha realizado sorteo adicional.
El tiempo máximo que podrá invertir el opositor en la exposición de los temas de este ejercicio será de una hora, pudiendo disponer de veinte minutos para preparar su actuación, sin que por el opositor se pueda consultar ninguna clase de textos o apuntes. Durante la exposición oral, el opositor podrá utilizar el guion que, en su caso, haya elaborado en el tiempo de preparación.
En este ejercicio se valorará la amplitud y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la capacidad de expresión oral.
La calificación del quinto ejercicio tanto para las personas aspirantes que participen por el sistema general de acceso libre como para los que participen por el sistema de promoción interna será de cero a cincuenta puntos siendo eliminados aquellas personas aspirantes que no alcancen como mínimo veinticinco puntos. No podrán ser aprobados los opositores que dejen de contestar alguno de los temas de este quinto ejercicio.
El Tribunal no podrá declarar aprobados en el último ejercicio a un número de opositores superior al de plazas convocadas.
El Tribunal expondrá la relación de aprobados de cada ejercicio, especificándose la puntuación que hubieran obtenido. Los que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada, para las personas aspirantes que participen por el sistema general de acceso libre, por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero, segundo, tercero y quinto; y para las personas aspirantes que participen por el sistema de promoción interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en el tercer ejercicio y en el quinto ejercicio.
6.4 Descripción de la fase de concurso.
La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en los siguientes méritos: servicios prestados, grado personal consolidado y cursos de formación. Esta fase corresponde sólo al proceso selectivo de promoción interna.
a) Servicios prestados: Se valorarán los servicios prestados del funcionario/a, hasta la fecha fin del plazo de presentación de solicitudes, en los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2 o en cuerpos o escalas postales y telegráficos, adscritos al subgrupo A2, o la antigüedad en cuerpos o escalas del subgrupo A2 de las demás Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado. Asimismo, se valorará también la experiencia acreditada del personal que, con carácter interino o temporal, hubiera desempeñado funciones idénticas o análogas a las del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social. Todo ello será valorado a razón de 0,4 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del subgrupo A2, siempre que el puesto de origen o el puesto al que se encuentre adscrito provisionalmente pertenezca a la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Seguridad Social.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia para el cuidado de familiares, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto, el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería realizar el reingreso, en ambos casos siempre que lo sea a un puesto de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social.
b) Grado personal consolidado: se otorgará la siguiente puntuación al grado personal que se tenga consolidado a fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes y formalizado, a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, a la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado del anexo V de esta resolución:
– Hasta el grado 20: 1 punto.
– Por cada unidad de grado que exceda de 20: 0,50 puntos.
– Puntuación máxima en la valoración del grado personal consolidado: 4 puntos.
Asimismo, se otorgará 1 punto a aquellos funcionarios que, en la fecha de publicación de esta resolución, no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado.
c) Cursos de formación: Los cursos de formación se valorarán hasta un máximo de 4 puntos.
Se valorarán los cursos recibidos o impartidos, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, organizados por la Intervención General de la Seguridad Social y demás Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social o por el Instituto Nacional de Administración Pública, así como los organizados y convocados en el marco de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas, cualquiera que sea su promotor, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
No se valorarán los cursos pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares, así como aquellos que no acrediten una duración mínima de quince horas.
Los cursos recibidos, únicamente serán objeto de valoración cuando aparezcan reflejados en el anexo III. En caso de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto de valoración.
Por la realización como asistente de los cursos de formación con una duración mínima acreditada de quince horas, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, hasta 4 puntos, con la siguiente distribución:
– Para cursos de formación con una duración de quince a veinticinco horas: 1 puntos.
– Para cursos de formación con una duración superior a veinticinco horas: 1,25 puntos.
Por la impartición de cursos de formación, con una duración mínima acreditada de dos horas, se otorgará una puntuación de 0,2 puntos por cada hora o fracción de hora impartida, con un máximo de 1.25 puntos por curso. La impartición deberá acreditarse mediante copia del correspondiente certificado.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de veces que se haya realizado, en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le pueda corresponder.
El plazo máximo de validez de los cursos será de diez años inmediatamente anteriores a la fecha fin del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
6.5 Curso selectivo y/o periodo de prácticas.
Las personas aspirantes que superen la fase de oposición, en el caso de acceso libre, y las fases de oposición y concurso, en el caso de promoción interna, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante, debiendo realizar el curso selectivo correspondiente a la segunda fase del proceso de selección.
El curso selectivo, que constituye la última fase del proceso selectivo, comenzará en el plazo máximo de dos meses a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista definitiva de aprobados e incluirá un período de prácticas.
De conformidad con el artículo 3.5 del Real Decreto 651/2025, de 2 de julio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2025, la duración máxima del curso selectivo y/o periodo de prácticas no podrá exceder de seis meses en su conjunto.
La Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dictará resolución para regular su desarrollo, contenido y duración, estableciendo en la misma la fecha de inicio y lugar de realización.
El órgano responsable del seguimiento y valoración del curso selectivo será la Subdirección General de Organización, Planificación y Gestión de Recursos de la Intervención General de la Seguridad Social.
En el curso selectivo, que incluirá un módulo sobre diversidad sexual y otro sobre igualdad de género, se impartirá un conjunto de materias relacionadas con las funciones y procedimientos de la Intervención General de la Seguridad Social. Cada una de las materias que se establezcan se calificarán de cero a diez puntos siendo preciso alcanzar una puntuación no inferior a cinco puntos en cada materia para superarla. Las personas aspirantes que no superen inicialmente alguna de las materias realizarán, en el plazo máximo de un mes, una prueba complementaria para cada una de ellas. Estas pruebas, en ningún caso, se calificarán con más de cinco puntos.
El curso selectivo se calificará, para las personas aspirantes que participen por el sistema general de acceso libre, de cero a cien puntos por el total de materias siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cincuenta puntos y no haber obtenido en ninguna materia una puntuación inferior a cinco sobre diez. Para las personas aspirantes que participen por el sistema de promoción interna se calificará de cero a sesenta y cuatro puntos por el total de materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de treinta y dos puntos y no haber obtenido en ninguna materia una puntuación inferior a cinco sobre diez. La valoración final del curso selectivo se determinará sumando las puntuaciones obtenidas en las distintas pruebas que se realicen en esta fase.
Al finalizar el curso selectivo, las personas aspirantes serán evaluados por la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de acuerdo con los informes emitidos por los responsables de las unidades en las que se realice el citado curso.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, debiendo realizarlo en la primera ocasión en que dicho curso tenga lugar y una vez desaparecidas las causas que impidieron su realización inicial, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.
Finalizado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) de los nombramientos como funcionarios de carrera del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social. Las personas aspirantes que participen por el turno de ingreso libre continuarán realizando las prácticas en las unidades asignadas hasta que se produzca dicho nombramiento. Las personas aspirantes que accedan por el turno de promoción interna y que hubieran optado por percibir las retribuciones del puesto de origen, regresarán a su puesto de origen a prestar servicios hasta la publicación de los nombramientos. De no ser éste el caso, continuarán realizando las prácticas en las unidades asignadas hasta que se produzca dicho nombramiento.
6.6 Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo para las personas aspirantes por el sistema general de acceso libre vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo. Para las personas aspirantes por el sistema de promoción interna la calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso-oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate, para las personas aspirantes que concurran por el sistema general de acceso libre el orden se establecerá conforme a los siguientes criterios:
1.º mayor puntuación obtenida por las personas aspirantes en la fase de oposición.
2.º mayor puntuación obtenida en el quinto ejercicio.
3.º mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
4.º mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
5.º mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
6.º En último término atendiendo al orden alfabético de actuación establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado y Función Pública de 28 de julio de 2025 (BOE de 1 de agosto), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
Para las personas aspirantes que concurran por el sistema de promoción interna, la prelación en caso de empate se establecerá conforme a los siguientes criterios:
1.º mayor antigüedad global (servicios prestados y reconocidos) de la persona aspirante.
2.º mayor puntuación en la fase de oposición del proceso selectivo.
3.º mayor puntuación obtenida en el quinto ejercicio.
4.º mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
5.º mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
6.º En último término atendiendo al orden alfabético de actuación establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado y Función Pública de 28 de julio de 2025 (BOE de 1 de agosto), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
7. Duración del proceso selectivo
7.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, esta convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y, las respectivas fases de oposición, en un año.
7.2 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las distintas pruebas del proceso selectivo.
8. Desarrollo del proceso selectivo
8.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo apellido comience por la letra «U», de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Secretaría de Estado y Función Pública de 28 de julio de 2025 (BOE de 1 de agosto), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
8.2 En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra U, el orden de actuación se iniciará por aquéllas cuyo primer apellido empiece por la letra V y así sucesivamente.
8.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se difundirán en los lugares previstos en el apartado 1.1, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.
8.4 Entre la total conclusión de un ejercicio o prueba y el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
8.5 Con el fin de dotar de celeridad y agilidad al desarrollo de este proceso selectivo, se posibilita la realización de pruebas coincidentes en el tiempo.
8.6 Asimismo, el desarrollo de este proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo con el desarrollo de otros procesos selectivos, en cualquiera de sus fases, incluida la celebración o lectura de ejercicios, realización de cursos selectivos, periodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como personal funcionario de carrera.
8.7 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 14.
8.8 Las consultas sobre el proceso se podrán realizar a través del correo electrónico procesosselectivos@inclusion.gob.es, sin que este correo tenga la consideración de registro telemático.
9. Acceso por promoción interna
9.1 A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, se consideran independientes ambos sistemas de selección por lo que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna que, en su caso, queden vacantes, no podrán acumularse a las del sistema de acceso libre.
9.2 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición deberán presentar, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de las listas de aprobados de la fase de oposición, el certificado de requisitos y méritos según el modelo que figura como anexo III.
9.3 Los certificados de requisitos y méritos deberán ser cumplimentados electrónicamente por los servicios centrales de personal o equivalentes del ministerio u organismo donde presten o hayan prestado servicios a través del Sistema Integrado de Gestión de Personal (SIGP), previa petición de las personas aspirantes. Excepcionalmente, en aquellos supuestos en los que la solicitud electrónica no resulte posible o si el organismo que debe expedir dicha certificación no se encuentra en el ámbito del SIGP, el certificado deberá ser cumplimentado por la máxima autoridad de gestión de recursos humanos.
El órgano de selección verificará la información recibida y la cotejará con los datos obrantes en el Registro Central de Personal, considerándose éstos últimos como prevalentes en caso de discrepancia.
9.4 La aportación de este certificado podrá ser suplida por la consulta por parte de la Administración de los datos obrantes en el Registro Central de Personal en el caso de que los participantes que sean funcionarios en servicio activo en la Administración del Estado no insten la valoración de otros méritos diferentes a los que figuren inscritos en dicho Registro, que serán los que se tengan en cuenta en la valoración de la fase de concurso. En el plazo señalado en el punto 9.2, la persona candidata deberá dar su conformidad con la información que consta de su expediente en el Registro Central de Personal, mediante la cumplimentación y presentación del anexo IV dirigido al órgano de selección. La persona candidata puede consultar la información de su expediente mediante la extracción automática de un informe sobre su expediente personal en el Portal Funciona.
9.5 La no presentación del certificado de requisitos y méritos previsto en el anexo III o del modelo de conformidad recogido en el anexo IV, según corresponda, en el plazo señalado en el apartado 9.2 supondrá que la fase de concurso se valore con cero puntos.
9.6 Los méritos a valorar deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
9.7 El órgano de selección publicará en la página web del organismo convocante, en la sede del órgano de selección, así como en cuantos lugares estime convenientes, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total.
9.8 Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, el órgano de selección publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
9.9 Las personas aspirantes que ingresen por promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
10. Superación del proceso selectivo y nombramiento
10.1 Finalizada la fase de oposición y, en su caso, de concurso-oposición, el órgano de selección hará pública la relación de personas aspirantes que la hayan superado, por riguroso orden de puntuación y con indicación expresa de la misma, en la página web del organismo, en la sede del órgano de selección, así como en aquellos lugares que se estimen convenientes.
10.2 La relación de personas aspirantes que han superado la fase de oposición y, en su caso, la fase de concurso-oposición se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
10.3 De acuerdo con lo establecido en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el órgano de selección no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.
10.4 No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de personas aspirantes que el de plazas convocadas en el proceso, y siempre que se produzcan renuncias expresas de las personas seleccionadas con antelación a su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir, por una sola vez, al citado órgano de selección una relación complementaria de personas aspirantes que sigan a las propuestas para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.
10.5 Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo las personas aspirantes propuestas de un plazo de veinte días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
10.6 Si el proceso selectivo no consta de más fases que las de oposición o concurso-oposición, se nombrará personal funcionario de carrera a las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
10.7 Si el proceso selectivo incluye una fase de curso selectivo y/o periodo de prácticas, a las personas aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria se les nombrará personal funcionario en prácticas, y, a las que superen esta fase, personal funcionario de carrera.
10.8 La adjudicación de los puestos entre las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, a excepción de lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad.
10.9 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las personas aspirantes que superen este proceso selectivo deberán solicitar destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
10.10 La persona titular de la Secretaría de Estado de Función Pública nombrará personal funcionario de carrera y asignará destino inicial a las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y acreditado, en los términos indicados en la convocatoria, cumplir los requisitos exigidos.
10.11 Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
11. Programas
11.1 El programa que ha de regir los procesos selectivos se incluye como anexo I de esta convocatoria.
12. Órgano de selección
12.1 El órgano de selección de este proceso selectivo, común a ambos procesos selectivos, es el que figura en el anexo VI.
12.2 Se publicará un breve currículum profesional de las personas que forman parte de este órgano de selección en la sede electrónica del órgano convocante.
12.3 El órgano de selección actuará conforme a los principios de agilidad y eficiencia a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, sin perjuicio del cumplimiento de los principios de actuación de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
12.4 El procedimiento de actuación del órgano de selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en el artículo 112 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre y en las demás disposiciones vigentes. Sus competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios. En particular, los miembros del órgano de selección deberán abstenerse y podrán ser recusados de conformidad con lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
12.5 En el acta de la sesión de constitución del órgano de selección podrá acordarse que los miembros titulares y suplentes de los mismos actúen de forma indistinta.
12.6 El órgano de selección, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
12.7 El órgano de selección adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el mismo, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, podrá excluir a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los autores.
12.8 Sin perjuicio de que a la finalización del proceso selectivo se requiera a quienes hayan superado el mismo la acreditación documental del cumplimiento de los requisitos de participación, si en cualquier momento del proceso selectivo, el órgano de selección tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de dichos requisitos o resultara que su solicitud adolece de errores o falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo o Escala correspondiente en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante, para que este resuelva al respecto.
12.9 Corresponderá al órgano de selección la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, y adoptará al respecto las decisiones que estime pertinentes.
12.10 El órgano de selección actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio.
12.11 Se difundirán, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales y aspectos a considerar en la valoración que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria y en el caso de ejercicios con respuestas alternativas, la penalización que suponga cada respuesta errónea.
12.12 Igualmente, en las actas del órgano de selección deberá quedar constancia del cálculo y del desglose de las puntuaciones otorgadas a las personas aspirantes por cada uno de los criterios de valoración establecidos para los ejercicios de la convocatoria.
12.13 Se habilita al órgano de selección para la adopción de cuantas medidas, instrucciones o resoluciones sean precisas para el normal desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases. Del mismo modo, se le habilita para el desarrollo descentralizado de las pruebas selectivas, de la lectura de los ejercicios o de alguna de las fases del proceso selectivo, incluyendo el uso de medios electrónicos o telemáticos, entre ellos los audiovisuales. También podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea necesario.
12.14 Asimismo, se habilita al órgano de selección para establecer la forma y procedimientos a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para la digitalización, encriptación, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de los exámenes realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento el secreto de aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.
12.15 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el órgano de selección tendrá su sede en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, paseo de la Castellana núm. 63, 28071 Madrid, teléfonos 913633768/913633769 dirección de correo electrónico procesosselectivos@inclusion.gob.es.
13. Acceso de personas con discapacidad
13.1 El órgano de selección adoptará las medidas oportunas que permitan participar a las personas aspirantes con discapacidad en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, siempre que así lo hubieran indicado expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
13.2 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán participar bien por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas con discapacidad, debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.
13.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33%, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos en las pruebas del proceso selectivo.
13.4 Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo. Para que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar necesariamente, en el plazo de presentación de solicitudes, el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente la o las deficiencias permanentes que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento. El órgano de selección aplicará las adaptaciones de tiempos que correspondan previstas en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad e informará a los opositores afectados sobre la concesión de tiempos y medios otorgada en su caso.
13.5 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad se les conservará la nota de los ejercicios, siempre que se obtenga un porcentaje mínimo de la calificación prevista, que deberá ser del 60% por ciento o superior para el correspondiente ejercicio. La validez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, cuando el contenido del temario y su forma de calificación sean análogos. Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación en las pruebas selectivas. No obstante, si las personas aspirantes optaran por realizar el ejercicio, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria anterior.
Se entiende por nota la puntuación directa obtenida con carácter previo, en su caso, a la aplicación por parte del órgano de selección de fórmulas matemáticas que transformen la puntuación obtenida al objeto de determinar la superación del ejercicio.
13.6 En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes que se haya presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviese plaza y su puntuación fuese superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
13.7 De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en el caso de acceso libre no se podrán acumular al turno general (en el caso de la promoción interna, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las del turno general).
14. Embarazo de riesgo o parto
14.1 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto, alguna de las personas aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección. En todo caso, la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo.
15. Pie de recurso
15.1 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición la Subsecretaría del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el plazo de un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Madrid, 22 de diciembre de 2025.–La Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Cristina Navarro Enterría.
EJERCICIO PRIMERO
Derecho Civil y Mercantil
Tema 1. Las fuentes del Derecho en general y, en especial, en el sistema jurídico positivo español. Aplicación de las normas jurídicas. Eficacia general y límites en el tiempo y en el espacio. Eficacia constitutiva del derecho.
Tema 2. La persona, concepto y clases. Persona individual. Capacidad. Persona jurídica. Representación. Derecho de familia: los regímenes económicos del matrimonio.
Tema 3. El objeto del Derecho. Hecho, acto y negocio jurídico. Elementos esenciales.
Tema 4. Los derechos reales. Concepto, caracteres y clases. El derecho de propiedad. Contenido. Adquisición y pérdida del dominio. El Registro de la propiedad.
Tema 5. La posesión. La comunidad de bienes. El usufructo. Derechos reales de garantía. Hipoteca. La prenda. Hipoteca mobiliaria. Prenda sin desplazamiento.
Tema 6. La obligación. Concepto, fuentes y estructura. Clasificaciones. Cumplimiento normal de las obligaciones: el pago. Cumplimiento anormal. Prueba de las obligaciones.
Tema 7. El Contrato. Elementos y requisitos. Sistemas de contratación. Clasificaciones. Generación, perfección y consumación del contrato. Contrato preliminar. Contrato de opción. Ineficacia de los contratos. Confirmación. Interpretación de los contratos.
Tema 8. Contrato de compraventa. El arrendamiento. El préstamo. El precario. El depósito. El secuestro. La fianza.
Tema 9. La sucesión mortis causa. La herencia. Heredero y legatario. Aceptación y repudiación de la herencia. La sucesión testamentaria. El testamento: clases. Institución de herederos. La sucesión intestada. Sustitución. Legados.
Tema 10. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas. Prescripción y caducidad.
Tema 11. El derecho Mercantil. Los actos de comercio. Las fuentes del derecho Mercantil. La Empresa mercantil. Naturaleza jurídica. El comerciante individual. Capacidad de obrar mercantil. La contabilidad mercantil.
Tema 12. Las Sociedades mercantiles. El contrato de sociedad. La sociedad irregular. Nacionalidad de las sociedades.
Tema 13. La sociedad regular colectiva. La sociedad comanditaria simple. Sociedad comanditaria por acciones.
Tema 14. La Sociedad de responsabilidad limitada. Naturaleza. Requisitos de constitución. Administración y representación. Régimen de transmisión de las participaciones sociales. Régimen económico. La sociedad unipersonal de responsabilidad limitada. La sociedad limitada nueva empresa.
Tema 15. La Sociedad Anónima (I). Régimen vigente en el derecho español. Fundación. Los Estatutos. El capital social y las reservas. La acción. La emisión de obligaciones.
Tema 16. La Sociedad Anónima (II). Órganos. Censura de cuentas. Impugnación de los acuerdos sociales. El cierre del ejercicio social. El balance. La cuenta de pérdidas y ganancias.
Tema 17. El proceso extintivo de las sociedades mercantiles. Transformación y fusión de sociedades.
Tema 18. La unión o concentración de empresas. Las sociedades y los fondos de inversión. Las sociedades cooperativas.
Tema 19. Las obligaciones y los contratos mercantiles. La prescripción en Derecho Mercantil. La representación mercantil. La cesión del contrato. Contrato de comisión. El contrato de agencia. El Agente de Aduanas.
Tema 20. El concurso (I). Presupuesto subjetivo y objetivo. El auto de declaración de concurso. Efectos sobre los acreedores, los créditos y los contratos. Determinación de la masa activa. Las acciones de reintegración patrimonial.
Tema 21. El concurso (II). La masa pasiva y los créditos contra la masa: clasificación y pago. El convenio: contenido y sus efectos. Efectos de la apertura de la fase de liquidación. Las causas de conclusión del concurso y su reapertura: efectos. La calificación del concurso.
Tema 22. Valores mobiliarios. Valores negociables. Títulos valores. La letra de cambio. Concepto y función económica. Creación de la letra: capacidad cambiaria y representación; requisitos formales. La aceptación. El endoso. El aval. Vencimiento y pago de la letra. Acciones y excepciones cambiarias. El cheque. El pagaré.
Tema 23. La propiedad industrial. Patentes y Marcas. La protección de la propiedad industrial. La Oficina de Patentes y Marcas. La protección internacional.
Economía General y de la Empresa
Tema 1. Evolución de la economía española desde la entrada en la Unión Europea. Crisis económicas. Factores explicativos de las crisis económicas. Impacto de la crisis económica de 2009 y de la crisis sanitaria de 2020 en España. El plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Tema 2. El sector primario español. La política agrícola de la Unión Europea y España. Sector pesquero. Política comunitaria de pesca y sus repercusiones.
Tema 3. El sector industrial. Evolución de la industria española. Política industrial de la Unión Europea y su incidencia sectorial: siderurgia, naval, etc. El sector energético.
Tema 4. Sector servicios. Evolución de los servicios en España. La infraestructura de transporte y las redes transeuropeas. El comercio interior.
Tema 5. El sector exterior. La balanza de pagos: concepto y componentes, funcionamiento y saldos.
Tema 6. Instituciones económicas internacionales: FMI, Organización Mundial de Mercados, OCDE, Banco Mundial, Bancos Regionales de Desarrollo.
Tema 7. Fuentes estadísticas españolas. Características, limitaciones y armonización en el ámbito comunitario.
Tema 8. Estructura regional. Comunidades autónomas. Desarrollo regional. La solidaridad interregional. Política regional de la Unión Europea.
Tema 9. Magnitudes agregadas básicas: Producto nacional, consumo e inversión, gasto nacional. Producto nacional bruto y producto nacional neto. Renta nacional y renta disponible. El flujo circular de la renta y el producto. Contabilidad de la renta nacional en una economía abierta.
Tema 10. Modelos de determinación de la renta en una economía cerrada. El modelo clásico: Neutralidad. El modelo keynesiano: comportamiento a corto y largo plazo. La nueva macroeconomía clásica: expectativas racionales y vaciado continuo de los mercados.
Tema 11. Un modelo de determinación de la renta en una economía abierta: La cuenta corriente y el equilibrio del mercado productivo. La cuenta del capital y el equilibrio de la balanza de pagos. El ajuste de la balanza de pagos y la curva LM. Plan de acción para ajustar la balanza de pagos.
Tema 12. La política monetaria y la política fiscal ante las situaciones de desequilibrio en una economía abierta. Retardo y coordinación.
Tema 13. La inflación. Conceptos y clases. La inflación de demanda. La inflación de costes. El proceso inflacionista. Efectos de la inflación.
Tema 14. Eficiencia económica, mercados competitivos y el óptimo de Pareto. Intervención pública y eficiencia: los fallos de mercado (Bienes públicos, Externalidades, Información imperfecta y costosa, Monopolio natural). El Sector Público y la redistribución de la renta. Teoría de la elección colectiva.
Tema 15. Teoría de los ciclos económicos: ciclos nominales y reales.
Tema 16. La empresa y su marco institucional. La empresa y el mercado: La actividad comercial en la empresa y el sistema económico. La planificación en la empresa. Establecimiento de objetivos. La dimensión de la planificación. El proceso de planificación.
Tema 17. Sistemas de control en la Empresa. Concepto y elementos. Los principales sistemas de control. La integración de la planificación y el control.
Tema 18. La estructura económico-financiera de la empresa. Las fuentes de financiación de la empresa. Equilibrio entre inversiones y financiaciones. El fondo de maniobra.
Tema 19. Los métodos clásicos de valoración y selección de proyectos de inversión. El período de maduración: Concepto y cálculo. Método de valor capital. Método de la tasa de retorno.
Tema 20. La financiación interna o autofinanciación. La amortización. Causas de la depreciación. La función financiera de las amortizaciones. Métodos de amortización. La financiación de la empresa. La emisión de valores. El crédito a largo, medio y corto plazo. El endeudamiento permanente.
Tema 21. La estructura financiera óptima de la empresa y la política de dividendos. Endeudamiento y rentabilidad financiera. La valoración externa de la empresa. Método para determinar el valor global de la empresa.
Tema 22. Los grupos empresariales. Modelos de organización, gestión y control. Las empresas multinacionales. Evolución y causas de aparición. Estructura de las mismas. Características fundamentales de su gestión.
Tema 23. La empresa pública. Concepto. Objetivos de la empresa pública. Efectos macroeconómicos. Características fundamentales de su gestión. El sistema de control de la empresa pública. La financiación de la empresa pública. Las fuentes de financiación externas. La estructura financiera. El proceso de desprivatización en España.
EJERCICIO SEGUNDO
Programa de temas
1. Contabilidad:
Constitución, distribución de beneficios, aumento y reducción de capital, financiación, transformación, combinaciones de negocios y disolución de empresas individuales y sociales.
El procedimiento concursal.
Operaciones del ejercicio, regularización y formulación de estados contables en empresas comerciales, sin o con sucursales, comercio en comisión y en participación entre nacionales y con el extranjero y operaciones en moneda extranjera.
2. Matemática financiera:
Capitalización simple y compuesta.
Rentas, préstamos y empréstitos.
Operaciones con valores mobiliarios.
EJERCICIO TERCERO
Programa de temas
Contabilidad superior.
Análisis patrimonial, económico y de los estados financieros.
Agregación y consolidación de estados financieros.
Contabilidad analítica y de gestión.
EJERCICIO QUINTO
Programa de temas
Derecho Comunitario, Constitucional, Administrativo y Tributario
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características. Estructura. La reforma constitucional. Las Cortes Generales: Composición y funciones. La Corona. El Gobierno: Composición y funciones.
Tema 2. El poder judicial. Los derechos y libertades públicas. El Tribunal Constitucional: Organización y Funciones. Recursos y procesos ante el Tribunal Constitucional.
Tema 3. La Administración y el Derecho Administrativo. Las fuentes de Derecho Administrativo. La Constitución. La ley. Los Decretos-leyes. La delegación legislativa.
Tema 4. La potestad reglamentaria: titularidad, límites y control. El reglamento. Clases. Eficacia de los reglamentos. Actos Administrativos generales, circulares e instrucciones.
Tema 5. Las potestades administrativas. El principio de legalidad. La actividad administrativa discrecional. La autotutela administrativa.
Tema 6. Los actos jurídicos de la Administración General del Estado. El acto administrativo. Elementos. Forma. Clases. La notificación y publicación de los actos administrativos.
Tema 7. Eficacia de los actos administrativos. La suspensión de efectos del acto administrativo. La ejecución forzosa y especial referencia a la vía de apremio. El silencio administrativo. La invalidez de los actos administrativos. La revisión de oficio de los actos administrativos.
Tema 8. Contratación Administrativa (I). Ámbito de aplicación subjetivo. Ámbito de aplicación objetivo. Órganos competentes en materia de contratación: órganos de contratación y órganos de asistencia. El Contratista: capacidad, solvencia y prohibiciones para contratar. La clasificación. Garantías en la contratación del sector público.
Tema 9. Contratación Administrativa (II). El expediente de contratación y su tramitación. Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. La parte financiera del expediente de contratación. Especialidades del expediente de contratación en el contrato de obras: el proyecto.
Tema 10. Contratación Administrativa (III). La adjudicación del contrato: procedimientos y criterios de adjudicación. La publicidad de las licitaciones: Publicidad en el BOE y en DOUE, la Plataforma de Contratación y el Perfil del Contratante. La propuesta de adjudicación, la adjudicación y su reflejo contable, la formalización del contrato. La racionalización técnica de la contratación: Acuerdos marco, sistemas dinámicos de adquisición, las centrales de contratación. El recurso especial en materia de contratación.
Tema 11. Contratación Administrativa (IV). Los efectos del contrato. El pago del precio: el procedimiento para el reconocimiento de obligaciones en la contratación de las Administraciones Públicas. Revisión de precios. Las prerrogativas de la Administración en los contratos administrativos. La Modificación de los contratos. Extinción del contrato: recepción y resolución de los contratos administrativos. La cesión y subcontratación del contrato. Especialidades del contrato de obras, de suministros y de servicios. Breve referencia a los contratos privados de la administración.
Tema 12. El servicio público: concepto y evolución. La gestión de los servicios públicos. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del Gobierno Abierto. Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.
Tema 13. Subvenciones (I). Concepto, naturaleza, clasificación y régimen jurídico de las subvenciones. Principios generales. Gastos de transferencias. Los sujetos de la relación jurídica subvencional.
Tema 14. Subvenciones (II). El procedimiento de concesión y pago. Justificación. Reintegro. Infracciones administrativas en materia de subvenciones. El delito subvencional.
Tema 15. Los Reglamentos Comunitarios y la gestión de los Fondos Europeos.
Tema 16. La expropiación forzosa. La potestad expropiatoria de la administración.
Tema 17. La responsabilidad de la Administración y sus agentes. Plazos de reclamación y procedimientos.
Tema 18. El procedimiento administrativo común: concepto y clases. Las partes en el procedimiento. Instrucción. La terminación del procedimiento: formas.
Tema 19. Los recursos administrativos: concepto y clases. Procedimiento de tramitación y resolución de los recursos administrativos. La jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión y límites. Las partes del procedimiento. La sentencia. Recursos.
Tema 20. La organización administrativa estatal. Los principios. La organización administrativa central y periférica. La administración consultiva.
Tema 21. La función pública. Naturaleza de la relación funcionarial. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones. Derechos y deberes. El régimen disciplinario de la función pública. El régimen de incompatibilidades.
Tema 22. El Régimen retributivo de los funcionarios: Conceptos retributivos. Procedimiento para determinación de las retribuciones complementarias: La CECIR y las relaciones de puestos de trabajo. Devengo de las retribuciones. Procedimiento para el pago de las retribuciones: La nómina. Las indemnizaciones por razón del servicio. Retribuciones de los Altos Cargos.
Tema 23. Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.
Tema 24. Políticas de Igualdad de Género: La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Políticas contra la Violencia de Género: La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Tema 25. La Administración electrónica. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo. Funcionamiento electrónico del sector público. La protección de datos de carácter personal: principios de la protección de datos, derechos de los ciudadanos. La Agencia Española de Protección de Datos.
Tema 26. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030: Antecedentes y situación actual. El «Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030 en España» y las materias relacionadas con las competencias del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el Plan de Acción.
Tema 27. El derecho de la Unión Europea. Las fuentes del ordenamiento de la Unión Europea y su aplicación. Aplicación y eficacia del derecho de la Unión Europea en España.
Tema 28. Estructura institucional de la Unión Europea. El Parlamento Europeo. El Consejo Europeo. El Consejo de la Unión Europea. La Comisión. El Tribunal de Justicia. El Banco Central Europeo. El Tribunal de Cuentas. Organismos de la Unión Europea: El Comité Económico y Social; el Comité de las Regiones de Europa; el Defensor del Pueblo y el Banco Europeo de Inversiones.
Tema 29. El Derecho Tributario: Concepto y contenido. Las fuentes del Derecho Tributario. Los principios del ordenamiento tributario español. Ingresos de derecho público y de derecho privado. Los Tributos. Impuestos, tasas y contribuciones especiales. La relación jurídico-tributaria. El hecho imponible y el devengo. Exenciones objetivas. Base imponible y base liquidable. Cuota y deuda tributaria.
Tema 30. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Sujeción al impuesto: aspectos materiales, personales y temporales. Determinación de la capacidad económica sometida a gravamen: rendimientos y ganancias y pérdidas patrimoniales. Integración y compensación de rentas. Mínimo personal y familiar. Base imponible y base liquidable. Cuota íntegra estatal y autonómica. Deducciones. Cuota diferencial. Tributación familiar. Gestión del impuesto. Impuesto sobre la Renta de no Residentes: Elementos personales y sujeción al impuesto.
Tema 31. El Impuesto de Sociedades. Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible. Sujeto pasivo. Base Imponible. Imputación temporal de ingresos y gastos. Período impositivo y devengo. Tipos de gravamen. Deducciones para evitar la doble imposición. Bonificaciones y deducciones para incentivar determinadas actividades. Pago fraccionado. Retenciones e ingresos a cuenta. Obligaciones contables y registrales. Declaraciones, liquidaciones y devoluciones. Regímenes especiales.
Tema 32. El Impuesto sobre el Valor Añadido. Naturaleza y ámbito de aplicación. Entrega de bienes y prestaciones de servicios. Operaciones no sujetas. Adquisiciones intracomunitarias de bienes. Importaciones de bienes. Exenciones. Lugar de realización del hecho imponible. Devengo del impuesto. Base imponible. Sujeto pasivo. Repercusión del impuesto y tipos impositivos. Deducciones. Regla de prorrata. Devoluciones. Regímenes especiales. Gestión del Impuesto.
Tema 33. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Deuda tributaria.
Tema 34. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y deuda tributaria. Operaciones societarias: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, deuda tributaria. Actos Jurídicos Documentados: tributación. Exacción del impuesto.
Tema 35. Las tasas. Los precios públicos. Los aranceles de los funcionarios públicos. Las exacciones parafiscales. El Impuesto sobre Actividades Económicas. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad de la Seguridad Social
Tema 1. El Derecho presupuestario: concepto y contenido. La Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera: principios generales. La Ley General Presupuestaria: estructura. Ámbito de aplicación y organización del sector público estatal. Los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública estatal.
Tema 2. Los Presupuestos Generales del Estado: concepto, contenido y estructura de los estados de gastos e ingresos. Elaboración y aprobación. Los créditos presupuestarios y sus modificaciones en el Presupuesto del Estado.
Tema 3. La gestión presupuestaria: Principios generales de la gestión económico-financiera. La gestión por objetivos del sector público estatal. La gestión de los Presupuestos Generales del Estado: Gestión de los gastos. Procedimientos especiales. Gestión de los ingresos.
Tema 4. El presupuesto de la Unión Europea. Marco financiero plurianual. Estructura del presupuesto. Los recursos propios y los gastos comunitarios. El procedimiento de aprobación del presupuesto. La relación entre el presupuesto de la Unión Europea y el presupuesto del Estado. El concepto de saldo presupuestario.
Tema 5. La ejecución del presupuesto de la Unión Europea. Tipos de gestión. Poderes de la Comisión como órgano ejecutivo presupuestario. Formas de ejecución del presupuesto. Agentes financieros. La ejecución de ingresos y de gastos. las actividades de la Unión Europea no integradas en el presupuesto general. El control interno del presupuesto de la Unión Europea. El Tribunal de Cuentas de la Unión Europea.
Tema 6. El presupuesto de la Seguridad Social (I): Regulación jurídica. Concepto y contenido. Estructura presupuestaria: Clasificaciones del presupuesto de gastos y del presupuesto de ingresos. Elaboración, tramitación y aprobación.
Tema 7. El presupuesto de la Seguridad Social (II): Los créditos en el presupuesto de la Seguridad Social: Especificación del presupuesto. Las modificaciones presupuestarias en las Entidades Gestoras y Servicio Común: Tipología, requisitos y competencias para su autorización. Tramitación de las mismas.
Tema 8. El presupuesto de la Seguridad Social (III): Los presupuestos de las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social y peculiaridades de los mismos. Tramitación de los proyectos de presupuestos.
Tema 9. El Tesoro Público: funciones y competencias. La Tesorería General de la Seguridad Social: Organización, funciones y competencias.
Tema 10. Régimen económico-financiero del Sistema de la Seguridad Social (I): Recursos generales del sistema de la Seguridad Social. Sistema financiero. Inversiones. El Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
Tema 11. Régimen económico-financiero del Sistema de la Seguridad Social (II): La gestión de los recursos financieros del sistema. Normativa aplicable. Competencia funcional y territorial. Situación y disponibilidad de los recursos financieros.
Tema 12. Régimen económico-financiero del sistema de la Seguridad Social (III): Ordenación de Pagos. Ordenadores de pagos: funciones. Proceso general de pagos: Iniciación, gestión, órdenes de pago, medios de pago, pagos centralizados y operaciones financieras de pago centralizado.
Tema 13. Régimen económico-financiero del sistema de la Seguridad Social (IV): El pago de las prestaciones del sistema de la Seguridad Social: Primeros pagos, pagos sucesivos, pagos a través de entidades financieras y pagos delegados. Pagos de pensiones no contributivas. Pagos de prestaciones motivadas por actos de terrorismo. Pagos de prestaciones en el extranjero y de prestaciones extranjeras en España. Pago de pensiones y subsidios devengados y no percibidos por el causante a su fallecimiento.
Tema 14. Régimen económico-financiero del sistema de la Seguridad Social (V): Pagos sobre anticipos de tesorería y con cargo al fondo de maniobra. Pagos a justificar. Pagos de prestaciones ajenas a la Administración de la Seguridad Social. Pagos a Mutuas y a entidades titulares de ingresos efectuados en la Tesorería General de la Seguridad Social y de servicios transferidos.
Tema 15. Régimen económico-financiero de las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
Tema 16. El proceso de normalización contable en el ámbito público. La contabilidad pública y su regulación en la Ley General Presupuestaria. El Plan General de Contabilidad Pública. Marco conceptual, normas de reconocimiento y valoración y cuentas anuales.
Tema 17. Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las Entidades que integran el sistema de la Seguridad Social. Marco conceptual. Normas de reconocimiento y valoración. Cuentas anuales. Estructura y contenido general del cuadro de cuentas y definiciones y relaciones contables.
Tema 18. El Sistema de Información Contable de la Seguridad Social: Fines y organización. Contabilidad del presupuesto de gastos, presupuesto de ingresos, operaciones no presupuestarias, patrimonial y fondo de maniobra: Clases, cumplimentación y autorización de los documentos contables. Trámites contables.
Tema 19. Las cuentas anuales de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social: composición, estructura y reglas de formulación. La Cuenta General de la Seguridad Social: estructura y contenido.
Tema 20. La Cuenta General del Estado. Formación y remisión. Documentos y estados que la integran. Su examen y comprobación por el Tribunal de Cuentas. Contenido y fases de su tramitación por las Cortes Generales. Aprobación de la Cuenta General del Estado.
Tema 21. La Contabilidad Nacional y el Sector Público. Contabilidad Nacional: Aspectos generales. Cuentas de flujos y de sectores: saldos y agregados. La Contabilidad de las Administraciones Públicas.
Tema 22. El control de la actividad económico-financiera del Sector Público: Concepto, fundamento y finalidad. Clases de control. El control interno de la Administración del Estado. La Intervención General de la Administración del Estado: Organización y funciones.
Tema 23. El control interno del sistema de la Seguridad Social (I): Normativa reguladora. Ámbito de aplicación. Formas de ejercicio. Principios de ejercicio. Deberes y facultades del Personal controlador. La Intervención General de la Seguridad Social: Estructura y funciones.
Tema 24. El control interno del sistema de la Seguridad Social (II): La función Interventora: Concepto y ámbito de aplicación. Los principios de ejercicio. Órganos competentes. Fases y contenido de la misma. Procedimiento para el ejercicio de la función interventora sobre derechos e ingresos y sobre gastos y pagos.
Tema 25. El control interno del sistema de la Seguridad Social (III): Procedimiento para la ejecución de la función interventora sobre gastos y pagos: Momento, plazo y condiciones del expediente. Modalidades de ejercicio: ordinaria y de requisitos básicos. Resultados de la fiscalización según modalidades. Intervención de la liquidación del gasto y de la inversión. Intervención formal y material del pago. El procedimiento discrepancia. La omisión de la función interventora.
Tema 26. El control interno del sistema de la Seguridad Social (IV): El control financiero permanente. Normativa reguladora. Concepto. Ámbito de aplicación. Contenido. El plan anual de control financiero permanente. Informes de control financiero permanente. Planes de acción y seguimiento de medidas correctoras. El control financiero de subvenciones: Objeto y competencia. Procedimiento. Documentación de las actuaciones de control financiero. Efectos de los informes de control financiero. El control de fondos europeos.
Tema 27. El control interno del sistema de la Seguridad Social (V): La auditoría pública: Normativa reguladora. Concepto y ámbito de aplicación. Formas de ejercicio. Plan anual de auditorías. Informes de auditoría. La auditoría de cuentas anuales: concepto y ámbito. Auditorías públicas específicas: Clases y concepto. Las normas de auditoría del sector público: Principios generales. Normas relativas al sujeto auditor. Normas técnicas de actuación en la ejecución del trabajo. Informes: contenido y tramitación. Las Normas Internacionales de auditoría adaptadas al Sector Público español y el Código de Ética para la auditoría pública.
Tema 28. El control interno del sistema de la Seguridad Social (VI): La auditoría de los sistemas de información. Régimen de control interno de las actuaciones administrativas automatizadas. La auditoría de seguridad de los sistemas de información: el Esquema Nacional de Seguridad.
Tema 29. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público (I): El control parlamentario. El control del Tribunal de Cuentas: competencias y funciones. La función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas.
Tema 30. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público (II): La función jurisdiccional del Tribunal de Cuentas. La responsabilidad contable en el manejo de fondos públicos. Los procedimientos para la exigencia de responsabilidad contable.
Derecho del Trabajo y Seguridad Social
Tema 1. El Derecho del Trabajo: concepto, fines y contenido. El trabajo como objeto del Derecho del Trabajo. El trabajador profesional: concepto, clases y derechos y deberes. Las fuentes del Derecho del Trabajo: ley, reglamento, costumbre laboral, convenios colectivos y otras fuentes.
Tema 2. Los convenios colectivos de trabajo: Procedimiento de elaboración. Los convenios colectivos. Contenido y efectos. El principio de jerarquía normativa. Conflicto entre normas laborables estatales o pactadas. El principio de norma más favorable.
Tema 3. El contrato de trabajo: Concepto y naturaleza jurídica. Objeto y causa del contrato. Nacimiento del contrato de trabajo. El consentimiento y sus vicios. Simulación. Los sujetos del contrato del trabajo. El trabajador. El trabajo directivo. El trabajo de los extranjeros. El empresario. Las potestades del empresario. El Estado y otros entes públicos como empresarios.
Tema 4. La forma de la contratación. Efectos. Modalidades del contrato de trabajo. Trabajo en común y trabajo en grupo. Sus especialidades y régimen jurídico. Contrato de aprendizaje. Contrato en prácticas. Contrato a tiempo parcial. La legislación vigente sobre modalidades de contratación.
Tema 5. El trabajador autónomo. Régimen profesional. Derechos colectivos. Fomento y promoción del trabajo autónomo. Protección social. La protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
Tema 6. La Seguridad Social en España: Antecedentes legislativos: La Ley de Bases de la Seguridad Social y sus textos articulados. La Ley de Financiación y Perfeccionamiento de la Acción Protectora del Régimen General de la Seguridad Social. Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 1974. Los reglamentos de aplicación: Clases y naturaleza. Las reformas introducidas por el Real Decreto-ley 36/1978, de 16 de noviembre. Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social 1994. Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social 2015: estructura y contenido. El Pacto de Toledo.
Tema 7. La gestión de la Seguridad Social: Antecedentes y naturaleza jurídica. El Instituto Nacional de la Seguridad Social. La Tesorería General de la Seguridad Social. El Instituto Social de la Marina. La Gerencia de Informática de la Seguridad Social. El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. El Instituto de Mayores y Servicios Sociales. Órganos de dirección, vigilancia y tutela. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Tema 8. La colaboración en la gestión. Las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social: Naturaleza jurídica, caracteres, constitución, organización y funcionamiento. Colaboración obligatoria y colaboración voluntaria.
Tema 9. Régimen económico de la Seguridad Social. Patrimonio. Recursos y sistema financiero. La liquidación de los recursos financieros del sistema de la Seguridad Social: Normativa reguladora. Concepto de gestión liquidatoria: objeto y ámbito de aplicación. Competencia en materia de gestión liquidatoria.
Tema 10. La cotización a la Seguridad Social: Elementos de la obligación de cotizar. Dinámica de la obligación de cotizar. La cotización en el Régimen General: Elementos de la obligación de cotizar, dinámica en la obligación de cotizar y supuestos especiales en el Régimen General. La liquidación de deudas cuyo objeto no sean cuotas: Normas comunes. Tipos de recursos y peculiaridades de la liquidación de cada uno. Bonificaciones y reducciones.
Tema 11. La recaudación de los recursos financieros del sistema de la Seguridad Social (I): Normativa reguladora. Gestión recaudatoria y órganos de recaudación. Periodos de recaudación. Sujetos responsables del cumplimiento de las deudas. Formas de extinción de las deudas con el sistema de la Seguridad Social. El pago: requisitos para el pago, medios de pago, efectos del pago e imputación de pagos, consecuencia de la falta de pago y aplazamiento y fraccionamiento del pago. La prescripción. La compensación. La deducción. Otras formas de extinción. Garantía de los créditos a favor de la Seguridad Social. Devolución de ingresos indebidos.
Tema 12. La recaudación de los recursos financieros del sistema de la Seguridad Social (II): El procedimiento de recaudación en periodo voluntario: Normas generales. Periodos de recaudación y recargos. Recaudación de cuotas en periodo voluntario. Efectos de la falta de cotización en plazo reglamentario. Reclamaciones administrativas de deudas por cuotas y actas de liquidación. Reintegro de prestaciones indebidamente percibidas. Recaudación de otros recursos.
Tema 13. La recaudación de los recursos financieros del sistema de la Seguridad Social (III): El procedimiento de recaudación en vía ejecutiva. Iniciación del procedimiento. La providencia de apremio. El embargo de bienes. La enajenación de los bienes embargados. Las costas del procedimiento. Créditos incobrables. Tercerías. Recursos administrativos, suspensión y terminación del procedimiento.
Tema 14. Ámbito subjetivo de aplicación del sistema: Extensión y caracteres. Ámbito subjetivo de aplicación del Régimen General: regla general, inclusiones y exclusiones. Extranjeros. Españoles no residentes en territorio nacional. Modalidades de sistemas especiales del Régimen General. La inscripción de empresarios y asimilados en el sistema de la Seguridad Social. Afiliación de trabajadores y sus modalidades. Altas y bajas de trabajadores. El convenio especial.
Tema 15. Acción protectora (I): Contingencias y situaciones protegidas. El concepto de accidente de trabajo. El accidente «in itinere». El concepto de enfermedad profesional. Particularidades en orden a la notificación del accidente de trabajo y de la enfermedad profesional, a la cotización y a las prestaciones. Pensiones derivadas de actos de terrorismo.
Tema 16. Acción protectora (II): Contenido y clasificación de las prestaciones. Caracteres de las prestaciones. Incompatibilidades. Prescripción. Caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas. La revalorización de las pensiones. Complementos para pensiones inferiores a la mínima. Complemento para la reducción de la brecha de género.
Tema 17. Requisitos generales del derecho a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social. Responsabilidades en orden a las prestaciones por incumplimiento de las obligaciones de afiliación, altas, bajas y cotización. Automaticidad y anticipo de prestaciones. Regulación de la concurrencia de prestaciones de la Seguridad Social con indemnizaciones derivadas de responsabilidad civil o criminal. Recargo en la cuantía de las prestaciones en los casos de faltas empresariales de medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
Tema 18. La protección por incapacidad permanente: Incapacidad permanente en la modalidad contributiva: concepto. Grados de incapacidad. Prestaciones. Determinación y cuantía. Beneficiarios. Nacimiento, duración y extinción del derecho. Invalidez en su modalidad no contributiva. Lesiones permanentes no invalidantes. La calificación y revisión de la incapacidad permanente.
Tema 19. La protección por jubilación (I). Contingencia protegida. Jubilación ordinaria. Hecho causante. Requisitos de acceso a la prestación. Cuantía de la misma. Compatibilidades e incompatibilidades. Suspensión y extinción de la pensión.
Tema 20. La protección por jubilación (II). La jubilación anticipada: tipos, requisitos y cuantía. La jubilación flexible: requisitos y cuantía. La jubilación parcial: requisitos y cuantía. Pensión de jubilación y envejecimiento activo. La jubilación en su modalidad no contributiva. Especial referencia a la aplicación de la normativa anterior a la Ley 27/2011. Principales novedades en materia de jubilación en cumplimiento de las recomendaciones del Pacto de Toledo. Mecanismo de equidad intergeneracional.
Tema 21. Protección por muerte y supervivencia (I): Prestaciones. Hechos causantes. Sujetos causantes. Auxilio por defunción. Pensión de viudedad: beneficiarios, cuantía de la prestación, dinámica de la prestación y compatibilidades. Prestación temporal de viudedad.
Tema 22. Protección por muerte y supervivencia (II): Pensión de orfandad: beneficiarios, cuantía de la prestación, dinámica de la prestación y compatibilidades. Pensión y subsidios en favor de familiares. Indemnizaciones especiales en casos de muerte por accidente de trabajo o enfermedad profesional: beneficiarios y cuantía de la prestación.
Tema 23. La protección por incapacidad temporal: concepto. Beneficiarios. Cuantía de la prestación. Reconocimiento del derecho y pago. Dinámica de la prestación. Colaboración y control médico. Determinación de la contingencia. Revisión.
Tema 24. Prestación por nacimiento y cuidado del menor. Supuesto general: situaciones protegidas, beneficiarios, cuantía de la prestación y dinámica de la prestación. Supuesto especial: beneficiarias y cuantía de la prestación. Prestación por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante. La prestación por riesgo durante el embarazo. La prestación por riesgo durante la lactancia natural. Prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
Tema 25. Prestaciones familiares. Modalidades. Asignación económica por hijo o menor acogido a cargo. Prestación económica de pago único a tanto alzado por nacimiento o adopción de hijo en supuestos de familias numerosas monoparentales y en los casos de madres discapacitadas. Prestación por parto o adopción múltiples.
Tema 26. El Ingreso Mínimo Vital. Concepto. Ámbito subjetivo. Requisitos y su acreditación. Duración. Suspensión y extinción del derecho. Obligaciones de los beneficiarios. Cuantías, pago, reintegro de prestaciones indebidas.
Tema 27. Regímenes especiales del sistema de la Seguridad Social: razones que motivan su existencia. Regímenes especiales integrados en el Régimen General: Artistas, trabajadores ferroviarios, representantes del comercio, profesionales taurinos y jugadores de fútbol. Singularidades que subsisten para cada uno de ellos en materia de cotización y prestaciones. El sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios y el sistema especial para empleados del hogar: particularidades más sobresalientes.
Tema 28. Régimen especial de trabajadores autónomos: Concepto. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Particularidades en materia de prestaciones. El sistema especial de los trabajadores por cuenta propia agrarios: particularidades más sobresalientes.
Tema 29. Régimen especial de los Trabajadores del mar: Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Particularidades en materias de prestaciones. Régimen especial de la minería del carbón: campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Particularidades en materia de prestaciones.
Tema 30. Prestaciones por desempleo: Prestación por desempleo de nivel contributivo: Situaciones protegidas. Beneficiarios. Contenido de la prestación. Requisitos para acceder a la prestación. Cuantía de la prestación. Duración de la prestación. Suspensión y extinción del derecho. Incompatibilidad. Prestación por desempleo de nivel asistencial.
Tema 31. La Seguridad Social en el ámbito internacional. La Seguridad Social en la Unión Europea. Los Reglamentos y las Directivas comunitarias en materia de Seguridad Social. Convenios internacionales de Seguridad Social: convenios multilaterales y convenios bilaterales.
Tema 32. Asistencia social y Servicios Sociales. Formas de acción protectora de la tercera edad. La protección de la discapacidad. La protección de la dependencia: el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Configuración del sistema. Prestaciones y catálogo de servicios. Valoración de la dependencia. Reconocimiento del derecho. Financiación del Sistema. Calidad y eficacia del Sistema. Infracciones y sanciones.
Tema 33. El derecho a la salud. La asistencia sanitaria como prestación de la Seguridad Social en el Sistema Nacional de Salud. Órganos de gestión. Financiación. Asegurados y beneficiarios de la asistencia sanitaria. Prestaciones incluidas y excluidas. Especialidad en la protección de los riesgos profesionales. Financiación. Aportación de los usuarios de la prestación farmacéutica.
Tema 34. Infracciones y sanciones en el orden social: Órganos competentes. Tipos de infracciones. Sujetos responsables de la infracción. Sanciones y su graduación. Procedimiento sancionador. Delitos contra la Seguridad Social.
Tema 35. La Seguridad Social en el derecho comparado: modelos y tendencias. Cambios producidos en el contexto de la crisis económica internacional. Situación actual de los distintos países de la Unión Europea.
La solicitud de admisión a las pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) se rellenará conforme a las siguientes instrucciones particulares:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, las personas aspirantes consignarán: «Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Subsecretaría».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala» se consignará «Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social», y en el recuadro correspondiente a «Código» figurará «1603».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», las personas aspirantes que participen por el sistema de acceso libre señalarán la letra «L». Los que participen por promoción interna señalarán la letra «P».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones». No se cumplimentará el espacio destinado a «Código» que figura a su lado.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del BOE en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», las personas aspirantes podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Las personas aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33% que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado».
Las personas aspirantes de promoción interna harán constar en el recuadro 27 A) «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», el código del Cuerpo a que pertenecen.
En el recuadro 27 B), se consignará el idioma elegido por la persona aspirante y su modalidad de evaluación, entre Inglés Titulación, Inglés Presencial, Francés Titulación o Francés Presencial.
En el recuadro 27 C), las personas candidatas consignarán si desean conservar la nota de alguno de los ejercicios de la convocatoria inmediatamente anterior, indicando de cuales de ellos.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros para las personas aspirantes que participen en las pruebas mediante el sistema general de acceso libre.
Para las personas aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna, la tasa por derechos de examen será de 15,55 euros.
Para los miembros de familias numerosas de categoría general que participen por el sistema general de acceso libre, la tasa por derechos de examen será de 15,55 euros y para los que participen por el sistema de promoción interna la tasa será de 7,79 euros.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud.
La solicitud se dirigirá a: «Sr/a. Subsecretario/a de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones».
Yo, ..................................................... (nombre y apellidos), con NIF ............................
Presto mi conformidad con los datos obrantes en el Registro Central de Personal a los efectos de lo previsto en la Resolución de …..…… de …………..………... de ……...., por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social, como únicos méritos a valorar en la fase de concurso de dicho proceso.
Fecha y firma
Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
– Escuela Oficial de Idiomas:
Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.
– Certificados de Cambridge University:
First Certificate of English: B2.
Advanced: C1.
Proficiency: C2.
Linguaskill B2: B2.
Linguaskill C1: C1.
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.
IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.
– Education Testing Service (ETS):
TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 72-94: B2.
TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título), Calificación total 95-120: C1.
TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344, B2.
TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345, C1.
– APTIS (four skills), certificación del British Council:
Overall CEFR Grade B2, B2.
Overall CEFR Grade C, C1.
Aptis advanced: overall CEFR B2, B2.
Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.
– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:
Certificado B2, B2.
Certificado C1, C1.
– Oxford Test of English B: Certificado B2, B2.
– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Sup’erieur (CLES), Inglés:
CLES 2, B2.
CLES 3, C1.
– The European Language Certificates (TELC):
TELC B2, B2.
TELC C1, C1.
– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):
Certificate of Competency in English (ECCE), B2.
Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.
– Trinity College de Londres:
Integrated Skills in English II, B2.
Integrated Skills in English III, C1.
Integrated Skills in English IV, C2.
– London Test of English (LTE):
Nivel 3, B2.
Nivel 4, C1.
Nivel 5, C2.
– Pearson Test of English:
General, Level 3, B2.
General, Level 4, C1.
General, Level 5, C2.
Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2.
Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1.
Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.
– Learning Resource Network:
Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.
Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.
Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.
IELCA General CEF B2, B2.
IELCA General CEF C1, C1.
IELCA General CEF C2, C2.
– Anglia ESOL Examinations General:
Advanced, B2.
AcCEPT/Proficiency, C1.
Masters, C2.
– LanguageCert International ESOL:
Communicator B2, B2.
Expert C1, C1.
Mastery C2, C2.
Para la modalidad acreditación de conocimiento de francés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:
– Escuela Oficial de Idiomas:
Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.
Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.
– France Éducation international:
DELF B2, B2.
DALF C1, C1.
DALF C2, C2.
– Alliance Française:
Diplôme de Langue Française (DLS), B2.
Diplôme Supérieur d’Études Françaises Modernes (DS), C1.
Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF), C2.
– The European Language Certificates (TELC):
TELC B2, B2.
Titulares
Presidenta: Doña Elena del Pozo Domínguez, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales:
Don Jesús Fernando Santos Peñalver, Catedrático de la Universidad de Castilla La Mancha. Departamento de Economía Financiera y Contabilidad.
Doña Herenia Gutiérrez Ponce, Catedrática de la Universidad Autónoma de Madrid. Departamento de Economía Financiera y Contabilidad.
Don Ignacio Arias Fernández, del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
Doña Patricia del Cerro Vizcaíno, del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Doña Concepción Arcos Juan, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Secretario: Don Álvaro Lambás Notario, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Suplentes
Presidenta: Doña Cristina Sanz García, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales:
Don Manuel Díaz Rey, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Don Francisco Javier Salinas Jiménez, Catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid. Departamento de Economía y Hacienda Pública.
Doña Nicole Marco Schülke, del Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.
María Rosario Santamaría García, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Don David Aceituno Aceituno, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
Secretaria: Doña Lorena Esteban Miguelez, del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.
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