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Documento BOE-A-2025-19299

Resolución de 23 de septiembre de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 29 de septiembre de 2025, páginas 125367 a 125369 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2025-19299

TEXTO ORIGINAL

La Secretaria General de Formación Profesional y el Presidente de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo han suscrito, con fecha de 8 de agosto de 2025, una adenda al convenio para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad, que fue firmado el 3 de diciembre de 2024.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 23 de septiembre de 2025.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda al Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y la Entidad Estatal de Derecho Público, Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad

En Madrid, a 8 de agosto de 2025.

REUNIDOS

De una parte, doña Esther Monterrubio Ariznabarreta, Secretaria General de Formación Profesional nombrada por Real Decreto 1191/2024, de 28 de noviembre, actuando en nombre y representación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y competente para la firma de este convenio en virtud de lo dispuesto en la Orden EFD/335/2025, de 3 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.

Y de otra parte, don Ángel Luis Ortiz González, Presidente de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, según nombramiento conferido por Real Decreto 504/2018, de 18 de junio, en relación con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, y en virtud de las facultades que le atribuye el apartado d) del citado artículo 6 del Estatuto (CIF número Q2813006J).

Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades y atribuciones que por ello tienen concedidas, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad y legitimación para obligarse y convenir la presente adenda, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.

Que el 3 de diciembre de 2024, se suscribió el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, para el desarrollo de las acciones de formación profesional para el empleo de las personas en situación de privación de libertad. En dicho convenio se establecía que su vigencia finalizaba el 30 de septiembre de 2025.

Segundo.

Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada, considerando necesario ampliar la vigencia del mencionado convenio según lo que se indica en los apartados siguientes.

Tercero.

Que procede ampliar el plazo de ejecución de las acciones de formación profesional para el empleo vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales hasta el 31 de octubre de 2025, debido a que la fecha de vigencia actual no hace posible la ejecución de la programación aprobada por carecer del tiempo suficiente para su desarrollo.

Cuarto.

Que por ello se considera necesario acordar la ampliación de la vigencia del convenio desde el 30 de septiembre de 2025 hasta el 31 de octubre de 2025. Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de modificación y ampliación de la vigencia del convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del convenio.

Uno. Se modifica la cláusula primera «Objeto» del convenio, que queda redactada como sigue:

El objeto del presente convenio es instrumentar la subvención que concede el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes a la Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo para el desarrollo de acciones de formación profesional para el empleo vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales y al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en lo previsto en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, programadas para el año 2025 y con ejecución prevista hasta el 31 de octubre de 2025, que faciliten a las personas en situación de privación de libertad la formación necesaria para la prestación de trabajos productivos remunerados, dentro de los establecimientos penitenciarios o en otros lugares de prestación en virtud de los distintos regímenes previstos en el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, así como su posterior reincorporación al trabajo remunerado e inserción laboral en el exterior.

Dos. Se modifica el último párrafo de la cláusula cuarta «Financiación» del convenio, que queda redactado como sigue:

La ejecución de las acciones objeto de financiación con cargo a este convenio deberán quedar finalizadas en su totalidad a fecha 31 de octubre de 2025, incluyendo todas las fases del procedimiento de gestión de gastos asociados a que hace referencia el artículo 73 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Segunda. Ampliación de la vigencia del convenio.

Las partes firmantes acuerdan la ampliación de la vigencia del convenio, extendiéndose hasta el 31 de octubre de 2025.

Esta adenda está exenta de publicación en el Registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal, según se establece en la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios.

De forma adicional será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman las partes intervinientes la presente adenda.–La Secretaria General de Formación Profesional, Esther Monterrubio Ariznabarreta.–El Presidente de la Entidad Estatal de Derecho Público, Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, Ángel Luis Ortiz González.

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