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Documento BOE-A-2024-5872

Resolución de 12 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para 2024 del Convenio colectivo estatal para las industrias de elaboración del arroz.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 23 de marzo de 2024, páginas 34240 a 34242 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2024-5872
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2024/03/12/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de la reunión de 29 de enero de 2024 de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Estatal para las Industrias de Elaboración del Arroz (código de convenio n.º 99000335011981, que fue publicado en el BOE de 15 de enero de 2022), en la que se acuerdan las tablas salariales definitivas para el año 2024, acta que ha sido suscrita por los integrantes de la referida Comisión Paritaria, que son, de una parte, la asociación empresarial PYMEV-UNIADE y, de otra, la organización sindical CCOO., y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de marzo de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.

ACTA REVISIÓN CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA INDUSTRIA DEL ARROZ

Asistentes:

PYMEV-UNIADE:

Pablo Albendea.

Moisés Tornadijo.

Flor Lanero.

Rafael López.

Jesús Pérez.

Lucía García.

CCOO.:

Rafael Moreno.

Alberto Arévalo.

Vicente Canet.

En Valencia en los locales de PYMEV siendo las 10:00 horas del 29 de enero de 2024, tiene lugar la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Industria de Elaboradores del Arroz, con la asistencia de las personas al margen relacionadas, para proceder a efectuar la revisión económica para 2024 de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del convenio vigente.

En tal sentido, la Comisión Paritaria acuerda aplicar un incremento del 3,5 % (3,1 % + 0,4 %) sobre las tablas de 2023 definitivas, dando éstas como resultado las tablas salariales definitivas de 2024 a todos los efectos. Hay que aclarar que el salario base se incrementa con los pluses de cada día de trabajo hábil, en nuestro caso con el Plus Convenio y con el Plus Transporte, por lo que nunca el salario anual a cobrar será inferior al SMI.

Se adjuntan Tablas Salariales definitivas correspondientes a 2024 (anexo I) para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Se faculta a Lucía García Rodríguez para que realice las gestiones necesarias para la inscripción del presente acuerdo.

Se levanta la sesión siendo las 11:00 horas, firmando en prueba de conformidad un representante de cada Organización.–UNIADE.–CCOO.

ANEXO I

Tabla salarial 2024

(Definitiva)

Categorías

Salario

Euros

Salario anual (15 pagas)

Euros

PERSONAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y COMERCIAL    
Nivel I. 1.329,44 19.941,53
Nivel II. 1.252,88 18.793,14
Nivel III. 1.213,49 18.202,29
Nivel IV. 1.213,49 18.202,29
Nivel V. 1.154,44 17.316,62
PERSONAL DE PRODUCCIÓN    
Nivel I. 40,46 18.411,09
Nivel II. 41,78 19.009,66
Nivel III. 39,39 17.921,63
Nivel IV. 38,94 17.718,32
Nivel V. 38,94 17.718,32
Nivel VI. 38,48 17.507,35
Nivel VII. 38,18 17.373,06
Nivel VIII. 34,66 15.770,30
PERSONAL DE SOPORTE    
Personal Servicios Generales    
Nivel I. 1.154,44 17.316,62
Nivel II. 1.081,43 16.221,50
Personal de mantenimiento    
Nivel I. 41,78 19.009,66
Nivel II. 38,94 17.718,32
Nivel III. 38,48 17.507,35

Plus Convenio (por día trabajado): 7,82 euros.

Plus Transporte (por día trabajado): 3,92 euros.

Dietas:

Completa: 10,74 euros.

Media: 5,38 euros.

Plus cuarto turno (semanales): 107,29 euros.

Jubilación voluntaria:

Cinco años de antelación a la edad legal vigente: 5.629,41 euros.

Cuatro años de antelación a la edad legal vigente: 5.066,48 euros.

Tres años de antelación a la edad legal vigente: 4.503,55 euros.

Dos años de antelación a la edad legal vigente: 3.940,59 euros.

Un año de antelación a la edad legal vigente: 3.070,68 euros.

Póliza de seguro:

Indemnización por fallecimiento o invalidez permanente total: 18.445,38 euros.

Indemnización por invalidez absoluta: 25.911,19 euros.

UNIADE-PYMEV.      CC.OO.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/03/2024
  • Fecha de publicación: 23/03/2024
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 29 de diciembre de 2021 (Ref. BOE-A-2022-654).
Materias
  • Arroz
  • Convenios colectivos
  • Producción alimentaria

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