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Documento BOE-A-2024-27473

Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 26 de enero de 2024, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación para el jurel de la zona CIEM 8C, para los buques censados en la modalidad de otras artes distintas al arrastre y al cerco en el caladero Cantábrico y Noroeste.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 30 de diciembre de 2024, páginas 186840 a 186841 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2024-27473

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes y fundamentos de Derecho

Mediante la Resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación para el jurel de la zona CIEM 8C, para los buques censados en la modalidad de otras artes distintas al arrastre y al cerco en el caladero Cantábrico y Noroeste, se estableció que la asignación que corresponde al censo de otros artes distintos al arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste del stock JAX/08C fuera de 93.900 kilos y exclusivamente para capturas accesorias. Por ello se estableció un tope de captura de 30 kilos por barco y semana para todas las provincias y artes de pesca mediante la mencionada resolución.

Considerando los niveles de consumo registrados por la flota de otras artes distintas al arrastre y al cerco en el caladero Cantábrico y Noroeste y tras petición del sector, mediante la Resolución del 25 de noviembre, se suprimieron los topes de captura establecidos para el jurel de la zona CIEM 8C para los buques de otras artes distintas al arrastre y al cerco, con puerto base en las provincias del Cantábrico y Noroeste.

Esta resolución fue de aplicación desde el día siguiente a su publicación en el BOE hasta el 31 de diciembre de 2024 y a partir del 1 de enero de 2025 y hasta la entrada en vigor de la resolución para la siguiente campaña, los topes aplicados serían los recogidos en la Resolución de 26 de enero de 2024.

Tras el Acuerdo del pasado 6 de diciembre de los Totales Admisibles de Capturas (TAC) de los stocks compartidos entre la Unión Europea y Reino Unido y del Consejo de Ministros de Pesca de la Unión Europea celebrado los días 9 y 10 de diciembre, se ha determinado que el TAC de la Unión Europea de JAX/08C para 2025 sea de 8.802 toneladas y que la pesquería del jurel oeste (stocks JAX/08C y JAX/2A-14) deje de ser exclusivamente para pesca accesoria, por lo que durante la próxima campaña se podrá volver a realizar pesca dirigida a dichos stocks.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, así como los niveles de consumo registrados actualmente por la flota de otras artes distintas al arrastre y al cerco en el caladero Cantábrico y Noroeste, se considera oportuno dejar sin efecto los topes de captura establecidos en la Resolución de 26 de enero a partir del 1 de enero de 2025 para los buques de otras artes distintas al arrastre y al cerco con puerto base en las provincias del Cantábrico y Noroeste, sin perjuicio de que puedan volver a establecerse mediante resolución en base a la evolución de los consumos durante la campaña 2025.

En base a lo anterior esta Secretaria General de Pesca, una vez oído el sector interesado, resuelve:

Primero.

Modificar el apartado Tercero de la Resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, que queda como sigue:

«Se deja sin efecto que el tope establecido de 30 kilos de jurel stock JAX/08C por barco y semana para los barcos de otras artes distintas al arrastre y al cerco, con puerto base en las provincias del Cantábrico y Noroeste sea de aplicación hasta la entrada en vigor de la resolución de 2025».

Segundo.

La supresión del tope de captura establecida en esta resolución será de aplicación desde el día siguiente a su publicación en el BOE y hasta 31 de diciembre de 2024. La flota de otras artes distintas al arrastre y al cerco en Cantábrico y Noroeste podrán iniciar la campaña de 2025 del stock JAX/08C sin topes de captura sin perjuicio de que, en base a la evolución de los consumos, se publique posteriormente una resolución en la que se establezcan topes de captura para pautar su consumo.

Madrid, 27 de diciembre de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.

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