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Documento BOE-A-2024-27474

Resolución, de 27 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establece el listado de granjas dedicadas en 2024 a la cría de atún rojo ubicadas en aguas españolas.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 30 de diciembre de 2024, páginas 186842 a 186843 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2024-27474

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes y fundamentos de Derecho

Primero.

La Resolución del 15 de abril de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se regulan los planes de ordenación de la cría de atún rojo y se establece un listado de granjas dedicadas a la cría de atún rojo ubicadas en aguas españolas, establecía la obligación de que antes del 10 de mayo, los titulares de granjas dedicadas a la cría de atún rojo ubicadas en aguas españolas deberán remitir a la Dirección General de Pesca Sostenible de la Secretaría General de Pesca sus planes definitivos de ordenación de la cría, a través del registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Dichos planes deberán incluir la información sobre las entradas procedentes de cerco y/o almadrabas tanto propias de la empresa como procedentes de otras empresas nacionales, otras empresas de Estados miembros o de terceros países en cada granja.

Por su parte en el punto segundo de la citada resolución, se especificaba que La Secretaría General de Pesca publicará el listado de granjas dedicadas en 2024 a la cría de atún rojo ubicadas en aguas españolas mediante resolución de la Secretaría General de Pesca en el «Boletín Oficial del Estado», una vez haya terminado la campaña.

Por todo lo expuesto, oído el sector y las comunidades autónomas, resuelvo:

Primero.

Publicar el anexo I con el listado definitivo de granjas que se han dedicado a la cría de atún rojo ubicadas en aguas españolas durante la campaña de 2024.

Segundo.

Esta resolución surte efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, siendo recurrible en alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 27 de diciembre de 2024.–La Secretaria General de Pesca, Isabel Artime García.

ANEXO I
Nombre de empresa Número de serie ICCAT* Nombre de la FFB N.º registro FFB
TUNA GRASO, SAU. ATEU1ESP00001 TUNA GRASO. ICAR 01
CALADEROS DEL MEDITERRÁNEO, SL. ATEU1ESP00003 CALADEROS DEL MEDITERRANEO. ICAR 03
BALFEGÓ TUNA, SL. ATEU1ESP00005 BALFEGO TUNA, SL. ICAR 05
CALADEROS DEL MEDITERRÁNEO, SL. ATEU1ESP00011 CALADEROS DEL MEDITERRANEO 2. ICAR 11
PISCIFACTORÍAS DEL MEDITERRÁNEO, SL. ATEU1ESP00014 PISCIFACTORÍAS DEL MEDITERRÁNEO. ICAR 14

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