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Documento BOE-A-2023-4792

Resolución de 20 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo sobre revisión de las tablas salariales para el año 2023 del Convenio colectivo de la industria azucarera.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 2023, páginas 27199 a 27203 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2023-4792
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2023/01/20/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de los acuerdos de revisión y tablas salariales para el año 2023 del Convenio colectivo de la industria azucarera, que fue publicado en el BOE de 21 de marzo de 2022 (código de convenio n.º 99000555011981), revisión y tablas que han sido suscritas con fecha 27 de diciembre de 2022, de una parte por las organizaciones empresariales Asociación de Fabricantes de Azúcar de España (AGFAE) y Asociación de Fabricantes de Levadura (AFLE), en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO.-Industria y FICA-UGT, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo, y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados acuerdos de revisión y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de enero de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA AZUCARERA 2021-2023

Madrid, 27 de diciembre de 2022, siendo las 12:00 horas, tiene lugar la reunión por videoconferencia para la aprobación de las tablas salariales del año 2023 del Convenio colectivo de la industria azucarera de ámbito nacional.

A dicha reunión asisten:

Representación empresarial:

Asociación de Fabricantes de Azúcar de España (AGFAE):

Don Jaizki Oliva Fernández.

Doña Ana Belén García González.

Don José Antonio Esteban Villullas.

Asociación de fabricantes de levadura (AFLE):

Doña Blanca Arias Córdova.

Doña Laura Vilá Villa.

Representación laboral:

Federación de Industria de CC. OO.:

Don Federico Muñoz Muñoz.

Asesores: Marco Antonio Pérez Martínez.

Construcción y Agro de UGT (FICA):

Don Ignacio Cruz Conejo.

Asesores: Don Jesús García Zamora y don Francisco J. Fernández González.

Punto único del día. Aprobación y firma de subida salarial para el año 2023, según Convenio colectivo de la industria azucarera firmado para el periodo 2021-2023.

1. Aplicar la cláusula sobre incrementos salariales para el año 2023, según consta en la disposición adicional primera del Convenio colectivo de la industria azucarera firmado para los años 2021-2023.

2. Como consecuencia de lo expuesto en el punto anterior se incrementan los conceptos salariales que se encuentran recogidos en los anexos 2, 3, 4, 5 y 6, y en los acuerdos 22, 24, 25, 26, 27, 29, 30, 33, 34 y 38 en un 2 % respecto a los valores actuales.

3. Aprobar las nuevas tablas correspondientes al año 2023 que se adjuntan a la presenta acta, firmada por las partes.

4. Por último, los valores de otros conceptos del convenio para el año 2023 quedan de la siguiente forma:

Plus de trabajos penosos, tóxicos o peligrosos: 1,06 euros/día.

Plus de domingos y plus festivo: 2,37 euros/hora.

Dietas:

  Nivel salarial Euros/día
De hasta 7 días inclusive. 4 al 12 60,69
De más de 7 días. 4 al 12 57,26

Plus de distancia: 0,10 euros/km.

Ayuda a discapacitados: 156,06 euros/mes

Delegación de facultades.

En cumplimiento de la legislación vigente y a los efectos que la misma establece, la Federación de Industria de CC. OO y la Federación de Industria, Construcción y Agro de UGT (FICA) delegan en doña Ana Belén García González, perteneciente a la Asociación de Fabricantes de Azúcar de España (AGFAE), la representación de la Comisión Negociadora del Convenio de la Industria Azucarera para presentar ante el Ministerio de Trabajo y Economía Social, las tablas definitivas para el año 2023 (código de convenio n.º 9900555) firmado por todas las partes.

Siendo las 13:00 horas se levanta la sesión en el lugar y fecha indicados.

ANEXO 2
Tabla de salarios del convenio para el año 2023 para personas trabajadoras fijas sin antigüedad
Nivel salarial

Salario base (12 meses/365 días)

Euros

Gratificaciones pactadas (3 meses/90 días)

Euros

Salario convenio (15 meses/455 días)

Euros

4 13.373,64 3.297,61 16.671,25
5 13.912,91 3.430,60 17.343,51
6 14.495,37 3.574,20 18.069,57
7 15.099,22 3.723,09 18.822,31
8 15.616,95 3.850,76 19.467,71
9 16.177,81 3.989,04 20.166,85
10 17.029,86 4.199,14 21.229,00
11 17.881,88 4.409,24 22.291,12
12 19.154,48 4.723,02 23.877,50
13 20.837,01 5.137,89 25.974,90
14 22.648,85 5.584,65 28.233,50
15 24.439,23 6.026,12 30.465,35
16 27.987,59 6.901,05 34.888,64
17 31.579,04 7.786,62 39.365,66
ANEXO 3
Salario-hora ordinario pactado para 2023 para personas trabajadoras fijas discontinuas y eventuales
Nivel salarial

Salario/hora ordinaria

Euros

4 9,50
5 9,87
6 10,30
7 10,72
8 11,09
9 11,49
10 12,10
11 12,69
12 13,60
13 14,80
14 16,08
15 17,35
16 19,87
17 22,41
ANEXO 4
Plus de nocturnidad pactado para 2023 (personas trabajadoras fijas, fijas discontinuas y eventuales)
Nivel salarial Euros/8 horas
4 12,28
5 12,76
6 13,33
7 13,84
8 14,29
9 14,83
10 15,59
11 16,37
12 17,55
13 19,07
14 20,74
15 22,39
16 25,64
17 28,94
ANEXO 5
Valor de la hora extraordinaria para 2023 (personas trabajadoras fijas, fijas discontinuas y eventuales)
Nivel salarial

Salario/hora ordinaria

Euros

4 13,33
5 13,87
6 14,45
7 15,05
8 15,57
9 16,12
10 16,97
11 17,82
12 19,09
13 20,77
14 22,56
15 24,35
16 27,90
17 31,48
ANEXO 6
Módulo pactado 2023
Nivel salarial

Salario/hora ordinaria

Euros

4 7,62
5 7,93
6 8,25
7 8,60
8 8,89
9 9,22
10 9,70
11 10,19
12 10,90
13 11,86
14 12,89
15 13,91
16 15,94
17 17,98

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/01/2023
  • Fecha de publicación: 22/02/2023
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 9 de marzo de 2022 (Ref. BOE-A-2022-4486).
Materias
  • Azúcar
  • Convenios colectivos
  • Industria agraria

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