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Documento BOE-A-2023-26163

Real Decreto 1085/2023, de 5 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2023.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 2023, páginas 171065 a 171070 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2023-26163
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2023/12/05/1085

TEXTO ORIGINAL

La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, establecen que los ayuntamientos deben remitir al Instituto Nacional de Estadística, en adelante INE, por medios informáticos o telemáticos, las variaciones mensuales que se vayan produciendo en los datos de sus padrones municipales. El INE, en cumplimiento de las competencias que le atribuye el artículo 17.3 de la citada ley, llevará a cabo las comprobaciones oportunas sobre dichos datos con el fin de subsanar los posibles errores y duplicidades que pudieran producirse.

Efectuadas dichas comprobaciones, el INE ha obtenido una cifra de población para cada municipio. Esta cifra se ha utilizado para contrastar con la cifra anual revisada que han enviado los ayuntamientos, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.

Cuando no se ha podido alcanzar un acuerdo entre la cifra obtenida por el INE y la proporcionada por los ayuntamientos, el Consejo de Empadronamiento ha informado las discrepancias con la cifra de población aprobada por los ayuntamientos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 82.1 y 85.a) del citado reglamento.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 82.2 y 85.b) del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística, con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento, ha elevado al Gobierno la propuesta de cifras oficiales de población de los municipios españoles referidas a 1 de enero de 2023, para su aprobación mediante real decreto, que será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Por todo ello, se procede a la declaración oficial de cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2023.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Economía, Comercio y Empresa, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de diciembre de 2023,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de cifras oficiales.

Se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión de los padrones municipales referida al 1 de enero de 2023, con efectos desde el 31 de diciembre de 2023, en cada uno de los municipios españoles.

Artículo 2. Publicación.

El Instituto Nacional de Estadística procederá a la publicación de las cifras de población oficiales de cada uno de los municipios españoles en su web www.ine.es. El resumen provincial y para las ciudades de Ceuta y Melilla, junto con las poblaciones correspondientes a las capitales de provincia e islas, figuran en el anexo.

Disposición final única. Eficacia.

El presente real decreto surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 5 de diciembre de 2023.

FELIPE R.

La Vicepresidenta Primera del Gobierno
y Ministra de Economía, Comercio y Empresa,

NADIA CALVIÑO SANTAMARÍA

ANEXO
Cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2023
Provincias Población
Albacete. 387.174
Alicante/Alacant. 1.950.357
Almería. 753.920
Araba/Álava. 336.686
Asturias. 1.005.283
Ávila. 158.407
Badajoz. 665.089
Balears, Illes. 1.197.261
Barcelona. 5.805.500
Bizkaia. 1.154.306
Burgos. 357.180
Cáceres. 387.434
Cádiz. 1.250.539
Cantabria. 588.419
Castellón/Castelló. 603.952
Ciudad Real. 491.127
Córdoba. 773.997
Coruña, A. 1.123.426
Cuenca. 197.139
Gipuzkoa. 728.027
Girona. 809.266
Granada. 930.181
Guadalajara. 274.598
Huelva. 530.824
Huesca. 227.077
Jaén. 620.242
León. 447.463
Lleida. 446.793
Lugo. 323.956
Madrid. 6.859.914
Málaga. 1.751.600
Murcia. 1.552.457
Navarra. 671.746
Ourense. 304.550
Palencia. 157.752
Palmas, Las. 1.140.258
Pontevedra. 944.245
Rioja, La. 322.490
Salamanca. 327.170
Santa Cruz de Tenerife. 1.061.790
Segovia. 155.258
Sevilla. 1.957.210
Soria. 89.482
Tarragona. 847.566
Teruel. 135.237
Toledo. 728.496
Valencia/València. 2.656.291
Valladolid. 521.071
Zamora. 166.366
Zaragoza. 977.413
Ciudades Autónomas Población
Ceuta. 83.039
Melilla. 85.491
Capitales Población
Albacete. 173.206
Alicante/Alacant. 349.282
Almería. 200.578
Ávila. 57.741
Badajoz. 150.190
Barcelona. 1.660.122
Bilbao. 346.096
Burgos. 174.451
Cáceres. 96.215
Cádiz. 111.811
Castelló de la Plana. 176.238
Ciudad Real. 75.303
Córdoba. 323.763
Coruña, A. 247.376
Cuenca. 53.512
Donostia/San Sebastián. 188.743
Girona. 104.320
Granada. 230.595
Guadalajara. 89.010
Huelva. 142.532
Huesca. 54.136
Jaén. 111.888
León. 121.281
Lleida. 143.094
Logroño. 150.583
Lugo. 98.214
Madrid. 3.332.035
Málaga. 586.384
Murcia. 469.177
Ourense. 104.250
Oviedo. 217.584
Palencia. 76.331
Palma. 423.350
Palmas de Gran Canaria, Las. 378.027
Pamplona/Iruña. 205.762
Pontevedra. 82.535
Salamanca. 143.954
Santa Cruz de Tenerife. 209.395
Santander. 172.726
Segovia. 51.011
Sevilla. 684.025
Soria. 40.096
Tarragona. 138.262
Teruel. 36.267
Toledo. 86.070
València. 807.693
Valladolid. 297.459
Vitoria-Gasteiz. 255.886
Zamora. 59.259
Zaragoza. 682.513
Islas Total

Balears, Illes

 Total. 1.197.261
Formentera. 11.171
Ibiza. 157.805
Mallorca. 929.950
Menorca. 98.335

Palmas, Las

 Total. 1.140.258
Fuerteventura. 124.066
Gran Canaria. 857.171
Lanzarote. 159.021

Santa Cruz de Tenerife

 Total. 1.061.790
Gomera, La. 22.162
Hierro, El. 11.646
Palma, La. 83.875
Tenerife. 944.107

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 05/12/2023
  • Fecha de publicación: 23/12/2023
  • Fecha de entrada en vigor: 24/12/2023
  • Efectos desde el 24 de diciembre de 2023.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • los arts. 82 y 85 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio (Ref. BOE-A-1986-21944).
    • el art. 17.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril (Ref. BOE-A-1985-5392).
Materias
  • Ayuntamientos
  • Censos de población
  • Instituto Nacional de Estadística
  • Padrón Municipal
  • Población
  • Provincias

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