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Documento BOE-A-2023-16368

Resolución de 3 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2022 y 2023 del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 14 de julio de 2023, páginas 102266 a 102299 (34 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2023-16368
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2023/07/03/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de 16 de mayo de 2023 en la que se aprueban las tablas salariales para el año 2022 y 2023, en base al acuerdo firmado el 4 de mayo de 2023 y en cumplimiento del artículo 57 del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (Código de convenio n.º 99008725011994), acta suscrita por la Comisión negociadora del citado Convenio colectivo compuesta, de una parte, por las asociaciones empresariales EyG, CECE, FEDACES y APSEC, en representación de las empresas del sector y, de otra, por las centrales sindicales FSIE, FEUSO y UGT Servicios Públicos, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2 /2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta y de las tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de julio de 2023.–El Director General de Trabajo, Ricardo Morón Prieto.

ACTA DE ACUERDO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL VII CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESAS DE ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDAS TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS

Asistentes:

Por EyG:

Pedro Huertas

Juan Manuel Ruiz

Iván Hodar

Carmen Estévez

Por CECE:

Santiago García

Basi Cuéllar

Por FED-ACES:

Concepción Castarlenas

José Francisco López

Por APSEC:

Delega en EyG

Por FSIE:

Jesús Pueyo

Enrique Ríos

Juan Manuel Fábrega

Por USO:

Antonio Amate

Carlos Quirós

Por UGT Servicios Públicos:

Jesús Gualix

Ana Castaño

La Comisión negociadora del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (en adelante, el VII Convenio), se reúne el 16 de mayo de 2023 para firmar las tablas salariales de los años 2022 y 2023 en base al acuerdo firmado el 4 de mayo por las organizaciones patronales EyG, CECE, FEDACES y APSEC y las sindicales FSIE, FEUSO y UGT Servicios Públicos.

La reunión se celebra de forma presencial en la sede de Educación y Gestión (EyG), calle Hacienda de Pavones, núm. 5, 1.ª planta.

El Secretario de la Mesa identifica a las personas presentes y hace constar que las personas reseñadas actúan en representación de sus respectivas organizaciones como negociadoras del VII Convenio Colectivo.

La organización APSEC ha excusado su asistencia delegando su representación en EyG.

Preside la reunión la organización empresarial EyG y la Secretaría de Actas la asume el sindicato FSIE.

Tras las deliberaciones pertinentes, los abajo firmantes acuerdan:

Primero.

Aprobar la firma, y llevarla a cabo en la sesión de hoy, de las tablas salariales de 2022 para el personal docente en pago delegado en cumplimiento del artículo 57 del VII Convenio Colectivo.

Segundo.

Aprobar la firma y llevarla a cabo en la sesión de hoy, de las tablas salariales de 2023 para el personal de administración y servicios, el personal docente de niveles no concertados y centros residenciales en cumplimiento del artículo 57 del VII Convenio Colectivo.

Tercero.

Aprobar la firma y llevarla a cabo en la sesión de hoy del complemento al SMI para aquellas categorías cuya retribución salarial total a jornada completa sea inferior al SMI.

Cuarto.

Aprobar la firma y llevarla a cabo en la sesión de hoy del complemento adicional temporal al personal de administración y servicios para categorías cuyo salario base se encuentra por debajo del SMI.

Quinto.

Aprobar la firma y llevarla a cabo en la sesión de hoy de la actualización del complemento de salidas con pernocta.

Sexto.

Aprobar la firma y llevarla a cabo en la sesión de hoy de la paga compensatoria del anexo1 de las tablas.

Séptimo.

Por parte de la mesa negociadora se autoriza y delega con amplitud legal precisa a favor de Doña Susana del Caño Moratinos, de la organización sindical FSIE, para que, en nombre de esta comisión, pueda presentar el texto, acta y demás documentación, ante la Autoridad Laboral, al solo efecto de su presentación telemática, registro y deposito, y publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado»

En Madrid, a 16 de mayo de 2023.–Por EyG.–Por CECE.–Por FED-ACES.–Por APSEC.–Por FSIE.–Por USO.–Por UGT Servicios Públicos.–El Presidente, Iván Hodar González.–El Secretario, Juan Manuel Fábrega.

TABLAS SALARIALES 2022. PERSONAL DOCENTE EN PAGO DELEGADO
Confeccionadas para 14 pagas

Grupo 1: Personal docente

1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen de concierto, subvención.

Categoría

Salario

Trienio

Profesor/Maestro. 1.690,36 40,44

1.2 De Educación Primaria.

En régimen de concierto, subvención.

Categoría

Salario

Trienio

Director. 1.690,36 40,44
 Complemento. 372,65 13,91
Subdirector. 1.690,36 40,44
 Complemento. 268,17 12,36
Jefe de Estudios. 1.690,36 40,44
 Complemento. 241,29 11,59
Jefe de Departamento. 1.690,36 40,44
 Complemento. 214,59 10,31
Profesor. 1.690,36 40,44
Orientador Educativo. 1.690,36 40,44

1.1 De Educación Secundaria Obligatoria.

En régimen de concierto, subvención.

De 1.er y 2.º curso de ESO:

Categoría

Salario

Trienio

Director 1.690,36 40,44
 Complemento 372,65 13,91
Subdirector 1.690,36 40,44
 Complemento 268,17 12,36
Jefe de Estudios 1.690,36 40,44
 Complemento 241,29 11,59
Jefe de Departamento 1.690,36 40,44
 Complemento 214,59 10,31
Profesor 1.690,36 40,44
Orientador Educativo 1.690,36 40,44

Complemento equiparación licenciados, grados o titulación equivalente y autorizada: Complemento al salario de 294,67 euros y al trienio de 10,54 euros, en cada una de las 14 pagas para el profesor de jornada completa.

De 3ِ.er y 4.º curso de ESO:

Categoría

Salario

Trienio

Director. 1.985,03 50,98
 Complemento. 424,07 20,40
Subdirector. 1.985,03 50,98
 Complemento. 372,65 17,91
Jefe de Estudios. 1.985,03 50,98
 Complemento. 372,65 17,91
Jefe de Departamento. 1.985,03 50,98
 Complemento. 311,73 14,53
Profesor. 1.985,03 50,98
Orientador Educativo. 1.985,03 50,98

1.3 De Ciclo Formativo Básico o su equivalente.

En régimen de concierto, subvención.

Categoría

Salario

Trienio

Director. 1.985,03 50,98
 Complemento. 353,62 16,48
Subdirector. 1.985,03 50,98
 Complemento. 327,94 15,28
Jefe De Estudios. 1.985,03 50,98
 Complemento. 302,62 14,15
Jefe De Departamento. 1.985,03 50,98
 Complemento. 277,20 12,97
Profesor Titular. 1.985,03 50,98
Profesor Adjunto, Agregado O Auxiliar. 1.796,46 50,98

1.3 De Bachillerato.

En régimen de concierto, subvención.

Categoría

Salario

Trienio

Director. 1.985,03 50,98
 Complemento. 424,07 20,40
Subdirector. 1.985,03 50,98
 Complemento. 372,65 17,91
Jefe De Estudios. 1.985,03 50,98
 Complemento. 372,65 17,91
Jefe De Departamento. 1.985,03 50,98
 Complemento. 302,65 14,53
Profesor. 1.985,03 50,98
Orientador Educativo. 1.985,03 50,98
Complemento Bachillerato: Complemento de 83,13 euros, en cada una de las 14 pagas para el profesor de jornada completa, en las condiciones previstas en el artículo 72.

1.4 De Ciclos Formativos de Grados Medio y Superior.

En régimen de concierto, subvención.

Categoría

Salario

Trienio

Director. 1.985,03 50,98
 Complemento. 412,71 19,86
Subdirector. 1.985,03 50,98
 Complemento. 362,65 17,42
Jefe de Estudios. 1.985,03 50,98
 Complemento. 346,66 16,84
Jefe de Departamento. 1.985,03 50,98
 Complemento. 295,21 14,18
Profesor Titular. 1.985,03 50,98
Profesor Adjunto, Agregado o Auxiliar. 1.796,46 50,98
Orientador Educativo. 1.985,03 50,98

1.5 De Educación Especial (Integrado).

En régimen de concierto, subvención.

Categoría

Salario

Trienio

Director. 1.690,36 40,44
 Complemento. 372,65 13,91
Subdirector. 1.690,36 40,44
 Complemento. 268,17 12,36
Jefe de Estudios. 1.690,36 40,44
 Complemento. 241,29 11,59
Jefe de Departamento. 1.690,36 40,44
 Complemento. 214,59 10,31
Profesor. 1.690,36 40,44

Estos salarios serán de aplicación a los maestros de apoyo a la integración de alumnos en centros ordinarios, salvo que se establezca otra cantidad por acuerdo autonómico.

PLUS DE RESIDENCIA E INSULARIDAD AÑO 2022. PERSONAL DOCENTE EN PAGO DELEGADO
Confeccionadas para 12 pagas

A) Ceuta y Melilla

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1.er Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen de concierto, subvención.

Categoría Plus Trienio
Profesor. 514,02 31,71
Educador Infantil/Técnico. 356,24 25,17

1.2 De Educación Primaria.

1.3 De 1.º y 2.º curso ESO.

1.5 De Educación Especial (Integrado).

1.6 De Educación Permanente de Adultos.

En régimen de concierto, subvención.

Categoría Plus Trienio
Profesor de Primaria, 1.º y 2.º curso ESO, Educación Especial (Integrado), Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo Primaria y 1.º y 2.º curso ESO. 514,02 31,71
Prof. adjunto, agreg. Educ. Permanente Adultos. 302,76 18,68

1.3 De 3.º y 4.º curso ESO.

1.3 De Bachillerato

1.4 De FP de Grados Medio y Superior.

En régimen de concierto, subvención.

Categoría Plus Trienio
Profesores 3.º y 4.º curso ESO y Bachillerato, Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de 3.º y 4.º curso ESO, Bachillerato y FP de Grados Medio y Superior. 713,90 41,94
Profesores adjuntos, agregados o auxiliares de FP de Grados Medio y Superior. 514,02 41,94

B) Islas Canarias

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado)

1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado)

En régimen de concierto, subvención.

Categoría Plus
Profesor:  
 Islas Mayores. 127,47
 Islas Menores. 404,58
Educador infantil/técnico. 78,17

1.2 De Educación Primaria.

1.3 De 1.º y 2.º Curso E.S.O.

1.6 De Educación Permanente de Adultos.

En régimen de concierto, subvención.

Categoría Plus
Profesor Primaria, 1.º y 2.º curso ESO, Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo de Primaria y 1.º y 2.º curso de ESO:  
 Islas Mayores 127,47
 Islas Menores. 404,58
Profesor Adjunto, Agregado Educación Permanente de Adultos:  
 Islas Mayores 67,02
 Islas Menores. 202,18

1.3 De 3.º y 4.º curso E.S.O.

1.3 De Bachillerato

En régimen de concierto, subvención.

Categoría Plus
Profesores 3.º y 4.º curso ESO y Bachillerato y Orientadores Educativos de 3.º y 4.º curso ESO y Bachillerato:  
 Islas Mayores. 138,33
 Islas Menores. 451,85

1.4 De FP de Grados Medio y Superior.

En régimen de concierto, subvención.

Categoría Plus
Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de FP de Grados Medio y Superior. 138,33
Profesores adjuntos, agregados de FP de Grados Medio y Superior. 131,35

1.5 De Educación Especial (Integrado).

En régimen de concierto, subvención.

Categoría Plus
Profesor. 133,66

C) Islas Baleares

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen de concierto, subvención.

Categoría Plus
Profesor. 60,71
Educador Infantil/Técnico. 41,12

1.2 De Educación Primaria.

1.3 De 1.º y 2.º curso E.S.O.

1.5 De Educación Especial (Integrado).

1.6 De Educación Permanente de Adultos.

En régimen de concierto, subvención.

Categoría Plus
Profesor de Primaria, 1.º y 2.º curso ESO, Educación Especial (Integrado), Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo de Primaria y 1.º y 2.º curso ESO. 60,71
Profesor Adjunto, Agregado Educ. Permanente de Adultos. 35,75

1.3 De 3.º y 4.º curso ESO.

1.3 De Bachillerato.

1.4 De FP de Grados Medios y Superior.

En régimen de concierto, subvención.

Categoría Plus
Profesores de 3.º y 4.º curso ESO y Bachillerato, Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de 3.º y 4.º curso ESO, Bachillerato, FP de Grados Medio y Superior. 84,29
Profesores Adjuntos, Agregados o Aux. de FP de Grados Medio y Superior. 60,71
TABLAS SALARIALES 2022 DEL PERSONAL COMPLEMENTARIO TITULADO

Grupo 4: Personal Complementario Titulado

Titulados superiores.

El salario de este personal tendrá el incremento salarial acordado para el profesor titular en pago delegado del nivel de enseñanza donde desarrolle su trabajo.

Si simultanea varios niveles, se abonará en proporción a las horas que desarrolle en cada nivel al que esté adscrito.

Para aquel personal que no esté adscrito a un determinado nivel su salario será el correspondiente al nivel de Primaria y 1.º y 2.º curso de ESO en pago delegado, que será incrementado en el mismo porcentaje que el personal docente de estos niveles.

Titulados medios.
PLUS DE RESIDENCIA 2022 EN CEUTA Y MELILLA Y PLUS DE INSULARIDAD EN ISLAS CANARIAS E ISLAS BALEARES 2022 DEL PERSONAL COMPLEMENTARIO TITULADO

Grupo 4: Personal Complementario Titulado

Titulados superiores.

El plus de este personal tendrá el incremento acordado para el profesor titular en pago delegado del nivel de enseñanza donde desarrolle su trabajo.

Si simultánea varios niveles, se abonará en proporción a las horas que desarrolle en cada nivel al que esté adscrito.

Para aquel personal que no esté adscrito a un determinado nivel su plus será el correspondiente al nivel de Primaria y 1.º y 2.º curso de ESO en pago delegado, que será incrementado en el mismo porcentaje que el personal docente de estos niveles.

Titulados medios.

Disposición adicional primera.

Complemento salarial específico de equiparación para licenciados, grados o titulación equivalente y autorizada de 1.º y 2.º de ESO con los que imparten 3.º y 4.º de la ESO:

Siempre y cuando se encuentren en posesión del título de licenciado, grados o titulación equivalente y autorizada y ésta le habilite para dar la materia correspondiente, en 1.º y 2.º de la ESO en niveles concertados, y con el fin de lograr la equiparación salarial con los que imparten 3.º y 4.º de la ESO en niveles concertados, se les aplicará el complemento correspondiente para el salario y el trienio establecido en las tablas salariales.

En todo caso, esta obligación queda condicionada a que la Administración Educativa responsable del pago delegado se haga cargo de ella, sin que los Centros Concertados deban abonar cantidad alguna por este concepto.

Disposición adicional segunda.

Complemento salarial específico de equiparación para Maestros de 1.º y 2.º de ESO con los de la enseñanza pública:

A tenor de lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, a los Maestros que imparten 1.º y 2.º de Educación Secundaria Obligatoria, se les abonará la misma cuantía que se establezca para los maestros de los mismos cursos en los centros públicos.

En todo caso, esta obligación queda condicionada a que la Administración Educativa responsable del pago delegado se haga cargo de ella, sin que los Centros Concertados deban abonar cantidad alguna por este concepto.

Disposición adicional tercera.

Las diferencias que las empresas adeuden a sus trabajadores como consecuencia de la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2022 de las tablas salariales, deberán quedar totalmente saldadas en el plazo de tres meses desde la publicación de estas tablas en el «Boletín Oficial del Estado».

TABLAS SALARIALES 2023. PERSONAL DOCENTE EN RÉGIMEN SIN CONCIERTO, SIN SUBVENCIÓN
Confeccionadas para 14 pagas

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1.er Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría Salario Trienio
Profesor/Maestro. 1.815,32 43,44
Educador Infantil/Técnico. 1.386,04 37,62

1.1 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría Salario Trienio
Profesor/Maestro. 1.815,32 43,44

1.2 De Educación Secundaria Obligatoria

En régimen sin concierto o sin subvención

De 1.º y 2.º curso de ESO

Categoría

Salario

Trienio

Director. 1.707,74 43,42
 Complemento. 400,20 14,93
Subdirector. 1.707,74 43,42
 Complemento. 287,97 13,27
Jefe De Estudios. 1.707,74 43,42
 Complemento. 259,11 12,44
Jefe De Departamento. 1.707,74 43,42
 Complemento. 230,42 11,08
Profesor. 1.707,74 43,42
Orientador Educativo. 1.707,74 43,42
Complemento equiparación licenciados, grados o titulación equivalente y autorizada: Complemento al salario de 297,69 euros y al trienio de 11,33 euros, en cada una de las 14 pagas para el profesor de jornada completa.

De 3.º y 4.º curso de ESO

Categoría

Salario

Trienio

Director. 2.005,43 54,75
 Complemento. 455,43 21,90
Subdirector. 2.005,43 54,75
 Complemento. 400,21 19,23
Jefe de Estudios. 2.005,43 54,75
 Complemento. 400,21 19,23
Jefe de Departamento. 2.005,43 54,75
 Complemento. 325,02 15,62
Profesor. 2.005,43 54,75
Orientador Educativo. 2.005,43 54,75

1.3 De Bachillerato.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría

Salario

Trienio

Director. 2.097,24 54,75
 Complemento. 446,48 21,90
Subdirector. 2.097,24 54,75
 Complemento. 392,37 19,23
Jefe de Estudios. 2.097,24 54,75
 Complemento. 392,37 19,23
Jefe de Departamento. 2.097,24 54,75
 Complemento. 318,67 15,62
Profesor. 2.097,24 54,75
Orientador Educativo. 2.097,24 54,75
Complemento Bachillerato: Complemento de 101,91 euros, en cada una de las 14 pagas para el profesor de jornada completa, en las condiciones previstas en el artículo 72.

1.4 De Ciclos Formativos de Grados Medio y Superior.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría Salario Trienio
Director. 2.005,43 54,75
 Complemento. 443,23 21,33
Subdirector. 2.005,43 54,75
 Complemento. 389,43 18,71
Jefe de Estudios. 2.005,43 54,75
 Complemento. 372,30 18,08
Jefe de Departamento. 2.005,43 54,75
 Complemento. 317,06 15,23
Profesor Titular. 2.005,43 54,75
Profesor Adjunto, Agregado O Auxiliar. 1.882,24 54,75
Orientador Educativo. 2.005,43 54,75

1.6 De Educación Permanente de Adultos

En régimen sin concierto o sin subvención

Categoría Salario Trienio
Director. 1.815,33 43,44
 Complemento. 400,15 14,94
Subdirector. 1.815,33 43,44
 Complemento. 288,01 13,26
Jefe de Estudios. 1.815,33 43,44
 Complemento. 259,13 12,43
Jefe de Departamento. 1.815,33 43,44
 Complemento. 230,46 11,08
Profesor. 1.815,33 43,44
Profesor Adjunto, Agregado. 1.099,45 36,51

1.7 Otro personal

En régimen sin concierto o sin subvención

Categoría

Salario

Trienio

Profesor de Actividades Educativas Extracurriculares. 1.540,06 39,45
Instructor o Monitor. 1.386,04 37,62
Educador. 1.386,04 37,62
TABLAS SALARIALES 2023. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Y PERSONAL COMPLEMENTARIO TITULADO
Confeccionadas para 14 pagas

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal Administrativo

Categoría Salario Trienio
Jefe de Administración o Secretaría. 1.421,05 43,86
Jefe de Negociado. 1.196,75 37,48
Oficial. Contable. 1.141,78 37,03
Recepcionista. Telefonista. 1.017,12 37,03
Auxiliar. 1.017,12 37,03

2.2 Personal Auxiliar 

Categoría Salario Trienio
Cuidador. 1.043,80 37,03

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

3.1 Personal de Portería y Vigilancia

Categoría Salario Trienio
Conserje. 1.196,53 37,03
Portero. 1.043,80 37,03
Guarda. Vigilante. 1.017,12 37,03

3.2 Personal de Limpieza

Categoría Salario Trienio
Gobernante. 1.196,53 37,03
Empleado de Servicio de Limpieza, de Costura, Lavado y Plancha. 1.017,12 37,03

3.3 Personal de Cocina y Comedor 

Categoría Salario Trienio
Jefe de Cocina. 1.141,78 37,03
Cocinero. 1.088,30 37,03
Ayudante de Cocina. 1.043,80 37,03
Empleado del Servicio de Comedor. 1.017,12 37,03

3.4 Personal de Mantenimiento y Oficios Generales

Categoría Salario Trienio
Oficial de 1.ª de Oficios. 1.141,78 37,03
Oficial de 2.ª de Oficios. 1.043,80 37,03
Empleado de Mantenimiento, Jardinería y Oficios Varios. 1.017,12 37,03
Conductores. 1.141,78 37,03

Grupo 4: Personal Complementario Titulado

Titulados superiores.

El salario de este personal tendrá el incremento salarial acordado para el profesor titular en pago delegado del nivel de enseñanza donde desarrolle su trabajo.

Si simultanea varios niveles, se abonará en proporción a las horas que desarrolle en cada nivel al que esté adscrito.

Para aquel personal que no esté adscrito a un determinado nivel su salario será el correspondiente al nivel de Primaria y 1.º y 2.º curso de ESO en pago delegado, que será incrementado en el mismo porcentaje que el personal docente de estos niveles.

Titulados medios.
TABLAS SALARIALES 2023. CENTROS RESIDENCIALES (COLEGIOS MENORES, RESIDENCIAS DE ESTUDIANTES Y ESCUELAS HOGAR)

Salarios del personal docente

Categoría Salario Trienio
Director. 2.009,62 54,75
Subdirector. 1.954,46 54,75
Jefe de Estudios /Tutor. 1.890,98 52,54
Educador, Capellán, Medico y Psicólogo. 1.818,52 43,28
Educador de Escuela-Hogar. 1.762,83 36,52

Salario del personal no docente

Categoría Salario Trienio
Personal Titulado no docente. El que corresponda en el Grupo 4. El que corresponda en el Grupo 4.
Personal Administrativo. El que corresponda en Grupo 2 Subgrupo 2.1. El que corresponda en el Grupo 2 Subgrupo 2.1.
Cuidador de Escuela-Hogar. 1.346,09 36,52
Personal de Servicios Generales. El que corresponda en el Grupo 3. El que corresponda en el Grupo 3.
PLUS DE RESIDENCIA E INSULARIDAD AÑO 2023. PERSONAL DOCENTE SIN CONCIERTO, SIN SUBVENCIÓN Y PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS Y PERSONAL COMPLEMENTARIO TITULADO
Confeccionadas para 12 pagas

A) Ceuta y Melilla

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus Trienio
Profesor. 431,35 29,21
Educador Infantil/Técnico. 328,02 23,17

1.3 De 1.º y 2.º curso E.S.O.

1.6 De Educación Permanente de Adultos.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus Trienio
Profesor de 1.º y 2.º curso ESO, Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo Primaria y 1.er y 2.º curso ESO. 431,35 29,21
Prof. Adjunto, Agreg. Educ. Permanente Adultos. 254,08 17,19

1.3 De 3.º y 4.º curso E.S.O.

1.3 De Bachillerato.

1.4 De FP de Grados Medio y Superior.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus Trienio
Profesores 3.º y 4.º curso ESO y Bachillerato, Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de 3.º y 4.º curso ESO, Bachillerato y FP de Grados Medio y Superior 578,83 38,63
Profesores Adjuntos, Agregados o Auxiliares de FP de Grados Medio y Superior. 416,76 38,63

1.7 Otro personal.

Categoría Plus Trienio
Profesor Actividades Educativas Extracurriculares, Instructor o Monitor y Educador. 328,02 23,17

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal Administrativo.

Categoría Plus Trienio
Jefe de Administración o Secretaría. 417,19 24,94
Jefe de Negociado. 255,24  
Oficial. Contable. 243,51  
Recepcionista. Telefonista. 213,12  
Auxiliar. 213,12  

2.2 Personal Auxiliar.

Categoría Plus
Cuidador. 222,63

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

3.1 Personal de Portería y Vigilancia.

Categoría Plus
Conserje. 255,18
Portero. 222,63
Guarda. Vigilante. 213,12

3.2 Personal de Limpieza.

Categoría Plus
Gobernante. 255,18
Empleado de Servicio de Limpieza, de Costura, Lavado y Plancha. 213,12

3.3 Personal de Cocina y Comedor.

Categoría Plus
Jefe de Cocina. 243,51
Cocinero. 232,10
Ayudante de Cocina. 222,63
Empleado del Servicio de Comedor. 213,12

3.4 Personal de Mantenimiento y Oficios Generales.

Categoría Plus
Oficial de 1.ª de Oficios. 243,51
Oficial de 2.ª de Oficios. 222,63
Empleado de Mantenimiento, Jardinería y Oficios Varios. 213,12
Conductores. 243,51

Grupo 4: Personal Complementario Titulado

Titulados superiores.

El plus de este personal tendrá el incremento acordado para el profesor titular en pago delegado del nivel de enseñanza donde desarrolle su trabajo.

Si simultanea varios niveles, se abonará en proporción a las horas que desarrolle en cada nivel al que esté adscrito.

Para aquel personal que no esté adscrito a un determinado nivel su plus será el correspondiente al nivel de Primaria y 1.º y 2.º curso de ESO en pago delegado, que será incrementado en el mismo porcentaje que el personal docente de estos niveles.

Titulados medios.

B) Islas Canarias

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1.er Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesor:  
 Islas Mayores. 106,96
 Islas Menores. 339,51
Educador Infantil/Técnico. 72,00

1.3 De 1.º y 2.º curso E.S.O.

1.6 De Educación Permanente de Adultos.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesor 1.º y 2.º curso ESO, Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo de Primaria y 1.º y 2.º curso de ESO:  
 Islas Mayores. 106,96
 Islas Menores. 339,51
Profesor Adjunto, Agregado Educación Permanente de Adultos:  
 Islas Mayores 56,22
 Islas Menores. 169,74

1.3 De 3.º y 4.º curso E.S.O.

1.3 De Bachillerato.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesores 3.er y 4.º curso ESO y Bachillerato y Orientadores Educativos de 3.er y 4.º curso ESO y Bachillerato:  
Islas Mayores. 103,20
Islas Menores. 336,49

1.4 De FP de Grados Medio y Superior.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de FP de Grados Medio y Superior. 101,24
Profesores Adjuntos, Agregados de FP de Grados Medio y Superior. 95,35

1.7 Otro personal.

Categoría Plus
Profesor de Actividades Educativas Extracurriculares. 77,52
Instructor o Monitor y Educador. 72,00

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal Administrativo.

Categoría Plus
Jefe de Administración o Secretaría. 93,54
Jefe de Negociado. 78,78
Oficial. Contable. 75,14
Recepcionista. Telefonista. 65,75
Auxiliar. 65,75

2.2 Personal Auxiliar.

Categoría Plus
Cuidador. 68,72

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

3.1 Personal de Portería y Vigilancia.

Categoría Plus
Conserje. 78,75
Portero. 68,72
Guarda. Vigilante. 65,75

3.2 Personal de Limpieza.

Categoría Plus
Gobernante. 78,75
Empleado de Servicio de Limpieza, de Costura, Lavado y Plancha. 65,75

3.3 Personal de Cocina y Comedor.

Categoría Plus
Jefe de Cocina. 75,14
Cocinero. 71,62
Ayudante de Cocina. 68,72
Empleado del Servicio de Comedor. 65,75

3.4 Personal de Mantenimiento y Oficios Generales.

Categoría Plus
Oficial de 1.ª de Oficios. 75,14
Oficial de 2.ª de Oficios. 68,72
Empleado de Mantenimiento, Jardinería y Oficios Varios. 65,75
Conductores. 75,14

Grupo 4: Personal Complementario Titulado

Titulados superiores.

El plus de este personal tendrá el incremento acordado para el profesor titular en pago delegado del nivel de enseñanza donde desarrolle su trabajo.

Si simultanea varios niveles, se abonará en proporción a las horas que desarrolle en cada nivel al que esté adscrito.

Para aquel personal que no esté adscrito a un determinado nivel su plus será el correspondiente al nivel de Primaria y 1.º y 2.º curso de ESO en pago delegado, que será incrementado en el mismo porcentaje que el personal docente de estos niveles.

Titulados medios.

C) Islas Baleares

Grupo 1: Personal docente

1.2 De 1.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

1.3 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesor. 50,94
Educador Infantil/Técnico 37,87

1.3 De 1.º y 2.º curso E.S.O.

1.6 De Educación Permanente de Adultos.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesor 1.º y 2.º curso ESO, Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo de Primaria y 1.º y 2.º curso ESO. 50,94
Profesor Adjunto, Agregado Educ. Permanente de Adultos. 30,01

1.3 De 3.er y 4.º curso ESO.

1.3 De Bachillerato.

1.4 De FP de Grados Medios y Superior.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría Plus
Profesores de 3.º y 4.º curso ESO y Bachillerato, Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de 3.º y 4.º curso ESO, Bachillerato, FP de Grados Medio y Superior. 68,33
Profesores Adj., Agregados o Auxiliares de FP de Grados Medio y Superior. 49,22

1.7 Otro personal.

Categoría Plus
Profesor de Actividades Educativas Extracurriculares. 42,07
Instructor o Monitor y Educador. 37,87

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal Administrativo.

Categoría Plus
Personal Administrativo. 58,81

2.2 Personal Auxiliar.

Categoría Plus
Cuidador. 45,07

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

2.3 Personal de Servicios Generales.

Categoría Plus
Personal de Servicios Generales. 45,07

Grupo 4: Personal Complementario Titulado

Titulados superiores.

El plus de este personal tendrá el incremento acordado para el profesor titular en pago delegado del nivel de enseñanza donde desarrolle su trabajo.

Si simultanea varios niveles, se abonará en proporción a las horas que desarrolle en cada nivel al que esté adscrito.

Para aquel personal que no esté adscrito a un determinado nivel su plus será el correspondiente al nivel de Primaria y 1.º y 2.º curso de ESO en pago delegado, que será incrementado en el mismo porcentaje que el personal docente de estos niveles.

Titulados medios.

Disposición adicional única.

Las diferencias que las empresas adeuden a sus trabajadores como consecuencia de la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2023 de las tablas salariales, deberán quedar totalmente saldadas en el plazo de tres meses desde la publicación de estas tablas en el «Boletín Oficial del Estado».

Disposición transitoria primera. Complemento SMI.

En virtud de lo establecido en la normativa anual correspondiente, por el que se fija el salario mínimo interprofesional, ninguna persona trabajadora recibirá una retribución total a jornada completa inferior al salario mínimo interprofesional mensuales en catorce pagas, señalado en la norma correspondiente. Si los ingresos por todos los conceptos que recibiese la persona trabajadora no alcanzasen la cuantía del SMI antes señalada, se establecerá un «complemento SMI», hasta alcanzar el importe antes mencionado que será absorbible y compensable.

Disposición transitoria segunda. Complemento temporal adicional.

El personal de administración y servicios de las siguientes categorías, que a la fecha de la firma de las presentes tablas salariales hayan cumplido, al menos, un trienio de antigüedad, percibirán un complemento temporal adicional de 15 euros/mes, en catorce pagas con independencia del número de trienios que tenga cumplidos; en el caso de cumplimiento del primer trienio durante el año 2023 se tendrá derecho a la percepción de este complemento temporal a partir de dicho momento. Este complemento que figurará como ítem diferenciado en la nómina con la denominación de «complemento temporal adicional 2023», se percibirá exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2023, siendo absorbible y compensable con cualquier incremento en las tablas que se produzca. Este complemento será abonado en proporción a la jornada prestada por la persona trabajadora.

Recepcionista Telefonista. 15 euros/mes
Auxiliar Administrativo.
Cuidador.
Portero.
Guarda.Vigilante.
Empleado del Servicio de Limpieza, Costura, Lavado y Plancha.
Ayudante de Cocina.
Empleado del Servicio de Comedor.
Oficial de 2.ª de Oficios.
Empleado de Mantenimiento, Jardinería y Oficios Varios.
ANEXO I
Paga compensatoria

PERSONAL DOCENTE EN RÉGIMEN SIN CONCIERTO, SIN SUBVENCIÓN

Grupo 1: Personal docente

1.4 De 1.er Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Profesor/Maestro. 359,37 8,60
Educador Infantil/Técnico. 274,39 7,45

1.3 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Profesor/Maestro. 359,37 8,60

1.4 De Educación Secundaria Obligatoria.

En régimen sin concierto o sin subvención.

De 1.º y 2.º curso de ESO.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Director. 338,07 8,60
 Complemento. 79,22 2,96
Subdirector. 338,07 8,60
 Complemento. 57,01 2,63
Jefe de Estudios. 338,07 8,60
 Complemento. 51,29 2,46
Jefe de Departamento. 338,07 8,60
 Complemento. 45,62 2,19
Profesor. 338,07 8,60
Orientador Educativo. 338,07 8,60

Complemento equiparación licenciados, grados o titulación equivalente y autorizada: Paga Compensatoria general de 58,93 euros con la adición de una paga compensatoria por cada trienio cumplido a 31 de diciembre de 2022 por importe de 2,24 euros para el profesor de jornada completa.

De 3.º y 4.º curso de ESO .

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Director. 397,00 10,84
 Complemento. 90,16 4,34
Subdirector. 397,00 10,84
 Complemento. 79,23 3,81
Jefe de Estudios. 397,00 10,84
 Complemento. 79,23 3,81
Jefe de Departamento. 397,00 10,84
 Complemento. 64,34 3,09
Profesor. 397,00 10,84
Orientador Educativo. 397,00 10,84

1.3 De Bachillerato.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Director. 415,18 10,84
 Complemento. 88,39 4,34
Subdirector. 415,18 10,84
 Complemento. 77,67 3,81
Jefe de Estudios. 415,18 10,84
 Complemento. 77,67 3,81
Jefe de Departamento. 415,18 10,84
 Complemento. 63,08 3,09
Profesor. 415,18 10,84
Orientador Educativo. 415,18 10,84

Complemento Bachillerato: Paga compensatoria general de 20,17 euros para el profesor de jornada completa, en las condiciones previstas en el artículo 72.

1.4 De Ciclos Formativos de Grados Medio y Superior.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Director. 397,00 10,84
 Complemento. 87,74 4,22
Subdirector. 397,00 10,84
 Complemento. 77,09 3,70
Jefe de Estudios. 397,00 10,84
 Complemento. 73,70 3,58
Jefe de Departamento. 397,00 10,84
 Complemento. 62,77 3,01
Profesor Titular. 397,00 10,84
Profesor Adjunto, Agregado o Auxiliar. 372,62 10,84
Orientador Educativo. 397,00 10,84

1.8 De Educación Permanente de Adultos.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Director. 359,37 8,60
 Complemento. 79,22 2,96
Subdirector. 359,37 8,60
 Complemento. 57,02 2,63
Jefe de Estudios. 359,37 8,60
 Complemento. 51,30 2,46
Jefe de Departamento. 359,37 8,60
 Complemento. 45,62 2,19
Profesor. 359,37 8,60
Profesor Adjunto, Agregado. 217,65 7,23

1.9 Otro personal.

En régimen sin concierto o sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Profesor Actividades Educativas Extracurriculares. 304,88 7,81
Instructor o Monitor. 274,39 7,45
Educador. 274,39 7,45

PAGA COMPENSATORIA PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal Administrativo.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Jefe de Administración o Secretaría. 281,32 8,68
Jefe de Negociado. 236,91 7,42
Oficial. Contable. 226,03 7,33
Recepcionista. Telefonista. 199,50 7,33
Auxiliar. 199,50 7,33

2.2 Personal Auxiliar.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Cuidador. 206,63 7,33

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

3.1 Personal de Portería y Vigilancia.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Conserje. 236,87 7,33
Portero. 206,63 7,33
Guarda. Vigilante. 199,50 7,33

3.2 Personal de Limpieza.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Gobernante. 236,87 7,33
Empleado de Servicio de Limpieza, de Costura, Lavado y Plancha. 199,50 7,33

3.3 Personal de Cocina y Comedor.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Jefe de Cocina. 226,03 7,33
Cocinero. 215,44 7,33
Ayudante de Cocina. 206,63 7,33
Empleado del Servicio de Comedor. 199,50 7,33

3.4 Personal de Mantenimiento y Oficios Generales.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Oficial de 1.ª de Oficios. 226,03 7,33
Oficial de 2.ª de Oficios. 206,63 7,33
Empleado de Mantenimiento, Jardinería y Oficios Varios. 199,50 7,33
Conductores. 226,03 7,33

PAGA COMPENSATORIA CENTROS RESIDENCIALES (COLEGIOS MENORES, RESIDENCIAS DE ESTUDIANTES Y ESCUELAS HOGAR)

Salarios del personal docente

Categoría General

Por cada Trienio cumplido

a 31-12-2022

Director. 397,83 10,84
Subdirector. 386,91 10,84
Jefe de Estudios/Tutor. 374,35 10,40
Educador, Capellán, Médico y Psicólogo. 360,00 8,57
Educador de Escuela-Hogar. 348,98 7,23

Salario del personal no docente

Categoría General

Por cada Trienio cumplido

a 31-12-2022

Personal Administrativo. La que corresponda en el Grupo 2 Subgrupo 2.1. del apartado de Personal de Administración y Servicios de este Anexo I. La que corresponda en el Grupo 2 Subgrupo 2.1. del apartado de Personal de Administración y Servicios de este Anexo I.
Cuidador de Escuela-Hogar. 266,48 7,23
Personal de Servicios Generales. La que corresponda en el Grupo 3 del apartado de Personal de Administración y Servicios de este Anexo I. La que corresponda en el Grupo 3 del apartado de Personal de Administración y Servicios de este Anexo I.

PAGA COMPENSATORIA ADICIONAL PARA TRABAJADORES QUE DESARROLLAN SU TRABAJO EN CEUTA, MELILLA, ISLAS CANARIAS E ISLAS BALEARES. PERSONAL DOCENTE SIN CONCIERTO, SIN SUBVENCIÓN Y PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

A) Ceuta y Melilla

Grupo 1: Personal docente

1.4 De 1.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

1.3 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría

General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Profesor. 73,19 4,96
Educador Infantil/Técnico. 55,66 3,93

1.2 De Educación Primaria.

1.3 De 1.º y 2.º curso E.S.O.

1.5 De Educación Especial (Integrado).

1.6 De Educación Permanente de Adultos.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Profesor de Educación Primaria, 1.º y 2.º curso ESO y Educación Especial (Integrado), Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo Primaria y 1.er y 2.º Curso ESO. 73,19 4,96
Prof. Adjunto, Agreg. Educ. Permanente Adultos. 43,11 2,92

1.3 De 3.º y 4.º curso E.S.O.

1.3 De Bachillerato.

1.4 De FP de Grados Medio y Superior.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Profesores 3.º y 4.º curso ESO y Bachillerato, Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de 3.º y 4.º curso ESO, Bachillerato y FP de Grados Medio y Superior. 98,22 6,55
Profesores Adjuntos, Agregados o Auxiliares de FP de Grados Medio y Superior. 70,72 6,55

1.7 Otro personal. 

Categoría.

General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Profesor Actividades Educativas Extracurriculares, Instructor o Monitor y Educador. 55,66 3,93

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal Administrativo.

Categoría

General

Por cada trienio cumplido

a 31-12-2022

Jefe de Administración o Secretaría. 70,79 4,23
Jefe de Negociado. 43,31  
Oficial. Contable. 41,32  
Recepcionista. Telefonista. 36,16  
Auxiliar. 36,16  

2.2 Personal Auxiliar.

Categoría General
Cuidador. 37,78

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

3.1 Personal de Portería y Vigilancia.

Categoría General
Conserje. 43,30
Portero. 37,78
Guarda. Vigilante. 36,16

3.2 Personal de Limpieza.

Categoría General
Gobernante. 43,30
Empleado de Servicio de Limpieza, de Costura, Lavado y Plancha. 36,16

3.3 Personal de Cocina y Comedor.

Categoría General
Jefe de Cocina. 41,32
Cocinero. 39,38
Ayudante de Cocina. 37,78
Empleado del Servicio de Comedor. 36,16

3.4 Personal de Mantenimiento y Oficios Generales.

Categoría General
Oficial de 1.ª de Oficios. 41,32
Oficial de 2.ª de Oficios. 37,78
Empleado de Mantenimiento, Jardinería y Oficios Varios. 36,16
Conductores. 41,32

B) Islas Canarias

Grupo 1: Personal docente

1.2 De 1.er Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesor:  
 Islas Mayores. 18,15
 Islas Menores. 57,61
Educador Infantil/Técnico. 12,22

1.3 De 1.º y 2.º curso E.S.O.

1.6 De Educación Permanente de Adultos.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesor 1.º y 2.º curso ESO, Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo de Primaria y 1.º y 2.º curso de ESO:  
 Islas Mayores. 18,15
 Islas Menores. 57,61
Profesor Adjunto, Agregado Educación Permanente de Adultos:  
 Islas Mayores. 9,54
 Islas Menores. 28,80

1.3 De 3.º y 4.º curso E.S.O.

1.3 De Bachillerato.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesores 3.er y 4.º curso ESO y Bachillerato y Orientadores Educativos de 3.er y 4.º curso ESO y Bachillerato:  
 Islas Mayores. 17,51
 Islas Menores. 57,10

1.4 De FP de Grados Medio y Superior.

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de FP de Grados Medio y Superior. 17,18
Profesores Adjuntos, Agregados de FP de Grados Medio y Superior. 16,18

1.5 De Educación Especial (Integrado).

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesor. 19,70

1.7 Otro personal.

Categoría General
Profesor de Actividades Educativas Extracurriculares. 13,15
Instructor o Monitor y Educador. 12,22

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal Administrativo.

Categoría General
Jefe de Administración o Secretaría. 15,87
Jefe de Negociado. 13,37
Oficial. Contable. 12,75
Recepcionista. Telefonista. 11,16
Auxiliar. 11,16

2.2 Personal Auxiliar. 

Categoría General
Cuidador 11,66

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

3.1 Personal de Portería y Vigilancia.

Categoría General
Conserje. 13,36
Portero. 11,66
Guarda. Vigilante. 11,16

3.2 Personal de Limpieza.

Categoría General
Gobernante. 13,36
Empleado de Servicio de Limpieza, de Costura, Lavado y Plancha. 11,16

3.3 Personal de Cocina y Comedor.

Categoría General
Jefe de Cocina. 12,75
Cocinero. 12,15
Ayudante de Cocina. 11,66
Empleado del Servicio de Comedor. 11,16

3.4 Personal de Mantenimiento y Oficios Generales.

Categoría General
Oficial de 1.ª de Oficios. 12,75
Oficial de 2.ª de Oficios. 11,66
Empleado de Mantenimiento, Jardinería y Oficios Varios. 11,16
Conductores. 12,75

C) Islas Baleares

Grupo 1: Personal docente

1.1 De 1.er Ciclo de Educación Infantil (Integrado)

1.2 De 2.º Ciclo de Educación Infantil (Integrado)

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesor. 8,64
Educador Infantil/Técnico. 6,43

1.2 De Educación Primaria

1.3 De 1.º y 2.º curso E.S.O.

1.5 De Educación Especial (Integrado)

1.6 De Educación Permanente de Adultos

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesor de Primaria, 1.º y 2.º curso ESO y Educación Especial (Integrado), Profesor Titular Educación Permanente de Adultos y Orientador Educativo de Primaria y 1.º y 2.º curso ESO. 8,64
Profesor Adjunto, Agregado Educ. Permanente de Adultos. 5,09

1.3 De 3.er y 4.º curso ESO

1.3 De Bachillerato

1.4 De FP de Grados Medios y Superior

En régimen sin concierto, sin subvención.

Categoría General
Profesores de 3.º y 4.º curso ESO y Bachillerato, Profesores Titulares de FP de Grados Medio y Superior y Orientadores Educativos de 3.º y 4.º curso ESO, Bachillerato, FP de Grados Medio y Superior. 11,59
Profesores Adj., Agregados o Auxiliares de FP de Grados Medio y Superior. 8,35

1.7 Otro personal

Categoría General
Profesor de Actividades Educativas Extracurriculares. 7,14
Instructor o Monitor y Educador. 6,43

Grupo 2: Personal de Administración

2.1 Personal Administrativo.

Categoría General
Personal Administrativo. 9,98

2.2 Personal Auxiliar.

Categoría General
Cuidador 7,65

Grupo 3: Personal de Servicios Generales

3.1 Personal de Servicios Generales.

Categoría General
Personal de Servicios Generales. 7,65

PAGA COMPENSATORIA

Primera.

Se establece la obligación de abonar una única paga, no consolidable ni actualizable, como complemento compensatorio para el personal docente en pago directo y personal de administración y servicios que se abonará en dos veces, con fecha de devengo del día 1 de enero de 2023.

El primer pago se realizará antes del 30 de septiembre de 2023 (50% del valor total de la paga). El segundo pago se realizará antes del 28 de febrero de 2024 (50% restante).

En el Anexo I de las presentes tablas salariales se establecen las correspondientes tablas salariales con las cuantías correspondientes.

A efecto de calcular la cantidad que corresponde percibir a la persona trabajadora por los trienios, se tendrá en cuenta los que tenga generados a fecha de 1 de enero de 2023.

Segunda.

Esta paga se abonará en proporción a la jornada de trabajo que tenga la persona trabajadora en la fecha del devengo de la misma.

Tercera.

No obstante, lo anterior, a criterio del empresario, esta paga podrá ser abonada de una sola vez antes de la fecha del primer pago establecida en el punto primero. En este caso, el abono deberá realizarse antes del día 30 de septiembre de 2023.

ANEXO II
Complemento salarial por salidas escolares de más de un día de duración (Anexo II del VII Convenio Colectivo)
  Euros
Cada día lectivo o laborable no lectivo de presencia obligatoria en el centro que coincida con la salida. 56,31
Cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro, incluidos los sábados, que coincida con una salida de carácter nacional. 90,06
Cada día no lectivo o laborable de no presencia en el centro, incluidos los sábados, que coincida con una salida de carácter internacional. 101,31

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/07/2023
  • Fecha de publicación: 14/07/2023
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 15 de septiembre de 2021 (Ref. BOE-A-2021-15665).
Materias
  • Centros de enseñanza privada
  • Convenios colectivos

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