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Documento BOE-A-2022-21651

Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de acuerdo de modificación del II Convenio colectivo de BT Global ICT Business Spain, SLU.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 20 de diciembre de 2022, páginas 178443 a 178447 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2022-21651
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2022/12/07/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de acuerdo de modificación del II Convenio colectivo de la empresa BT Global ICT Business Spain, SLU (código de convenio n.º 90103892012021), que fue suscrito con fecha 26 de septiembre de 2022, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por la sección sindical de UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta en el correspondiente registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de diciembre de 2022.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LA MODIFICACIÓN DEL II CONVENIO COLECTIVO DE BT GLOBAL ICT BUSINESS SPAIN, SLU

Por parte de BT Global ICT Business Spain S.L.U. (BT Spain), doña M.ª Luisa Lamas Sánchez, don Javier Rodríguez Murugarren, don Emilio Valiente Mozos y don Ricardo Prieto Navarro.

Por la sección sindical de UGT en BT Spain, don Javier Honrubia Salgado, don Luis Miguel Martín Nevado, don Jorge Martín Juárez, don Luis Poza Fernández-Sacristán y, como asesor de la Federación FesMC-UGT, don Antonio Rafael Adrián Reyes.

En Madrid, siendo las 10:00 horas del día 26 de septiembre de 2022 se reúnen mediante videoconferencia los representantes reseñados más arriba, previa debida convocatoria, y realizan lo siguiente:

EXPONEN

Primero.

Que las personas que participan están legitimadas para actuar en representación de sus respectivas organizaciones como negociadoras de la modificación del II BT Global ICT Business Spain, SLU.

Segundo.

Que ambas partes ostentan la legitimación requerida por el artículo 87.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (en adelante ET), para modificar el II BT Global ICT Business Spain, SLU.

Tercero.

Que las partes toman nota de que a efectos del registro de los cambios acordados en el II Convenio Colectivo de BT Global ICT Business Spain, SLU, deben por una parte delegar y autorizar la capacidad de registrar los cambios en una persona y por otra recoger en un acta únicamente las modificaciones del convenio, aspectos que tienen intención de efectuar en esta reunión.

Cuarto.

Que tras las oportunas deliberaciones la comisión negociadora ha alcanzado los siguientes

ACUERDOS

Primero. Revisión salarial fija y modificación del apartado 21.1 del II Convenio colectivo de BT Global ICT Business Spain, SLU (en adelante el Convenio de BT Spain).

Se modifica el artículo 21.1 del Convenio de BT Spain que queda redactado del siguiente modo:

«21.1 Revisión salarial fija para todos los empleados de la compañía.

Las partes firmantes acuerdan la subida salarial de los siguientes conceptos retributivos: salario base, complemento 1 convenio colectivo BT, prorrateo de pagas extraordinarias, plus de permanencia y dietas, en la cuantía y condiciones siguientes sin absorción ni compensación, con las salvedades aquí recogidas:

a. Subida del 0,5 %, aplicable desde el 1 de abril de 2022 a la totalidad de la plantilla dada de alta a 31 de marzo de 2022. Se abonará a tal efecto los correspondientes atrasos en nómina.

b. Subida del 2,5 %, aplicable desde el 1 de diciembre de 2022, aplicable a la totalidad de la plantilla dada de alta en dicha fecha.

c. Las subidas recogidas en los apartados a) y b) se aplicarán sin absorción ni compensación, salvo aquellas personas que se encuentren en una de las siguientes circunstancias:

c.1 Personas trabajadoras que tengan una revisión salarial extraordinaria entre el 1 de abril de 2022 y el 30 de noviembre de 2022 (sin contar con la revisión salarial de méritos de junio de 2022), para los cuales la subida será absorbible.

c.2 Personas trabajadoras incorporadas entre el 1 de abril de 2022 y el 30 de noviembre de 2022, para las cuales la subida será absorbible salvo en aquella cuantía que no hubiere suficiente complemento a devengos para absorber la actualización de tablas.»

Segundo. Bolsa de beneficios y modificación del apartado 21.2 del convenio.

Se modifica el artículo 21.2 del Convenio de BT Spain, que queda redactado del siguiente modo:

«21.2 Bolsa de beneficios.

Para las personas empleadas que a la fecha de firma del presente convenio no disfrutaran de ayuda de comida ni de seguro médico (pagado por la compañía para sus beneficiarios), y para las nuevas incorporaciones, se incrementa la bolsa de beneficios a 180 euros anuales. Dicho incremento será aplicable desde el 1 de julio de 2022.

Se acuerda igualmente incrementar, con fecha de efectividad 1 de septiembre de 2022, el importe de la bolsa de beneficios para las personas empleadas que a la firma del presente convenio vinieran percibiendo 538 euros anuales, a 600 euros anuales.»

Tercero. Modificación de las tablas salariales del anexo I del Convenio de BT Spain.

En base a la subida salarial recogida en el acuerdo primero, se acuerda sustituir las tablas salariales incluidas en el anexo I del Convenio colectivo de BT Spain por las siguientes:

ANEXO I
Tablas salariales

II Convenio Colectivo de BT

Tablas vigentes hasta el 30 de noviembre de 2022

Función Grupo profesional Salario base anual (incluye 2 pagas extras) Salario mensual Prorrateo 2 pagas
Servicios profesionales. Grupo 1. 28.348,63 2.024,90 337,48
Grupo 2. 24.148,83 1.724,91 287,49
Grupo 3. 21.523,95 1.537,43 256,23
Grupo 4.1. 19.424,06 1.387,43 231,24
Grupo 4.2. 17.324,16 1.237,44 206,24
Gestión operativa. Grupo 1. 28.348,63 2.024,90 337,48
Grupo 2. 24.148,83 1.724,91 287,49
Grupo 3. 21.523,95 1.537,43 256,23
Grupo 4.1. 17.324,16 1.237,44 206,24
Gestión contrato/oferta. Grupo 1. 28.348,63 2.024,90 337,48
Grupo 2. 24.148,83 1.724,91 287,49
Grupo 3. 21.523,95 1.537,43 256,23
Grupo 4.1. 17.324,16 1.237,44 206,24
Apoyo corporativo. Grupo 1. 28.348,63 2.024,90 337,48
Grupo 2. 24.148,83 1.724,91 287,49
Grupo 3. 19.424,06 1.387,43 231,24
Grupo 4.1. 17.324,16 1.237,44 206,24
Grupo 4.2. 14.699,29 1.049,95 174,99

Valor cuatrienio: 17,70 euros/mes.

Dieta completa: 44,42 euros/día.

Media dieta: 10,69 euros/día.

Tablas vigentes a partir del 1 de diciembre de 2022

Función Grupo profesional Salario base anual (incluye 2 pagas extras) Salario mensual Prorrateo 2 pagas
Servicios profesionales. Grupo 1. 29.057,34 2.075,53 345,92
Grupo 2. 24.752,55 1.768,03 294,68
Grupo 3. 22.062,05 1.575,86 262,64
Grupo 4.1. 19.909,66 1.422,12 237,02
Grupo 4.2. 17.757,26 1.268,37 211,39
Gestión operativa. Grupo 1. 29.057,34 2.075,53 345,92
Grupo 2. 24.752,55 1.768,03 294,68
Grupo 3. 22.062,05 1.575,86 262,64
Grupo 4.1. 17.757,26 1.268,37 211,39
Gestión contrato / oferta. Grupo 1. 29.057,34 2.075,53 345,92
Grupo 2. 24.752,55 1.768,03 294,68
Grupo 3. 22.062,05 1.575,86 262,64
Grupo 4.1. 17.757,26 1.268,37 211,39
Apoyo corporativo. Grupo 1. 29.057,34 2.075,53 345,92
Grupo 2. 24.752,55 1.768,03 294,68
Grupo 3. 19.909,66 1.422,12 237,02
Grupo 4.1. 17.757,26 1.268,37 211,39
Grupo 4.2. 15.066,77 1.076,20 179,37

Valor cuatrienio: 18,14 euros/mes.

Dieta completa: 45,53 euros/día.

Media dieta: 10,96 euros/día.

Cuarto. Registro, depósito, publicación y notificaciones.

Se autoriza y delega con amplitud legal precisa a favor de don Ricardo Prieto Navarro, para que, en nombre de esta comisión, pueda presentar el texto del acuerdo de modificación del II BT Global ICT Business Spain, SLU, actas y demás documentación, ante la autoridad laboral, al solo efecto de su presentación telemática, registro y depósito, y publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado».

En la tramitación del registro telemático se incluirá igualmente a don Javier Honrubia Salgado como persona de contacto para notificaciones.

Y no habiendo más decisiones que consignar, se levanta la presente acta bajo la firma de los representantes de ambas partes, en la representación en la que interviene en este acto, la fecha y lugar señalados en el encabezamiento.–Por BT Global ICT Business Spain, SLU, M.ª Luisa Lamas Sánchez, Carmen Caparrós Perez, Javier Rodríguez Murugarren, Emilio Valiente Mozos y Ricardo Prieto Navarro.–Por la representación de los trabajadores, Javier Honrubia Salgado (UGT), Luis Poza Fernández-Sacristán, Luis Martín Nevado, Jorge Martín Juárez y Jorge Abboud Romero.–Como asesor de la Federación FesMC-UGT, Antonio Rafael Adrián Reyes.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/12/2022
  • Fecha de publicación: 20/12/2022
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 21 y el anexo I del Convenio publicado por Resolución de 25 de agosto de 2021 (Ref. BOE-A-2021-14593).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Telecomunicaciones

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