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Documento BOE-A-2021-15666

Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los Acuerdos sobre tablas salariales del año 2020 y finalización "ante tempus" de la vigencia del Convenio colectivo de Alain Afflelou España, SAU.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 27 de septiembre de 2021, páginas 118659 a 118660 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2021-15666
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2021/09/15/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de los acuerdos sobre tablas salariales del año 2020 y sobre la finalización «ante tempus» de la vigencia del primer Convenio colectivo de la empresa Alain Afflelou España, S.A.U. (código de convenio n.º 90101442012013), publicado en el BOE de 10 de mayo de 2013, que fueron suscritos en el acta de fecha 6 de mayo de 2021, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por la sección sindical de FETICO que suma la mayoría de los miembros del Comité de empresa, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados acuerdos sobre tablas salariales y finalización de vigencia en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de septiembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE ALAIN AFFLELOU ESPAÑA, S.A.U.

Representación empresarial:

Doña Susana Ortega Castillo.

Don Alberto Huertas Sánchez.

Representación sindical:

Don Luis Javier Sánchez Castañeda.

Don Andrés Parra Indiano (asesor FETICO).

En Madrid, a 6 de mayo de 2021, a las diez horas, en la sede de Alain Afflelou España, S.A.U., en el Paseo de la Castellana, 89, Madrid, se reúnen las partes indicadas al margen, al objeto de constituir la comisión negociadora del Convenio Colectivo de Alain Afflelou España, S.A.U., representados por las personas al margen referenciadas, debidamente convocadas para tratar los asuntos a los que se refiere el orden del día de la convocatoria.

A dichos efectos, ambas partes se reconocen mutuamente legitimación y capacidad suficientes para negociar y llegar a acuerdos con carácter de Convenio Colectivo estatutario dentro de su ámbito de actuación, conforme a lo establecido en el Título III del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

La reunión tiene por objeto tratar las tablas salariales aplicables en el año 2020, según indica el artículo 16 del Convenio Colectivo de la Empresa (código de convenio número 90101442012013) e, igualmente, respecto del mantenimiento del ámbito del convenio colectivo.

Se declara abierta la sesión, pasándose seguidamente al estudio, debate y aprobación de los siguientes

ACUERDOS

I. Tablas salariales 2020.

En atención a lo dispuesto en el artículo 16 del convenio colectivo (incrementos anuales) las tablas salariales de 2020 serán las mismas que las de 2019, según constan en el acta de esta comisión de 28 de febrero de 2020, publicadas en el BOE de 3 de julio de 2020.

El incremento correspondiente a 2020 se ha aplicado, íntegramente, en las tablas que para el año 2021 figuran en el artículo 16 del I Convenio Colectivo de Pluralidad de Empresas del Grupo Alain Afflelou España y Franquiciados, firmado el 5 de mayo de 2021.

II. Extinción del ámbito del convenio colectivo «ante tempus».

Dado que el pasado día 5 de mayo de 2021 se ha procedido a la firma del I Convenio Colectivo de Pluralidad de Empresas del Grupo Alain Afflelou España y Franquiciados, y que según figura en sus artículos 1 (objeto y ámbito funcional) y 2 (ámbito personal) la empresa y sus trabajadores se encuentran incluidos en dichos ámbitos, y que en atención a lo dispuesto en su artículo 4 (ámbito temporal y revisión), sus efectos económicos se retrotraerán al día 1 de enero de 2021, habiéndose acordado igualmente en su Disposición Final que las partes signatarias del Convenio, entre las que figuran las representaciones de Alain Afflelou España, S.A.U., se comprometen a no promover niveles inferiores de contratación ni cuestiones, utilizando el cauce de la representación de las personas trabajadoras, que pudieran suponer revisiones de lo pactado, las partes acuerdan extinguir la unidad negocial del convenio colectivo, extinguiendo por tanto su ámbito actual por haberse integrado en el I Convenio Colectivo de Pluralidad de Empresas del Grupo Alain Afflelou España y Franquiciados.

En virtud de lo anterior, hacen constar de manera expresa que el ámbito del convenio colectivo queda extinguido «ante tempus» con fecha de efectos de 6 de mayo de 2021.

III. Habilitación para depósito, publicación y registro en el Boletín Oficial.

Asimismo, se acuerda presentar el presente Acuerdo ante la autoridad laboral competente, para su registro y publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente. A tal fin se procede a la habilitación de don Ricardo Santiago de Dios para que, en nombre de la Comisión Negociadora, realice cuantos trámites sean precisos en orden a su depósito, registro y posterior publicación en el indicado Boletín Oficial.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión y, de ella, la presente Acta que, una vez leída y encontrada conforme, es firmada por todos los miembros de la Comisión Negociadora en el lugar y fecha al inicio indicados.–Por la representación empresarial, Susana Ortega Castillo y Alberto Huertas Sánchez.–Por la representación sindical, Luis Javier Sánchez Castañeda y Andrés Parra Indiano (asesor FETICO).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/09/2021
  • Fecha de publicación: 27/09/2021
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 25 de abril de 2013 (Ref. BOE-A-2013-4881).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Establecimientos comerciales
  • Óptica y Optometría

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