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Documento BOE-A-2018-9836

Resolución de 3 de julio de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y el Instituto de Estudios Fiscales, para la realización del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de la UNED.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 13 de julio de 2018, páginas 70868 a 70882 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2018-9836

TEXTO ORIGINAL

El Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y el Director General del Instituto de Estudios Fiscales, han suscrito, con fecha 29 de mayo de 2018, un Convenio para la realización del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de la UNED.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 3 de julio de 2018.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.

ANEXO
Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y el Instituto de Estudios Fiscales (IEF) del Ministerio de Hacienda y Función Pública para la realización del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de la UNED

En Madrid, 29 de mayo de 2018.

De una parte el Excmo. Sr. don Alejandro Tiana Ferrer, Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en adelante UNED, con domicilio en la calle Bravo Murillo, n.º 38, de Madrid, y de otra el Sr. D. José Alberto Plaza Tejera, Director General del Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en adelante IEF, con domicilio en la Avda. Cardenal Herrera Oria, n.º 378, de Madrid.

INTERVIENEN

El primero, en calidad de Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 448/2017, de 28 de abril («BOE» de 29 de abril), en nombre y representación de la misma, conforme a las facultades que tiene conferidas por el art. 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades («BOE» del 24) y del art.99 de los Estatutos de la UNED, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre.

El segundo, en nombre y representación del Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero («BOE» de 27 de enero), por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo IEF, modificado por el Real Decreto 769/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales; y del Real Decreto 62/2017, de 3 de febrero («BOE» de 4 de febrero) por el que se le nombra Director del mismo.

En el carácter con que intervienen se reconocen capacidad jurídica para formalizar el presente Convenio.

EXPONEN

Primero.

Que la Universidad Nacional de Educación a Distancia es una institución de derecho público, dotada de personalidad y plena autonomía (Estatutos de la UNED, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre).

Que asimismo, entre sus funciones generales, tiene la correspondiente a realizar el servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio, así como la de servir a la sociedad a través de la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la tecnología y de la cultura, y de la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos, y el apoyo científico y técnico al desarrollo cultural, social y económico, tanto estatal, como de las Comunidades Autónomas (arts. 1.1 y 1.2 de la Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), finalidades que la UNED recoge y específica, entre otros, en el artículo 4 de sus Estatutos.

Que, en concreto, y de acuerdo a sus Estatutos, la UNED debe facilitar la enseñanza universitaria y la continuidad de sus estudios a todas las personas capacitadas para seguir estudios superiores que elijan el sistema educativo de la UNED por su metodología o bien por razones laborales, económicas, de residencia o cualquier otra.

Que para el cumplimiento de dicha finalidad, las enseñanzas pueden ser de carácter reglado, es decir, conducentes a la obtención de títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional, y de educación permanente que pueden ser objeto de certificación o diploma.

Que, a su vez, las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial se estructuran en tres ciclos, denominados respectivamente Grado, Máster y Doctorado (Art.37 de la Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre, en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), teniendo el título de Máster como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras (Art. 10 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre).

Que asimismo, y en el ejercicio de su autonomía universitaria, la UNED está capacitada para el establecimiento de relaciones con otras instituciones para la promoción y desarrollo de sus fines institucionales (art. 2 de Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre en su nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril), siendo función de su Consejo de Gobierno aprobar los convenios con otras universidades, personas físicas o entidades públicas o privadas que suscriba el rector en nombre de la universidad, según sus Estatutos, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, lo que constituye el marco legal de suscripción del presente Convenio.

Segundo.

Que el IEF es un Organismo Autónomo de los previstos en el Título II, Capítulo III, Sección de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Hacienda, que tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión, rigiéndose por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 47/2003, General Presupuestaria, de 26 de noviembre;, y en las demás disposiciones aplicables a los Organismos Autónomos de la Administración General del Estado, así como por el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero.

Que asimismo al IEF, de acuerdo con el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba su Estatuto de Organismo Autónomo («BOE» de 27 de enero de 2001), (artículo 3, apartados b, c) y d)) le corresponde ejercer, de un lado, la asistencia y colaboración con los órganos de la Administración encargados de convocar las pruebas de acceso para la selección de funcionarios de Cuerpos adscritos a los Ministerios de Hacienda y Economía con funciones de administración y gestión de la Hacienda Pública, de otro lado, la formación de funcionarios y otro personal en las materias específicas de la Hacienda Pública, incluyendo las técnicas de administración y gestión financiera y tributaria, de presupuestación y gasto público, así como las demás actividades formativas que le sean encomendadas, elaborando al efecto, en colaboración con los órganos directivos de los Departamentos y de acuerdo con sus necesidades, los correspondientes programas formativos a medio y largo plazo, así como, el desarrollo de relaciones de coordinación y cooperación con otros centros, institutos, escuelas de Administración pública, Universidades, instituciones, organismos y otras Administraciones financieras, nacionales e internacionales, en materia de estudios e investigación sobre sistemas tributarios y gasto público o de formación y perfeccionamiento de personal con funciones administrativas en estas materias, siendo la Dirección de la Escuela de la Hacienda Pública (artículos 4, 17 y 18), en apoyo al Director del IEF, a quien le corresponde la dirección e impulso de las mencionadas funciones formativas y el diseño y la elaboración del programa pedagógico estratégico a medio plazo del IEF.

Que de acuerdo con lo anterior, el IEF, a través de la Escuela de la Hacienda Pública tiene, y debe atenderla, una amplia demanda de formación superior de funcionarios y demás personal al servicio de las Administraciones tributarias y financieras, tanto españolas como de los países de América Latina, formación que, al menos en una parte de ella (en concreto aquella identificada con una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar y orientada a la especialización profesional) desea que tenga el reconocimiento de ser una enseñanza universitaria oficial de postgrado de acuerdo con el denominado Espacio Europeo de Enseñanza Superior (EEES) al que la universidad española se ha incorporado.

Tercero.

Que, desde hace más de cuatro décadas, la UNED y el IEF colaboran satisfactoriamente en la programación, implementación y desarrollo de diversas actividades de investigación y/o docencia acordes con los fines que caracterizan a cada una de las dos instituciones. De entre ellas, se encuentran El Centro Especial Institucional de la UNED en el Instituto de Estudios Fiscales, el cual viene desarrollando ininterrumpidamente su actividad desde el año 1976, así como diferentes Másteres Oficiales y diferentes cursos de Educación Permanente y Extensión Universitaria.

Cuarto.

Que, tras los buenos resultados obtenidos durante los cinco últimos cursos académicos en los que se ha venido desarrollando el Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación, ambas instituciones (la UNED y el IEF) desean renovar, para el periodo comprendido entre 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2022, la colaboración que establecieron en el Convenio suscrito el pasado 10 de abril de 2017 para desarrollar conjuntamente una nueva edición del mencionado Máster en sus dos especialidades de Dirección y Administración Pública y de Tributación.

Dentro de la competencia de las dos partes, se formaliza el presente Convenio con base en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Este Convenio tiene por objeto concretar la colaboración a realizar entre la UNED y el IEF para desarrollar conjuntamente, durante los cursos académicos 2018/19 a 2021/22 (ambos inclusive) el Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de la UNED, en sus dos especialidades de Dirección y Administración Pública y de Tributación.

Segunda.

Entre otras, dicha colaboración busca, en primer lugar, el enriquecimiento de las mencionadas especialidades del Máster Universitario de la UNED a través de la experiencia del Instituto de Estudios Fiscales como Escuela de formación para funcionarios y Centro de investigación especializado en el campo de la Hacienda Pública, en segundo término, conformar un cualificado equipo docente integrado por profesores universitarios y profesionales de la Hacienda Pública pertenecientes fundamentalmente a los cuerpos funcionariales de Inspectores de Hacienda del Estado e Interventores y Auditores del Estado, y, en tercer lugar, garantizar para el mismo, de acuerdo con lo que se recoge con mayor detalle en la Cláusula cuarta, letra b) de este mismo Convenio, candidatos altamente cualificados (al haber previamente superado las pruebas selectivas que caracterizan las oposiciones para el acceso a los Cuerpos funcionariales de mayor nivel adscritos a la Hacienda Pública estatal) y acordes con el perfil tipo del alumnado al que se dirige el Máster.

Por otra parte, con dicha colaboración se da cumplimiento a lo que se recogía en el punto 4.1.3 de la Memoria inicial del Máster Universitario oficial (Gestión de convenios con organismos y entidades colaboradoras) presentada a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) para su acreditación en la que se decía textualmente: «Aunque en estos momentos no es posible concretarlo, es intención de los promotores del postgrado negociar convenios de colaboración con diferentes instituciones docentes y/o investigadoras de prestigio, tanto públicas como privadas, relacionadas con las áreas de conocimiento del mismo. En este sentido, se debe mencionar el convenio de colaboración que, a través del Departamento de Economía Aplicada y Gestión Pública, suscribió la UNED, la Universidad Complutense de Madrid y el Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Economía y Hacienda para desarrollar el Programa Internacional e Interuniversitario de Doctorado en Dirección y Administración Pública, el cual, como se indica en estas mismas hojas, es uno de los antecedentes del nuevo postgrado. Dado, de un lado, que dicho doctorado dejará de existir en el momento en el que el nuevo postgrado sea aprobado, y, de otro, que la temática y el ámbito de actuación del nuevo es en buena parte coincidente con las funciones que tiene encomendadas el Instituto de Estudios Fiscales, se solicitará de éste una actualización de la mencionada colaboración».

Tercera.

Las especialidades en Dirección y Administración Pública y Tributación, pertenecientes al Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de la UNED se desarrollarán de acuerdo con las normas que regulan dicha oferta educativa universitaria oficial, tanto a nivel general, como en la UNED, teniendo en consideración lo establecido en este Convenio.

Atendiendo ello, el diseño y la configuración básica de las mencionadas especialidades del Máster Universitario oficial es la siguiente:

a) Objetivos y competencias a alcanzar:

El Máster Universitario en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación persigue como objetivos proporcionar al estudiante, según la especialidad por la que opten, conocimientos avanzados y competencias en las áreas de: a) Dirección y Administración Pública y b) Tributación.

Con ello estarán en disposición de ejercer con garantías suficientes las diferentes profesiones públicas y/o privadas relacionadas con el sector público en los ámbitos mencionados.

También dotará a los estudiantes de los instrumentos necesarios, atendiendo al carácter multidisciplinar de la oferta que se hace, para resolver los problemas que se les puedan presentar en los entornos relativos a los campos que son objeto de estudio.

Asimismo garantiza que, a la conclusión del Máster, los estudiantes que lo superen serán capaces de relacionarse y comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan, de un modo claro y sin ambigüedades, en los ámbitos de especialización del Máster, tanto con grupos expertos como con aquellos otros que no lo son.

b) Destinatarios: De acuerdo con lo anterior, el Máster Universitario oficial se dirige con carácter general a aquellos que trabajan, o desean hacerlo, en, para o en relación con el Sector Público, tanto en el ámbito nacional como internacional, así como a estudiosos e investigadores del mismo.

De un modo más concreto, y atendiendo al perfil profesional de los candidatos, el Máster Universitario oficial se dirige a los actuales directivos de las Administraciones Públicas, y/o a quienes aspiren a serlo y deseen recibir una formación especializada de calidad en los ámbitos que integran en la actualidad la moderna Dirección Pública y/o la Tributación.

c) Estructura temática y temporal: El Máster Universitario Oficial, que podrá realizarse, en cada una de sus especialidades (en Dirección y Administración Pública y en Tributación), en un curso académico o en un máximo de cuatro de acuerdo con las normas vigentes en la universidad para la permanencia de los estudiantes en los Másteres Oficiales, se divide por curso en dos períodos cuatrimestrales: (de octubre a enero/febrero y de febrero a mayo/junio) con recuperaciones extraordinarias en el mes de septiembre.

Su estructura académica está conformada por un conjunto de asignaturas que, en unos casos, tienen el carácter de obligatorias para todos los estudiantes que cursen la especialidad y, en otros, de optativas. De este modo, los estudiantes podrán diseñar, hasta un cierto nivel y siempre en función de su perfil profesional y de la especialidad por la que hubieran optado y se les hubiera admitido, su propio currículo formativo de Máster.

Todas las asignaturas se encuentran valoradas, de acuerdo con lo establecido por el Espacio Europeo de Enseñanza Superior (EEES), en créditos ECTS.

El número total de créditos ECTS del Máster Universitario oficial es de 60.

Para los períodos cuatrimestrales antes mencionados, todos los cursos académicos, el Consejo de Gobierno de la Universidad determinará un calendario académico que básicamente es siempre coincidente.

d) Número de cursos académicos de permanencia: Como se ha indicado en el apartado anterior, y de acuerdo con el Artículo 9 de la Normas de Permanencia en los estudios conducentes a títulos oficiales de la UNED (Consejo Social de 11 de julio de 2011), se establece la permanencia máxima de los estudiantes en el Máster de cuatro años. Por otra parte, atendiendo al artículo 8 de las mencionadas normas, los estudiantes del Máster Oficial dispondrán de un número máximo de cuatro convocatorias por asignatura, dos por curso académico, con independencia de la convocatoria de que se trate (convocatorias de febrero/junio o septiembre)

e) Planes de estudios: Desde su nacimiento, y con la finalidad mantener permanentemente actualizada la oferta educativa del Máster en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación, se ha ido adaptando su plan de estudios a la realidad académica y profesional a la que trata de servir. Dichas modificaciones han recibido la aprobación de la Universidad, de la ANECA y del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. De acuerdo con ello, y atendiendo a lo establecido en el apartado d) anterior (normas de permanencia), durante los próximos cursos académicos convivirán varios planes de estudios cuyas materias tendrán que ser cursadas respectivamente por los estudiantes que ya lo fueron en los cursos anteriores y los de nuevo ingreso.

Entre éstos convivirán los dos planes siguientes:

Plan de estudios 2013

Especialidad en Dirección y Administración Pública

Primer cuatrimestre

Segundo cuatrimestre

Asignaturas optativas.

(Deben elegirse cuatro de entre las siguientes cinco).

Asignaturas obligatorias.

• Gestión pública (5 créditos ECTS).

• Recursos humanos de las Administraciones Públicas (6 créditos ECTS).

• Diseño y evaluación de políticas públicas (5 créditos ECTS).

• Prácticas del Máster en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación (6 créditos ECTS).

• La Hacienda Pública descentralizada y su financiación (5 créditos ECTS).

• Trabajo fin de Máster (6 créditos ECTS).

• Contratación pública (5 créditos ECTS).

• Diseño y evaluación de políticas fiscales: la fiscalidad directa (5 créditos ECTS).

Asignaturas optativas.

(Deben elegirse dos de entre las siguientes seis).

Asignaturas optativas.

(Deben elegirse dos de entre las siguientes tres).

• Principios de administración (6 créditos ECTS).

• Marketing público (5 créditos ECTS).

• Estado de Bienestar (6 créditos ECTS).

• Diseño y evaluación de políticas fiscales: la fiscalidad indirecta (5 créditos ECTS).

• Contabilidad Pública (6 créditos ECTS).

• La calidad en la prestación de los servicios públicos (5 créditos ECTS).

• Información económico financiera: Instrumentos de control (6 créditos ECTS).

• Métodos y técnicas cuantitativas de investigación social (6 créditos ECTS).

• La investigación en las ciencias sociales: aspectos filosóficos y metodológicos.

Total de créditos ECTS: 32.

Total de créditos ECTS:28.

Especialidad en Tributación

Primer cuatrimestre

Segundo cuatrimestre

Asignaturas obligatorias.

Asignaturas obligatorias.

• Introducción al sistema tributario español (6 créditos ECTS).

• El Impuesto de Sociedades (6 créditos ECTS).

• El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (6 créditos ECTS).

• Prácticas del Máster en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación (6 créditos ECTS).

• El Impuesto sobre el Valor Añadido (6 créditos ECTS).

• Trabajo fin de Máster (6 créditos ECTS).

Asignaturas optativas.

(Deben elegirse dos de entre las siguientes cuatro).

Asignaturas optativas.

(Deben elegir dos de entre las tres siguientes seis).

• Métodos y técnicas cuantitativas de investigación social (6 créditos ECTS).

• La imposición local (6 créditos ECTS).

• La investigación en las ciencias sociales: aspectos filosóficos y metodológicos (6 créditos ECTS).

• La fiscalidad internacional y comunitaria (6 créditos ECTS).

• Introducción al sistema financiero (6 créditos ECTS).

• La fiscalidad inmobiliaria (6 créditos ECTS).

• Introducción a la historia del régimen impositivo (6 créditos ECTS).

• La fiscalidad de las entidades y de las actividades sin ánimo de lucro (6 créditos ECTS).

• La fiscalidad de las entidades y de las operaciones y productos financieros (6 créditos ECTS).

• Los procedimientos tributarios (gestión, inspección, recaudación y revisión) (6 créditos ECTS).

• La fiscalidad autonómica (Impuestos propios y cedidos) (6 créditos ECTS).

Total de créditos ECTS: 30.

Total de créditos ECTS: 30.

Plan de estudios 2014

Especialidad en Dirección y Administración Pública

Primer cuatrimestre

Segundo cuatrimestre

Asignaturas optativas.

(Deben elegirse dos de entre las siguientes tres).

Asignaturas obligatorias.

• Administración Pública y responsabilidad social (6 créditos ECTS).

• Recursos humanos de las Administraciones Públicas (6 créditos ECTS).

• Teorías y políticas presupuestarias: los procesos de presupuestación y ejecución del gasto público (6 créditos ECTS).

• Prácticas del Máster en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación (6 créditos ECTS).

• Contratación pública y colaboración público privada (6 créditos ECTS).

• Trabajo fin de Máster (6 créditos ECTS).

Asignaturas optativas.

(Deben elegirse cuatro de entre las siguientes ocho).

Asignaturas optativas.

(Deben elegirse dos de entre las siguientes cinco).

• Principios de administración (5 créditos ECTS)

Gestión Pública (5 créditos ECTS).

• Marketing público y comunicación (5 créditos ECTS).

• Diseño y evaluación de políticas públicas (5 créditos ECTS).

• La Hacienda Pública descentralizada y su financiación (5 créditos ECTS).

• Contabilidad Pública (5 créditos ECTS).

• La función interventora (5 créditos ECTS).

• El control del gasto público (5 créditos ECTS).

• La calidad en la prestación de los servicios públicos (5 créditos ECTS).

• Información económico financiera: Instrumentos de control (5 créditos ECTS).

• Estado de Bienestar (6 créditos ECTS).

• Métodos y técnicas cuantitativas de investigación social (5 créditos ECTS).

• El sistema fiscal español y los procedimientos tributarios (5 créditos ECTS).

• La investigación en las ciencias sociales: aspectos filosóficos y metodológicos (5 créditos ECTS).

Total de créditos ECTS: 32.

Total de créditos ECTS:28.

Especialidad en Tributación

Primer cuatrimestre

Segundo cuatrimestre

Asignaturas obligatorias.

Asignaturas obligatorias.

El Impuesto de Sociedades (6 créditos ECTS).

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (6 créditos ECTS).

Prácticas del Máster en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación (6 créditos ECTS).

El Impuesto sobre el Valor Añadido (6 créditos ECTS).

Trabajo fin de Máster (6 créditos ECTS).

Asignaturas optativas.

(Deben elegirse CUATRO de entre las siguientes).

Asignaturas optativas.

(Deben elegir dos de entre las tres siguientes cinco).

• Métodos y técnicas cuantitativas de investigación social (5 créditos ECTS).

• Ficalidad autonómica y local (5 créditos ECTS).

• La investigación en las ciencias sociales: aspectos filosóficos y metodológicos (5 créditos ECTS).

• Procedimientos Tributarios (II) Inspección (5 créditos ECTS).

• Introducción al sistema financiero (5 créditos ECTS).

• Procedimientos Tributarios (IV) La potestad sancionadora y la revisión administrativa (5 créditos ECTS).

• Introducción a la historia del régimen impositivo (5 créditos ECTS).

• La fiscalidad de las entidades y actividades sin ánimo de lucro (5 créditos ECTS).

• Introducción a la legislación y al sistema tributario español (5 créditos ECTS)

• La fiscalidad internacional y comunitaria (5 créditos ECTS).

• La fiscalidad de las entidades y de las operaciones y productos financieros créditos ECTS).

• Derechos aduaneros e impuestos especiales (5 créditos ECTS).

• Procedimientos Tributarios (I) Normas comunes y gestión tributaria (5 créditos ECTS)

• Procedimientos Tributarios (II) Recaudación (5 créditos ECTS).

Total de créditos ECTS: 32.

Total de créditos ECTS: 28.

f) Metodología: El Máster Universitario oficial se desarrollará de acuerdo con la metodología que es propia de la UNED, es decir, a distancia con determinadas sesiones presenciales de carácter voluntario (sesiones tutoriales con la tecnología AVIP) y otras obligatorias (exámenes finales de las diferentes asignaturas y defensa del Trabajo Fin de Máster).

Todas las asignaturas del Máster Universitario oficial dispondrán de una Guía de Estudio en la que se recogerá al menos la siguiente información: objetivos a alcanzar con las asignaturas, programa y contenidos de éstas, equipo docente responsable, metodología de estudio, bibliografías básica y complementaria recomendadas, tutorización y seguimiento de las mismas y sistema de evaluación del aprendizaje.

g) Evaluación: Todas asignaturas serán evaluadas mediante pruebas presenciales finales convocadas en las fechas y en la forma en que lo establezca con carácter general la UNED. No obstante, en el resultado final de las evaluaciones se tendrán en cuenta los trabajos y otras pruebas realizados por los alumnos durante los períodos de impartición y tutorización (evaluación continua).

Para superar el Máster Universitario oficial, todos los alumnos deberán cursar y aprobar, de acuerdo con el Plan de Estudios del mismo, los 60 créditos ECTS que lo conforman.

h) Adscripción y coordinación: El Máster Universitario oficial está adscrito a la Facultad de Derecho de la UNED, siendo el Coordinador General/Director del mismo el profesor doctor don José Manuel Guirola López, catedrático de Economía Aplicada en el Departamento de Economía Aplicada y Gestión Pública de la mencionada Universidad.

Asimismo, a solicitud del Coordinador general del Máster, la UNED podrá nombrar y cesar a un Secretario/Coordinador Académico del mismo. Atendiendo a ello, se ha nombrado Secretario Académico para las dos especialidades del Máster (en Dirección y Administración Pública y en Tributación), al profesor doctor don José Manuel Tránchez Martín, Profesor Titular de Economía Aplicada en la UNED.

Por otra parte, el IEF también designará, de entre sus funcionarios adscritos a la Escuela de la Hacienda Pública, un coordinador para el Máster que colaborará con el Coordinador General y Secretario Académico del mismo en su organización y desarrollo académico.

i) Profesorado: El profesorado del Máster será designado por la Universidad de acuerdo con el procedimiento establecido en sus Estatutos y demás normativa reglamentaria para los estudios oficiales.

En todo caso, y para dar cumplimiento a dicha normativa, la asignación de profesores deberán realizarse teniendo en cuenta el preceptivo equilibrio entre profesores doctores y no doctores. Asimismo, se intentará que exista un equilibrio entre profesores pertenecientes a la UNED y profesores procedentes de los cuadros técnicos del Ministerio de Hacienda y Función Pública, los cuales deberán reunir los requisitos académicos y profesionales exigidos por la normativa vigente para ser profesores de un Máster Universitario Oficial. Estos últimos profesores no mantendrán ninguna relación laboral con la UNED. Su participación docente en el Máster será atendiendo a que son funcionarios públicos (principalmente del Ministerio de Hacienda y Función Pública) que desean colaborar con el Instituto de Estudios Fiscales/Escuela de la Hacienda Pública en el desarrollo del mismo.

Cuarta.

Ambas partes, la UNED y el IEF, se comprometen a colaborar en el desarrollo del Máster Universitario oficial buscando en todo momento la máxima calidad para el mismo. En concreto, se comprometen:

a) En primer lugar, y siempre preservando las funciones que según la normativa corresponda en exclusiva a la Universidad y a los profesores responsables de las diferentes asignaturas del Máster Universitario Oficial, a que la tutorización de dichas asignaturas, la evaluación continua de las mismas, así como la elaboración y adaptación de las Guías y Unida-des Didácticas y demás material necesario para el desarrollo correcto del mismo se pueda llevar a cabo en colaboración con el Centro Especial Institucional de la UNED en el IEF para lo cual, de acuerdo con lo que se menciona en la Cláusula Quinta, se pondrán a su disposición los medios personales y materiales necesarios.

La tutorización de las asignaturas podrán realizarse en el mencionado Centro Especial Institucional de la UNED en el IEF directamente por los profesores mencionados en la cláusula anterior o, cuando éstos renunciaran a ello, mediante otros profesores tutores seleccionados al efecto.

Dicha selección se llevará a cabo por una comisión conformada por el Coordinador General/Director del Máster, por su Secretario académico, por el Director de la Escuela de la Hacienda Pública y por el coordinador del Máster nombrado por el IEF. Para llevar a cabo dicha selección se tendrán en cuenta los méritos académicos y profesionales de los candidatos, así como su adecuación al perfil de la asignatura para la que se le selecciona. Asimismo se procurará, sin que ello vaya en detrimento de la calidad de la selección, que exista un número equilibrado de profesores tutores procedentes de la Universidad y del profesorado, investigadores o técnicos que realizan funciones de formación y/o investigación en el IEF y/o en los demás órganos directivos del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Dicha selección deberá ser ratificada por la Comisión de seguimiento de la titulación.

Una vez realizada la selección mencionada, el Director General del IEF, Presidente de la Junta Rectora del Centro de la UNED en el mismo, de-signará a los tutores seleccionados y, al igual que se indicaba en la Cláusula anterior, cuando éstos no sean profesores de la UNED, tampoco mantendrán ninguna relación laboral con la universidad. Como ya se ha manifestado, su participación docente será atendiendo a su condición de funcionarios públicos que desean colaborar con el IEF/UNED en el desarrollo del Máster.

Asimismo, una vez empezado el curso académico y cerrados los corres-pondientes concursos para las provisiones de tutores, si algún tutor re-nunciara o cesara en sus actividades tutoriales, dicha plaza se podrá cubrir, por el período que faltara para concluir el referido curso académico, de forma interina. En este caso, corresponderá al Coordinador del Máster seleccionar al tutor y proponerle para su designación interina.

b) En segundo término, ambas instituciones se comprometen a colaborar en la difusión del Máster Universitario oficial y a realizar todos los años, en la fecha que se establezca por la Universidad, una propuesta del nú-mero de plazas a ofertar para el mismo en cada una de sus convocatorias anuales.

En este sentido, y con la finalidad de que los funcionarios del Ministerio de Hacienda y Función Pública que, por su perfil de acceso a la función pública les pueda corresponder realizar funciones directivas en el Sector Público (Grupos A1) y cuya formación inicial, tras superar las correspondientes fases de oposición, está encomendada al Instituto de Estudios Fiscales a través de la Escuela de la Hacienda Pública, puedan recibir la formación que conforma el Máster Universitario oficial, se reservará para dichos funcionarios, en todas las convocatorias de plazas, un número suficiente de éstas. En concreto, para el curso académico 2018/19 se reservan para tal finalidad el mismo número de plazas convocadas para el ingreso en los cuerpos superiores de Inspectores de Hacienda del Estado e Interventores y Auditores del Estado.

Por otra parte, y siempre en colaboración con la Facultad de Derecho de la UNED, Centro responsable del Máster, el Centro de la UNED en el Instituto de Estudios Fiscales colaborará activamente en el proceso de selección de los alumnos del mismo.

Por último, y con independencia del cupo del que procedan, todos los alumnos del Máster deberán documentar y cumplimentar los trámites administrativos establecidos con carácter general por la UNED para los Másteres oficiales, tanto en lo referente a la preinscripción para ser admitidos a ellos, como en los relacionados con las matrículas para poder-los cursar. Aunque la mayor parte de esos trámites deberán realizarse on line, el Centro de la UNED en el IEF asesorará a los candidatos y alumnos en dichos trámites.

c) En tercer lugar, ambas instituciones se comprometen a colaborar en la realización de las Prácticas del Máster Universitario oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de tal forma que todos los alumnos matriculados en él tengan garantizadas la realización de aquellas en el IEF o, a través de éste, en los demás Órganos Directivos del Ministerio de Hacienda y Función Pública o en aquellas instituciones, empresas o despachos profesionales con los que el mismo colabora y todo ello en la forma en que se recogerá en la Guía oficial de la mencionada asignatura.

d) En cuarto término, con independencia de las competencias y funciones que la normativa universitaria establece para las Comisiones de Coordinación de los Títulos de Másteres en las Facultades de la UNED, la UNED y el IEF acuerdan, en colaboración con dichas Comisiones, constituir una Comisión de Asesoramiento Académico del Máster.

En este sentido, y al margen de la colaboración que se acaba de mencionar para la Comisión de Coordinación del Título en la Facultad (de Derecho) de la UNED, la finalidad principal de la Comisión será velar por la calidad y excelencia del Máster.

El funcionamiento de dicha Comisión se establecerá por la misma en su primera reunión y estará conformada por:

• El Director General del Instituto de Estudios Fiscales o persona en quien delegue.

• El Vicerrector de Ordenación Académica y Calidad de la UNED o persona en quien delegue.

• El Decano de la Facultad de Derecho (a la que está adscrito el título).

• El Coordinador/Director del Máster.

• El Director de la Escuela de la Hacienda Pública.

• El Secretario/Coordinador académico del Máster.

• El responsable académico de las prácticas del Máster.

• A propuesta del Director General del Instituto de Estudios Fiscales, dos funcionarios de nivel A1 destinados en la Escuela de la Hacienda Pública.

La presidencia de la Comisión será rotatoria por cursos académicos entre el Vicerrector de la UNED y el Director General del IEF. Actuará como secretario de la misma el secretario del Máster.

e) El IEF sufragará directamente los gastos necesarios mediante el procedimiento de Anticipo de Caja Fija, con cargo al Capítulo 2 del Programa 923N de los presupuestos para el 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, siempre que para ello haya crédito adecuado y suficiente, por un importe máximo de cuatrocientos ochenta mil euros (480.000 €). Los créditos para gastos son limitativos para cada ejercicio. Los gastos no podrán exceder anualmente del importe presupuestado, ni los saldos sobrantes se incorporarán al ejercicio siguiente. De acuerdo con el siguiente presupuesto:

PRESUPUESTO DEL MÁSTER

Año 2018

Especialidad en Dirección y Administración Pública

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes.

1.000 €

Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica

20.150 €

Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster

0 €

Prácticas

0 €

Otros

810 €

Total

21.960 €

Especialidad en Tributación

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes.

1.000 €

Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica

15.950 €

Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster

0 €

Prácticas

0 €

Otros

810 €

Total

17.760 €

Importe total del año 2018

39.720 €

Año 2019

Especialidad en Dirección y Administración Pública

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes

2.200 €

Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica

34.000 €

Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster

18.560 €

Prácticas

2.000 €

Otros

3.240 €

Total

60.000 €

Especialidad en Tributación

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes

2.200 €

Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica

34.000 €

Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster:

18.560 €

Prácticas

2.000 €

Otros

3.240 €

Total

60.000 €

Importe total del año 2019

120.000 €

Año 2020

Especialidad en Dirección y Administración Pública

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes

2.200 €

Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica

34.000 €

Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster

18.560 €

Prácticas

2.000 €

Otros

3.240 €

Total

60.000 €

Especialidad en Tributación

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes

2.200 €

Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica

34.000 €

Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster:

18.560 €

Prácticas

2.000 €

Otros

3.240 €

Total

60.000 €

Importe total del año 2020

120.000 €

Año 2021

Especialidad en Dirección y Administración Pública

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes

2.200 €

Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica

34.000 €

Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster

18.560 €

Prácticas

2.000 €

Otros

3.240 €

Total

60.000 €

Especialidad en Tributación

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes

2.200 €

Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica

34.000 €

Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster:

18.560 €

Prácticas

2.000 €

Otros

3.240 €

Total

60.000 €

Importe total del año 2021

120.000 €

Año 2022

Especialidad en Dirección y Administración Pública

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes

0 €

Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica

15.050 €

Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster

18.560 €

Prácticas

2.000 €

Otros

2.430 €

Total

38.040 €

Especialidad en Tributación

Elaboración, revisión y actualización de Guías docentes

0 €

Tutorías presenciales, AVIP y por Internet y dirección, coordinación y secretaría académica

19.250 €

Tutorización y tribunales de Trabajos Fin de Máster:

18.560 €

Prácticas

2.000 €

Otros

2.430 €

Total

42.240 €

Importe total del año 2022

80.280 €

Importe total del máster

480.000 €

f) La UNED, con excepción de las partidas mencionadas en el apartado anterior, se hará cargo, al igual que lo hace con el resto de los másteres oficiales por ella ofertados, de todos aquellos gastos que sean necesarios para la puesta en funcionamiento y desarrollo del Máster Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación

En concreto, correrán a cargo de la Universidad los siguientes gastos:

1. Todas las actuaciones correspondientes a la difusión y propaganda del Máster.

2. Los derivados de la utilización de la Plataforma Alf-Innova a través de la cual se realizará la impartición on-line de la docencia.

3. La financiación del seminario permanente del mismo hasta un importe máximo de 3.000 € para el período octubre/diciembre de 2018, el cual se actualizará, para cada uno de los años sucesivos de duración del Convenio, en la cuantía que se establezca para tal concepto en los presupuestos anuales de la UNED

Quinta.

La ejecución de los másteres contemplados en el presente Convenio se realizará en los términos establecidos en el Convenio suscrito entre el IEF y la UNED, el seis de marzo de 2002, para las demás actuaciones del Centro de la UNED en el IEF, correspondiéndole al Director General del IEF, en el ejercicio de las competencias propias de su cargo, ordenar los gastos y pagos del mismo.

Sexta.

De acuerdo con lo establecido con carácter general por la UNED para los Másteres Universitarios oficiales, las actividades virtuales de las especialidades en Dirección y Administración Pública y Tributación, pertenecientes al Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, y Políticas Públicas y Tributación de la UNED se llevarán a cabo a través de la Plataforma ALF-INNOVA del UNED y sus tutorías serán desarrolladas principalmente a través de la denominada tecnología AVIP en las aulas del Centro de la UNED en el IEF dotadas con dicha tecnología

Séptima.

Los responsables técnicos de la UNED y el IEF serán los encarga-dos del seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos asumidos. Resolverán todos los problemas de interpretación y cumplimiento que se puedan plantear.

Por parte del IEF el responsable técnico será un miembro de la Dirección de la Escuela de la Hacienda Pública.

Por parte de la UNED será el Coordinador General/Director Académico del Máster Universitario Oficial en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación de la UNED, en sus dos especialidades de Dirección y Administración Pública y de Tributación.

Octava.

El presente Convenio se perfecciona con la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz desde el 1 de octubre de 2018, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público y publicado en el Boletín Oficial del Estado, si ésta fecha fuese posterior. Finalizará su eficacia a los 4 años a contar desde la fecha de inicio de la misma.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución. Serán causas de resolución las establecidas en el art. 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público («BOE» de 2 de octubre), y producirán los efectos señalados en el art. 52 de dicha norma.

En caso de incumplimiento, la parte cumplidora notificará a la incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de un mes con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado a los equipos técnicos mencionados en la Cláusula Séptima.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte de lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio no dará lugar a indemnización alguna.

En caso de resolución del Convenio, las partes deberán finalizar las actividades iniciadas, manteniéndose su eficacia hasta su completa realización de acuerdo con las normas vigentes de la UNED, no pudiendo exceder de 4 años desde la fecha de inicio de su eficacia.

Novena.

Las partes acuerdan de forma expresa y unánime la resolución del Convenio para el Máster en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación suscrito entre el IEF y la UNED el pasado 10 de abril de 2017, quedando sin efecto desde el inicio de la eficacia del presente Convenio.

Se acuerda igualmente que todas las obligaciones y específicamente las de carácter monetario y/o financiero del Convenio para el Máster en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación suscrito entre el IEF y la UNED el pasado 10 de abril de 2017, queden integradas en el actual Convenio.

Décima.

Este Convenio es susceptible de modificación por acuerdo unánime y expreso de las Partes antes de su finalización mediante la formalización de la correspondiente adenda al presente Convenio.

Undécima.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, y se regula por lo dispuesto en el Capítulo VI, Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público («BOE», de 2 de octubre).

Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio, deberán solventarse por los responsables técnicos mencionados en la Cláusula Séptima.

En última instancia, los Juzgados y Tribunales pertenecientes al orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo serán los únicos competentes para la resolución de cuantas cuestiones litigiosas pudieran derivarse del mismo.

Y en prueba de conformidad, se firma por las Partes comparecientes, y a un solo efecto, en el lugar y fechas señaladas.–El Rector Magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, Alejandro Tiana Ferrer.–El Director General del Instituto de Estudios Fiscales, José Alberto Plaza Tejera.

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