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Documento BOE-A-2018-11396

Resolución de 20 de julio de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Encargo a la Sociedad Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A., S.M.E., M.P., para la realización de actividades de apoyo al nuevo Sistema Integral de Gestión de Solicitudes de Protección Internacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 9 de agosto de 2018, páginas 80366 a 80373 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2018-11396

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 5 de julio de 2018 el Encargo de la Subsecretaría del Ministerio del Interior a la Sociedad Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A., S.M.E., M.P., para la realización de actividades de apoyo al nuevo Sistema Integral de Gestión de Solicitudes de Protección Internacional, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Encomienda que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 20 de julio de 2018.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ANEXO
Encargo de la Subsecretaría del Ministerio del Interior a la Sociedad Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A., S.M.E., M.P., para la realización de actividades de apoyo al nuevo sistema integral de gestión de solicitudes de protección internacional

En Madrid, a 5 de julio de 2018.

REUNIDOS

De una parte, doña Isabel Goicoechea Aranguren, Subsecretaria del Ministerio del Interior, nombrada para ese cargo por el Real Decreto 505/2018, de 18 de junio.

Y, de otra parte, don Daniel Acuña Calviño, Director de Defensa y Seguridad, en nombre y representación de Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A. S.M.E., M.P., cuya representación ostenta en virtud del poder otorgado ante el Notario de Madrid, doña Paloma Mozo García, con fecha 22 de noviembre de 2013, con el número 1921 de su protocolo.

Ambas partes se reconocen plena capacidad legal para formalizar el presente Encargo, y, a tal efecto,

EXPONEN

I. El Real Decreto 770/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, atribuye a la Dirección General de Política Interior, dependiente de la Subsecretaría del Interior, la competencia para la instrucción y tramitación de los procedimientos en materia de protección internacional de refugiados, régimen de apátridas y atención a desplazados. La Dirección General de Política Interior ejerce esta competencia a través de la Subdirección General de Protección Internacional, que tiene la consideración de Oficina de Asilo y Refugio (en adelante, OAR).

II. En este contexto, la OAR tiene la necesidad de disponer de un Sistema Integral de Gestión de Solicitudes de Protección Internacional (incluyendo solicitudes de asilo, apátridas y desplazados) que dé respuesta a las necesidades de los procedimientos de concesión de la protección internacional y de apatridia, previstos en la normativa europea y nacional vigente en materia de protección internacional, en particular en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, y supletoriamente por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

III. La actual aplicación informática para el seguimiento de las solicitudes de asilo, apátridas y desplazados, cubre casi en su totalidad el procedimiento de concesión de la protección internacional y de la apatridia pero lleva en servicio más de diez años, por lo que la tecnología en la que está sustentada es obsoleta y sobre todo, adolece de una clara integración con los componentes ya desarrollados o en vías de desarrollo que conforman la arquitectura técnica de la Administración Electrónica del Ministerio del Interior.

IV. Para la realización de un nuevo sistema que sustituya a la aplicación actual, dando respuesta a las deficiencias existentes, es necesario desarrollar una etapa de consultoría con intervención de personal cualificado que analice y elabore los nuevos requisitos del procedimiento de la concesión de la protección internacional preparándolo para su integración en la arquitectura técnica del Ministerio y, en particular, con las aplicaciones de Policía Nacional como organismo encargado del control de extranjeros.

V. La sociedad Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A., S.M.E., M.P. (en adelante Isdefe), fue creada por Acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión de 18 de septiembre de 1985, como sociedad mercantil estatal. Desde entonces, su actividad se ha centrado en prestar apoyo en programas nacionales y multinacionales para los organismos y entidades de la Administración Pública, siendo sus principales valores la independencia, la alta cualificación de los profesionales, la excelencia en tecnología y gestión así como la apuesta por la innovación tecnológica.

El artículo primero de los estatutos sociales de Isdefe establece que la misma tiene la consideración de medio propio y de servicio técnico de la Administración General del Estado y de los entes, entidades y organismos vinculados o dependientes de ella.

Siguiendo los propios estatutos de Isdefe, su misión es la de apoyar a sus clientes en el desarrollo de su actividad, mediante un servicio de consultoría e ingeniería de calidad, basado en el conocimiento, la excelencia y la experiencia de un equipo de profesionales altamente cualificados en las áreas de la defensa, seguridad, sistemas de transporte y tecnologías de la información y las comunicaciones. En este sentido, Isdefe cuenta con amplia experiencia en la prestación de asistencia técnica para la definición, seguimiento, validación e implantación de soluciones tecnológicas en el ámbito de la Administración.

VI. Tanto la actividad material propia de Isdefe, como su objeto social y medios técnicos a su alcance, posibilitan alcanzar el objetivo de satisfacer las necesidades de la Subdirección General de Protección Internacional indicadas en los expositivos II y III, a través de la prestación de los servicios de consultoría necesarios que garanticen el éxito en la ejecución del proyecto, que se cofinanciará, en la parte correspondiente, por los Fondos de Asilo y Migración de la UE.

En base a ello, para la consecución de los nuevos cometidos, y por razones de eficacia y ante la insuficiencia de medios del Ministerio con el grado de especialización técnica precisado, es por lo que la Subsecretaría, a través de la Subdirección General de Protección Internacional, tiene proyectado organizarse para la ejecución de manera directa de prestaciones propias valiéndose de otra persona jurídica, en este caso Isdefe, como medio propio personificado, teniendo en cuenta lo que la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE (en adelante LCSP) dispone a tal efecto en su artículo 32.2 a), por el cual, la mencionada Subdirección ejercerá sobre Isdefe, ente destinatario de este Encargo un control análogo al que ostenta sobre sus propios servicios y unidades, influyendo sobre Isdefe de forma decisiva en los objetivos estratégicos y decisiones significativas.

Isdefe, en relación con lo dispuesto en el artículo 32.2 a) de la LCSP, de acuerdo con sus Estatutos Sociales:

«Tiene la consideración de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado y de los entes, entidades y organismos vinculados o dependientes de ella, pudiéndose conferir por parte de estos los encargos que sean propios de las actividades que constituyen su objeto social. Dichos encargos serán de ejecución obligatoria por Isdefe, de acuerdo con las instrucciones fijadas unilateralmente por el encomendante y su retribución se fijará en función de las tarifas debidamente aprobadas.»

Por otra parte, Isdefe, en relación con lo dispuesto en el artículo 32.2 b) de la LCSP, las Cuentas Anuales del ejercicio 2016, fueron aprobadas el 29 de mayo de 2017 por la Junta General de Accionistas y en su nota 21, figura lo siguiente:

De acuerdo con la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre Contratación Pública, los servicios que la Sociedad realiza como Medio Propio Instrumental a sus poderes adjudicadores así como su peso porcentual sobre el total de actividades, se recogen en el siguiente cuadro:

2016

2015

2014

Total periodo

Importe

%

Importe

%

Importe

%

Importe

%

Servicios poder adjudicador.

128.439.797,66

86,77

117.664.086,06

82,17

108.969.258,89

80,01

355.073.142,61

83,08

Actividades comerciales

19.582.719,58

13,23

25.528.490,91

17,83

27.220.074,46

19,99

72.331.284,95

16,92

Total

148.022.517,24

100,00

143.192.676,97

100,00

136.189.333,35

100,00

427.404.427,56

100,00

Cumpliendo en consecuencia con los requisitos establecidos en relación con el porcentaje de actividad para los poderes adjudicadores de los que es medio propio instrumental en los ejercicios 2014, 2015 y 2016, alcanza para este periodo el 83,08%.

A fecha de la elaboración de la memoria justificativa al presente Encargo, las Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio 2017, han sido formuladas por el Consejo de Administración de fecha 21 de marzo de 2018, estando las mismas en fase de aprobación por la Junta General de Accionistas y que, de acuerdo con el cierre provisional del ejercicio 2017, el porcentaje de actividad para los poderes adjudicadores de los que Isdefe es Medio Propio alcanza el 87,45%.

Igualmente, cabe señalar que el cumplimiento efectivo del requisito establecido en el artículo 32.2 b) de la LCSP quedará reflejado en la Memoria de las Cuentas Anuales, disponibles en el Portal de Transparencia de Isdefe.

Asimismo, Isdefe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.2 c) de la LCSP en relación con el artículo 84.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, forma parte del Sector Público Institucional, siendo su Capital Social íntegramente de titularidad pública por ser accionista único el Organismo Autónomo Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA).

Finalmente, Isdefe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.6 a) de la LCSP ha publicado en el apartado de documentación de su Perfil de Contratante alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, su condición de Medio Propio; respecto de qué poderes adjudicadores la ostenta; y los sectores de actividad en los que, estando comprendidos en su objeto social, sería apto para ejecutar las prestaciones que vayan a ser objeto de encargo

Estos servicios de consultoría, se contratarán por separado del resto de acciones y proyectos iniciados, de forma que se garantice que la consultoría prestada es independiente de posibles intereses industriales, persiguiendo únicamente el beneficio de la Administración Pública.

En virtud de lo expuesto, se efectúa a la sociedad pública Isdefe el presente Encargo con las siguientes

CLÁSULAS

Primera. Objeto del Encargo.

El objeto de este Encargo es la consultoría y asesoría técnica a la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) de la Subdirección General de Protección Internacional del Ministerio de Interior para el desarrollo de un nuevo Sistema Integral de Gestión de Solicitudes de Protección Internacional que permita dar respuesta a las necesidades del procedimiento de concesión de la protección internacional y de la apatridia, tal y como se encuentra regulado en la normativa europea y nacional vigente en materia de protección internacional, en particular en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, y supletoriamente por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Dicho Encargo se ejecutará en los términos contenidos en el Anexo I «Condiciones de ejecución del Encargo», en la Memoria Económica del Encargo y en lo establecido en el presente documento.

Segunda. Contenido. Paquetes de trabajo.

La gestión material que se encarga se concreta en la ejecución por parte de Isdefe de todas las tareas que sean requeridas en el ámbito indicado en la cláusula primera, y que incluirá el siguiente paquete de trabajo:

Paquete de Trabajo 01.–Definición de requisitos y arquitectura del nuevo sistema.

• Toma de requisitos del sistema.

• Definición de la arquitectura del sistema.

• Elaboración del Pliego de Prescripciones Técnicas.

• Planificación de la implantación del sistema.

Tercera. Órdenes de Trabajo.

Una vez formalizado el Encargo, las actividades específicas a desarrollar por Isdefe dentro del contexto de los paquetes de trabajo definidos en la cláusula segunda, se concretarán a través de Órdenes de Trabajo, según el siguiente procedimiento:

– El responsable de gestión del servicio de la Subsecretaría del Interior, elaborará las Órdenes de Trabajo correspondientes a las actividades a realizar para cada uno de los paquetes de trabajo. En dichas Órdenes de Trabajo, se especificará la denominación y contenido de las tareas a realizar, así como el plazo concreto para su cumplimiento.

– Isdefe emitirá informes trimestrales sobre el grado de desarrollo de las tareas definidas en las Órdenes de Trabajo.

– Revisados y, si procede, aceptados los trabajos, la Subsecretaría certificará las actividades ejecutadas. Dicha certificación se realizará de acuerdo a lo estipulado en la cláusula sexta.

El responsable de gestión del servicio de la Subsecretaría podrá establecer nuevas Órdenes de Trabajo cuando las necesidades así lo requieran. Éstas Órdenes se incorporarán al presente Encargo en las mismas condiciones establecidas con anterioridad.

Cuarta. Vigencia.

El plazo de vigencia del presente Encargo comprende desde el 1 de julio de 2018, (o desde la firma de la misma, caso de ser posterior) y hasta el 30 de noviembre de 2018.

El presente Encargo podrá quedar sin efecto en virtud de acuerdo adoptado por la Subsecretaría del Interior, debidamente notificado a Isdefe.

Quinta. Presupuesto y financiación.

El presupuesto máximo de gasto del presente Encargo se eleva a ochenta y ocho mil setecientos noventa y siete euros (88.797,00 €). Dicho presupuesto comprende:

– Coste de la dedicación horaria a los paquetes de trabajo (exento de IVA).

– Partida para costes directos reembolsables.

El desglose del presupuesto del Encargo se recoge en el siguiente cuadro:

Anualidad

Coste paquetes de trabajo

Euros

Costes directos reembolsables

Euros

Importe

Euros

2018

83.797,00

5.000,00

88.797,00

TOTAL

83.797,00

5.000,00

88.797,00

El gasto se financiará con cargo al presupuesto de gastos de la OAR de la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior, aplicación presupuestaria 16.01 131P 620 Derecho de asilo y apátridas.

El presupuesto expuesto tiene el carácter de presupuesto de gasto máximo de este Encargo. Sólo se abonarán los servicios efectivamente prestados y los costes directos incurridos, por el importe real de los mismos y hasta el límite de dicho presupuesto de gasto máximo, con arreglo a lo que se establece en la cláusula siguiente.

Sexta. Tarifas aplicables, Certificaciones y facturación.

Para la determinación del coste de los trabajos efectivamente realizados se aplicarán las tarifas aprobadas por el Ministerio de Defensa para los Encargos que se hagan a Isdefe a través del correspondiente Acuerdo de la Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa para la aprobación de las tarifas de la sociedad mercantil estatal Isdefe (ver Memoria Económica del Encargo).

El cálculo de dichas tarifas representa los costes reales de realización de las unidades producidas directamente por Isdefe.

Se realizará un único pago a la finalización del servicio, una vez certificado de conformidad por la Subsecretaría el mismo.

Una vez finalizada la prestación, Isdefe procederá a emitir una factura con el importe correspondiente al coste de los paquetes de trabajo en términos de dedicación horaria por categoría profesional del personal dedicado al servicio, así como una con el detalle de los costes directos reembolsables (gastos a justificar, gastos de aprovisionamiento), caso que existan.

Junto con la factura, Isdefe entregará de manera desglosada e independiente un resumen de los cálculos y operaciones realizados para la determinación de los importes que aparezcan en dicha factura.

Séptima. Seguimiento de los trabajos.

Además del preceptivo informe trimestral, durante la ejecución de los trabajos objeto del Encargo, Isdefe se compromete a facilitar en todo momento a la Administración, la información y documentación que se solicite para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en que se desarrollan los trabajos, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos, herramientas y otros recursos utilizados para resolverlos.

Octava. Confidencialidad de la información.

Isdefe está obligada a guardar la debida confidencialidad respecto a la información obtenida en el curso de sus actuaciones, con la amplitud y limitación que establezca la normativa aplicable, debiendo considerar debidamente custodiada la documentación e información objeto de este Encargo.

Novena. Titularidad de las competencias.

El presente Encargo no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio del Interior.

Décima. Anulación de saldos de compromisos.

Cuando se produzcan remanentes de crédito sobre el importe de la anualidad de gasto y no existan trabajos pendientes de facturación contra esta anualidad, se podrá llevar a cabo la anulación de dichos remanentes previa liquidación de los gastos de dicha anualidad, mediante la tramitación de las correspondientes propuestas de anulación de autorización y compromiso de gasto, sin necesidad de esperar a la expiración del plazo de ejecución de este Encargo.

Undécima. Naturaleza jurídica y jurisdicción aplicable.

El presente Encargo tiene la naturaleza jurídica administrativa prevista en el artículo 32 de la LCSP.

Y para que conste y surtan los efectos oportunos se extiende y firma por duplicado ejemplar el presente Encargo, en el lugar y fecha arriba indicados.–La Subsecretaria del Interior, Isabel Goicoechea Aranguren.–El Director de Defensa y Seguridad de Isdefe, S.A., S.M.E., M.P., Daniel Acuña Calviño.

ANEXO I
Condiciones de ejecución del encargo de la Subsecretaría del Ministerio del Interior a la sociedad Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A., S.M.E., M.P., para la realización de actividades de apoyo al nuevo sistema integral de gestión de solicitudes de protección internacional

1. Objeto del encargo.

El objeto del Encargo es la realización de documentación de apoyo y asesoría técnica a la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) de la Subdirección General de Protección Internacional del Ministerio de Interior relativa al desarrollo de un nuevo Sistema Integral de Gestión de Solicitudes de Protección Internacional que permita dar respuesta a las necesidades del procedimiento de concesión de la protección internacional y de la apatridia.

De acuerdo con ello, el presente Encargo alcanza al conjunto de tareas y actividades previstas durante el periodo de vigencia del mismo, según se describe en los paquetes de trabajo y en el contenido de cada uno de ellos que se recogen en los siguientes apartados.

2. Paquetes de trabajo.

La gestión material objeto del presente Encargo se concreta en la ejecución del siguiente Paquete de Trabajo:

• Paquete de Trabajo 01.–Definición de requisitos y arquitectura del nuevo sistema

Elaboración de la documentación requerida en la Metodología de Calidad publicada en el Ministerio del Interior, para realizar la definición del nuevo Sistema Integral de Gestión de Solicitudes de Protección Internacional.

01.01 Toma de requisitos del sistema.

La ejecución de esta actividad se llevará a cabo mediante entrevistas, reuniones o solicitudes de información al personal clave de OAR, Subsecretaría y otros organismos involucrados, internos o externos al Ministerio del Interior, con objeto de recopilar las nuevas capacidades y requisitos necesarios para el nuevo sistema.

Se trata de identificar y documentar los requisitos funcionales, los requisitos de operación, los requisitos de entorno e integración, los requisitos de metodología y diseño, los requisitos de prueba y calidad, los de implantación y puesta en servicio, así como cualesquiera otros que sean necesarios.

Una parte importante de esta actividad también va a consistir en la identificación de los distintos usuarios/clientes involucrados en el sistema (stakeholders), sus funciones, cometidos, datos a introducir/ actualizar, y procesos a ejecutar, así como la necesidad de intercambio de información con el resto.

Documentación resultante:

– Análisis de involucrados.

– Recopilación de requisitos del sistema.

01.02 Definición de la arquitectura del sistema.

Consistente en la definición de una nueva arquitectura para este sistema que proporcione una solución óptima para las múltiples integraciones necesarias con todas las entidades externas e internas a la Administración con las que se interacciona en la tramitación de las solicitudes de asilo, apátridas y desplazados, proporcionando la necesaria flexibilidad que facilite su adaptación a futuros cambios regulatorios y tecnológicos y escalabilidad que permita dar respuesta a incrementos o picos de trabajo.

Asimismo, deberá ser compatible con la arquitectura integral del conjunto de sistemas de la Subsecretaría.

Se incluye en esta actividad la definición y modelado de datos que permita el almacenamiento, análisis y realización de estadísticas e informes una vez puesto el sistema en operación.

Documentación resultante:

– Propuesta de arquitectura del sistema.

– Propuesta de modelo de datos.

01.03 Apoyo a la elaboración del Pliego de Prescripciones Técnicas.

Con toda la documentación producto de las actividades anteriores se estará en disposición de documentar los requerimientos acordados con el cliente, en un nivel apropiado de detalle que se plasmará en el Pliego de Prescripciones Técnicas que dará origen a la licitación del diseño, desarrollo y mantenimiento del nuevo sistema.

Documentación resultante:

– Pliego de Prescripciones Técnicas.

01.04 Planificación de la implantación del sistema.

Esta actividad incluye la elaboración de aquella documentación relativa a la planificación, gestión del cambio y preparación de los entornos e infraestructura para el desarrollo de las aplicaciones informáticas y la futura implantación y transición del sistema, de forma que todos estos aspectos estén perfectamente definidos en el momento de adjudicación del expediente, evitando retrasos en el comienzo de los trabajos del contratista.

– Recopilación de involucrados y necesidades para el desarrollo e implantación del sistema.

– Planificación de acciones.

– Protocolos de trabajo.

– Informe de las acciones implementadas.

3. Dedicación de recursos.

La estimación de perfiles para la realización de las actividades contempladas en el apartado anterior durante el periodo de ejecución de cada uno de los Paquetes de Trabajo es la siguiente:

Dos consultores senior, con titulación media o superior y experiencia mínima de 4 años relacionada con sistemas de información y comunicaciones.

Un gerente, con dedicación estimada media del 5% a lo largo del periodo de ejecución del Encargo, titulación superior y experiencia mínima de 15 años relacionada con ingeniería de sistemas.

Un jefe de proyecto, con dedicación estimada media del 10% a lo largo del periodo de ejecución del Encargo, titulación superior y experiencia mínima de 10 años relacionada con ingeniería de sistemas.

4. Reglas a cumplir respecto del personal laboral de la empresa Isdefe.

1. Corresponde exclusivamente a Isdefe la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en este Encargo, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del Encargo, sin perjuicio de la verificación por parte de esta SGSICS del cumplimiento de aquellos requisitos.

Isdefe procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento al responsable del Proyecto, nombrado por la SGSICS.

2. Isdefe asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución de este Encargo, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y trabajador.

3. Isdefe velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución de este Encargo desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en este Encargo.

4. Isdefe estará obligada a ejecutar los trabajos encargados en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizado a prestar sus servicios en las dependencias del Ministerio del Interior. En este caso, el personal de Isdefe ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos. Corresponde también a Isdefe velar por el cumplimiento de esta obligación.

5. Isdefe deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá las obligaciones siguientes:

– Actuar como interlocutor de Isdefe, frente a esta Subdirección, canalizando la comunicación entre Isdefe y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito a este Encargo, de un lado, y esta Subdirección, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución de este Encargo.

– Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución de este Encargo, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del trabajo encargado.

– Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encargadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.

– Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del Encargo, debiendo, a tal efecto, coordinarse adecuadamente Isdefe con esta Subdirección, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.

– Informar a esta Subdirección, acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del Encargo.

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