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Documento BOE-A-2017-3158

Resolución de 13 de marzo de 2017, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el documento normalizado para acreditar la representación de terceros en el Procedimiento de Suministro Electrónico de Registros de Facturación a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2017, páginas 21215 a 21217 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2017-3158
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2017/03/13/(2)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el apartado 2 del artículo 46 dispone que «Para interponer recursos o reclamaciones, desistir de ellos, renunciar a derechos, asumir o reconocer obligaciones en nombre del obligado tributario, solicitar devoluciones de ingresos indebidos o reembolsos y en los restantes supuestos en que sea necesaria la firma del obligado tributario en los procedimientos regulados en los títulos III, IV, V, VI y VII de esta Ley, la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal del interesado ante el órgano administrativo competente. A estos efectos, serán válidos los documentos normalizados de representación que apruebe la Administración Tributaria para determinados procedimientos».

Con el fin de agilizar la relación de los obligados tributarios con la Administración tributaria y favorecer así que las actuaciones administrativas necesarias para que el sistema tributario estatal y aduanero se apliquen con generalidad y eficacia a todos los obligados tributarios, por la Resolución de 30 de junio de 2004, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se aprobaron los nuevos documentos normalizados para acreditar la representación en los procedimientos, entre ellos el modelo de representación para la presentación por medios telemáticos de autoliquidaciones, declaraciones y comunicaciones tributarias en representación de terceros; por la Resolución de 19 de octubre de 2005, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se aprobó el documento normalizado para la presentación por vía telemática del recurso de reposición en nombre de terceros; por la Resolución de 17 de julio de 2007, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se aprobó el documento normalizado para las solicitudes de compensación, aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias correspondientes a declaraciones tributarias cuya presentación electrónica sea obligatoria, así como de los documentos que, de acuerdo con la normativa vigente, han de acompañar a tales solicitudes, a través de la Sede Electrónica en representación de terceros; y por la Resolución de 18 de septiembre de 2009, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modificaba la Resolución de 29 de mayo de 2009, se aprobó el documento normalizado para la solicitud de certificados tributarios a través de la Sede Electrónica en nombre de terceros.

El Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece la obligación de llevanza de los libros registro del impuesto a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria para empresarios y profesionales y otros sujetos pasivos cuyo periodo de liquidación coincida con el mes natural de acuerdo con el artículo 71.3 del Reglamento del impuesto, así como la opción para el resto de sujetos pasivos que lo deseen. Este sistema de llevanza a través de la Sede electrónica obliga a realizar el suministro electrónico de los registros de facturación.

Resulta necesario, por tanto, la aprobación del documento normalizado válido para la acreditación de la representación en el procedimiento de suministro electrónico de registros de facturación a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria en representación de terceros.

Dicho modelo resulta conforme con el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos y con la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende ésta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios

En virtud de lo anterior dispongo:

Primero. Aprobación del modelo normalizado para acreditar la representación.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 46 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se aprueba el documento normalizado para acreditar la representación para el Suministro Electrónico de Registros de Facturación a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, que se adjunta como Anexo I. El texto del documento normalizado no podrá ser modificado, sin perjuicio de la facultad de los interesados de otorgar su representación en términos diferentes, acreditándola por cualquier otro medio válido en Derecho.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 46.7 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, para que la representación se entienda válidamente conferida, el documento aprobado por esta Resolución deberá ir acompañado de la documentación que en cada caso, deba adjuntarse.

Dicho documento no confiere al presentador la condición de representante para intervenir en otros actos o para recibir todo tipo de comunicaciones de la Administración tributaria en nombre del sujeto pasivo, aún cuando éstas fueran consecuencia de los suministros electrónico de registros realizados.

Segundo. Aplicabilidad.

Esta Resolución será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 13 de marzo de 2017.–El Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Santiago Menéndez Menéndez.

ANEXO I
Modelo de representación para el suministro electrónico de registros de facturación en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

Otorgamiento de la representación:

D/Dña....................................................................................... N.I.F. .............................., con domicilio fiscal en (municipio) ............….. (vía pública) .................................................. n.º ......

La Entidad (razón social) ................................................................ N.I.F........................., con domicilio fiscal en (municipio) ............….. (vía pública) .................................................. n.º ...... y en su nombre D/Dña .................................................................................... como representante legal según documento justificativo que se adjunta, con N.I.F. .….……………, y domicilio fiscal en (municipio) ……………………… (vía pública) ……….………...........…… n.º .....

Otorga/n su representación a ………..........................……............………….......……. N.I.F. ……...................., como firmante o adherido al Acuerdo de colaboración entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y ………………….............………………………., para suministrar electrónicamente los registros de facturación del/los ejercicio/s …............

La presente autorización se circunscribe al mencionado suministro electrónico, sin que confiera al presentador la condición de representante para intervenir en otros actos o para recibir todo tipo de comunicaciones de la Administración Tributaria en nombre del sujeto pasivo o interesado, aún cuando éstas fueran consecuencia del documento presentado.

Asimismo, el/los otorgante/s autoriza/n a que sus datos personales sean tratados de manera automatizada a los exclusivos efectos de la presentación de la declaración o comunicación por medios telemáticos.

Aceptación de la representación:

Con la firma del presente escrito el representante acepta la representación conferida y responde de la autenticidad de la firma del/de los otorgante/s, así como de la/s copia/s del DNI (1) del/de los mismo/s que acompaña/n a este/estos documento/s. Sólo se acreditará esta representación ante la Administración Tributaria cuando ésta lo inste al representante.

Normas aplicables:

Ley General Tributaria (Ley 58/2003). Representación voluntaria: Artículo 46.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Representación: Artículo 5.

Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (Ley Orgánica 15/1999). Derecho a información en la recogida de datos: Artículo 5.

En .......... a ...... de ...................... de ..........

El/los otorgante/s (2)

En .......... a ...... de ...................... de ..........

El representante (2)

El texto de este documento normalizado no podrá ser modificado, sin perjuicio de la facultad de los interesados de otorgar su representación en términos diferentes, acreditándola por cualquier otro medio válido en Derecho.

(1) DNI o documento equivalente de identificación de extranjeros.

(2) Si es persona jurídica deberá figurar también el sello de la entidad.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/03/2017
  • Fecha de publicación: 24/03/2017
  • Aplicable desde el 25 de marzo de 2017.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el Reglamento aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2007-15984).
    • el art. 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23186).
  • CITA Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo (Ref. BOE-A-2003-11044).
Materias
  • Administración electrónica
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Facturas
  • Formularios administrativos
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Procedimiento administrativo
  • Registros telemáticos
  • Representación
  • Sistema tributario

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