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Documento BOE-A-2016-5177

Orden ECD/817/2016, de 25 de mayo, por la que se fijan los precios públicos por la prestación del servicio de enseñanza en los centros docentes españoles en Francia, Italia, Marruecos, Portugal, Reino Unido y Colombia, durante el curso 2016/2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 31 de mayo de 2016, páginas 35467 a 35471 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2016-5177
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2016/05/25/ecd817

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, en su artículo 18.2 señala que los alumnos extranjeros en los centros docentes españoles en el exterior abonarán una cuota en concepto de enseñanza que será autorizada anualmente por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y en el artículo 19 que este departamento podrá establecer o autorizar un régimen específico de ayudas para el pago de las aportaciones económicas mencionadas en el artículo anterior.

Por su parte, el artículo 26 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, en la redacción dada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales y de reordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público, regula que el establecimiento o modificación de la cuantía de los precios públicos se hará por orden del Departamento ministerial del que dependa el órgano que ha de percibirlos y a propuesta de éste.

Esta orden establece los precios públicos como contraprestación por la realización del servicio de enseñanza a alumnos de nacionalidad no española en los centros docentes españoles de titularidad del Estado en Francia, Italia, Marruecos, Portugal, Reino Unido y Colombia

En su virtud, dispongo:

Único. Precios públicos en los centros docentes españoles en el extranjero para el curso 2016-2017.

Los precios públicos que abonarán los alumnos de nacionalidad no española en los centros docentes españoles en el extranjero para el curso 2016-2017, la forma de pago es la que se establece en el anexo de esta orden.

Disposición final única. Eficacia.

Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de mayo de 2016.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sainz.

ANEXO
Francia

Centro: Liceo Español «Luis Buñuel» de París

Nivel educativo

Precio público

Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato

2.430 euros/curso.

C.F. «Comercio Internacional»

2.565 euros/curso.

Las cuotas son de carácter anual y se harán efectivas en pago único en el momento de formalizar la matrícula o fraccionadas en 2 pagos, el segundo en enero, mediante transferencia a la cuenta bancaria designada al efecto o cheque nominativo expedido a favor del Liceo Español «Luis Buñuel».

Centro: Colegio «Federico García Lorca» de París

Nivel educativo

Precio público

Educación Infantil y Primaria

1.830 euros/curso.

Las cuotas son de carácter anual y se harán efectivas en pago único en el momento de formalizar la matrícula o fraccionadas en 2 pagos, el segundo en febrero, mediante transferencia a la cuenta bancaria designada al efecto o cheque nominativo expedido a favor del Colegio Español «Federico García Lorca».

Italia

Centro: Liceo Español «Cervantes» de Roma

Nivel educativo

Precio público

Educación Infantil (3 y 4 años)

2.221 euros/curso

Ed. Infantil (5 años), Ed. Primaria, Secundaria y Bachillerato

2.030 euros/curso.

Las cuotas son de carácter anual y se harán efectivas en dos pagos semestrales, el primero en julio al formalizar la matricula (60 %) y el segundo en enero de 2017 (40 %), mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria designada al efecto a favor del Liceo Español «Cervantes» de Roma.

Por materias pendientes: en el caso de los alumnos de bachillerato que cursen asignaturas sueltas pagarán el 50 % de la cuota de enseñanza en el mes de julio (en una única cuota), siempre que las asignaturas sueltas no superen el 50 % de las asignaturas a las que asiste. En caso contrario, deberán abonar toda la cuota según los términos establecidos para los demás alumnos.

Marruecos

Centro: Instituto Español «Melchor de Jovellanos» de Alhucemas

Nivel educativo

Precio público

Educación Infantil, E. Primaria y 1.º ESO

12.360 dirhams/curso.

2.º a 4.º ESO y Bachillerato

11.975 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Juan Ramón Jiménez» de Casablanca

Nivel educativo

Precio público

Educación Infantil, E. Primaria y 1.º ESO

13.775 dirhams/curso.

2.º a 4.º ESO y Bachillerato

12.620 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Lope de Vega» de Nador

Nivel educativo

Precio público

Educación Infantil, E. Primaria y 1.º ESO

12.360 dirhams/curso.

2.º a 4.º ESO y Bachillerato

11.975 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Severo Ochoa» de Tánger

Nivel educativo

Precio público

1.º ESO

12.360 dirhams/curso.

2.º a 4.º ESO y Bachillerato

11.975 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Juan de la Cierva» de Tetuán

Nivel educativo

Precio público

Programas de Garantía Social y Ciclos Formativos

7.340 dirhams/curso.

Curso de Acceso a los CFGM

3.220 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Nuestra Señora del Pilar» de Tetuán

Nivel educativo

Precio público

1.º ESO

12.360 dirhams/curso.

2.º a 4.º ESO y Bachillerato

11.975 dirhams/curso.

Centro: Colegio Español «Luis Vives» de Larache

Nivel educativo

Precio público

Educación Infantil, E. Primaria y 1.º ESO

12.360 dirhams/curso.

2.º a 4.º ESO y Bachillerato

11.975 dirhams/curso.

Centro: Colegio Español de Rabat

Nivel educativo

Precio público

Educación Infantil, E. Primaria y 1.º ESO

13.775 dirhams/curso.

2.º a 4.º ESO y Bachillerato

12.620 dirhams/curso.

Centro: Colegio Español «Ramón y Cajal» de Tánger

Nivel educativo

Precio público

Educación Infantil y E. Primaria

12.360 dirhams/curso.

Centro: Colegio «Jacinto Benavente» de Tetuán

Nivel educativo

Precio público

Educación Infantil y E. Primaria

12.360 dirhams/curso.

En todos los centros:

Por materias pendientes: 3.125 dirhams.

El pago en todos los centros de Marruecos se efectuará en dos períodos (primera quincena de julio de 2016 y durante el mes de enero de 2017), con un ingreso o transferencia bancaria a la cuenta bancaria designada al efecto.

Portugal

Centro: Instituto Español «Giner de los Ríos» de Lisboa

Nivel educativo

Precios públicos

Educación Infantil (3 años)

2.930 euros/curso.

Educación Infantil (4 y 5 años) y Primaria

2.670 euros/curso.

ESO y Bachillerato

3.360 euros/curso.

Las cuotas son de carácter anual y se harán efectivas en dos pagos uno al formalizar la matrícula en julio de 2016 y en enero de 2017, y en ambos casos, por domiciliación a la cuenta bancaria designada al efecto a favor del Instituto Español «Giner de los Ríos» de Lisboa.

Reino Unido

Centro: Instituto Español «Vicente Cañada Blanch» de Londres

Nivel educativo

Precios públicos

Educación Infantil y Primaria

3.130 libras esterlinas/curso.

ESO y Bachillerato

3.880 libras esterlinas/curso.

Las cuotas son de carácter anual, el pago se efectuará en dos plazos, julio 2016 y enero 2017 en primaria y secundaria. En infantil se hará el pago en febrero 2016 y enero 2017. El pago se podrá hacer mediante ingreso, cheque o transferencia bancaria a la cuenta bancaria designada al efecto a favor del Instituto Español «Vicente Cañada Blanch» de Londres.

Colombia

Centro: Centro Cultural y Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá

Nivel educativo

Precios públicos

Educación Infantil (3 años)

6.100.000 pesos/curso.

Educación Infantil (4 años)

6.300.000 pesos/curso.

Educación Infantil (5 años)

6.031.500 pesos/curso.

Educación Primaria 1.º

6.985.600 pesos/curso.

Educación Primaria 2.º

5.426.300 pesos/curso.

Educación Primaria 3.º a 6.º

4.364.300 pesos/curso.

De 1.º a 4.º de E. Secundaria Obligatoria

4.371.300 pesos/curso.

1.º Bachillerato

4.369.500 pesos/curso.

2.º Bachillerato

2.259.600 pesos/curso.

El monto total por curso se dividirá en once cuotas del mismo importe. Los pagos se realizarán mediante efectivo o mediante cheque o débito bancario. Las cuotas mensuales se abonarán en los diez primeros días del mes, mientras que la cuota de inscripción se pagará de una sola vez en el momento de realizar la matrícula en el mes de julio.

Será de aplicación en todos los Centros:

1. El pago de las cuotas podrá ser modificado cuando las circunstancias así lo requieran, previa aprobación por el Consejero de Educación del plan de pago personalizado solicitado.

En el caso de impago continuado durante un curso de las cuotas escolares, el Consejero de Educación podrá decidir la no continuidad del alumno en el centro para el curso siguiente.

2. Será de aplicación las reducciones en las cuotas o exenciones siguientes:

a) Las familias con tres o más hijos matriculados en un mismo Centro se beneficiarán de una reducción del 25  % para el segundo hermano matriculado, un 50  % para el tercer hermano y un 75 % para los siguientes, entendiendo que el orden de matriculación de hermanos es el de mayor a menor nivel educativo. A estos efectos, se considera «un mismo centro» también a centros de diferentes etapas educativas ubicados en la misma ciudad o ciudades limítrofes.

b) Las reducciones a las cuotas o exención de las mismas para determinados alumnos se efectuarán sobre el pago de las cuotas que falten por pagar. Únicamente podrán traer causa en la existencia de necesidades económicas sobrevenidas tras la formalización de la matrícula, correspondiendo su concesión a la Consejería de Educación respectiva, en el caso de existir un solo centro docente adscrito a la misma. En el supuesto de existir más de un centro docente adscrito a la Consejería, la concesión corresponde al Director del Centro, previa aprobación por la Consejería de Educación respectiva. La concesión de exenciones y reducciones únicamente podrá tener validez durante el curso en el que se dé la circunstancia que la motiva y, en función de su gravedad, podrá consistir en una exención o una reducción de la parte de la cuota restante. Un mismo estudiante no podrá ser objeto de reducción o exención de cuotas durante dos cursos consecutivos.

En ningún caso procede la devolución de las cantidades ya consignadas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/05/2016
  • Fecha de publicación: 31/05/2016
  • Efectos desde el 1 de junio de 2016.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • los arts. 18.2 y 19 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio (Ref. BOE-A-1993-20613).
    • el art. 26 de la Ley 8/1989, de 13 de abril (Ref. BOE-A-1989-8508).
Materias
  • Centros de enseñanza españoles en el extranjero
  • Precios

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