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Documento BOE-A-2014-5969

Resolución de 27 de mayo de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales correspondientes al año 2014 del Convenio colectivo de Fleet Care Services, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 6 de junio de 2014, páginas 43127 a 43128 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-5969
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/05/27/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales correspondientes al año 2014 del Convenio colectivo de la empresa Fleet Care Services, SL (código de convenio n.º 90101082012012) publicado en el «BOE» de 14 de octubre de 2012, que fue suscrito con fecha 20 de marzo de 2014 por la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de la que forman parte representantes de la empresa y de los trabajadores en representación de los mismos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de mayo de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA FLEET CARE SERVICES, S.L.

En Madrid a 20 de marzo de 2014, reunidos en los locales de Sindicato Libre de Transporte (S.L.T.), sitos en Madrid, Ronda de Toledo, 1 Local 2121 28005 Madrid. La comisión mixta del Convenio Colectivo de la Empresa Fleet Care Services, S.L., según convocatoria realizada al efecto y compuesta por:

En representación de la empresa Fleet Care Services, S.L.:

• Don Carlos Redondo Maza.

• Don Domingo Páramo de Diego.

Por la parte social: En representación del Comité de Empresa de Fleet Care Services, S.L.:

• Doña Raquel Sauras Gutiérrez,

• Don Juan Carlos San Vicente Gutiérrez.

• Don Jesús Celis Junco.

▪ Asesor SLT: Don Julio Muñoz Reja Sánchez.

ACUERDAN

Primero.

Revisar el convenio según las tablas salariales anexas en virtud de la Disposición Adicional primera del convenio colectivo de la empresa Fleet Care Services, S.L. para el año 2014.

Segundo.

Asimismo, y por unanimidad de ambas representaciones, se acuerda proceder a realizar los trámites preceptivos para registrar, depositar y publicar estas tablas salariales, para lo que se delega en don Julio Muñoz-Reja Sánchez, Secretario General del Sindicato Libre de Transporte.

Y, en prueba de su conformidad, las partes dejan signado este documento en el lugar y fecha expresados en el Acta.

ANEXO I
Tablas salariales para el año 2014

Categorias profesionales

Salario

P. transporte

P. Supervisión

Total

Mensual

Anual

Mensual

Anual

Mensual

Anual

Mensual

Anual

Personal Técnico y Adm.

Jefe Negociado

943,90

13.214,60

56,11

673,32

 

 

1.000,01

13.887,92

Oficial 1.º Adm.

825,84

11.561,76

56,11

673,32

 

 

881,95

12.235,08

Oficial 2.º Adm.

707,91

9.910,74

56,11

673,32

 

 

764,02

10.584,06

Aux. Adm.

660,83

9.251,62

56,11

673,32

 

 

716,94

9.924,94

Aspirante Adm.

660,83

9.251,62

56,11

673,32

 

 

716,94

9.924,94

Personal Operaciones

Coordinador servicios

776,24

10.867,36

56,11

673,32

96,82

1.065,02

929,17

12.605,70

Jefe Equipo

730,00

10.220,00

56,11

673,32

60,00

660,00

846,11

11.553,32

Jefe de turno

708,32

9.916,48

56,11

673,32

53,79

591,69

818,22

11.181,49

Supervisor

660,83

9.251,62

56,11

673,32

 

 

716,94

9.924,94

Conductor lavacoches

660,83

9.251,62

56,11

673,32

 

 

716,94

9.924,94

Lavacoches

660,83

9.251,62

56,11

673,32

 

 

716,94

9.924,94

Plus de supervisión: 7,52 €/día.

Almuerzo: 10,20 €.

Cena: 10,20 €

Alojamiento y desayuno: 51,01 €.

Festivos: 46,92 €.

Plus administración (D.A. 2.ª): 40,80 €.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/05/2014
  • Fecha de publicación: 06/06/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 3 de octubre de 2012 (Ref. BOE-A-2012-13021).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas de servicios
  • Vehículos de motor

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