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Documento BOE-A-2014-1409

Resolución de 27 de enero de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el 2014 del Convenio colectivo estatal para la industria fotográfica.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2014, páginas 11466 a 11467 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-1409
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/01/27/(9)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales para el 2014 del Convenio colectivo estatal para la industria fotográfica (código de convenio n.º 99002235011981), publicado en el «BOE» de 19 de diciembre de 2013, tablas que fueron suscritas, con fecha 20 de enero de 2014, por la Comisión Mixta de Interpretación y Vigilancia del citado convenio, en la que están integradas las Asociaciones empresariales FEPFI y ANEAF y las Organizaciones sindicales FeS-UGT y FSC-CC.OO., firmantes del indicado convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta de Interpretación y Vigilancia.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de enero de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DE INTERPRETACIÓN y VIGILANCIA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LA INDUSTRIA FOTOGRÁFICA

(Código de Convenio n.º 99002235011981)

En Madrid, en la sede de COPYME en el P.º Infanta Isabel, 17, a las 12 horas del lunes 20 de enero de 2014, se reúne la Comisión Mixta de Interpretación y Vigilancia del Convenio con la asistencia de las siguientes organizaciones:

Por la representación empresarial:

Federación Española de Profesionales de la Fotografía y la Imagen (FEPFI), representada por José Antonio Párraga Domínguez.

Asociación Nacional de Empresarios y Autónomos de Fotografía (ANEAF), representada por Francisco Ferrera Rendo.

Por la representación sindical:

Federación de Servicios de la Unión General de Trabajadores, representada por José M.ª García González y Pedro Rodríguez Merino.

Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras, representada por Nazaret García Tienda y Manuel Ángel Fernández Balanza.

Da comienzo la reunión, alcanzando los siguientes acuerdos:

1. Abierta la sesión, se procede a calcular y se aprueban las tablas salariales correspondientes al año 2014, habiendo sido el PIB inferior al 1,5 %, según recoge el texto del Convenio corresponde un incremento salarial del 0,5 % sobre los salarios de 2013.

Tablas salariales 2014

 

Salario base

H. extra S. antigüedad

H. extra

1 quinquenio

H. extra

2 quinquenio

H. extra

3 quinquenio

H. extra

4 quinquenio

1

1.270,86

19,37

20,11

20,86

21,59

22,33

2

1.026,47

15,65

16,38

17,13

17,87

18,60

3

1.015,23

15,47

16,21

16,96

17,70

18,43

4

980,12

17,97

15,68

16,42

17,16

17,90

5

958,04

14,60

15,34

16,08

16,83

17,56

6

947,50

14,44

15,18

15,93

16,67

17,40

7

885,36

13,49

14,23

14,98

15,72

16,45

8

847,72

12,92

15,69

14,40

15,14

15,89

9

811,38

12,37

13,11

13,85

14,58

15,33

10

798,80

12,18

12,92

13,66

14,39

15,14

Limpiador/a.

13,13 h.

 

 

 

 

 

Antigüedad 2014

N.º quinquenios

1

2

3

4

 

48,56

97,12

145,68

194,25

Estas nuevas tablas salariales tienen efecto desde el día 1 de enero de 2014.

2. Se autoriza a Alberto Margalló Pascual, con DNI 52505476-H, para que realice los trámites oportunos tendentes a inscribir los acuerdos adoptados en la presente acta a efectos de constancia registral en el «BOE».

Sin más asuntos que tratar, se firma esta acta dando por terminada la reunión.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/01/2014
  • Fecha de publicación: 10/02/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • Art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el convenio publicado por Resolución de 4 de diciembre de 2013 (Ref. BOE-A-2013-13324).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Fotografía

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