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Documento BOE-A-2014-1317

Resolución de 27 de enero de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial del Convenio colectivo de Distribuidora Internacional de Alimentación, SA y Twins Alimentación, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2014, páginas 10842 a 10844 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-1317
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/01/27/(13)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 16 de enero de 2014 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial del Convenio colectivo de Distribuidora Internacional de Alimentación, SA y Twins Alimentación, SA (código de convenio n.º 90017963012010) que ha sido suscrita por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte representantes de la Dirección de la empresa y de las organizaciones sindicales FETICO, UGT y CCOO en representación de la empresa y los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de enero de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA

Por la Dirección de la Empresa

Doña Olga Rico Santiago.

Doña Laura Díaz González.

Representación Social

Por la representación de FETICO:

Doña M.ª Jesús Vázquez Rodríguez.

Doña Susana Cedillo Mayoral.

Asesora: Doña Pilar Casero Rebe.

Por la representación de UGT:

Doña Belén Fernández Fonseca.

Don Ángel Gutiérrez del Pozuelo.

Asesora: Doña Cristina Estévez Navarro.

Por la representación de CCOO:

Doña Aurora Richarte Giménez.

Doña Paloma Vega López.

En Madrid, siendo las 10:00 del día 16 de enero de 2014, se reúnen los miembros de la comisión paritaria relacionados al margen, para establecer la revisión salarial y aplicación del incremento salarial, conforme a lo establecido en los artículos 44 y 45 del Convenio Colectivo de la empresa Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A., y Twins Alimentación, S.A.

La comisión paritaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Convenio, y tras confirmar que el IPC Real español del 2013 ascendió al 0,3 %, concluye que no ha lugar a realizar revisión salarial sobre las cuantías establecidas para el año 2013. Por lo tanto, se tomará de base para el cálculo del incremento del año 2014, las tablas salariales establecidas en el 2013.

En este sentido y de conformidad con lo previsto en el artículo 44, se acuerda, que a partir de enero de 2014, se aplique un incremento del 0,8 % para los conceptos recogidos en dicho artículo 44.

Las Tablas aplicables en el año 2014 son las siguientes:

Grupo

Módulo

A

Módulo

B

Módulo

C

Módulo

D

Módulo

E

Módulo

F

Módulo

G

Módulo

H

Módulo

I

Profesional 2014

Mandos.

15.181,19

15.467,37

16.327,15

17.042,62

17.614,98

18.619,04

19.191,41

20.301,30

20.663,23

Técnicos.

14.321,42

14.591,99

15.402,44

16.078,22

16.618,12

17.564,48

18.104,40

19.151,75

19.493,23

Especialistas.

13.510,96

13.765,87

14.530,65

15.167,94

15.677,82

16.570,03

17.079,89

18.067,11

18.389,37

Profesionales.

12.746,18

12.986,69

13.708,15

14.309,40

14.790,38

15.632,09

16.113,10

17.043,82

17.348,03

Para el personal con categoría de mozo/a de almacén, incluido en el Grupo IV, los salarios bases grupo en el año 2014 quedan fijados en las siguientes cantidades:

Almacén

Salario 2014

Getafe

12.986,69

Mejorada

12.986,69

Arroyomolinos

12.986,69

Dos Hermanas

12.746,18

Jaén

12.746,18

Cádiz

14.309,40

Asturias

12.986,69

Orihuela

12.986,69

Manises

12.986,69

Mallen

13.227,17

Villanubla

13.587,91

Antequera

13.708,15

Tarragona

12.986,69

Santiago

14.309,40

Miranda

14.309,40

Mérida

14.309,40

Sabadell

14.790,37

San Antonio

14.790,37

Para el resto de conceptos del convenio en el año 2014, queda fijado en los siguientes importes:

Antigüedad: 192,41.

Inventarios: 20,44.

Bolsa de vacaciones: 16,83.

Dietas: 21,66.

Mediadieta: 10,82.

Se faculta a Doña María Maneiro Prieto y a Doña Begoña Reinoso Medina para que realicen las gestiones y trámites precisos en orden al depósito, registro, y publicación de lo aquí acordado, y en prueba de conformidad con cuanto antecede firman el presente acto los miembros de la comisión paritaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/01/2014
  • Fecha de publicación: 07/02/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 11 de abril de 2013 (Ref. BOE-A-2013-4393).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Establecimientos comerciales

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