Está Vd. en

Documento BOE-A-2012-14177

Resolución de 5 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Actuaciones ambientales en término municipal de San Clemente, Cuenca.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 17 de noviembre de 2012, páginas 80272 a 80278 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-14177

TEXTO ORIGINAL

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero (Ley de Evaluación de Impacto Ambiental), prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

El proyecto Actuaciones ambientales en término municipal de San Clemente (Cuenca), se encuentra encuadrado en el artículo 3.2, apartado b, que incluye los proyectos públicos o privados no incluidos en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.

El proyecto tiene por objeto conservar y mejorar el entorno natural del término municipal de San Clemente, posibilitando entre los visitantes un mejor conocimiento del medio natural.

Las actuaciones se centran en tres zonas:

Acondicionamiento de la zona próxima a la Ermita de Rus.

Restauración del Puente Molino Blanco.

Acondicionamiento de la Casa Forestal como Aula de la Naturaleza. Situada en el monte de propiedad municipal n.º 222, denominado Pinar Nuevo.

El marco geográfico donde se desarrollará la actuación se localiza en la comarca de La Mancha Baja Conquense en el término municipal de San Clemente, al sur de la provincia de Cuenca.

El promotor y órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

2. Tramitación y consultas.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe, con fecha 6 de abril de 2011, la documentación ambiental relativa al proyecto, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la Sección 1.ª del Capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Con fecha 26 de mayo de 2011 se inició el periodo de consultas a organismos y entidades. En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la documentación ambiental:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

X

Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

X

Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Dirección General de Turismo y Artesanía de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Dirección General de Áreas Protegidas y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Dirección General de Política Forestal de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

X

Facultad de Ciencias del Medio Ambiente de la Universidad de Castilla-La Mancha

Unidad de Paisaje y Medio Ambiente de la Universidad Politécnica de Castilla-La Mancha

Subdelegación del Gobierno en Cuenca

Diputación Provincial de Cuenca

Ayuntamiento de San Clemente

SEO/Birdlife

El contenido ambiental más significativo de las respuestas recibidas a las consultas realizadas es el siguiente:

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino informa que el Molino del Puente Blanco se encuentra en la Zona de Especial Protección para las Aves ES0000390 Área Esteparia de San Clemente. Además hay hábitats de interés comunitario en la zona de la ermita de Rus y en la zona de la Casa Forestal. Concluye estimando que el proyecto no tendrá repercusiones significativas sobre Red Natura 2000 y recomienda que se tomen medidas para garantizar la integridad del medio fluvial, la protección de los hábitats de interés comunitario, ubicación adecuada de las zonas auxiliares, utilización de caminos existentes, realización de una prospección faunística con especial atención a la presencia de nidos de cernícalo primilla, limpieza de la zona de obras y elaboración de un programa de vigilancia ambiental.

Desde la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se reciben varios informes de los que se concluye que el proyecto es compatible con los recursos naturales presentes en la zona. No obstante instan a la consideración de cuestiones como garantizar la integridad del medio fluvial, calidad de las aguas, vertidos, gestión de residuos, medidas para protección de los hábitats comunitarios, respeto a especies arbóreas asociadas a los cauces, ubicación de instalaciones auxiliares y zonas de acopio, medidas para minimizar la afección a la fauna como la realización de una prospección faunística y realización de las actuaciones fuera del periodo de reproducción de las especies protegidas, características de los vallados perimetrales, integración paisajística de las infraestructuras, plantaciones de especies forestales autóctonas, control de los trabajos a ejecutar por las agentes medioambientales, medidas de prevención en materia de incendios forestales, medidas de restauración posterior de los terrenos afectados por las obras y elaboración de un programa de vigilancia ambiental para el seguimiento de la aplicación de las medidas ambientales y evaluación de su eficacia. La Dirección de Obra, mediante escrito de 5 de octubre de 2011, comunica a la entonces Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental que asumirá la totalidad de las medidas correctoras propuestas por la Comunidad Autónoma.

La Administración cultural autonómica, a través de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación Ciencia y Cultura de Cuenca, informa que el Puente del Molino Blanco, localizado en el río Rus, es un bien patrimonial catalogado en la carta arqueológica del municipio de San Clemente y que el 24 noviembre de 2010 se autorizaron trabajos de control y seguimiento arqueológico de las obras de restauración de dicho puente. Por ello, el documento ambiental deberá incorporar el referido proyecto de restauración y la consiguiente autorización de control y seguimiento arqueológico de las obras de ejecución. También indican la existencia de posibles impactos ambientales significativos en el yacimiento arqueológico de Rus, catalogado en la Carta Arqueológica con el código 07161990006. Dicho yacimiento está incluido en el Ámbito de Protección arqueológica A.62 Cerro de la Sala definido en el planeamiento urbanístico de San Clemente. Vista la alta susceptibilidad patrimonial de la zona debe de valorarse preventivamente las posibles afecciones del proyecto, la viabilidad de algunas actuaciones y las medidas correctoras que se estimen necesarias. Por ello, en aplicación del artículo 21 de la Ley 4/1990, de Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha, el promotor debe realizar antes de la ejecución de las obras un estudio de valoración de afecciones al Patrimonio Histórico.

3. Análisis según los criterios del anexo III.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la Sección 1.ª del Capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, según los criterios del anexo III.

Características del proyecto. El proyecto de actuación se desarrolla en tres enclaves distintos dentro del término municipal de San Clemente.

En el puente del Molino Blanco sobre el río Rus, a cuatro km aguas arriba de la localidad de San Clemente, se realizarán las operaciones de limpieza, restauración y consolidación del puente. La redacción del proyecto ha sido realizada por una empresa especializada en la materia, debido a que el puente es un elemento inventariado en la Carta Arqueológica regional.

En la Ermita de Rus se va a intervenir en cinco zonas de la siguiente manera:

La zona 1 se localiza nada más acceder por el puente a la derecha y en una superficie aproximada de 6.050 m2. Se llevará a cabo una limpieza y explanación para la posterior plantación de 18 pies de chopos, 18 álamos, 17 fresnos y 17 sauces. Posteriormente se realizará una instalación de riego localizado con una red de tuberías de distribución de 615 m de tubería de 32 mm, en zanja de 40 cm, 10 m de tubería de PVC de diámetro exterior 90 mm y 250 m de tubería de 16 mm. que incluirá la instalación 280 goteros autocompensantes El número de goteros para las especies arbóreas será de 4.

En la zona 2, a la izquierda nada más acceder por el puente, se instalarán bancos rústicos, mesas picnic, marquesina informativa, señales, dos barbacoas cerradas. Asimismo, se acondicionarán dos zonas de estancia para menores en las que se colocará un bordillo de madera de pino tratada en el perímetro para delimitar la zona, y se dotarán de diversos columpios y demás mobiliario de ocio infantil.

En la zona 3 en el camino de acceso a la Ermita se construirá un edificio destinado a aseos con una superficie de 56,57 m2, e instalaciones valladas de saneamiento y depuración (conducciones y estación depuradora biológica) con un cercado perimetral de 25 m de cercado de 2,00 m de altura. En la estación depuradora de aguas residuales se plantarán 50 pies de ciprés de Leyland. La instalación de línea eléctrica se realizará desde un poste de baja tensión de la línea existente que abastece a los distintos edificios de la zona de la Ermita, enterrada durante 40 m hasta el edificio del aseo. Para dotar a los aseos de una red de agua, se realizará una toma desde la fuente más próxima. Se realizará una plantación en el límite de la zona con el cauce del río Rus consistente en 3 pies de chopo, 3 pies de álamo 3 pies de fresno 2 pies de sauce, 20 pies de majuelo o espino albar y 20 pies de rosal silvestre. Para el contenedor de la recogida de basuras se realizarán 4 protecciones de muro.

Para la zona 4 se instalarán 4 bancos rústicos, 20 mesas picnic, 3 barbacoas, un contenedor de recogida de basuras, se instalará 60 m aproximadamente de valla o talanquera de madera rústica para delimitar la zona e impedir el paso de vehículos, se acondicionarán dos zonas de estancia para menores con mobiliario de ocio infantil.

Zona 5. Se realizará una reposición de marras de 70 pies de olivo en dos zonas a los lados del camino de acceso al palomar desde la Ermita.

Por último, la casa forestal que fue construida en el año 1965, y que servía como punto base para el retén de vigilancia y extinción de incendios de Protección Civil se va a adecuar para uso didáctico como Aula de Naturaleza.

Ubicación del proyecto:

Espacios Red Natura. En el término municipal de San Clemente se encuentra la Zona de Especial Protección para las Aves ES0000390 Área Esteparia de San Clemente su importancia radica en una buena representación del conjunto de especies de aves típicamente esteparias, destacando las colonias de cernícalo primilla (la más importante de la provincia de Cuenca) y las zonas de pastizales y eriales ocupadas por pteróclidos reproductores (ganga y ortega).

Hábitats de interés comunitario. Hay presencia de los hábitats 92A0 Bosques galería de «Salix alba» y «Populus alba» y 6420 Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas de «Molinion-Holoschoenion», asociados al río Rus en la zona del Puente del Molino Viejo. En la zona de la casa Forestal hay presencia de 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga y 9340 Bosques de «Quercus ilex» y «Quercus rotundifolia».

Elementos integrantes del patrimonio cultural. En el ámbito del proyecto se encuentran dos elementos integrantes del patrimonio cultural que se encuentran catalogados en la carta arqueológica del municipio de San Clemente:

Yacimiento arqueológico de Rus catalogado con el código 07161990006, está incluido en el ámbito de protección arqueológica A.62 Cerro de la Sala y definido en el planeamiento urbanístico de San Clemente como suelo de protección del patrimonio arqueológico.

Puente del Molino Blanco, localizado en el río Rus.

Entre otros elementos de interés se encuentra el Monte de Régimen Especial denominado Pinar Nuevo.

Características del potencial impacto. Con carácter general, el promotor adopta medidas para minimizar los impactos asociados a este tipo de obras tales como: delimitar la zona de trabajo antes del comienzo de las obras, determinar una zona que posea escaso valor ambiental para el acopio de materiales y medios auxiliares, medidas atenuantes de la contaminación sonora y atmosférica, delimitar una zona para el acopio de los residuos generados en la obra, señalando y separando en todo momento los distintos tipos de residuos que pudieran producirse.

Uno de los potenciales impactos se producirá sobre la fauna que verá modificado levemente su hábitat y su comportamiento, y que provocará su desplazamiento debido a la presencia de maquinaria en la zona y las distintas actividades que se llevarán a cabo en la zona.

Respecto al patrimonio natural, el informe de la Dirección General de Evaluación Ambiental remitido por el promotor, indica que el uso recreativo que se propone en el documento se desarrolla en el Monte de Régimen Especial denominado Pinar Nuevo.

En lo que respecta al patrimonio cultural y a la vista de la contestación remitida por el Servicio de Patrimonio Cultural de Cuenca se ha podido deducir la existencia de posibles impactos ambientales significativos, en el yacimiento arqueológico de Rus catalogado en la Carta Arqueológica con el código 07161990006. Dicho yacimiento está incluido en el ámbito de protección arqueológica A.62 Cerro de la Sala y definido en el planeamiento urbanístico de San Clemente como suelo de protección del patrimonio arqueológico. Por ello se ha realizado un estudio de valoraciones de afecciones al patrimonio cultural cuyos resultados han motivado la resolución del Servicio de Patrimonio Cultural de Cuenca en el que queda condicionada la realización de la obra civil al control y seguimiento arqueológico diario, directo y permanente de todos los movimientos de tierra por parte de arqueólogo expresamente autorizado. En la zona 5 se deberá llevar a cabo una caracterización estratigráfica y arqueológica al objeto de su adecuada documentación y delimitación y para su exclusión, si procede, de cualquier obra de remoción. Por último, incluye condiciones respecto a las instalaciones e infraestructuras previstas.

El Servicio de Patrimonio Cultural de Cuenca, respecto a la actuación prevista en Puente del Molino Blanco, localizado en el río Rus, informa que se trata de un bien patrimonial catalogado en la carta arqueológica del municipio de San Clemente y que con fecha 24 noviembre de 2010 se autorizaron trabajos de control y seguimiento arqueológico de las obras de restauración de dicho puente que deberán incorporarse al proyecto de restauración con la consiguiente autorización de control y seguimiento arqueológico de las obras de ejecución.

El promotor ha asumido las medidas propuestas por la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental de la Consejería de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.

El informe remitido por la entonces Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino recomienda que, en la prospección faunística que se realizará con carácter previo al inicio de las obras, se deberá prestar especial atención a la presencia de nidos de cernícalo primilla. Respecto a la protección de las aguas superficiales y subterráneas indica que se dispongan balsas de retención, desbaste y decantación y que se estudie la construcción de barreras de sedimentos. Todos los anteriores constituyen aspectos concretos y de detalle de las medidas sugeridas por la Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental de la Consejería de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, ya expuestas en el apartado 2, tramitación y consultas, de la presente resolución, que han sido asumidas por el promotor.

La realización del proyecto queda condicionada a la resolución emitida por el Servicio de Patrimonio Cultural de Cuenca y concretamente, las actuaciones en la zona 5 están condicionadas a la caracterización estratigráfica y arqueológica de la zona, siendo dicha administración cultural quien deba autorizar expresamente las medidas de control y conservación pertinentes.

Por último, el promotor deberá elaborar un plan de vigilancia ambiental para el seguimiento de las medidas planteadas y la evaluación de su grado de eficacia.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, no es previsible que el proyecto Actuaciones ambientales en término municipal de San Clemente (Cuenca), cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente Resolución, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

Esta Resolución se hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (www.magrama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se notifica al promotor y al órgano sustantivo, haciendo constar que se podrá formular, potestativamente y con carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo, requerimiento para la anulación o revocación de la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo 44, en relación con el 46.6, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde la fecha en que se notifique la presente Resolución. Dicho requerimiento previo se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, esta Dirección General no se pronunciase expresamente.

Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, o a aquel en que se notifique el acuerdo sobre el requerimiento previo o el mismo deba entenderse rechazado por ausencia de resolución expresa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1.m) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 5 de noviembre de 2012.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid