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Documento BOE-A-2011-7030

Resolución de 1 de abril de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión de las tablas salariales del Convenio colectivo de Logifruit, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 93, de 19 de abril de 2011, páginas 40298 a 40299 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-7030
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/04/01/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión de las tablas salariales del Convenio Colectivo de la empresa Logifruit, S.L. (código de Convenio número 90100372012011) que fue suscrito con fecha 8 de febrero de 2011, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en su representación, y de otra por los designados por los Comités de empresa y Delegados de personal, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de abril de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE LA REUNIÓN ORDINARIA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL I CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA LOGIFRUIT, S.L.

En Madrid, a 8 de febrero de 2011, y en los locales de FIA-UGT se reúne la Comisión Mixta del I Convenio Colectivo de la Empresa Logifruit integrada por FIA-UGT, FITEQA-CCOO, CGT y Logifruit, S.L., con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el capítulo cuarto, Política Salarial, y en el capítulo quinto, Jornada Laboral, Vacaciones y Formación:

1. Se procede a la revisión de las tablas salariales que después de efectuados los cambios correspondientes, quedan como sigue:

De acuerdo con los artículos 21 y 29 del Convenio Colectivo de la Empresa Logifruit, Sociedad Limitada, se constata que el IPC Real establecido por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y registrado a 31 de diciembre de 2010, respecto al 31 de diciembre de 2009, alcanza un incremento del 3%, lo cual produce revisión de la base de cálculo de los salarios, según dicho incremento, mejoras y otros aumentos recogidos en esos capítulos.

Dicha revisión tendrá efectos de 1 de enero de 2011.

Tablas actualizadas para el 2011

(euros)

Grupo

Plus transporte

SMG

Total

Total

Nocturnidad

H. Extra

P. Disp.

I

1.396,72

12.884,00

14.280,72

1,03

12,42

57,57

II

1.560,83

13.988,69

15.549,52

1,12

13,51

63,29

III

1.623,95

15.860,19

17.484,15

1,29

14.70

69,18

IV

1.636,58

19.798,11

21.434,69

 

 

 

V

1.907,23

23.140,17

25.047,40

 

 

 

VI

2.285,95

30,122,88

32.408,84

 

 

 

2. Y sin más asuntos que tratar y de común acuerdo, se expide la presente acta, que es firmada por los representantes de los trabajadores.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/04/2011
  • Fecha de publicación: 19/04/2011
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 21 de febrero de 2011 (Ref. BOE-A-2011-4453).
Materias
  • Arrendamientos
  • Convenios colectivos
  • Envases

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