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Documento BOE-A-2011-5811

Resolución de 15 de marzo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial de todos los conceptos económicos del Convenio colectivo estatal de elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio para el ejercicio 2010 y las tablas provisionales del año 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 2011, páginas 33615 a 33619 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-5811
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/03/15/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial de todos los conceptos económicos del Convenio Colectivo estatal de elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio para el ejercicio 2010 y las tablas provisionales del año 2011, (Código de Convenio n.º 99008685011994), que fue suscrito con fecha 1 de marzo de 2011, de una parte por la Asociación empresarial Prodelivery en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO y UGT en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de marzo de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Revisión salarial de todos los conceptos económicos de Convenio colectivo estatal de elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio para el ejercicio 2010 y las tablas provisionales del año 2011

Por UGT:

José Francisco Pizarro Aguilar.

Oscar García Pérez.

Javier Jiménez de Eugenio (asesor).

Santos Nogales (asesor).

Cesar Galiano (asesor).

Por CC.OO.:

Toni García.

Pilar Segovia.

Juan Carlos Mayo.

Juan Martín (asesor).

Por Prodelivery:

Carmen López.

Jesús Palencia.

Daniel Macho (asesor).

Manuel de los Mozos (asesor).

Eduardo Ortega (asesor).

En Madrid, siendo las 16,30 horas del día 1 de marzo de 2011, se reúnen las partes reseñadas en el encabezamiento del presente escrito, en su condición de Comisión Negociadora del vigente Convenio Colectivo Estatal de Elaboradores de Productos Cocinados para su Venta a Domicilio, adoptando los siguientes acuerdos:

1.º En cumplimiento de lo desarrollado en el Anexo de Condiciones Económicas de la citada norma colectiva, se procede a la firma de las tablas salariales definitivas para el ejercicio de 2010 en la forma y modo establecida en la misma. En su consecuencia, las tablas salariales y demás conceptos económicos correspondientes al ejercicio de 2010 son los que se recogen en anexo a la presente Acta, aplicando el incremento previsto y que equivale al I.P.C. real del ejercicio –3 %–.

Del mismo modo y por lo que respecta a la revisión salarial como consecuencia de las diferencias existentes entre el incremento a cuenta establecido para ese ejercicio –1,3 %– y el finalmente aplicable –3 %–, es decir, 1,7 %, se abonará a los trabajadores con efectos retroactivos en la forma y modo en que igualmente se recoge en el citado Anexo de Condiciones Económicas del Convenio Colectivo. Es decir, con efectos del mes de octubre de 2010, inclusive.

2.º Por último se procede a la firma de las tablas salariales provisionales para el ejercicio de 2011 en la forma referenciada en el repetido Anexo de Condiciones Económicas del Convenio. En atención a ello, las tablas salariales provisionales y demás conceptos económicos correspondientes al 2011 son los que se recogen en anexo a la presente acta, aplicando el incremento a cuenta previsto, concretamente el 1%, sobre las tablas y resto de conceptos económicos definitivos del ejercicio 2010.

3.º La Comisión Negociadora autoriza expresamente a D. Eduardo Ortega y a Dña. Tamara González Ruiz para que lleve a cabo los trámites de presentación, registro y solicitud de posterior publicación de la presente Acta ante la Autoridad Laboral competente.

Y sin más asuntos que tratar y ratificándose cada representación en el contenido íntegro de este escrito, lo firman en la ciudad y fecha que se indican en el encabezamiento.

Tablas definitivas 2010 (3%)

Tabla salarial del Área de Producción y tiendas

Grupo I

Salario base hora

P.P.P extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Plus responsabilidad

Referencia
Salario anual

Encargado de Establecimiento

6,1686

1,0749

0,2699

0,6953

-

44,7140

14.742,7882

Subencargado de Establecimiento

5,3635

0,9347

0,2347

0,6046

-

44,7140

12.818,7562

Jefe de equipo Obrador

5,3635

0,9347

0,2347

0,6046

-

44,7140

12.818,7562

Jefe de Almacén

5,3635

0,9347

0,2347

0,6046

-

44,7140

12.818,7562

GRUPO II

Salario base hora

P.P.P extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Salario anual

Oficial Delivery

4,8783

0,8501

0,2134

0,5499

0,8462

11.659,1051

Oficial Obrador

4,8783

0,8501

0,2134

0,5499

0,8462

11.659,1051

Oficial Mecánico

4,8783

0,8501

0,2134

0,5499

0,8462

11.659,1051

Oficial Almacén

4,8783

0,8501

0,2134

0,5499

0,8462

11.659,1051

GRUPO III

Salario base hora

P.P.P extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Salario anual

Repartidor

3,8738

0,6751

0,1695

0,4366

0,6720

9.258,3438

Auxiliar de Tienda

3,8738

0,6751

0,1695

0,4366

0,6720

9.258,3438

Ayudante Obrador

3,8738

0,6751

0,1695

0,4366

0,6720

9.258,3438

Ayudante Delivery/Ayudante Cocinero

3,8738

0,6751

0,1695

0,4366

0,6720

9.258,3438

Ayudante Mecánico

3,8738

0,6751

0,1695

0,4366

0,6720

9.258,3438

Conductor

3,8738

0,6751

0,1695

0,4366

0,6720

9.258,3438

Mozo de Almacén

3,8738

0,6751

0,1695

0,4366

0,6720

9.258,3438

Tabla salarial del Área de Oficinas

Grupo I

Salario base hora

P.P.P extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Salario anual

Jefe Administrativo de 2.ª

5,4300

0,9462

0,2376

0,6121

-

12.977,6604

Jefe Administrativo de 1.ª

5,6632

0,9869

0,2478

0,6383

-

13.534,9601

Titulado Grado Medio

5,8385

1,0174

0,2554

0,6581

-

13.954,0042

Titulado Superior

6,9478

1,2107

0,3040

0,7831

-

16.605,1403

Director

6,9478

1,2107

0,3040

0,7831

-

16.605,1403

Grupo II

Salario base hora

P.P.P extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Salario anual

Auxiliar Administrativo

3,7953

0,6614

0,1660

0,4278

0,6584

9.070,8238

Oficial Administrativo de 2.ª

4,9625

0,8648

0,2171

0,5594

0,8608

11.860,2989

Oficial Administrativo de 1.ª

5,0793

0,8851

0,2222

0,5725

0,8811

12.139,5174

Otros conceptos

Tablas definitivas
-
2010

Dietas euros/día (art. 11)

27,7084

Ropa de trabajo (art. 44) euros/mes

5,0424

Gastos de vehículo propio (art. 46).

 

Dirección efectuada en población de más 500.000 habitantes y áreas metropolitanas reconocidas

0,3860

Dirección efectuada en poblaciones de más 250.000 habitantes y menos de 500.000

0,3531

Dirección efectuada en poblaciones de menos de 250.000 habitantes

0,2793

Retribución por quebranto de moneda euros/pedido (art. 42)

0,1315

Ayuda transporte (art. 43 ) euros/mes por 11 meses

100,8800

Plus de gestión euros/mes (art. 41)

35,9453

Plus repartidor mensual (art. 38)

38,5714

Plus repartidor (art. 38)

0,2577

Salario base hora a efectos de plus repartidor

5,1549

Kilometrajes (art. 11)

0,2409

Tablas provisionales 2011 (1%)

Tabla salarial del Área de Producción y tiendas

Grupo I

Salario base hora

P.P.P extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Plus responsabilidad

Referencia
Salario anual

Encargado de Establecimiento

6,2302

1,0857

0,2726

0,7023

-

45,1611

14.890,2161

Subencargado de Establecimiento

5,4172

0,9440

0,2370

0,6106

-

45,1611

12.946,9438

Jefe de equipo Obrador

5,4172

0,9440

0,2370

0,6106

-

45,1611

12.946,9438

Jafe de Almacen

5,4172

0,9440

0,2370

0,6106

-

45,1611

12.946,9438

Grupo II

Salario base hora

P.P.P extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Salario anual

Oficial Delivery

4,9271

0,8586

0,2156

0,5554

0,8547

11.775,6962

Oficial Obrador

4,9271

0,8586

0,2156

0,5554

0,8547

11.775,6962

Oficial Mecánico

4,9271

0,8586

0,2156

0,5554

0,8547

11.775,6962

Oficial Almacén

4,9271

0,8586

0,2156

0,5554

0,8547

11.775,6962

Grupo III

Salario base hora

P.P.P extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Salario anual

Repartidor

3,9125

0,6818

0,1712

0,4410

0,6787

9.350,9272

Auxiliar de Tienda

3,9125

0,6818

0,1712

0,4410

0,6787

9.350,9272

Ayudante Obrador

3,9125

0,6818

0,1712

0,4410

0,6787

9.350,9272

Ayudante Delivery/Ayudante Cocinero

3,9125

0,6818

0,1712

0,4410

0,6787

9.350,9272

Ayudante Mecánico

3,9125

0,6818

0,1712

0,4410

0,6787

9.350,9272

Conductor

3,9125

0,6818

0,1712

0,4410

0,6787

9.350,9272

Mozo de Almacén

3,9125

0,6818

0,1712

0,4410

0,6787

9.350,9272

Tabla salarial del Área de Oficinas

Grupo I

Salario base hora

P.P.P extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Salario anual

Jefe Administrativo de 2. ª

5,4843

0,9557

0,2399

0,6182

-

13.107,4370

Jefe Administrativo de 1.ª

5,7198

0,9967

0,2502

0,6447

-

13.670,3097

Titulado Grado Medio

5,8969

1,0276

0,2580

0,6647

-

14.093,5442

Titulado Superior

7,0173

1,2228

0,3070

0,7910

-

16.771,1917

Director

7,0173

1,2228

0,3070

0,7910

-

16.771,1917

Grupo II

Salario base hora

P.P.P extras

Descanso legal

P.P. vacaciones

Hora nocturna

Salario anual

Auxiliar Administrativo

3,8333

0,6680

0,1677

0,4321

0,6650

9.161,5321

Oficial Administrativo de 2. ª

5,0121

0,8734

0,2193

0,5649

0,8695

11.978,9019

Oficial Administrativo de 1. ª

5,1301

0,8940

0,2244

0,5782

0,8899

12.260,9126

Otros conceptos

Provisionales
2011 al 1%

Dietas euros/día (art. 11)

27,9855

Ropa de trabajo ( art. 44) euros/mes

5,0928

Gastos de vehículo propio (art. 46).

 

Dirección efectuada en poblacion de más 500.000 habitantes y áreas metropolitanas reconocidas

0,3898

Dirección efectuada en poblaciones de más 250.000 habitantes y menos de 500.000

0,3566

Dirección efectuada en poblaciones de menos de 250.000 habitantes

0,2821

Retribución por quebranto de moneda euros/pedido (art. 42)

0,1328

Ayuda transporte (art. 43 ) euros/mes por 11 meses

101,8888

Plus de gestión euros/mes (art. 41)

36,3048

Plus repartidor mensual (art. 38)

38,9571

Plus repartidor (art. 38)

0,2603

Salario base hora a efectos de plus repartidor

5,2065

Kilometrajes (art. 11)

0,2433

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/03/2011
  • Fecha de publicación: 31/03/2011
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 2 de febrero de 2010 (Ref. BOE-A-2010-2474).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Platos preparados
  • Productos cocinados
  • Venta

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