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Documento BOE-A-2011-3390

Resolución de 4 de febrero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta por la que se aprueban las tablas salariales para el 2011 del Convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 2011, páginas 19946 a 19947 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-3390
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/02/04/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de 18 de enero de 2011, en la que se aprueban las tablas salariales para el 2011 del Convenio Colectivo Estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares, (código de Convenio número 99000355011982) publicado en el Boletín Oficial del Estado de 14 de marzo de 2008, acta que fue suscrita por la Comisión Mixta de interpretación de dicho convenio, en la que están integradas las organizaciones empresariales FEIGRAF y AFCO, y las sindicales FES-UGT y FSC-CCOO, firmantes del convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.—Ordenar la inscripción de la citada acta de revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta.

Segundo.—Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de febrero de 2011.—El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Acta 1/2011

Acta correspondiente a la reunion de la Comision Mixta de Interpretación del convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares.

Asistentes:

Representación de los trabajadores:

FES - UGT

FSC – CCOO.

Representación de los empresarios:

FEIGRAF

AFCO

En Madrid, a las 10,00 horas del día 18 de enero de 2011, se reúne, previa convocatoria, en la calle Rufino González número 23 bis, de Madrid, la Comisión Mixta del Convenio Colectivo Estatal de Artes Gráficas, Manipulados de Papel, Manipulados de Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares, los representantes de los trabajadores y de los empresarios al margen reseñados.

Actúan como Secretarios de Actas: Manuel Fernández Balanza y José Antonio Pompa Garayzábal.

Abierta la sesión, se procede a calcular y aprobar las tablas salariales correspondientes al año 2011, previa actualización de las tablas de 2010, habiendo sido el IPC del año 2010 el 3 por 100, más 0,25 previsto en el articulado del Convenio Colectivo. La tabla es la siguiente:

Estructura salarial convenio colectivo a partir de 1 de enero de 2011

Nivel
salarial

Salario
base

Paga
verano

Paga
navidad

Paga
beneficios

Complemento
lineal

Total Bruto
año

1,00

21.778,27

1.789,99

1.789,99

2.028,66

4.257,21

31.644,12

2,00

17.310,94

1.422,82

1.422,82

1.612,53

4.257,21

26.026,32

3,00

16.752,53

1.376,92

1.376,92

1.560,51

4.257,21

25.324,09

4,00

15.635,68

1.285,12

1.285,12

1.456,47

4.257,21

23.919,60

5,00

14.518,86

1.193,33

1.193,33

1.352,44

4.257,21

22.515,17

6,00

13.402,02

1.101,54

1.101,54

1.248,41

4.257,21

21.110,72

7,00

12.843,61

1.055,64

1.055,64

1.196,39

4.257,21

20.408,49

8,00

12.285,18

1.009,74

1.009,74

1.144,37

4.257,21

19.706,24

9,00

11.726,77

963,84

963,84

1.092,36

4.257,21

19.004,02

10,00

11.168,35

917,95

917,95

1.040,34

4.257,21

18.301,80

11,00

10.609,93

872,05

872,05

988,32

4.257,21

17.599,56

12,00

10.051,52

826,15

826,15

936,31

4.257,21

16.897,34

13,00

9.493,09

780,25

780,25

884,29

4.257,21

16.195,09

14,00

9.102,21

748,13

748,13

847,88

4.257,21

15.703,56

15,00

8.655,47

711,41

711,41

806,26

4.257,21

15.141,76

16,00

8.208,73

674,69

674,69

764,65

4.257,21

14.579,97

17,00

7.817,85

642,56

642,56

728,24

4.257,21

14.088,42

18,00

7.482,80

615,02

615,02

697,03

4.257,21

13.667,08

19,00

7.147,74

587,49

587,49

665,82

4.257,21

13.245,75

No habiendo mas asuntos que tratar, siendo las 10.30 horas del día de la fecha, se levanta la sesión de la que se extiende el presente acta; acordando las partes realizar las gestiones correspondientes para la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Secretarios de Actas

Representación Sindical Representación Empresarial

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/02/2011
  • Fecha de publicación: 21/02/2011
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • con art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 29 de febrero de 2008 (Ref. BOE-A-2008-4983).
Materias
  • Artes Gráficas
  • Convenios colectivos
  • Industria papelera

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