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Documento BOE-A-2011-2478

Resolución de 25 de enero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la prórroga y revisión salarial del Convenio colectivo para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 8 de febrero de 2011, páginas 13571 a 13572 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-2478
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/01/25/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de prórroga y revisión salarial del Convenio colectivo para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición, Código de convenio n.º 99016925012009 (publicado en el BOE de 27-1-2009) que fue suscrita con fecha 9 de diciembre de 2010, de una parte por la Asociación de Empresas de Marketing Operacional en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos UGT y CC.OO en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de enero de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Acta de acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición

Asistentes:

Por la representación empresarial:

D. Francisco Martí Vendrel.

D. Carlos de Garnica Casanova.

D. José Luis Palomo Martín.

D. Juan Hormaechea Argós.

D. Eduardo Garvín Fernández.

D. Juan Carlos Brihuega García.

D. Jorge Tato Varela.

D. Alfonso Bayarri Folch.

D. Antonio Gómez (Asesor).

Por la representación social:

D. Santos Nogales Aguilar (UGT).

D. Luisa Ávila González (UGT).

D. Enrique Estévez Ortega (UGT).

D. Juan Luis Callealta Alonso (UGT).

D. Toni García (CCOO).

Dña. Eva María López López (CCOO).

Dña. Emilia Outomuro Fernández (CCOO).

Dña. Susana González Jiménez (CCOO).

Dña. Marian Ríos Gómez (CCOO).

En, Madrid a 9 de diciembre de 2010, en los locales del SIMA, en su sede de la calle San Bernardo, 20, 5.ª planta siendo las 12:00 horas se inicia la reunión convocada para el día de hoy, asistiendo las personas reseñadas al margen.

La reunión tiene por objeto la formalización y firma del texto Convenio Colectivo Nacional para las Empresas dedicadas a los Servicios de Campo para Actividades de Reposición.

En consecuencia, ambas partes acuerdan expresamente mantener la vigencia íntegra del texto del convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para las actividades de reposición, procediéndose a la revisión de las tablas salariares que supondrán un incremento del equivalente al 4 % para el año 2011 y un 3,5 % aplicable a los ejercicios 2012 y 2013 respectivamente; conforme a las tablas que se reseñan en el Anexo I.

Se pacta igualmente que a los efectos del Grupo I, y exclusivamente para este colectivo, la base de negociación salarial para el año 2014 será de 12.000 €.

En coherencia con lo anteriormente reseñado, la vigencia del convenio se amplía hasta el 31 de diciembre de 2013. Igualmente quedan anuladas y sin efecto, expresamente, las referencias a los incrementos salariales contenidos en el art. 23 del texto del convenio colectivo.

Lo acordado sobre vigencia del convenio y revisión salarial anula y sustituye cualquier acuerdo anterior contenido en el convenio colectivo.

Leído dicho texto y considerado de conformidad por los miembros de la Comisión Negociadora, se procede a su firma en este acto, remitiéndose lo actuado, por parte del representante de esta Comisión Negociadora a la Dirección General de Trabajo, a los efectos de depósito, registro y publicación. A tal efecto, se autoriza expresamente por ambas partes a Dña. Oria Martínez Bengoechea, con D.N.I. 2899218-E.

No habiendo ruegos ni preguntas y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 14:30 horas del día anteriormente señalado.

Y para que conste y surta efectos donde proceda, se firma la presente acta certificando el contenido de la misma.

ANEXO I
Tablas salariales del convenio colectivo nacional de empresas de servicios de campo para actividades de reposición

2011

Grupos profesionales

Salario Base

Plus transporte

Total mensual

P.P. Pagas

Total anual

Grupo I

707,028

97,625

804,653

117,838

11.069,895

Grupo II

754,471

97,625

852,096

125,745

11.734,091

Grupo III

804,760

97,625

902,385

134,127

12.438,140

Grupo IV

858,066

97,625

955,691

143,011

13.184,423

2012

Grupos profesionales

Salario Base

Plus transporte

Total mensual

P.P. Pagas

Total anual

Grupo I

734,703

97,625

832,328

122,450

11.457,342

Grupo II

783,806

97,625

881,431

130,634

12.144,784

Grupo III

835,855

97,625

933,480

139,309

12.873,475

Grupo IV

891,027

97,625

988,652

148,505

13.645,878

2013

Grupos profesionales

Salario Base

Plus transporte

Total mensual

P.P. Pagas

Total anual

Grupo I

763,346

97,625

860,971

127,224

11.858,348

Grupo II

814,168

97,625

911,793

135,695

12.569,852

Grupo III

868,039

97,625

965,664

144,673

13.324,047

Grupo IV

925,142

97,625

1022,767

154,190

14.123,484

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 25/01/2011
  • Fecha de publicación: 08/02/2011
  • Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013.
Referencias anteriores
  • PRORROGA y MODIFICA lo indicado en el art. 23 del Convenio publicado por Resolución de 13 de enero de 2009 (Ref. BOE-A-2009-1348).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Almacenes
  • Convenios colectivos
  • Establecimientos comerciales
  • Mercancías

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