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Documento BOE-A-2011-15207

Orden PRE/2569/2011, de 16 de septiembre, por la que se amplía el plazo de concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con las víctimas de la guerra civil y del franquismo, convocadas por Orden PRE/809/2011, de 4 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 27 de septiembre de 2011, páginas 101924 a 101924 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2011-15207

TEXTO ORIGINAL

El 7 de abril de 2011 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden PRE/809/2011, de 4 de abril, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con las víctimas de la guerra civil y del franquismo para el año 2011, cuyo fin es el otorgamiento de ayudas a los proyectos que atiendan al objetivo de la recuperación de la memoria histórica y a la dignificación de las víctimas de la guerra civil y del franquismo. En su artículo 12, apartado 3, se dispone que el plazo máximo para dictar y notificar la resolución definitiva del procedimiento será de seis meses, que habrán de computarse a partir del día siguiente al de la publicación de la mencionada Orden.

Debido a la complejidad de la tramitación de este procedimiento y al alto número de solicitudes recibidas, se prevé la imposibilidad de resolver el procedimiento en el plazo citado, por lo que, en aplicación de lo previsto en los artículos 42.6 y 49 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace necesario una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes.

En su virtud, dispongo:

Primero.

El plazo máximo para la resolución de la convocatoria prevista en la Orden PRE/809/2011, de 4 de abril, por la que se convoca la concesión de subvenciones destinadas a actividades relacionadas con las víctimas de la guerra civil y del franquismo, se amplía en dos meses adicionales a contar desde el día 8 de octubre de 2011.

Segundo.

Mediante la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Orden quedan notificadas todas las entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 16 de septiembre de 2011.–El Ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui Atondo.

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