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Documento BOE-A-2010-7495

Orden EDU/1194/2010, de 5 de abril, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Educere.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 10 de mayo de 2010, páginas 41405 a 41406 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2010-7495

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Juan Antonio Ojeda Ortiz, solicitando la inscripción de la Fundación Educere en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Federación Española de Religiosos de Enseñanza-Titulares de Centros Católicos (Fere-Ceca), en Valladolid, el 2 de marzo de 2010, según consta en la escritura otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Valladolid don Luis Ramos Torres, con el número 352 de orden de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en Valladolid, calle de Montes y Martín Baró, número 5-Bajo, Código Postal 47008, y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación incorporados a la escritura pública de constitución figuran como fines de la Fundación los siguientes: Tiene una finalidad eminentemente educativa, consistente en impulsar el desarrollo de la formación integral y de calidad, desde una concepción cristiana de la persona, de la vida y del Mundo, promoviendo la apertura a la trascendencia de los educandos, a partir de una metodología activa, creativa y participativa.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente el patronato queda constituido por: Presidente, don José Rodríguez Pacheco. Vicepresidente, don José Ignacio Rodríguez Álvarez. Vocales, don Antonio Miguel Guerra Pardo, doña María Nieves Alonso León, doña Elena Amparo Vidales López, don Manuel Fernández Chaguaceda, don José Luis Ampudia Caballero, don Juan Manuel Buján García, don Xosé Francisco Martínez Reboiras, don José Antonio Solorzano Pérez, doña María Begoña Morán Fernández, doña María del Pilar Linde Cirujano, doña Rosario Hernangómez Barahona y doña María del Socorro Sánchez Matín.

En la escritura de constitución y en documentos privados con firma legitimada por notario consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

– El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

– La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

– El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

– La Orden EDU/24/2010, de 13 de enero, por la que se modifica la Orden EDU/2164/2009, de 29 de julio sobre delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en la Subsecretaria las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo. Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero. Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Educere en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Educere, de ámbito estatal, con domicilio en Valladolid, calle de Montes y Martín Baró, número 5-Bajo, código postal 47008, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 5 de abril de 2010.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/24/2010, de 13 de enero), la Subsecretaria de Educación, Mercedes López Revilla.

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