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Documento BOE-A-2008-10425

Orden ESD/1741/2008, de 5 de junio, por la que se fijan las cuotas por servicios y actividades de carácter complementario en los centros docentes españoles en Francia, Italia, Marruecos, Portugal, Reino Unido y Colombia, durante el curso 2008/2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 18 de junio de 2008, páginas 27745 a 27746 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-10425
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2008/06/05/esd1741

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1027/93, de 25 de Junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, en su artículo 18.3, establece que los alumnos, tanto españoles como extranjeros, de los centros docentes españoles en el extranjero, abonarán por servicios, enseñanzas y actividades de carácter complementario cuotas que serán determinadas por este Ministerio, y en el artículo 19 que este Departamento podrá establecer o autorizar un régimen específico de ayudas para el pago de las aportaciones económicas mencionadas en el artículo anterior. A tal fin, y por la prestación de servicios y actividades de carácter complementario en los centros españoles en Francia, Italia, Marruecos, Portugal, Reino Unido y Colombia, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Los alumnos, tanto españoles como extranjeros, abonarán en el curso 2008/09, por servicios y actividades de carácter complementario, las cuotas siguientes:

Francia

Centro: Liceo Español «Luis Buñuel» de París

Seguro Escolar (ESO, Bachillerato y C. Internacional): 9,00 euros/curso.

Visita Médica (ESO, Bachillerato y C. Internacional): 15,00 euros/curso. Actividades extraescolares (Comercio Internacional): 40,00 euros/curso. Actividades extraescolares (ESO y Bachillerato): 50,00 euros/curso El pago único por la totalidad, se efectuará mediante cheque, en el mes de Septiembre de 2008.

Centro: Colegio «Federico García Lorca» de París

Seguro Escolar complementario: 12,00 euros/curso. Piscina: 15,50 euros/curso. El pago único por la totalidad, se efectuará mediante cheque, en el mes de Septiembre de 2008.

Italia

Centro: Liceo Español «Cervantes» de Roma

Cuota: 250,00 euros/curso.

El pago único por la totalidad se efectuará mediante transferencia bancaria en el mes de Mayo de 2008. Como régimen específico de ayudas para el pago de estas cuotas, en el caso de alumnos con buen rendimiento académico y buen comportamiento y en los casos que se dé la circunstancia de necesidad económica y/o tengan hermanos en el Centro, el Consejero de Educación, a propuesta del Consejo Escolar del Centro, o en caso de no existir, a propuesta del Director del mismo, podrá autorizar una reducción de cuotas no superior al 10 % de los alumnos matriculados en el centro. No existirá ningún tipo de reducción para la Educación Infantil.

Marruecos

Centro: Instituto Español «Melchor de Jovellanos» de Alhucemas

Cuota: 2.525 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Juan Ramón Jiménez» de Casablanca

Cuota: 4.050 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Lope de Vega» de Nador

Cuota: 2.525 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Severo Ochoa» de Tanger

Cuota: 2.525 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Juan de la Cierva» de Tetuán

Cuota: 2.525 dirhams/curso.

Centro: Instituto Español «Nuestra Señora del Pilar» de Tetuán

Cuota: 2.525 dirhams/curso.

Centro: Colegio Español «Luis Vives» de Larache

Cuota: 2.525 dirhams/curso.

Centro: Colegio Español de Rabat

Cuota: 4.050 dirhams/curso.

Centro: Colegio Español «Ramón y Cajal» de Tanger

Cuota: 2.525 dirhams/curso.

Centro: Colegio Español «Jacinto Benavente» de Tetuán

Cuota: 2.525 dirhams/curso.

El pago se efectuará en dos períodos (primera quincena de Julio de 2008 y durante el mes de Enero de 2009), en efectivo o mediante transferencia. Como régimen específico de ayudas para el pago de estas cuotas, se establece el siguiente:

a) Reducción automática del 30 % al segundo hermano inscrito en el centro y del 50 % para los siguientes hermanos.

b) Exención o reducción a los alumnos que ingresaron en el sistema educativo español cuando las condiciones económicas de acceso eran diferentes de las actuales o a aquellos que ingresaron posteriormente y que por circunstancias familiares sobrevenidas hayan visto modificado sensiblemente el nivel económico familiar.

Entre aquellos alumnos que acrediten buen rendimiento académico e insuficiencia de recursos económicos, el Consejero de Educación, a propuesta del Consejo Escolar del Centro, o en caso de no existir, a propuesta del Director del mismo, podrá autorizar una exención o reducción de cuotas no superior al 10 % de los alumnos matriculados en el centro.

Portugal

Centro: Instituto Español «Giner de los Ríos» de Lisboa

Cuota: 65,00 euros/curso.

El pago se efectuará mediante transferencia bancaria en el mes de septiembre de 2008.

Reino Unido

Centro: Instituto Español «Vicente Cañada Blanch» de Londres

Cuota: 105 libras/curso.

El pago se efectuará en efectivo, por cheque o mediante transferencia en un solo plazo en el mes de Julio de 2008.

Colombia

Centro: Centro Cultural y Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá

Cuotas: Educación Infantil y Primaria (1.º a 3.º): 2.973.000 pesos/curso.

Educación Primaria (4.º a 6.º), Secundaria Obligatoria y Bachillerato: 872.000 pesos/curso.

El pago mensual se efectuará en efectivo o mediante cheque, en los diez primeros días de cada mes (10 meses, de Septiembre de 2008 a Junio de 2009).

Segundo.-Las cuotas por los servicios de transporte y comedor escolar, en aquellos centros en los que existan, serán determinados por la Consejería de Educación respectiva y en los países donde no exista, por el Director del centro, de acuerdo con el coste real del servicio y el número de usuarios.

Madrid, 5 de junio de 2008.-La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P. D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 05/06/2008
  • Fecha de publicación: 18/06/2008
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 18.3 y 19 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio (Ref. BOE-A-1993-20613).
Materias
  • Centros de enseñanza españoles en el extranjero
  • Colombia
  • Educación
  • Enseñanza
  • Francia
  • Italia
  • Marruecos
  • Portugal
  • Precios
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

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