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Documento BOE-A-2008-10426

Resolución de 5 de junio de 2008, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación, por la que se convoca la fase nacional del IX Concurso Hispanoamericano de Ortografía del año 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 18 de junio de 2008, páginas 27746 a 27748 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2008-10426

TEXTO ORIGINAL

Dentro del conjunto de actuaciones que el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte lleva a cabo para mejorar la calidad de la enseñanza, se ha considerado oportuno que España participe en el IX Concurso Hispanoamericano de Ortografía. El Ministerio de Educación, Política y Deporte, consciente de la relevancia e importancia de la vertiente escrita de la lengua, la ortografía, base de una correcta escritura, ha considerado necesario potenciar su estudio y conocimiento, promoviendo esta iniciativa en colaboración con las Comunidades Autónomas y los centros docentes. Por todo ello, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte convoca para el año 2008 la fase nacional del IX Concurso Hispanoamericano de Ortografía, destinado a alumnos que cursen estudios de Bachillerato. En su virtud, he resuelto:

Primero.-Se convoca la fase nacional del IX Concurso Hispanoamericano de Ortografía.

Segundo.-Podrán participar los alumnos españoles matriculados durante el curso 2008/2009 en segundo curso de Bachillerato. Tercero.-1. Se concederá un premio a los dos primeros clasificados, con la siguiente dotación:

Primer premio: 1.500 euros.

Segundo premio: 900 euros.

2. La dotación de los premios se hará efectiva con cargo al crédito 18.11.324N.482 de los Presupuestos Generales del Estado para 2008.

3. El concursante que resulte clasificado en primer lugar representará a España en la fase final del Concurso Hispanoamericano de Ortografía. En su defecto, intervendrá el concursante clasificado en segundo lugar.

Cuarto.-1. El concurso se desarrollará en tres niveles sucesivos: Primera fase: Centro docente.

Segunda fase: En el ámbito de comunidad autónoma, dirección provincial del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte o consejería de educación en el exterior. Tercera fase: Nacional.

2. En la fase de centro docente, cada centro previamente inscrito ante el Servicio de Inspección de la correspondiente comunidad autónoma o dirección provincial del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, o en la consejería de educación en el exterior, actuará con autonomía para realizar las pruebas que, a juicio del jurado constituido en el centro, se consideren más convenientes para escoger al alumno que demuestre mayor y mejor conocimiento de la ortografía. Dicho Jurado estará compuesto como mínimo por dos profesores del nivel académico de los candidatos.

Posteriormente el centro docente comunicará a la correspondiente consejería de educación de su comunidad autónoma, dirección provincial del Ministerio de Educación Política Social y Deporte o consejerías de educación en el exterior, el nombre del alumno ganador, inscribiéndole para participar en la siguiente fase del concurso. 3. En la segunda fase, las comunidades autónomas, direcciones provinciales y consejerías de educación en el exterior en las que se hayan inscrito participantes, constituirán un jurado y organizarán el concurso en su respectivo ámbito de actuación. La instancia educativa que determinen las comunidades autónomas, direcciones provinciales o consejerías de educación en el exterior, a su vez inscribirán el candidato que haya resultado seleccionado en esta fase para participar en la fase nacional. Para ello, cumplimentarán el modelo que se incluye como anexo a esta Resolución y lo enviarán, antes del 25 de octubre de 2008, al Servicio de Actividades de Alumnos, de la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa, c / Torrelaguna 58, 28027 Madrid.

Quinto.-El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte fijará la fecha y el lugar en el que se celebrarán las pruebas de la fase nacional del concurso y lo comunicará a las distintas instancias y candidatos con suficiente antelación. En todo caso, dichas pruebas tendrán lugar en el mes de noviembre de 2008.

Sexto.-1. Para la selección de los participantes en la fase nacional se constituirá un Jurado de Selección que respetará la composición paritaria de acuerdo con lo establecido en la Orden PRE/525/2005, de 7 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se adoptan medidas para favorecer la igualdad entre mujeres y hombres. Dicho jurado será nombrado por la Secretaria de Estado de Educación y Formación, y estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Un Académico de la Real Academia Española.

Vocales: La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial. Un representante del Gabinete de la Secretaría de Estado de Educación y Formación. Dos catedráticos, profesores o inspectores de Lengua y Literatura o Latín. Secretaria: La Subdirectora General de Becas y Promoción Educativa.

2. El Jurado propondrá a los candidatos frases y/o palabras con nivel progresivo de dificultad ortográfica, resultando clasificados para rondas sucesivas los aspirantes que las escriban correctamente, hasta llegar a determinar al primer y segundo clasificados en la competición.

3. El Jurado de selección ajustará su actuación a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptimo.-1. El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte sufragará los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención en su caso, de cada alumno candidato que concurra a la fase nacional así como los de su profesor acompañante.

2. Asimismo, inscribirá al alumno ganador de esta fase para su participación en la final del Concurso Hispanoamericano de Ortografía, cuyos gastos de estancia (alojamiento y manutención) serán sufragados por la organización del concurso. Por su parte, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte se hará cargo de los gastos de desplazamiento tanto del alumno clasificado para la final como de su profesor acompañante, cubriendo asimismo los gastos de estancia de este último y de una póliza de seguro de viaje para ambos. 3. Los gastos incluidos en los apartados 1 y 2 de esta disposición, serán sufragados con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.482, de los Presupuestos generales del Estado para 2008.

Octavo.-Una vez propuesta la concesión de los premios en régimen de concurrencia competitiva por el Jurado de selección establecido al efecto, la Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial por delegación de la Secretaria de Estado de Educación y Formación contenida en la Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, resolverá la convocatoria antes del 31 de diciembre de 2008, publicándose posteriormente la adjudicación en el Boletín Oficial del Estado.

Noveno.-Se autoriza a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial a dictar aquellas normas que sean necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente Resolución, así como a abonar los gastos que se produzcan, en su caso, como consecuencia del desarrollo de esta actividad. Décimo.-Contra esta Resolución se podrá interponer en el plazo de dos meses recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Asimismo, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Disposición final primera.

En todo lo no dispuesto en esta Resolución serán de aplicación las normas vigentes en materia de subvenciones públicas y en especial, la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

Disposición final segunda.

La presente Resolución producirá sus efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 5 de junio de 2008.-La Secretaria de Estado de Educación y Formación, P.D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), la Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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