Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-6887

Resolución de 16 de marzo de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del Convenio colectivo de la Industria del Calzado.

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 31 de marzo de 2007, páginas 14223 a 14224 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-6887
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2007/03/16/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la Industria del Calzado (Código de Convenio n.º 9900805), publicado en el BOE de 7-10-2005, revisión que fue suscrita, con fecha 21 de febrero de 2007, por la Comisión Paritaria del Convenio, en la que están integradas las organizaciones empresariales FICE y AEC, y las sindicales FIA-UGT y FITEQA-CC.OO, firmantes de dicho Convenio, en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de marzo de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL CALZADO

En Madrid, siendo las 11,00 horas del día 21 de febrero de 2007, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Estatal para las industrias del Calzado, (código de convenio n.º 9900805),con la asistencia de los representantes de las Centrales Sindicales CCOO-FITEQA, UGT-FIA y de la Organizaciones Empresariales FICE y AEC.

FITEQA-CCOO: Carmen Expósito Robles.

Jose Torregrosa Botella. Francisco Fernández Villlodres.

FIA-UGT:

Juan Antonio Maciá Torregrosa.

Carlos de la Riva Llorens. José Mesa Ortega.

FICE-AEC:

Pedro Méndez Reyes.

Alvaro Sánchez Concellón. Rafael Cañada López.

Orden del día

1. Revisión salarial 2006.-De conformidad con el art. 34 apartado 3.1 se procede a la revisión de la Tabla Salarial del segundo año de convenio, a partir del IPC real de 2006 que ha sido del 2,7%, con un incremento final resultante del 2,95%; adjuntándose al acta, como anexo 1.

2. Envío para su Registro y publicación en el BOE.-Finalmente, la Comisión acuerda remitir la documentación a la Dirección General de Trabajo, para su registro y publicación en el BOE.

ANEXO I

Convenio del Calzado. Revisión salarial (1.3.06/28.2.07), regularizada al 2,95%.

Tabla I.-Personal con retribución mensual o diaria (extras aparte). Tabla II.-Personal con retribución mensual o diaria (todo incluido)

Revisión anual (1.3.06/28.2.07)

Salario anual (Tablas I y II)

Salario mes (Tabla I)

Salario día (Tabla I)

Salario mes (Tabla II)

Salario día (Tabla II)

Hora Prima (Tabla II)

Grupo I.-Personal Técnico Titulado

Ingenieros y Licenciados

149.75

22,023.53

1,573.11

51.82

1,835.29

60.34

Ingenieros Técnicos y Analistas Diplomados

137.45

20,214.38

1,443.88

47.56

1,684.53

55.38

Graduados Sociales y A.T.S.,

137.45

20,214.38

1,443.88

47.56

1,684.53

55.38

Personal Técnico no Titulado

Encargado General Fabricación

137.42

20,210.55

1,443.61

47.55

1,684.21

55.37

Encargado Depto. y Técnico Org.

133.80

19,678.04

1,405.57

46.30

1,639.84

53.91

Encargado Sector, Programador y Modelista

120.19

17,676.45

1,262.60

41.59

1,473.04

48.43

Patronista

110.15

16,199.79

1,157.13

38.12

1,349.98

44.38

Encargado de Sección y Cronometrador

102.19

15,028.60

1,073.47

35.36

1,252.38

41.17

Subencargado de Sección

89.74

13,198.84

942.77

31.06

1,099.90

36.16

Grupo II.-Empleados Mercantiles

Jefe de Compras y Ventas

133.10

19,574.63

1,398.19

46.06

1,631.22

53.63

Agente de Compras y Viajantes

108.50

15,957.73

1,139.84

37.55

1,329.81

43.72

Oficial de ventas

107.37

15,791.72

1,127.98

37.16

1,315.98

43.27

Dependiente

80.45

11,831.81

845.13

27.84

985.98

32.42

Personal Administrativo

Jefe de Sección

124.58

18,322.27

1,308.73

43.11

1,526.86

50.20

Jefe de Negociado

119.55

17,581.78

1,255.84

41.37

1,465.15

48.17

Oficial de Primera

102.19

15,028.60

1,073.47

35.36

1,252.38

41.17

Oficial de Segunda

93.54

13,757.60

982.69

32.37

1,146.47

37.69

Auxiliar y Telefonista

81.27

11,952.52

853.75

28.12

996.04

32.75

Grupo IV.-Oficios varios

Conductor Transportista y Maestro de Mesilla

92.89

13,662.08

975.86

32.15

1,138.51

37.43

Encargado de Almacén y Listero

87.53

12,873.57

919.54

30.29

1,072.80

35.27

Almacenero y Chofer Distribuidor

85.55

12,582.40

898.74

29.61

1,048.53

34.47

Vigilante y Pesador

79.06

11,627.88

830.56

27.36

968.99

31.86

Ordenanza, Portero y Mozo de Almacén

78.70

11,574.17

826.73

27.23

964.51

31.71

Empleados de Limpieza

76.64

11,272.06

805.15

26.52

939.34

30.88

Grupo III.-Fabricación

Nivel 5.

85.61

12,591.25

899.38

29.63

1,049.27

34.50

7.00

Nivel 4.

82.69

12,160.76

868.63

28.61

1,013.40

33.32

6.76

Nivel 3.

79.76

11,730.27

837.88

27.60

977.52

32.14

6.52

Nivel 2.

78.56

11,554.02

825.29

27.19

962.84

31.65

6.42

Nivel 1.

77.74

11,433.17

816.66

26.90

952.76

31.32

6.35

T. en formación (y para el 100% de jornada)

Aprendices 2.º año

70.70

10,398.62

742.76

24.47

866.55

28.49

Aprendices 1.er año

58.92

8,665.52

618.97

20.39

722.13

23.74

Aspirante 2.º año

58.22

8,562.83

611.63

20.15

713.57

23.46

Botones 2.º año (*)

-

7,572.60

540.90

17.82

631.05

20.75

Aspirantes y Botones 1.er año (*)

-

7,572.60

540.90

17.82

631.05

20.75

(*) El salario para estas categorías, desde el 1.1.2007, será de

7,988.40

570.60

18.80

665.70

21.89

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/03/2007
  • Fecha de publicación: 31/03/2007
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 26 de septiembre de 2005 (Ref. BOE-A-2005-16680).
Materias
  • Calzado
  • Convenios colectivos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid