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Documento BOE-A-2005-9556

Orden MAM/1691/2005, de 26 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la Escala de Agentes Medioambientales de Parques Nacionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2005, páginas 19499 a 19503 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2005-9556

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 121/2005, de 4 de febrero, Boletín Oficial del Estado del 8, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2005, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso a la Escala de Agentes Medioambientales de Parques Nacionales. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, (Boletín Oficial del Estado núm. 48 de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 15 plazas de la Escala de Agentes Medioambientales de Parques Nacionales, Código 5000, por promoción interna.

La distribución geográfica de las plazas convocadas es la siguiente:

Trece plazas para el ámbito geográfico de la Península e Islas Baleares.

Dos plazas para el ámbito geográfico de las Islas Canarias.

Los aspirantes sólo podrán participar por uno de estos dos ámbitos geográficos.

El ámbito geográfico elegido por cada opositor en su solicitud de admisión a las pruebas conllevará, en caso de resultar aprobado, que habrá de obtener destino necesariamente dentro de dicho ámbito geográfico.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Requisito de pertenencia a Cuerpo

Los aspirantes deberán pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo D y estar además destinados en la Administración General del Estado.

5. Requisito de antigüedad

Los aspirantes deberán haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo D.

6. Titulación

Los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachiller-LOGSE, Bachillerato Unificado Polivalente, Formación Profesional de segundo grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

Aquellos funcionarios del Grupo D que carezcan de la titulación requerida, podrán participar en este proceso selectivo siempre que tengan una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. También podrán participar aquellos funcionarios que, careciendo de la titulación exigida, no alcancen los diez años mencionados siempre que acrediten al menos cinco años y hayan superado el curso específico a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

7. Solicitudes

7.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Medio Ambiente, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet: www.map.es/servicios_al_ciudadano/empleo_publico/procesos_selectivos

7.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Sra Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV y se presentará en soporte papel.

8. Tribunal

8.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como Anexo III a esta convocatoria.

8.2 Los Tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 8.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfono 91.597.56.74, dirección de correo electrónico weboposiciones@mma.es.

9. Desarrollo del proceso selectivo

9.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «F», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria General para la Administración Pública de 10 de enero de 2005 (Boletín Oficial del Estado del 17).

9.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página Web http://www.mma.es/info_ciud/rrhh/index.htm. 9.3 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para presentar la documentación a que se refiere la base duodécima, apartado 1, de las Bases Comunes; así como copias de los títulos o diplomas de cursos de formación y perfeccionamiento realizados y relacionados con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.

10. Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 26 de mayo de 2005.-P. D. (Orden MAM/224/2005, de 28 de enero, Boletín Oficial del Estado de 10 de febrero), la Subsecretaria, Concepción Toquero Plaza.

Sres. Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente, Presidente del Tribunal Calificador y Director del Centro responsable del curso selectivo.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.-Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas sobre las materias del Temario General y del Temario Específico, que figuran en el Anexo II de esta convocatoria. Cada pregunta tendrá cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Las contestaciones erróneas podrán ser valoradas negativamente, a juicio del Tribunal calificador.

El tiempo para la realización de este ejercicio no podrá exceder de 40 minutos. Se calificará este primer ejercicio con un máximo de 50 puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio. La puntuación mínima que se establezca resultará de la puntuación transformada que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Segundo ejercicio.-Los aspirantes deberán realizar por escrito dos supuestos prácticos, desglosado cada uno de ellos en un máximo de 10 preguntas, ambos relacionados con el temario específico del programa. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas. Se calificará con hasta un máximo de 25 puntos por cada uno de los supuestos. La calificación máxima del ejercicio será de 50 puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio. La puntuación mínima que se establezca resultará de la puntuación transformada que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Tercer ejercicio.-Consistirá en una prueba voluntaria, sobre uno, dos o los tres siguientes idiomas: Inglés. Francés. Alemán. El examen será oral, con una duración de 15 minutos por cada idioma. Esta prueba se calificará otorgando dos puntos por idioma, con un máximo de seis puntos. Los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en las provincias de Madrid o Santa Cruz de Tenerife, según el ámbito geográfico escogido. La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso:

Esta fase no tiene carácter eliminatorio y en ella se valorarán como méritos los siguientes conceptos: Antigüedad del funcionario por número de años de servicio prestados en cualquier Administración Pública y que tenga reconocidos, a efectos de trienios, en cuerpos, escalas, plaza, categoría o empleo de Grupo D.

Grado personal que se tenga consolidado y reconocido o conservado en el Cuerpo o Escala desde el que se participa en estas pruebas selectivas. Nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado y en los Órganos Constitucionales. A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del grupo D. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia para el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales, y a los funcionarios en la situación de servicios especiales, con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado y Órganos Constitucionales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en Órganos Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto. Cursos de formación y perfeccionamiento realizados en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento de funcionarios, como en cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta convocatoria.

Estas valoraciones estarán referidas a la fecha de publicación de la convocatoria.

La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:

Antigüedad: Por cada año completo de servicios 0,5 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.

Grado personal: Se otorgará hasta un máximo de 4 puntos, distribuidos de la forma siguiente:

Grado personal igual o superior al 18: 4 puntos.

Grado personal igual al 17: 3,5 puntos. Grado personal igual al 16: 3 puntos. Grado personal igual al 15: 2,5 puntos. Grado personal igual al 14: 2 puntos. Grado personal igual al 13: 1,5 puntos. Grado personal igual o inferior al 12: 1 punto.

Nivel de complemento de destino: Se otorgará la siguiente puntuación:

Niveles 12 y 13: 2 puntos.

Niveles 14 y 15: 3 puntos. Niveles 16 o superior: 4 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

Cursos de formación y perfeccionamiento realizados: Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos. La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

3. El curso selectivo consistirá en un periodo de formación de carácter teórico-práctico, organizado por la Subsecretaría del Departamento cuya duración máxima será de dos semanas.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez superadas las fases de oposición y concurso, será de dos meses a partir de la terminación del plazo a que se refiere la base decimotercera, apartado 2, de las Bases Comunes. El calendario, programa y normas internas que hayan de regularlo, serán establecidas oportunamente por la Subsecretaría del Departamento. La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría. Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas selectivas deberán ser autorizados por el Subsecretario del Departamento en que presten sus servicios para asistir al curso selectivo. La calificación del curso selectivo será otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de la Comisión de Valoración, nombrada a tal efecto por la citada Subsecretaría. La Comisión de Valoración dispondrá de un plazo de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la finalización del curso selectivo, para facilitar las notas del curso selectivo a la Subsecretaria del Departamento. La calificación máxima del curso selectivo será de 20 puntos. La Comisión de Valoración fijará la puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio. La puntuación mínima que se establezca resultará de la puntuación transformada que se derive de los baremos que fije la Comisión de Valoración. En el curso selectivo se valorará la asistencia y participación en las clases, el cumplimiento del horario, la presentación de trabajos, las pruebas individuales o en grupo, la resolución de casos prácticos y la participación en actividades formativas complementarias. Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera de la Escala de Agentes Medioambientales de Parques Nacionales, debiendo reincorporarse a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de la parte práctica del curso selectivo, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, en la de oposición y en el curso selectivo. En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en el segundo y primer ejercicio de la fase de oposición, por este orden.

ANEXO II Programa

Temario general

1. La estructura y composición de la atmósfera. Principales contaminantes y fuentes de contaminación. Normativas, regulaciones y sistemas de control de la contaminación atmosférica. 2. Marco regulador de las aguas en España. La red hidrográfica española. Parámetros definidores de la calidad de las aguas y sistemas de control. Contaminación de aguas y depuración de aguas residuales. Los organismos de cuenca y la gestión del dominio público hidráulico. Las aguas subterráneas y los sistemas acuíferos». 3. Las costas españolas. Características principales. Marco normativo y régimen de regulación. Problemática de gestión. Valor ambiental de las costas. 4. El medio marino español. Principales características. Flora y fauna de los mares españoles. Los sistemas naturales singulares asociados a las islas españolas. Problemática de gestión y conservación del medio marino e insular. 5. La diversidad biológica. Las especies amenazadas. La problemática de la conservación de la flora y fauna. 6. Los espacios naturales protegidos en España. Tipología de espacios naturales protegidos. Régimen jurídico, titularidad, y particularidades de gestión. 7. Los montes en España. Clases de montes, régimen jurídico y titularidad. Los montes públicos. Deslindes, amojonamientos y ocupaciones de montes públicos. 8. La selvicultura y los cuidados culturales de las masas forestales. Técnicas de manejo forestal. Aprovechamientos sostenibles. Restauración ambiental y repoblación forestal. Sanidad forestal. 9. «La caza y la pesca como aprovechamiento sostenible del medio natural. Principales especies cinegéticas españolas. Especies cinegéticas introducidas. Métodos y artes». 10. Los incendios forestales. Causas que los originan, sistemas de prevención y métodos de extinción. Marco jurídico de los incendios forestales. 11. Las vías pecuarias. Marco jurídico y regulación normativa. Valores ambientales y culturales de la Red de vías pecuarias. 12. Humedales españoles. Sistemas fluviales y costeros. Características generales y principales especies. Problemática de conservación. La recuperación de zonas húmedas. 13. Las estepas, pastizales y matorrales españoles. Características generales y principales especies. Problemática de conservación. 14. Los bosques españoles. Tipos de bosques. Características generales y principales especies. Problemática de conservación. 15. Las formaciones naturales de montaña. Los agrosistemas y otros sistemas intervenidos. Características generales y principales especies. Problemática de conservación y gestión. 16. La conservación de la flora y la fauna, y la gestión de los hábitats y las especies. El control de población. Fomento y técnicas de recuperación. Especies singulares de flora y fauna. 17. Áreas naturales españolas de valor ambiental. Principales áreas, situación, perspectivas, y problemática de gestión. 18. Los residuos en España. Clasificación de los residuos. Marco regulador. Las figuras del productor, poseedor y el gestor de residuos. Problemática y tratamiento de residuos urbanos, peligrosos, hospitalarios, y procedentes de estaciones depuradoras. 19. Problemática ambiental derivada de la explotación minera. Vertidos industriales y contaminación de suelos. Control de accidentes con participación de sustancias peligrosas. Control integrado de contaminación. 20. El cambio climático. Situación actual y perspectivas a medio plazo. Posibles consecuencias. Acciones en marcha. 21. La evaluación de impacto ambiental. Fundamentos, conceptos y normativa general española al respecto. 22. «La conservación y gestión de los recursos naturales en el ámbito de las Comunidades Europeas. La Agenda 2000. Las Directivas de Aves y de Hábitats. La política ambiental comunitaria». 23. «La agricultura y la ganadería. Su relación con la conservación del paisaje. El mundo rural».

Temario específico

1. Principales instituciones internacionales, gubernamentales y no gubernamentales, relacionadas con la conservación de la biodiversidad. 2. Historia de los Parques Nacionales. Principales Parques Nacionales. La aportación de los Parques Nacionales a la conservación de la biodiversidad 3. Los Parques Nacionales Españoles. Características generales y singularidades específicas. Criterios de intervención en los parques nacionales. 4. El modelo español de gestión de los Parques Nacionales. Marco jurídico y organización. Órganos de gestión y participación. 5. Planificación de la Red de Parques Nacionales. El Plan Director de la Red de Parques Nacionales. Los Planes Rectores de Uso y Gestión. Los Planes Sectoriales. Los Planes Anuales. 6. Los Parques Nacionales. Ecosistemas incluidos y condicionantes particulares de su gestión. 7. El papel de la guardería en los Parques Nacionales. Orígenes y evolución. Situación actual. 8. La tutela de los valores naturales. Denuncias y procedimientos sancionadores. El Procedimiento General y sus fases. Los Parques Nacionales con especialidades procedimentales. 9. El uso público y la atención a los visitantes. La interpretación ambiental. Los senderos interpretativos y los centros de visitantes. 10. Organización de trabajos en el medio natural. Tratamiento selvícolas. Maquinaria y herramienta forestal. Aplicaciones constructivas al medio natural, materiales y técnicas. 11. Inventariación y seguimiento de recursos naturales. El GPS y los sistemas de información Geográfica como instrumentos para la gestión. 12. La gestión de las especies amenazadas. Los programas de rescate genético. 13. La seguridad en el trabajo en el medio natural. Accidentes, riesgos y primeros auxilios.

ANEXO III Tribunal Calificador

Ámbito geográfico de la Península e Islas Baleares. Sede en Madrid

Tribunal titular:

Presidente: Don Jesús Casas Grande, Cuerpo de Ingenieros de Montes.

Secretario: Doña Teresa Durán Blas, Escala de Gestión de Empleo del INEM. Vocales: Don Alfredo Casares Olmedo, Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. Doña Cristina Toledano García, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM. Doña Marta Coll de la Vega, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Tribunal suplente:

Presidente: Don José Jiménez García-Herrera, Cuerpo de Ingenieros de Montes.

Secretario: Doña Alicia Bejerano Álvarez,, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MIMAM. Vocales: Don Santiago Sánchez Dávila, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA. Doña Lourdes A. Hernando Garcinuño, Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social. Doña Rosa M.ª Hidalgo Berzal, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Ámbito geográfico de las Islas Canarias. Sede en Sta. Cruz de Tenerife

Tribunal titular:

Presidente: Don Manuel Durban Villalonga,, Cuerpo de Ingenieros de Montes.

Secretaria: Doña Sara Gómez Sirgado, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado. Vocales: Doña Lucía Teresa Casado Sáenz, Cuerpo de Ingenieros de Montes. Don Constantino López Graciano, Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. Doña Paloma Sánchez González, Escala de Delineantes de OO.AA del MIMAM.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Ángel Palomares Martínez,, Cuerpo de Ingenieros de Montes

Secretario: Don Ángel Bañares Baudet,, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del M.A.P.A. Vocales: Doña M. Carmen Sánchez Cunqueiro, Escala Técnica de Gestión de OO.AA. Doña Montserrat Noguer Perafita, Escala Administrativa de OO.AA. Don Alfonso Martín-Montalvo Recio, Escala de Titulados Medios Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

El Presidente del Tribunal con sede en Madrid, actuará como coordinador de ambos Tribunales.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Agentes Medioambientales de Parques Nacionales, código 5000». En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se dejará en blanco. En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «P». En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Medio Ambiente, código 00040». En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid» o «Santa Cruz de Tenerife», según el ámbito geográfico elegido. En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que se posee, en virtud de lo señalado en la base 6. En el recuadro 25, apartado A, se consignará el ámbito geográfico elegido por el aspirante, de acuerdo con lo establecido en la base 1; en el apartado B, se consignará el idioma o idiomas elegidos por el aspirante, en virtud de lo establecido en el apartado 1 del Anexo I. El importe de la tasa por derechos de examen será de 6,51 €. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0085/2145/82/0000000079 del Banco Santander Central Hispano a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

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