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Documento BOE-A-2005-9555

Orden MAM/1690/2005, de 26 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2005, páginas 19494 a 19498 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2005-9555

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 121/2005, de 4 de febrero, Boletín Oficial del Estado del 8, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2005, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso al Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, (Boletín Oficial del Estado núm. 48 de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 3 plazas del Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, Código 1429, por el sistema de promoción interna, de las correspondientes al artículo 6 del Real Decreto 121/2005, de 4 de febrero.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I. Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Pertenencia a Cuerpo

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo D y estar además destinados en la Administración General del Estado.

5. Antigüedad

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo D.

6. Titulación

Deberán poseer o estar en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachiller-LOGSE, Bachillerato Unificado Polivalente, Formación Profesional de segundo grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

Aquellos funcionarios del Grupo D que carezcan de la titulación requerida, podrán participar en este proceso selectivo siempre que tengan una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. También podrán participar aquellos funcionarios que, careciendo de la titulación exigida, no alcancen los diez años mencionados siempre que acrediten al menos cinco años y hayan superado el curso específico a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

7. Solicitudes

7.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Medio Ambiente, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet:www.map.es/servicios_al_ciudadano/empleo_publico/procesos_selectivos

7.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Medio Ambiente en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Sra Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante. La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV y se presentará en soporte papel.

8. Tribunal

8.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

8.2 El tribunal de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. 8.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid, teléfono 91.597.56.74, dirección de correo electrónico weboposiciones@mma.es.

9. Desarrollo del proceso selectivo

9.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «F», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria General para la Administración Pública de 10 de enero de 2005 (Boletín Oficial del Estado del 17).

9.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página Web http://www.mma.es/info_ciud/rrhh/index.htm. 9.3 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para presentar la documentación a que se refiere la base duodécima, apartado 1, de las Bases Comunes; así como copias de los títulos o diplomas de cursos de formación y perfeccionamiento realizados y relacionados con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.

10. Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 26 de mayo de 2005.-P. D (Orden MAM/224/2005, de 28 de enero, Boletín Oficial del Estado de 10 de febrero), la Subsecretaria, Concepción Toquero Plaza.

Sres. Subsecretaria del Ministerio de Medio Ambiente, Presidente del Tribunal Calificador y Director del Centro responsable del curso selectivo.

ANEXO I Descripción del proceso selectivo

1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio.-Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con las materias que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un máximo de 60 preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta. Las contestaciones erróneas podrán ser valoradas negativamente por el Tribunal calificador. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. Se calificará este ejercicio con un máximo de 40 puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio. La puntuación mínima que se establezca resultará de la puntuación transformada que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Segundo ejercicio.-Consistirá resolver por escrito un problema o supuesto práctico sobre las materias del temario de Meteorología y otro problema o supuesto práctico sobre las materias del temario de Informática y Comunicaciones, que serán elegidos por el candidato de entre dos de Meteorología y dos de Informática y Comunicaciones propuestos por el Tribunal. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas. La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio. La puntuación mínima que se establezca resultará de la puntuación transformada que se derive de los baremos que fije el Tribunal. Prueba voluntaria de idiomas.-Esta prueba no tiene carácter eliminatorio. Consistirá en efectuar por escrito una traducción directa, sin diccionario, de los idiomas elegidos por el aspirante en su solicitud, hasta un máximo de tres, de entre los siguientes:

Inglés.

Francés. Lenguas Oficiales de Comunidades Autónomas.

Este ejercicio se realizará en una misma sesión y el tiempo para realizarlo será de 30 minutos por cada uno de los idiomas elegidos.

Esta prueba se calificará otorgando hasta un máximo de cinco puntos. Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid. La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso:

Esta fase no tiene carácter eliminatorio y en ella se valorarán como méritos los siguientes conceptos: Antigüedad del funcionario por número de años de servicio prestados en cualquier Administración Pública y que tenga reconocidos, a efectos de trienios, en cuerpos, escalas, plaza, categoría o empleo de Grupo D.

Grado personal que se tenga consolidado y reconocido o conservado en el Cuerpo o Escala desde el que se participa en estas pruebas selectivas. Nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado y en los Órganos Constitucionales. A los funcionarios en comisión de servicio se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado, o si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Grupo D. A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia para el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales, y a los funcionarios en la situación de servicios especiales, con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado y Órganos Constitucionales, el nivel del puesto de trabajo en que les correspondería el reingreso. A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en Órganos Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto. Cursos de formación y perfeccionamiento realizados en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento de funcionarios, como en cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria. Estas valoraciones estarán referidas a la fecha de publicación de la convocatoria. La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:

Antigüedad: Por cada año completo de servicios 0,5 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.

Grado personal: Se otorgará hasta un máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:

Grado personal igual o superior al 18: 4 puntos.

Grado personal igual al 17: 3,5 puntos. Grado personal igual al 16: 3 puntos. Grado personal igual al 15: 2,5 puntos. Grado personal igual al 14: 2 puntos. Grado personal igual al 13: 1,5 puntos. Grado personal igual o inferior al 12: 1 punto.

Nivel de complemento de destino: Se otorgará la siguiente puntuación.

Niveles 12 y 13: 2 puntos.

Niveles 14 y 15: 3 puntos. Niveles 16 y superior: 4 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

Cursos de formación y perfeccionamiento: Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos. La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición. 3. El curso selectivo consistirá en un período de formación de carácter teórico-práctico, organizado por la Subsecretaría de Medio Ambiente, cuya duración máxima será de cuatro meses. El calendario, programa y normas internas que hayan de regularlo, serán establecidas oportunamente por la Subsecretaría del Departamento. Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas selectivas deberán ser autorizados para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios. La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento. El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez superadas las fases de oposición y concurso, será de dos meses a partir de la terminación del plazo a que se refiere la base decimotercera, apartado 2, de las Bases Comunes. El curso se desarrollará en dos períodos. El primer período, que cubrirá, como máximo los tres primeros meses, se dedicará a la formación teórico-práctica especializada en las áreas temáticas relacionadas con las funciones que el personal de este Cuerpo tiene encomendadas. El segundo período, de, como máximo, un mes de duración, consistirá en la rotación (prácticas reales) por puestos de trabajo de las distintas unidades administrativas de la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología cuyas misiones estén relacionadas con la formación especializada impartida. La calificación del curso selectivo será otorgada por la Subsecretaría del Departamento, a propuesta de la Comisión de Valoración, nombrada a tal efecto por la citada Subsecretaría y que estará integrada, entre otros miembros, por profesores y tutores que hayan participado en el curso selectivo. En el plazo de diez días naturales desde la finalización de las prácticas reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la Comisión de Valoración un informe de las actividades desarrolladas. Finalizado este plazo, la Comisión de Valoración dispondrá de 20 días hábiles para facilitar las notas del curso selectivo a la Subsecretaría del Departamento. La calificación máxima del curso selectivo será de 40 puntos. La Comisión de Valoración fijará la puntuación mínima necesaria para superarlo. La puntuación mínima que se establezca resultará de la puntuación transformada que se derive de los baremos que fije la Comisión de Valoración. En el primer período del curso selectivo se valorará la asistencia y participación en las clases, la presentación de trabajos, las pruebas individuales o en grupo, la resolución de casos prácticos y la participación en actividades formativas complementarias. En el segundo período del curso selectivo se valorará el cumplimiento del horario la eficacia y rendimiento en el trabajo, la capacidad de aprendizaje y la adquisición de conocimientos prácticos. Asimismo, y en base al informe de las actividades desarrolladas elaborado por los funcionarios en prácticas, se valorará el contenido y presentación del mismo, así como los comentarios y sugerencias formulados. Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionarios de carrera del Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, debiendo reincorporarse a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, en la de oposición y en el curso selectivo. En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en el segundo y primer ejercicio de la fase de oposición, por este orden.

ANEXO II Programa

Temario de Física

Cinemática y Dinámica:

1. Cinemática: Elementos que integran un movimiento. Movimiento de trayectoria rectilínea. Movimiento circular uniforme. Composición de movimientos. Aplicación a casos particulares: Horizontal y parabólico.

2. La fuerza como interacción: Sus características. Momento lineal e impulso mecánico. Principio de conservación. Leyes de Newton para la dinámica. Fuerzas de fricción en superficies horizontales e inclinadas. Fuerzas elásticas. Dinámica del movimiento circular. 3. Trabajo mecánico y energía. Potencia. Energía debida al movimiento. Teorema de las fuerzas vivas. Energía debida a la posición en el campo gravitatorio. Conservación de la energía mecánica.

Termodinámica:

4. Sistemas y variables termodinámicas. El trabajo en termodinámica. Principios cero y primero de la termodinámica: Temperatura, energía interna y calor. Concepto de entalpía.

5. Leyes de los gases. Hipótesis de Avogadro. Número de Avogadro. Ecuación de estado del gas perfecto.

Temario de Meteorología

1. Composición y estructura de la atmósfera. Composición y cuerpos extraños. Capas de la atmósfera según la distribución vertical de la temperatura del aire. Troposfera. Tropopausa. Alta atmósfera. Ozonosfera e ionosfera. Capas E y F. Zona de Van Allen. Las ventanas de la atmósfera.

2. Intercambios de calor en la atmósfera. Radiación solar. Radiación terrestre. Otros procesos de intercambio de calor. Balance energético de la atmósfera. Efecto de la radiación en la superficie terrestre. Diferencia en la temperatura entre los continentes y los mares. 3. Clasificación de las nubes. Nombres de las nubes. Géneros de las nubes. Altura, altitud y dimensión vertical. Niveles. Definición de los diez géneros de nubes. Identificación de las nubes. 4. Los meteoros. Definición y clasificación. Clasificación de los hidrometeoros. Precipitación. Definición y descripción de los hidrometeoros. Relaciones entre las precipitaciones y los géneros de nubes. Velocidad de caída de las gotas de agua. Deformación de las gotas de lluvia. 5. Temperatura del aire. Principios fundamentales de la medida de la temperatura. Escala Celsius y Fahrenheit de temperatura. Conversión de la temperatura de una escala a otra. Escala Kelvin de temperatura. Procesos físicos empleados en termometría. Principales tipos de termómetros. Medida de la temperatura del aire. Temperatura del aire en superficie. Exposición de los termómetros. Variación diurna de la temperatura del aire en superficie. Variación de la temperatura con la altura. 6. Presión atmosférica. Naturaleza de la presión atmosférica. Unidades de presión atmosférica. Medida de la presión atmosférica. Barómetros de mercurio. Reducción de las lecturas del barómetro de mercurio a las condiciones normales. Barómetros aneroides. Barógrafos. Variación de la presión con la altura. Variación semidiurna de la presión. 7. Humedad del aire. Estados de agregación del agua. El vapor del agua en la atmósfera. Tensión de vapor. Calores latentes. Humedad absoluta y relativa. Punto de rocío. Variación diurna y anual de la humedad. Psicrómetros: higrómetros e higrógrafos. 8. El viento. Principios generales de la medida del viento en superficie: instrumentos de medida. Dirección del viento en superficie: unidades de medida. Intensidad del viento en superficie: unidades de medida. Variaciones del viento en superficie. Variación diurna de la intensidad del viento en superficie. Fuerzas que actúan sobre el aire en movimiento. Viento geostrófico. 9. Vientos locales. Brisa de mar. Brisa de tierra. Viento catabático. Viento anabático. Foehn. Variaciones de temperatura en el curso de formación del foehn. 10. La visibilidad. Visibilidad meteorológica. Definición de visibilidad diurna. Visibilidad nocturna. Instrumentos para medir la visibilidad. Factores que influyen en la visibilidad. Efecto de las precipitaciones. Reducción de la visibilidad por partículas en suspensión. 11. Fenómenos locales violentos. Importancia meteorológica de la noción de escala. Tormentas eléctricas. Formación y evolución de celdas en una tormenta eléctrica. Tipos de tormentas eléctricas. Detección de las tormentas eléctricas. Tornados. Trombas. 12. Elementos del clima. Evolución estacional y anual de temperatura, presión, viento y humedad. Factores del clima. Clasificaciones climáticas: Clasificación de Köppen y de Tornthwaite.

Temario de Ciencias de la Tierra y Medioambientales

1. La dinámica de los sistemas fluidos externos. El origen de la energía externa. El balance hídrico y el ciclo del agua. Clima y tiempo atmosférico. El cambio climático. Riesgos y recursos energéticos asociados a la dinámica externa.

2. La ecosfera: ecosfera, biosfera y ecosistema. Los biomas. Componentes bióticos y abióticos de los ecosistemas. Interrelaciones entre los componentes de un ecosistema. Los ciclos biogeoquímicos. El ecosistema en el tiempo: sucesión, autorregulación y regresión. Biomasa y producción biológica. Recursos derivados. Diversidad. Pérdida de diversidad. 3. Las interfases entre los sistemas terrestres. El suelo. Composición, estructura y textura. Tipos de suelos. Los procesos edafológicos: yacimientos y recursos asociados. Contaminación, erosión y degradación de suelos. Desertización. Las zonas litorales.

Temario de Informática y Comunicaciones

1. Elementos básicos de un ordenador y sus funciones. Sistemas operativos: características y elementos constitutivos. Concepto de bases de datos. 2. Windows 2000 Professional. Introducción. El escritorio de Windows. La barra de tareas. El sistema de archivos. El explorador de Windows. El portapapeles. Ficheros. Búsqueda de objetos. 3. Office: WORD. Configurar página. Formatos. Personalizar: párrafos y columnas. Tablas. Insertar gráficos, imágenes y archivos. 4. Office: EXCEL. Hojas y libro. Formato y tipos de datos. Fórmulas: operadores básicos. Gráficos. Macros. ACCESS. Tablas y relaciones. Formularios. Consultas. Informes. 5. Internet. Origen, evolución y estado actual. Servicios: correo electrónico y FTP. Lenguajes HTML y lenguajes de script.

ANEXO III Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado

Tribunal Calificador

Tribunal titular:

Presidente: Don José Ignacio Miró Casado, Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado.

Secretaria: Doña Susana Alonso Ramos, Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado. Vocales: Don Vicente Carmona Elizalde, Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado. Don José María Pérez Cubiles Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado. Doña M.ª Pilar Jurado Infante, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Antonio Vázquez Sánchez, Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado.

Secretario: Don José Manuel Ramón Montes, Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado. Vocales: Doña Ana Sánchez Piqué, Cuerpo de Diplomados en Meteorología del Estado. Doña Rosario Sanz Fernández-Cuevas, Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado. Doña Rosa M.ª Hidalgo Berzal, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares. En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, código 1429». En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se dejará en blanco. En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «P». En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Medio Ambiente, código 00040». En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria. En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid». En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que se posee, en virtud de lo señalado en la base 6. En el recuadro 25, apartado A, se consignará el idioma o idiomas a que se refiere el apartado 1 del Anexo I. El importe de la tasa por derechos de examen será de 6,51 €. El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0085/2145/82/0000000079 del Banco Santander Central Hispano a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

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