Suscrito el Acuerdo de Encomienda de Gestión por la «Dirección General de Aviación Civil a la Sociedad Estatal para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A., de determinadas tareas para la digitalización e indexación de expedientes del archivo de licencias al personal aeronáutico de la Dirección General de Aviación Civil», y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado, del citado acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 15 de septiembre de 2005.-El Director General. Manuel Bautista Pérez.
ANEXO
Acuerdo de Encomienda de Gestión por la Direccion General de Aviacion Civil a la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S.A. de determinadas tareas para la digitalización e indexación de expedientes del archivo de licencias al personal aeronáutico de la Dirección General de Aviación Civil
Expediente número: 244/E05. En Madrid, a 15 de septiembre de 2005.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Bautista Pérez, Director General de Aviación Civil, nombrado por Real Decreto 1091/2004 de 7 de mayo de 2004, y actuando por delegación de la Ministra de Fomento (Orden FOM/3029/2004, de 21 de septiembre).
Y de otra parte, D. Domingo Ferreiro Picado, actuando en su condición de Presidente de la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A. (en adelante SENASA), en nombre y representación de la entidad SENASA, con CIF número A-79818423, domiciliada en Madrid (28042), Avenida de la Hispanidad n.º 12, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 838, Folio 121, Hoja n.º M-16.835. Intervienen en la representación que ostentan de sus respectivos Organismos, en virtud de los nombramientos que legalmente les fueron conferidos, con el fin de instrumentar la Encomienda de Gestión del epígrafe.
EXPONEN
1.º Que la Dirección General de Aviación Civil (en lo sucesivo DGAC), como Autoridad aeronáutica española, tiene asignadas entre otras atribuciones la concesión de licencias, habilitaciones, autorizaciones o certificados del personal aeronáutico profesional así como la regulación e inspección de las enseñanzas aeronáuticas, la expedición de títulos, el análisis, comprobación, verificación y la gestión de la documentación inherente a dichas atribuciones.
2.º Que las tareas asignadas a la DGAC en materia de concesión de licencias y habilitaciones, autorizaciones o certificados del personal aeronáutico profesional hacen necesaria una gestión ágil de la documentación recogida en los expedientes individualizados del personal objeto de títulos, licencias, habilitaciones, autorizaciones o certificados. En tal sentido se necesitaría que el soporte de la citada documentación, que actualmente está en papel, estuviera en soporte electrónico. El traspaso ordenado de la citada documentación requiere unos medios informáticos y el apoyo de personal técnico especializado, medios de los que aquélla cuenta con una dotación insuficiente para abordar el trabajo previsto, en el primer caso, o de los que simplemente no dispone, en el segundo. 3.º Que la DGAC puede requerir el concurso de Organismos Técnicos competentes para apoyo en la gestión de los programas de optimización de su proceso administrativo, tanto mediante la aportación temporal de medios materiales para realizar determinadas tareas como mediante la realización de las tareas técnicas necesarias de digitalización e indexación de documentos de soporte. 4.º Que SENASA es una sociedad mercantil de carácter estatal cuyo capital pertenece íntegramente a la Dirección General del Patrimonio del Estado, siendo una de las sociedades estatales de acuerdo a lo establecido en el artículo 166.2 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas 33/2003. Se encuentra adscrita funcionalmente al Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de Aviación Civil, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1476/2004, de 18 de junio por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del mismo. 5.º Que por razones de mayor eficacia y no disponiendo de todos los medios idóneos para el ejercicio directo de las tareas asignadas, es propósito de la DGAC encomendar al SENASA las tareas que se enumeran en la cláusula Tercera de este documento.
Y en atención a las circunstancias y fundamentos legales expuestos,
ACUERDAN
De conformidad con lo establecido en la letra l) del artículo 3.1 del TRLCAP, modificado por Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo y lo previsto en el artículo 15 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y teniendo en cuenta los principios generales de colaboración y cooperación que deben presidir las actuaciones de las Administraciones Públicas, en orden a conseguir la mayor eficacia y la mejor utilización de los recursos de que dispone la Administración General del Estado en relación con las tareas que se enumeran en la cláusula Tercera, las partes representadas aprueban el presente documento, cuyo objeto es la «Encomienda de gestión por la Direccion General de Aviacion Civil a la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A. de determinadas tareas para la digitalización e indexación de expedientes del archivo de licencias al personal aeronáutico de la Dirección General de Aviación Civil».
La Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A. (SENASA), se compromete a realizar el objeto de la Encomienda a que se refiere el párrafo anterior con estricta sujeción a lo establecido en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-Las tareas encomendadas a SENASA por la DGAC, según la presente Encomienda, serán:
La identificación de expedientes en papel, cuyo contenido ha de ser digitalizado.
La preparación de los documentos individualizados para su escaneado. El escaneado de cada uno de los documentos de cada expediente. La reconstrucción de cada expediente en papel tal como estaba originalmente. La organización de los documentos escaneados en archivos informáticos estructurados, ordenados, indexados y manejables. La documentación de todas y cada una de las tareas realizadas, con referencia a fecha de realización, trabajo realizado y operador que lo realizó. SENASA deberá incorporar, para el trabajo a realizar, un escáner que complementará los medios de los que dispone la DGAC para este trabajo.
a) Descripción de los medios utilizados en el proyecto: El proyecto se realizará con los recursos técnicos y humanos que se describen a continuación: Recursos Humanos
Jefe de proyecto: esta función será desempeñada por un técnico, cuya función principal será coordinar el proyecto desde el punto de vista técnico y de calidad del producto entregado, así como de la supervisión y control de la correcta implementación y funcionamiento de la herramienta de gestión documental instalada en la Dirección General de Aviación Civil. Se encargará de resolver las incidencias que se presenten en el proceso de digitalización y atenderá las llamadas de los operadores encargados de la digitalización. Otra de sus funciones será la formación tanto a los usuarios de Aviación Civil, como a los operadores. Se estima que será necesaria una dedicación total de 125 horas al precio h/h de 65,80 euros/hora. Operador especializado: persona que se adscribe al proyecto a tiempo completo en jornada laboral de 5 horas de lunes a viernes en turno de mañana. Se estima que será necesaria una dedicación total de 535 horas al precio h/h de 47,78 euros/hora. Operadores: personas que realizan directamente, bajo la supervisión del operador especializado, las diferentes tareas necesarias para la digitalización. Se estima que será necesaria una dedicación total de 1.605 horas al precio h/h de 26,93 euros/hora. Recursos Técnicos:
Se utilizarán los mismos equipos de digitalización y puestos de trabajo que actualmente están destinados a la ejecución del grupo de expedientes inicial, que son: 2 escáneres, uno proporcionado por SENASA y otro de la Dirección General de Aviación Civil.
2 estaciones de trabajo PC, propiedad de la Dirección General de Aviación Civil. Sistema de gestión documental para la indexación de documentos existente en la DGAC. El equipo proporcionado por SENASA será retirado una vez finalizado el proyecto.
b) Plan y metodología de trabajo
El equipo de trabajo estará formado por cuatro operadores a tiempo completo y un jefe de proyecto que se encargará de las tareas que hemos definido en el apartado anterior. La metodología de trabajo será la siguiente: Con el fin de no mezclar la documentación de distintos expedientes, cada operador manejará siempre un solo expediente y no iniciará el proceso en el siguiente hasta que el expediente actual no haya sido digitalizado. De esta forma aseguramos que nunca se mezclarán documentos.
Se realizará un control y un registro de cada expediente tratado en esta fase con los datos de relevancia para su control (nombre número de documentos y fecha en la que fue escaneado). Una vez realizado el proceso de digitalización, los expedientes serán de nuevo colocados en su lugar, en los archivadores que el Servicio de Licencias de Vuelo pondrá a disposición de los operadores. No se podrá ingresar un nuevo documento en un expediente que haya sido digitalizado. Por ello, se deberá establecer un control de diferenciación entre los expedientes digitalizados y los expedientes sin digitalizar.
Segunda.-Los trabajos se realizarán con el máximo cuidado y diligencia con respecto a los intereses de la Administración General del Estado y el personal de SENASA estará obligado a guardar el debido sigilo respecto de los hechos, datos e informaciones que conozca en el curso de la realización de la encomienda de gestión.
Tercera.-En ningún caso la realización de los trabajos objeto de la encomienda de gestión interferirá o menoscabará el ejercicio de las competencias que corresponden a la Administración con arreglo a la legislación de aviación civil. Cuarta.-Conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente Encomienda no implica cesión de titularidad de competencia alguna, correspondiendo la resolución de los recursos y reclamaciones que en su caso se interpongan al Ministerio de Fomento. Ninguna estipulación del encargo podrá interponerse en el sentido que implicare disposición, renuncia o delegación de competencia alguna de la Administración. Quinta.-La Dirección General de Aviación Civil designa como Director de la encomienda, responsable y supervisor de las funciones de dirección y coordinación en la vigilancia y control de la correcta ejecución del trabajo y de su recepción y certificación a D. Constantino Fernández González, Jefe del Area de Informática. Como consecuencia de la comunicación de la encomienda, SENASA designará un representante que deberá mantener las relaciones necesarias con el Director de la encomienda, especialmente en lo concerniente a la presentación de un programa de trabajo, trabajos defectuosos, equipos, modificaciones y eventual suspensión de los trabajos, entrega y recepción de los mismos. Sexta.-SENASA remitirá a la DGAC los correspondientes informes, relativos a los trabajos encargados y pondrá a disposición de la DGAC los expertos descritos para la realización de trabajos concretos. Por otra parte, se establecerá un documento en que se recoja el programa, con sus relaciones de actividades y presupuestos, para los procesos previstos para su ejecución total o parcial en el transcurso del periodo de vigencia de la Encomienda. Séptima.-La DGAC se hará cargo de los costes derivados de las actividades encargadas a SENASA en el marco de la presente Encomienda, por importe de ochenta y nueve mil trescientos treinta y un euros y cincuenta y cuatro céntimos 89.331,54 €, habiéndose cumplido los trámites reglamentarios para asegurar la existencia de crédito para el pago del precio convenido, que se efectuará mediante presentación de facturas por SENASA, para su abono, a cargo de este expediente, conforme se vayan ejecutando las distintas actividades programadas. Octava.-La duración de la Encomienda será desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2005. Novena.-Todos los gastos derivados de la aplicación y ejecución de la presente Encomienda, sin excepción alguna, serán a cargo la Sociedad para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A., sin perjuicio de lo previsto en la cláusula novena. Décima.-El pago se realizará mediante certificaciones que se extenderán contra la presentación por SENASA de las facturas correspondientes a los trabajos realizados, de acuerdo con la determinación del precio. Undécima.-La presente Encomienda es de naturaleza jurídico-administrativa de las previstas en el artículo 3, apartado l), del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, modificado por el artículo trigésimo cuarto 34 del Real Decreto Ley 5/2005, de 11 de marzo, de Reformas urgentes para el impulso a la productividad y para la mejora de la contratación pública, y se regirá por sus propios términos y condiciones, aplicándose subsidiariamente los principios del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, citado, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Las dudas y controversias que puedan surgir en la interpretación y aplicación de esta Encomienda serán resueltas con carácter ejecutivo por el Ministerio de Fomento.
Por la Dirección General de Aviación Civil, el Director General, Manuel Bautista Pérez.-Por la Sociedad Estatal para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A., el Presidente de Senasa, Domingo Ferreiro Picado.
Encomienda de gestión por la DGAC a SENASA en el programa de indexación y digitalización de expedientes del archivo de licencias al personal aeronáutico de la Dirección General de Aviación Civil
Presupuesto: El presupuesto total correspondiente a esta Encomienda es de 77.009,95 € más IVA, al precio h/h que se detalla a continuación. Concepto: Seguimiento y dirección proyecto, Jefe de proyecto, Precio h/h de 65,80 euros/hora: Horas 125, total 8.225,00 €. Coordinación operativa del proyecto, Operador especializado, Precio h/h de 47,78 euros/hora: Horas 535, total 25.562,30 €. Realización operativa del proyecto, 3 Operadores, Precio h/h de 26,93 euros/hora: Horas 535, importe, 14.407,55 €. Horas 535, importe 14.407,55 €. Horas 535, importe 14.407,55 €. Total: 43.222,65 €.
Total resumen:
(Precio h/h de: 65,80 euros) horas 125, total 8.225,00 €.
(Precio h/h de: 47,78 euros) horas 535, total 25.562,30 €. (Precio h/h de: 26,93 euros) horas 1.605, total 43.222,65 €.
Total: 77.009,95 €.
IVA 16%: 12.321,52 €.
Total IVA incluido: 89.331,54 €. Por la Dirección General de Aviación Civil, el Director General, Manuel Bautista Pérez.-Por la Sociedad Estatal para las Enseñanzas Aeronáuticas Civiles, S. A., el Presidente de SENASA, Domingo Ferreiro Picado.
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