En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley
Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades y el
artículo 116 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobados por
Decreto 324/2003 de 25 de noviembre, y con el fin de atender
las necesidades de personal de Administración y Servicios, este
Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas
a dichos artículos, con el fin de fomentar la estabilidad en el
empleo, al amparo de los principios que inspiran los acuerdos
entre la Administración de la Junta de Andalucía y las
Organizaciones Sindicales firmantes sobre empleo público, condiciones
de trabajo y estabilidad en el empleo, y previa negociación con
los representantes de los funcionarios, el excelentísimo señor
Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla acuerda convocar
pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos (Modalidad Ayudante Archivo) de la
Universidad de Sevilla con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Características generales de la convocatoria
1.1 Número de plazas convocadas.-Se convocan pruebas
selectivas para cubrir dos plazas en la Escala de Ayudantes de
Archivos Bibliotecas y Museos (modalidad Ayudante Archivo) de
la Universidad de Sevilla, por el sistema de acceso libre.
1.2 Disposiciones aplicables.-La presente convocatoria se
regirá por lo dispuesto en las bases de la misma, por el Estatuto
de la Universidad de Sevilla, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
y demás disposiciones complementarias de aplicación.
1.3 Sistema de selección turno libre.-El procedimiento de
selección de los aspirantes para el ingreso por el sistema general
libre será el de concurso-oposición.
A) En la fase de concurso se valorarán los servicios prestados
con cargo al capítulo I de los presupuestos de la Universidad de
Sevilla, ya sea como funcionario interino de la Escala de Ayudantes
de Archivos, Bibliotecas y Museos o como contratado laboral con
carácter temporal en la categoría de Técnico de Grado Medio
(Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos). Dichos servicios no
serán estimados en el supuesto de que el aspirante se encuentre
unido a esta Universidad por una relación laboral o funcionarial
de carácter permanente a la fecha de esta convocatoria.
La valoración de los méritos señalados se realizará otorgando
a los aspirantes la puntuación que corresponda según el baremo
específico en el anexo 2 de esta Resolución.
B) En la fase de oposición, los participantes deberán
desarrollar los ejercicios que se especifican en el anexo 2 de esta
Resolución, los cuales serán valorados según los criterios establecidos
en el citado anexo.
1.4 Calificación final.-La calificación final de los aspirantes
se obtendrá mediante la suma de la puntuación obtenida en la
fase de concurso y en la de oposición, de forma tal que el Tribunal
elaborará la relación de seleccionados por orden de puntuación
una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo rebasar éstos el
número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho
cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente
señalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
general del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y
promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo.
En caso de empate, el orden de la relación de aprobados se
establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase
de oposición y en el supuesto de que persistiera el mismo, por
la puntuación obtenida en el primer ejercicio ; de persistir el
empate, se preferirá a continuación la puntuación del segundo y
siguientes ejercicios y en último lugar se atenderá al criterio de la
antigüedad en la Universidad de Sevilla (sin computar a dichos efectos
los límites establecidos en el anexo 2 de esta convocatoria).
Como último criterio de desempate se atenderá al
procedimiento siguiente: ordenación de menor a mayor del número inverso
de los DNI de cada uno de los participantes afectados por el
empate ; sorteo aleatorio de un número de 8 cifras que será el
determinante para el inicio de los desempates.
1.5 Calendario.-Las pruebas selectivas se desarrollarán con
arreglo al siguiente calendario:
Fase de concurso: Las listas que contengan la valoración de
méritos de la fase de concurso se harán públicas antes de la
celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes
del día 1 de septiembre de 2004. La fecha, hora y lugar de
celebración del mismo se fijará en la Resolución del Rectorado de
la Universidad de Sevilla en la que se apruebe la lista de admitidos
y excluidos.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Requisitos generales.-Para ser admitidos a la realización
de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea, a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos
en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la
Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge,
descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de
los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este
último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de
nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados
Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados
por España.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
los sesenta y cinco años.
c) Estar en posesión del título de Diplomado, Ingeniero
Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la
credencial que acredite su homologación.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
2.2 Fecha de cumplimiento de los requisitos.-Todos los
requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse
en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes
y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.
3. Solicitudes
3.1 Modelo de solicitud.-Quienes deseen tomar parte en
estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo
modelo se reproduce en anexo 4, que será facilitada gratuitamente
en el Registro General de la Universidad de Sevilla. A la instancia
se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de
Identidad. Podrá utilizarse dicho modelo fotocopiado siempre y cuando
se presente por cuadruplicado (ejemplar para la Sección de
Selección PAS, para el Interesado, para la Sección Recaudación y para
la Entidad bancaria).
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan
derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del
documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos
que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan
dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada
o promesa de éste de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
3.2 Centros de recepcion de solicitudes.-La solicitudes,
dirigidas en el modelo normalizado que se acompaña al excelentísimo
señor Rector Magnifico de esta Universidad, serán presentadas
en el Registro General de la Universidad de Sevilla o por cualquiera
de los medios admitidos en derecho, en el plazo de veinte días
naturales, contados a partir de su publicación en aquel boletín
oficial (BOE o BOJA) que publique la convocatoria en último lugar.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en
el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
3.3 Justificación de los derechos de examen.-El interesado
deberá justificar el ingreso de los derechos de examen mediante
la cumplimentación y sellado por la Entidad bancaria, a los que
se refiere la base 3.5, de la parte inferior de la solicitud destinada
a tal efecto.
Estarán, no obstante, exentos de la obligación del abono de
tasas de examen los colectivos a que se refiere el artículo 14
de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales,
administrativas y del orden social, en los términos y con las condiciones
que allí se indica. A estos efectos habrán de hacer constar tal
circunstancias en su solicitud de participación (apartado 4.B),
debiendo aportar la justificación pertinente.
La ausencia de justificación de dicho ingreso dará lugar a la
exclusión provisional del solicitante. Dentro del plazo de
reclamaciones o subsanaciones contra la lista de admitidos podrá
realizarse el ingreso y la pertinente justificación de dicho ingreso.
En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono
de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente. La
no presentación de solicitud, aún justificándose el abono de dichos
derechos, dará lugar a la exclusión definitiva del solicitante.
En este caso, el interesado tendrá derecho a la devolución de
las cantidades ingresadas, siempre y cuando así se solicite
aportando datos para la transferencia bancaria correspondiente.
3.4 Certificado fase, concurso turno libre.-Los aspirantes por
el sistema general libre que aleguen méritos para la fase de
concurso, deberán aportar con su instancia, certificación expedida
por el Servicio del P.A.S. de la Universidad donde se haga constar
el tiempo trabajado, la naturaleza de la relación de trabajo y la
cualificación profesional ostentada.
3.5 Derechos de examen.-Los derechos de examen serán de
18 euros y se ingresarán en la cuenta restringida de recaudación
número 0049-2588-71-2114241655 del banco Santander Central
Hispano, en cualquiera de sus oficinas. Forma de pago: 1.
Directamente en las oficinas de la citada Entidad para lo cual deberá
utilizarse exclusivamente el impreso que a tal efecto facilitará la
propia Universidad y que se corresponderá con el modelo de
solicitud de participación a las pruebas. 2. Mediante Transferencia
bancaria, en la que deberá hacer constar obligatoriamente, en
el campo observaciones, nombre y apellidos, número del DNI y
Código 760. El resguardo acreditativo de la misma deberá
acompañarlo a la solicitud de participación a las pruebas.
En ningún caso el abono de los derechos de examen en la
entidad bancaria podrá eximir la obligación de la presentación
de la solicitud en tiempo y forma ante el órgano expresado en
la base 3.2.
3.6 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que
pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio
o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Relación de admitidos y excluidos.-Expirado el plazo de
presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla
dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, en la que,
además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,
se especificará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios,
así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación
de las causas de exclusión.
En dichos listados deberá constar, en todo caso, los apellidos,
nombre y número del DNI.
4.2 Plazo de subsanación.-Los aspirantes excluidos
dispondrán de un plazo de 10 días contados a partir del siguiente de
la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión.
4.3 Devolución de derechos.-De conformidad con lo
establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de
Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas
que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible
por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá
devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos
de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al
interesado.
5. Tribunales
5.1 Composición.-El Tribunal calificador, presidido por el
Rector, estará constituido por cinco miembros de la Universidad
de Sevilla o de otras Universidades Andaluzas nombrados por
aquél de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente. La
composición de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante
Resolución del Rector al mismo tiempo que se expongan las listas
de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.
5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal
deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la
Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por Ley 4/1999, o si hubieren realizado tareas de preparación
de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores
a la publicación de la convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias
previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias.
5.3 Cambio en la composición.-Con anterioridad a la
iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará
Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del
Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se
constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y
Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.
Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de
treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días
antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal adoptará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 Sesiones.-A partir de su constitución y para el resto de
las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la
misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,
titulares o suplentes.
5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso.-dentro de la
fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas
necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas
en la presente convocatoria.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.
5.7 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas
correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose
dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse
al Rector de la Universidad.
Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes en el
proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá
designar colaboradores en número suficiente para garantizar el
correcto y normal desarrollo de los ejercicios.
5.8 Adaptaciones para disminuidos.-El Tribunal Calificador
adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte
necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de
similares condiciones para la realización de los ejercicios que el
resto de participantes. En este sentido, se establecerán las
adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por las
personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en
la base 3.4.
5.9 Garantía de corrección de ejercicios.-El Presidente del
Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los
ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban
ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca
la identidad de los aspirantes.
5.10 Información a los participantes.-A efecto de
comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la Universidad de Sevilla, calle San Fernando, n.o 4,
teléfonos 954 55 10 70 ó 1067.
El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 Categoría.-El Tribunal que actúe en estas pruebas
selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Anexo
V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía" de 21 de abril).
5.12 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal
podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas
un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los
aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal
con la finalidad de acreditar su identidad.
6.2 Orden de actuación.-El orden de actuación de los
opositores se iniciará, en su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.
6.3 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados
para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de
la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza
mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el
Tribunal.
6.4 Publicación de fechas de ejercicios.-La fecha y lugar de
realización del primer ejercicio se publicarán junto con relación
de admitidos y excluidos.
La fecha y lugar de celebración del segundo ejercicio se
publicará por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por
cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su
máxima divulgación con 72 horas al menos de antelación a la
señalada para la iniciación de los mismos.
6.5 Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes
que no posean la nacionalidad española.-Con carácter previo a
la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes
que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el
conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,
en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de
comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.
El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el
Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre (BOE del 8 de
noviembre) por el que se regulan los "diplomas de español como lengua
extranjera (DELE)". La prueba se calificará de "apto" o "no apto",
siendo necesario obtener la valoración de "apto" para pasar a
realizar las pruebas de la fase de oposición.
Los nacionales de otros Estados de la Unión Europea y los
demás extranjeros que, cumpliendo con lo establecido por la
legislación vigente sean titulares del diploma de español (nivel
intermedio) o el diploma de español (nivel superior) quedarán exentos
de realizar las pruebas de conocimiento de español que puedan
establecerse y que se correspondan con los niveles de dichos
diplomas.
6.6 Exclusión de participantes.-En cualquier momento del
proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que
alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla
comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades
formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas
selectivas a los efectos procedentes.
7. Relación de aprobados
7.1 Acuerdo provisional de aprobados.-Junto con la
calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará con carácter
provisional relación de aprobados, que deberá estar ordenada por
orden de puntuación alcanzada e indicación de su Documento
Nacional de Identidad y habrá de constar puntuación desglosada
de cada uno de los ejercicios celebrados y valoración de la fase
de concurso, en su caso.
Los interesados dispondrán de un plazo de cinco días naturales
para posibles impugnaciones.
7.2 Acuerdo definitivo de aprobados.-Finalizado el plazo
anterior y resueltas las reclamaciones que puedan presentarse,
el Tribunal elevará a definitiva la Relación de Aprobados.
7.3 Publicación relación de aprobados.-Dicha relación se
remitirá al Rector, el cual, previa declaración de conformidad,
ordenará su publicación.
8. Presentacion de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días
naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se
publiquen las listas de aprobados, los opositores aprobados deberán
presentar en la Sección de Selección del P.A.S. y Acción Social
de la Universidad de Sevilla, los siguientes documentos:
a) Fotocopia debidamente compulsada del título de
Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o equivalente, o
certificación que acredite haber realizado todos los estudios para
la obtención del título.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas, según el modelo que figura como Anexo 3 de esta
convocatoria.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer
enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de
las funciones correspondientes.
d) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función
Pública.
e) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española
y que, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.5, estén
exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del
conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia
compulsada del diploma de español (nivel intermedio) o el diploma
de español (nivel superior) como lengua extranjera.
f) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de
personas con minusvalía, deberán presentar certificación del órgano
competente que acredite tal condición e igualmente, deberán
presentar certificado de los citados órganos o de la Administración
Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de
tareas y funciones correspondientes.
8.2 Exención de justificación.-Quienes tuvieran la condición
de funcionario de carrera estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos probados para obtener
su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación para
acreditar su condición así como fotocopia compulsada de la
titulación exigida, y aquellas circunstancias que obren en su hoja
de servicios.
8.3 Anulación de las actuaciones.-Quienes dentro del plazo
fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o, del examen de la misma, se dedujera que carecen
de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán
ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.4 Oferta y petición de destinos.-La petición de destino por
parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse según el orden
de prelación establecido para la puntuación final en el proceso
selectivo ante el Rectorado de la Universidad de Sevilla previa
oferta de los mismos.
8.5 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a
propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento
de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En el supuesto de que existieran funcionarios interinos
ocupando dichas plazas, será revocado su nombramiento.
9. Eliminación de archivos
Se informa a los participantes en esta Convocatoria que la
documentación presentada junto con su solicitud de participación,
en virtud de lo que establece el Acuerdo de la Junta de Gobierno
de esta Universidad de fecha 8 de febrero de 2002 permanecerán
en los Archivos del Servicio de P.A.S. durante un año a partir
de la firmeza del procedimiento y otro año en el Archivo General
de esta Universidad, y que pasados dichos plazos serán eliminados
por lo que se recomienda a los interesados, una vez finalizado
el procedimiento en curso, procedan a la retirada de los mismos.
10. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,
procediendo contra esta Resolución alternativamente:
1.o Recurso de Reposición previo al
Contencioso-Administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar
desde su publicación.
2.o Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos
meses según dispone el artículo 58 de la Ley de Jurisdicción
Contencioso-Administrativo.
Utilizada la primera de las vías de recurso citadas, no podrá
interponerse por el interesado el recurso
Contencioso-Administrativo en tanto no sea resuelto expresa o implícitamente aquel,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley 30/1992
de 26 de noviembre.
Sevilla, 9 de marzo de 2004.-El Rector, Miguel Florencio Lora.
ANEXO 1
Programa
Archivística
1. Archivística: concepto y evolución histórica. La Archivística
moderna.
2. Ciencias auxiliares de la Archivística.
3. El archivo: concepto y evolución histórica. Clases de
archivos.
4. Los archivos universitarios. Origen, evolución y funciones.
5. El archivo de la Universidad de Sevilla.
6. El documento de archivo. Concepto y valores. Ciclo de
la documentación.
7. Ingresos de documentos en los archivos. Las
transferencias: criterios y organización. Instrumentos de control.
8. La identificación de los fondos. Su metodología. Sistemas
de clasificación y ordenación. Instrumentos resultantes.
9. Valoración de fondos. Su metodología. Selección y
expurgo. Instrumentos resultantes.
10. Descripción de fondos. Su metodología. Instrumentos
resultantes.
11. La normalización de la descripción archivística. Normas
internacionales.
12. La gestión documental en la Universidad: conceptos,
funciones y objetivos fundamentales.
13. Modelos y análisis de los sistemas de gestión de la
documentación administrativa y de archivo en las Universidades.
Evolución contemporánea de los principios, métodos y técnicas de
intervención.
14. El registro y el control de los documentos. La organización
del registro de documentos y el procedimiento administrativo.
15. Soportes documentales. Tipos y causas de su
degradación. Medios y procedimientos de restauración.
16. La producción documental en nuevos soportes.
Repercusión en los archivos.
17. La Informática aplicada a los archivos.
18. Planificación y gestión de recursos tecnológicos en un
archivo universitario.
19. El archivo como centro de conservación: edificio, depósito
e instalaciones. Medidas de prevención y corrección de agentes
degradantes ambientales.
20. La prevención ante desastres. Los programas de
documentos esenciales.
Diplomática
1. Paleografía y Diplomática: evolución, objeto y método.
2. Concepto de documento: su clasificación.
3. Génesis del documento: "actio" y "conscriptio". El "iter"
documental.
4. Caracteres internos del documento.
5. Caracteres externos del documento.
6. Tradición documental.
7. Documento contemporáneo: sus características.
8. Las nuevas tecnologías y su incidencia en la Diplomática
contemporánea.
9. Tipología del documento administrativo.
10. Principales tipologías documentales en las Universidades
contemporáneas.
Régimen Jurídico
1. El ordenamiento jurídico-administrativo: La Constitución.
La Ley. El Derecho comunitario.
2. El ordenamiento jurídico-administrativo: El Reglamento.
Relaciones Ley-Reglamento. Ordenamiento estatal y ordenamiento
autonómico.
3. Ley Orgánica de Universidades.
4. Los Estatutos de la Universidad de Sevilla.
5. El acto administrativo: concepto, elementos y clases.
Eficacia del acto administrativo. Invalidez del acto administrativo:
nulidad, anulabilidad y revocación.
6. El procedimiento administrativo. Sus fases.
7. El documento en el ordenamiento jurídico. Concepto de
documento. Documento público y documento privado. Clases de
documentos.
8. El registro en el ordenamiento jurídico. Los registros de
"status". Los registros de actos y derechos privados. Los registros
administrativos.
9. El documento en la legislación de patrimonio histórico:
La Constitución española. Convenios internacionales y Unión
Europea. Legislación del Estado. Legislación Autonómica.
10. El documento en la legislación administrativa: Ley
30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, actualizada conforme
a las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, y su
desarrollo normativo. Su incidencia en los archivos.
11. El documento en la legislación informática. El documento
electrónico, informático y telemático. La protección de datos de
carácter personal. La firma electrónica.
12. El documento en la legislación de información y propiedad
intelectual.
13. El acceso a la documentación pública. Evolución del
marco legislativo y situación actual. El acceso a la documentación
universitaria.
14. Los organismos del Estado y de las Comunidades
Autónomas relacionados con los archivos y el patrimonio documental.
La cooperación interuniversitaria.
15. El Sistema Español de Archivos. El Sistema Andaluz de
Archivos.
16. Los sistemas archivísticos universitarios en España.
Proceso de creación. Situación actual.
ANEXO 2
Valoración de méritos, ejercicios y calificación de los mismos
Valoración de méritos
En la fase de concurso se considerarán como méritos el haber
prestado servicios como funcionario interino de la Escala de
Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de
Sevilla o como contratado laboral en la categoría de Técnico de
Grado Medio (Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos) de
la Universidad de Sevilla, valorándose los mismos a razón de 0,30
puntos por cada mes completo de trabajo, hasta un máximo de
11 puntos. A tal efecto sólo se valorarán los servicios prestados
en los cinco años anteriores a la fecha de finalización del plazo
de solicitudes. La puntuación obtenida en esta fase no podrá ser
aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.
Fase de oposición
La fase de oposición consistirá en la realización de tres
ejercicios de carácter eliminatorio:
1. El primer ejercicio consistirá en la exposición por escrito
de tres temas, uno de Archivística, otro de Diplomática y otro
de Régimen Jurídico (apartados I, II y III del Anexo I). A estos
efectos el Tribunal elegirá al azar en presencia de los aspirantes
seis temas del programa de esta convocatoria, dos de cada uno
de los apartados, eligiendo el interesado uno de cada apartado.
El tiempo para realizar este ejercicio será de cuatro horas. El
ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública ante
el Tribunal que valorará la formación general y actualización de
conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación
personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.
La valoración será de cero a diez puntos, siendo necesario
obtener cinco puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.
2. El segundo ejercicio consistirá en la realización de dos
ejercicios prácticos adecuados a las funciones a realizar en el
puesto de trabajo al que se aspira, de entre tres propuestos por el
Tribunal, y relacionados con el programa de materias del Anexo I.
Para la realización de este ejercicio los opositores trabajarán
sobre fotocopias, pudiendo consultar los originales en la mesa
del Tribunal.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de dos horas y media y su valoración será de cero a diez puntos
siendo preciso obtener al menos cinco puntos para tener acceso
al ejercicio siguiente.
3. El tercer ejercicio consistirá en realizar una traducción
directa, con ayuda de diccionario, de un texto de carácter
profesional no inferior a 300 palabras, en inglés, francés o alemán,
a elegir por el interesado, de entre los propuestos por el Tribunal
(dos por cada idioma).
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de
dos horas y su valoración será de cero a diez puntos, siendo
necesario obtener al menos cinco puntos.
El idioma elegido por el opositor se hará constar en el apartado
4 A de la instancia. De no hacer constar su preferencia se entenderá
que opta por el idioma inglés.
ANEXO 3
Declaración jurada
D/D.a ......................................... con domicilio
en ............... C.P. ............... y DNI n.o ...............
Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado
funcionario de la Escala ..... de la Universidad de Sevilla, que no
ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones
Públicas y que no se haya inhabilitado para el ejercicio de las
funciones públicas.
En ................ a ............ de .......... de
ANEXO 4 (Ver imágenes páginas 14171 a 14172)
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