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Documento BOE-A-2004-5994

Resolución de 9 de marzo de 2004, de la Universidad de Sevilla, por la que convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 2 de abril de 2004, páginas 14166 a 14172 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-5994

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley

Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades y el

artículo 116 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobados por

Decreto 324/2003 de 25 de noviembre, y con el fin de atender

las necesidades de personal de Administración y Servicios, este

Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas

a dichos artículos, con el fin de fomentar la estabilidad en el

empleo, al amparo de los principios que inspiran los acuerdos

entre la Administración de la Junta de Andalucía y las

Organizaciones Sindicales firmantes sobre empleo público, condiciones

de trabajo y estabilidad en el empleo, y previa negociación con

los representantes de los funcionarios, el excelentísimo señor

Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla acuerda convocar

pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos (Modalidad Ayudante Archivo) de la

Universidad de Sevilla con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Características generales de la convocatoria

1.1 Número de plazas convocadas.-Se convocan pruebas

selectivas para cubrir dos plazas en la Escala de Ayudantes de

Archivos Bibliotecas y Museos (modalidad Ayudante Archivo) de

la Universidad de Sevilla, por el sistema de acceso libre.

1.2 Disposiciones aplicables.-La presente convocatoria se

regirá por lo dispuesto en las bases de la misma, por el Estatuto

de la Universidad de Sevilla, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

y demás disposiciones complementarias de aplicación.

1.3 Sistema de selección turno libre.-El procedimiento de

selección de los aspirantes para el ingreso por el sistema general

libre será el de concurso-oposición.

A) En la fase de concurso se valorarán los servicios prestados

con cargo al capítulo I de los presupuestos de la Universidad de

Sevilla, ya sea como funcionario interino de la Escala de Ayudantes

de Archivos, Bibliotecas y Museos o como contratado laboral con

carácter temporal en la categoría de Técnico de Grado Medio

(Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos). Dichos servicios no

serán estimados en el supuesto de que el aspirante se encuentre

unido a esta Universidad por una relación laboral o funcionarial

de carácter permanente a la fecha de esta convocatoria.

La valoración de los méritos señalados se realizará otorgando

a los aspirantes la puntuación que corresponda según el baremo

específico en el anexo 2 de esta Resolución.

B) En la fase de oposición, los participantes deberán

desarrollar los ejercicios que se especifican en el anexo 2 de esta

Resolución, los cuales serán valorados según los criterios establecidos

en el citado anexo.

1.4 Calificación final.-La calificación final de los aspirantes

se obtendrá mediante la suma de la puntuación obtenida en la

fase de concurso y en la de oposición, de forma tal que el Tribunal

elaborará la relación de seleccionados por orden de puntuación

una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo rebasar éstos el

número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho

cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente

señalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento

General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración

general del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y

promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo.

En caso de empate, el orden de la relación de aprobados se

establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase

de oposición y en el supuesto de que persistiera el mismo, por

la puntuación obtenida en el primer ejercicio ; de persistir el

empate, se preferirá a continuación la puntuación del segundo y

siguientes ejercicios y en último lugar se atenderá al criterio de la

antigüedad en la Universidad de Sevilla (sin computar a dichos efectos

los límites establecidos en el anexo 2 de esta convocatoria).

Como último criterio de desempate se atenderá al

procedimiento siguiente: ordenación de menor a mayor del número inverso

de los DNI de cada uno de los participantes afectados por el

empate ; sorteo aleatorio de un número de 8 cifras que será el

determinante para el inicio de los desempates.

1.5 Calendario.-Las pruebas selectivas se desarrollarán con

arreglo al siguiente calendario:

Fase de concurso: Las listas que contengan la valoración de

méritos de la fase de concurso se harán públicas antes de la

celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes

del día 1 de septiembre de 2004. La fecha, hora y lugar de

celebración del mismo se fijará en la Resolución del Rectorado de

la Universidad de Sevilla en la que se apruebe la lista de admitidos

y excluidos.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales.-Para ser admitidos a la realización

de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes

requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea, a los que, en virtud de Tratados Internacionales

celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos

en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la

Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge,

descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de

los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este

último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de

nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados

Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados

por España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

los sesenta y cinco años.

c) Estar en posesión del título de Diplomado, Ingeniero

Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la

credencial que acredite su homologación.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.2 Fecha de cumplimiento de los requisitos.-Todos los

requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse

en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes

y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud.-Quienes deseen tomar parte en

estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo

modelo se reproduce en anexo 4, que será facilitada gratuitamente

en el Registro General de la Universidad de Sevilla. A la instancia

se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de

Identidad. Podrá utilizarse dicho modelo fotocopiado siempre y cuando

se presente por cuadruplicado (ejemplar para la Sección de

Selección PAS, para el Interesado, para la Sección Recaudación y para

la Entidad bancaria).

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada

o promesa de éste de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

3.2 Centros de recepcion de solicitudes.-La solicitudes,

dirigidas en el modelo normalizado que se acompaña al excelentísimo

señor Rector Magnifico de esta Universidad, serán presentadas

en el Registro General de la Universidad de Sevilla o por cualquiera

de los medios admitidos en derecho, en el plazo de veinte días

naturales, contados a partir de su publicación en aquel boletín

oficial (BOE o BOJA) que publique la convocatoria en último lugar.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

3.3 Justificación de los derechos de examen.-El interesado

deberá justificar el ingreso de los derechos de examen mediante

la cumplimentación y sellado por la Entidad bancaria, a los que

se refiere la base 3.5, de la parte inferior de la solicitud destinada

a tal efecto.

Estarán, no obstante, exentos de la obligación del abono de

tasas de examen los colectivos a que se refiere el artículo 14

de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales,

administrativas y del orden social, en los términos y con las condiciones

que allí se indica. A estos efectos habrán de hacer constar tal

circunstancias en su solicitud de participación (apartado 4.B),

debiendo aportar la justificación pertinente.

La ausencia de justificación de dicho ingreso dará lugar a la

exclusión provisional del solicitante. Dentro del plazo de

reclamaciones o subsanaciones contra la lista de admitidos podrá

realizarse el ingreso y la pertinente justificación de dicho ingreso.

En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono

de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente. La

no presentación de solicitud, aún justificándose el abono de dichos

derechos, dará lugar a la exclusión definitiva del solicitante.

En este caso, el interesado tendrá derecho a la devolución de

las cantidades ingresadas, siempre y cuando así se solicite

aportando datos para la transferencia bancaria correspondiente.

3.4 Certificado fase, concurso turno libre.-Los aspirantes por

el sistema general libre que aleguen méritos para la fase de

concurso, deberán aportar con su instancia, certificación expedida

por el Servicio del P.A.S. de la Universidad donde se haga constar

el tiempo trabajado, la naturaleza de la relación de trabajo y la

cualificación profesional ostentada.

3.5 Derechos de examen.-Los derechos de examen serán de

18 euros y se ingresarán en la cuenta restringida de recaudación

número 0049-2588-71-2114241655 del banco Santander Central

Hispano, en cualquiera de sus oficinas. Forma de pago: 1.

Directamente en las oficinas de la citada Entidad para lo cual deberá

utilizarse exclusivamente el impreso que a tal efecto facilitará la

propia Universidad y que se corresponderá con el modelo de

solicitud de participación a las pruebas. 2. Mediante Transferencia

bancaria, en la que deberá hacer constar obligatoriamente, en

el campo observaciones, nombre y apellidos, número del DNI y

Código 760. El resguardo acreditativo de la misma deberá

acompañarlo a la solicitud de participación a las pruebas.

En ningún caso el abono de los derechos de examen en la

entidad bancaria podrá eximir la obligación de la presentación

de la solicitud en tiempo y forma ante el órgano expresado en

la base 3.2.

3.6 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que

pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio

o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos.-Expirado el plazo de

presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla

dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, en la que,

además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,

se especificará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios,

así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación

de las causas de exclusión.

En dichos listados deberá constar, en todo caso, los apellidos,

nombre y número del DNI.

4.2 Plazo de subsanación.-Los aspirantes excluidos

dispondrán de un plazo de 10 días contados a partir del siguiente de

la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto

que haya motivado la exclusión.

4.3 Devolución de derechos.-De conformidad con lo

establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de

Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas

que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible

por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá

devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos

de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al

interesado.

5. Tribunales

5.1 Composición.-El Tribunal calificador, presidido por el

Rector, estará constituido por cinco miembros de la Universidad

de Sevilla o de otras Universidades Andaluzas nombrados por

aquél de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente. La

composición de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante

Resolución del Rector al mismo tiempo que se expongan las listas

de admitidos y excluidos a que se refiere la base 4.1.

5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal

deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la

Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos alguna de las

circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada

por Ley 4/1999, o si hubieren realizado tareas de preparación

de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores

a la publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición.-Con anterioridad a la

iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará

Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se

constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y

Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de

treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días

antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal adoptará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Sesiones.-A partir de su constitución y para el resto de

las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la

misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso.-dentro de la

fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran

surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas

necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas

en la presente convocatoria.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

5.7 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas

correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose

dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades

técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse

al Rector de la Universidad.

Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes en el

proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá

designar colaboradores en número suficiente para garantizar el

correcto y normal desarrollo de los ejercicios.

5.8 Adaptaciones para disminuidos.-El Tribunal Calificador

adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte

necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de

similares condiciones para la realización de los ejercicios que el

resto de participantes. En este sentido, se establecerán las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por las

personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en

la base 3.4.

5.9 Garantía de corrección de ejercicios.-El Presidente del

Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los

ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban

ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca

la identidad de los aspirantes.

5.10 Información a los participantes.-A efecto de

comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede

en la Universidad de Sevilla, calle San Fernando, n.o 4,

teléfonos 954 55 10 70 ó 1067.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 Categoría.-El Tribunal que actúe en estas pruebas

selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Anexo

V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la

Junta de Andalucía" de 21 de abril).

5.12 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal

podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas

un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido

será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los

aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal

con la finalidad de acreditar su identidad.

6.2 Orden de actuación.-El orden de actuación de los

opositores se iniciará, en su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados

para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de

la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza

mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el

Tribunal.

6.4 Publicación de fechas de ejercicios.-La fecha y lugar de

realización del primer ejercicio se publicarán junto con relación

de admitidos y excluidos.

La fecha y lugar de celebración del segundo ejercicio se

publicará por el Tribunal mediante anuncio en el Rectorado y por

cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su

máxima divulgación con 72 horas al menos de antelación a la

señalada para la iniciación de los mismos.

6.5 Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes

que no posean la nacionalidad española.-Con carácter previo a

la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes

que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el

conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,

en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de

comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.

El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el

Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre (BOE del 8 de

noviembre) por el que se regulan los "diplomas de español como lengua

extranjera (DELE)". La prueba se calificará de "apto" o "no apto",

siendo necesario obtener la valoración de "apto" para pasar a

realizar las pruebas de la fase de oposición.

Los nacionales de otros Estados de la Unión Europea y los

demás extranjeros que, cumpliendo con lo establecido por la

legislación vigente sean titulares del diploma de español (nivel

intermedio) o el diploma de español (nivel superior) quedarán exentos

de realizar las pruebas de conocimiento de español que puedan

establecerse y que se correspondan con los niveles de dichos

diplomas.

6.6 Exclusión de participantes.-En cualquier momento del

proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que

alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos

por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,

deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla

comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas

selectivas a los efectos procedentes.

7. Relación de aprobados

7.1 Acuerdo provisional de aprobados.-Junto con la

calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará con carácter

provisional relación de aprobados, que deberá estar ordenada por

orden de puntuación alcanzada e indicación de su Documento

Nacional de Identidad y habrá de constar puntuación desglosada

de cada uno de los ejercicios celebrados y valoración de la fase

de concurso, en su caso.

Los interesados dispondrán de un plazo de cinco días naturales

para posibles impugnaciones.

7.2 Acuerdo definitivo de aprobados.-Finalizado el plazo

anterior y resueltas las reclamaciones que puedan presentarse,

el Tribunal elevará a definitiva la Relación de Aprobados.

7.3 Publicación relación de aprobados.-Dicha relación se

remitirá al Rector, el cual, previa declaración de conformidad,

ordenará su publicación.

8. Presentacion de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de veinte días

naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se

publiquen las listas de aprobados, los opositores aprobados deberán

presentar en la Sección de Selección del P.A.S. y Acción Social

de la Universidad de Sevilla, los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título de

Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o equivalente, o

certificación que acredite haber realizado todos los estudios para

la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas, según el modelo que figura como Anexo 3 de esta

convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de

las funciones correspondientes.

d) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española

deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función

Pública.

e) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

y que, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.5, estén

exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del

conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia

compulsada del diploma de español (nivel intermedio) o el diploma

de español (nivel superior) como lengua extranjera.

f) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de

personas con minusvalía, deberán presentar certificación del órgano

competente que acredite tal condición e igualmente, deberán

presentar certificado de los citados órganos o de la Administración

Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de

tareas y funciones correspondientes.

8.2 Exención de justificación.-Quienes tuvieran la condición

de funcionario de carrera estarán exentos de justificar

documentalmente las condiciones y demás requisitos probados para obtener

su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación para

acreditar su condición así como fotocopia compulsada de la

titulación exigida, y aquellas circunstancias que obren en su hoja

de servicios.

8.3 Anulación de las actuaciones.-Quienes dentro del plazo

fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la

documentación o, del examen de la misma, se dedujera que carecen

de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Oferta y petición de destinos.-La petición de destino por

parte de los aspirantes aprobados deberá realizarse según el orden

de prelación establecido para la puntuación final en el proceso

selectivo ante el Rectorado de la Universidad de Sevilla previa

oferta de los mismos.

8.5 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a

propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento

de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará

en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En el supuesto de que existieran funcionarios interinos

ocupando dichas plazas, será revocado su nombramiento.

9. Eliminación de archivos

Se informa a los participantes en esta Convocatoria que la

documentación presentada junto con su solicitud de participación,

en virtud de lo que establece el Acuerdo de la Junta de Gobierno

de esta Universidad de fecha 8 de febrero de 2002 permanecerán

en los Archivos del Servicio de P.A.S. durante un año a partir

de la firmeza del procedimiento y otro año en el Archivo General

de esta Universidad, y que pasados dichos plazos serán eliminados

por lo que se recomienda a los interesados, una vez finalizado

el procedimiento en curso, procedan a la retirada de los mismos.

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,

procediendo contra esta Resolución alternativamente:

1.o Recurso de Reposición previo al

Contencioso-Administrativo, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar

desde su publicación.

2.o Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos

meses según dispone el artículo 58 de la Ley de Jurisdicción

Contencioso-Administrativo.

Utilizada la primera de las vías de recurso citadas, no podrá

interponerse por el interesado el recurso

Contencioso-Administrativo en tanto no sea resuelto expresa o implícitamente aquel,

al amparo de lo dispuesto en el artículo 116.2 de la Ley 30/1992

de 26 de noviembre.

Sevilla, 9 de marzo de 2004.-El Rector, Miguel Florencio Lora.

ANEXO 1

Programa

Archivística

1. Archivística: concepto y evolución histórica. La Archivística

moderna.

2. Ciencias auxiliares de la Archivística.

3. El archivo: concepto y evolución histórica. Clases de

archivos.

4. Los archivos universitarios. Origen, evolución y funciones.

5. El archivo de la Universidad de Sevilla.

6. El documento de archivo. Concepto y valores. Ciclo de

la documentación.

7. Ingresos de documentos en los archivos. Las

transferencias: criterios y organización. Instrumentos de control.

8. La identificación de los fondos. Su metodología. Sistemas

de clasificación y ordenación. Instrumentos resultantes.

9. Valoración de fondos. Su metodología. Selección y

expurgo. Instrumentos resultantes.

10. Descripción de fondos. Su metodología. Instrumentos

resultantes.

11. La normalización de la descripción archivística. Normas

internacionales.

12. La gestión documental en la Universidad: conceptos,

funciones y objetivos fundamentales.

13. Modelos y análisis de los sistemas de gestión de la

documentación administrativa y de archivo en las Universidades.

Evolución contemporánea de los principios, métodos y técnicas de

intervención.

14. El registro y el control de los documentos. La organización

del registro de documentos y el procedimiento administrativo.

15. Soportes documentales. Tipos y causas de su

degradación. Medios y procedimientos de restauración.

16. La producción documental en nuevos soportes.

Repercusión en los archivos.

17. La Informática aplicada a los archivos.

18. Planificación y gestión de recursos tecnológicos en un

archivo universitario.

19. El archivo como centro de conservación: edificio, depósito

e instalaciones. Medidas de prevención y corrección de agentes

degradantes ambientales.

20. La prevención ante desastres. Los programas de

documentos esenciales.

Diplomática

1. Paleografía y Diplomática: evolución, objeto y método.

2. Concepto de documento: su clasificación.

3. Génesis del documento: "actio" y "conscriptio". El "iter"

documental.

4. Caracteres internos del documento.

5. Caracteres externos del documento.

6. Tradición documental.

7. Documento contemporáneo: sus características.

8. Las nuevas tecnologías y su incidencia en la Diplomática

contemporánea.

9. Tipología del documento administrativo.

10. Principales tipologías documentales en las Universidades

contemporáneas.

Régimen Jurídico

1. El ordenamiento jurídico-administrativo: La Constitución.

La Ley. El Derecho comunitario.

2. El ordenamiento jurídico-administrativo: El Reglamento.

Relaciones Ley-Reglamento. Ordenamiento estatal y ordenamiento

autonómico.

3. Ley Orgánica de Universidades.

4. Los Estatutos de la Universidad de Sevilla.

5. El acto administrativo: concepto, elementos y clases.

Eficacia del acto administrativo. Invalidez del acto administrativo:

nulidad, anulabilidad y revocación.

6. El procedimiento administrativo. Sus fases.

7. El documento en el ordenamiento jurídico. Concepto de

documento. Documento público y documento privado. Clases de

documentos.

8. El registro en el ordenamiento jurídico. Los registros de

"status". Los registros de actos y derechos privados. Los registros

administrativos.

9. El documento en la legislación de patrimonio histórico:

La Constitución española. Convenios internacionales y Unión

Europea. Legislación del Estado. Legislación Autonómica.

10. El documento en la legislación administrativa: Ley

30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, actualizada conforme

a las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, y su

desarrollo normativo. Su incidencia en los archivos.

11. El documento en la legislación informática. El documento

electrónico, informático y telemático. La protección de datos de

carácter personal. La firma electrónica.

12. El documento en la legislación de información y propiedad

intelectual.

13. El acceso a la documentación pública. Evolución del

marco legislativo y situación actual. El acceso a la documentación

universitaria.

14. Los organismos del Estado y de las Comunidades

Autónomas relacionados con los archivos y el patrimonio documental.

La cooperación interuniversitaria.

15. El Sistema Español de Archivos. El Sistema Andaluz de

Archivos.

16. Los sistemas archivísticos universitarios en España.

Proceso de creación. Situación actual.

ANEXO 2

Valoración de méritos, ejercicios y calificación de los mismos

Valoración de méritos

En la fase de concurso se considerarán como méritos el haber

prestado servicios como funcionario interino de la Escala de

Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de

Sevilla o como contratado laboral en la categoría de Técnico de

Grado Medio (Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos) de

la Universidad de Sevilla, valorándose los mismos a razón de 0,30

puntos por cada mes completo de trabajo, hasta un máximo de

11 puntos. A tal efecto sólo se valorarán los servicios prestados

en los cinco años anteriores a la fecha de finalización del plazo

de solicitudes. La puntuación obtenida en esta fase no podrá ser

aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Fase de oposición

La fase de oposición consistirá en la realización de tres

ejercicios de carácter eliminatorio:

1. El primer ejercicio consistirá en la exposición por escrito

de tres temas, uno de Archivística, otro de Diplomática y otro

de Régimen Jurídico (apartados I, II y III del Anexo I). A estos

efectos el Tribunal elegirá al azar en presencia de los aspirantes

seis temas del programa de esta convocatoria, dos de cada uno

de los apartados, eligiendo el interesado uno de cada apartado.

El tiempo para realizar este ejercicio será de cuatro horas. El

ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública ante

el Tribunal que valorará la formación general y actualización de

conocimientos, la claridad y orden en las ideas, la aportación

personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.

La valoración será de cero a diez puntos, siendo necesario

obtener cinco puntos para tener acceso al ejercicio siguiente.

2. El segundo ejercicio consistirá en la realización de dos

ejercicios prácticos adecuados a las funciones a realizar en el

puesto de trabajo al que se aspira, de entre tres propuestos por el

Tribunal, y relacionados con el programa de materias del Anexo I.

Para la realización de este ejercicio los opositores trabajarán

sobre fotocopias, pudiendo consultar los originales en la mesa

del Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de dos horas y media y su valoración será de cero a diez puntos

siendo preciso obtener al menos cinco puntos para tener acceso

al ejercicio siguiente.

3. El tercer ejercicio consistirá en realizar una traducción

directa, con ayuda de diccionario, de un texto de carácter

profesional no inferior a 300 palabras, en inglés, francés o alemán,

a elegir por el interesado, de entre los propuestos por el Tribunal

(dos por cada idioma).

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de

dos horas y su valoración será de cero a diez puntos, siendo

necesario obtener al menos cinco puntos.

El idioma elegido por el opositor se hará constar en el apartado

4 A de la instancia. De no hacer constar su preferencia se entenderá

que opta por el idioma inglés.

ANEXO 3

Declaración jurada

D/D.a ......................................... con domicilio

en ............... C.P. ............... y DNI n.o ...............

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala ..... de la Universidad de Sevilla, que no

ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones

Públicas y que no se haya inhabilitado para el ejercicio de las

funciones públicas.

En ................ a ............ de .......... de

ANEXO 4 (Ver imágenes páginas 14171 a 14172)

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