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Documento BOE-A-2004-21811

Resolución de 9 de diciembre de 2004, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, en las Escalas de Técnicos Superiores, de Técnicos Medios y Técnicos Especialistas de Laboratorio y Talleres.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 29 de diciembre de 2004, páginas 42232 a 42244 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-21811

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la resolución de la Universidad de Zaragoza de 6 de marzo por la que se anuncia oferta pública parcial de empleo de personal funcionario de administración y servicios para el año 2003 (BOA n.º 29, de 12 de marzo) y en la resolución de 23 de noviembre de 2004, por la que se amplía la oferta pública parcial de empleo de personal funcionario de administración y servicios para el año 2004 (BOA n.º 139, de 26 de noviembre), aprobada por Resolución de 27 de febrero, y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios de esta Universidad, de conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en relación con el artículo 75.2 de misma, así como con los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, aprobados por Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, Este Rectorado acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos Superiores, de Técnicos Medios y Técnicos Especialistas de Laboratorio y Talleres (Especialidad Veterinaria) de la Universidad de Zaragoza, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante el sistema de promoción interna y acceso libre las plazas de las Escalas de la Universidad de Zaragoza que se indican a continuación: a) Sistema de promoción interna: 2 plazas: 1 plaza de la Escala de Técnicos Superiores de Laboratorio y Talleres (Grupo A), Especialidad Veterinaria. Destino: Hospital Clínico Veterinario. (Anestesia y reanimación.)

1 plaza de la Escala de Técnicos Especialista de Laboratorio y Talleres (Grupo C), Especialidad Biomédica. Destino: Hospital Clínico Veterinario.

b) Sistema general de acceso libre: 3 plazas:

1 plaza de la Escala de Técnicos Superiores de Laboratorio y Talleres (Grupo A), Especialidad Veterinaria. Destino: Hospital Clínico Veterinario. (Hospitalización y cuidados.)

1 plaza de la Escala de Técnicos Superiores de Laboratorio y Talleres (Grupo A), Especialidad Veterinaria. Destino: Hospital Clínico Veterinario. (Cirugía y medicina equina.) 1 plaza de la Escala de Técnicos Medios de Laboratorio y Talleres (Grupo B), Especialidad Veterinaria. Destino: Hospital Clínico Veterinario.

El número de plazas convocadas podrá incrementarse como consecuencia de las plazas vacantes generadas desde la fecha de la Resolución de la Oferta del 2004, que publica la oferta parcial de empleo de personal funcionario de administración y servicios para dicho año, hasta el desarrollo del proceso selectivo, siempre que se produzcan antes de la propuesta definitiva de aprobados que haya de realizar el Tribunal calificador.

Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas de ingreso citados. 1.2 El procedimiento de selección de los aspirantes de esta convocatoria será el de concurso-oposición tanto para los aspirantes del sistema de promoción interna como para los aspirantes del sistema general de acceso libre, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en las bases 7 de la presente convocatoria. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

1.2.1 Fase de oposición. El primer ejercicio se iniciará a partir del mes de marzo de 2005. La fecha, hora y lugar del mismo, se determinará en la resolución de este Rectorado por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el BOA.

En los tablones de anuncios de la Universidad, sitos en Zaragoza, en la planta baja del Edificio Interfacultades (C/ Pedro Cerbuna, 12) y en los Vicerrectorados de Huesca (C/ Ronda Misericordia, 1) y de Teruel (Ciudad Escolar, s.n.), así como en la siguiente dirección de Internet: http://wzar-unizar.es/personal/pas/concursos/concursos.htm, se efectuarán las sucesivas publicaciones que se deriven de los actos integrantes del proceso selectivo, de conformidad con el art. 59.6 b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. El modelo de solicitud, así como listas de admitidos y excluidos y demás información podrá consultarse en los citados tablones de anuncios y en dicha dirección. 1.2.2 Fase de concurso. Finalizada la fase de oposición, se hará pública la lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con la puntuación obtenida. Dicha lista se publicará en los tablones de anuncios de la Universidad indicados en el apartado anterior, así como en la mencionada dirección de Internet. Para ello el Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de la Universidad de Zaragoza expedirá de oficio, una vez finalizada la fase de oposición y para todos los aspirantes que la hubiesen superado, las certificaciones correspondientes a efectos de la valoración de los méritos de la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de su publicación, para efectuar las alegaciones respecto a la valoración de méritos en la fase de concurso.

1.3 Los programas que han de regir las pruebas selectivas son los que figuran en el Anexo I de esta convocatoria, de acuerdo a la forma de participación elegida.

1.4 Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (BOE n.º 185, de 3 de agosto) con las modificaciones que la misma ha tenido hasta la fecha; el Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA n.º 25, de 1 de marzo), modificada por la Ley 12/1996, de 30 de diciembre (BOA n.º 4, de 13 de enero de 1997); el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de la Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón, el Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA n.º 67, de 13 de junio de 1997); el Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza (BOA n.º 8, de 19 de enero de 2004); el Pacto del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza (BOA n.º 95, de 9 de agosto de 2000) y el RD 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (BOE n.º 85, de 10 de abril), la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados Miembros de la Comunidad Europea (BOE n.º 307, de 24 de diciembre), modificada por la ley 55/1999 de 29 de diciembre y del RD 543/2001, de 18 de mayo sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores (BOE n.º 130, de 31 de mayo). 1.5 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas (BOE n.º 4, de 4 de enero de 1985). 1.6 La jornada de trabajo de las plazas convocadas serán las dispuestas para ellas en la Relación de Puestos de Trabajo de personal de administración y servicios de esta Universidad.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

Sistema general de acceso libre: a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación. c) Estar en posesión de la titulación académica, o en condiciones de obtenerla en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes, para cada una de las siguientes plazas:

Para las plazas de la Escala de Técnicos Superiores de Laboratorio y Talleres: Título de Licenciado en Veterinaria.

Para la plaza de la Escala de Técnicos Medios de Laboratorio: Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o titulación equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España, de acuerdo al Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre sobre reconocimiento de los títulos de Enseñanza Superior de los estados miembros de la CEE, que exigen una formación mínima de tres años (BOE n.º 280, de 22 de noviembre), al Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior (BOE n.º 55, de 4 de marzo).

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública, en el modelo que figura como Anexo IV a esta convocatoria.

Sistema de promoción interna: Los aspirantes deberán reunir además de los requisitos indicados en el apartado anterior, los siguientes:

1) Pertenecer, como funcionarios de carrera, a Cuerpos o Escalas de la Universidad de Zaragoza correspondientes a un Grupo de titulación inmediatamente inferior o del mismo grupo de titulación al que se aspira, haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del grupo de titulación inmediatamente inferior o del mismo grupo al que se pretende acceder y tener destino definitivo en la Universidad de Zaragoza, así como el resto de los requisitos exigidos en esta convocatoria.

2) Haber cumplido el plazo mínimo de excedencia, en el caso de los excedentes voluntarios. 3) Estar en posesión de la titulación académica, o en condiciones de obtenerla en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes, para cada una de las siguientes plazas:

Para la plaza de la Escala de Técnicos Superiores de Laboratorio y Talleres: Título de Licenciado en Veterinaria.

Para la plaza de la Escala de Técnicos Especialistas de Laboratorio y Talleres: Título de Bachillerato LOGSE; de Formación Profesional de Grado Superior; de Bachillerato Unificado Polivalente; de Técnico Superior o Técnico Especialista de Formación Profesional de II Grado, titulación equivalente o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

Los aspirantes a la plaza de la Escala de Técnicos Especialistas de Laboratorio y Talleres, pertenecientes a las Escalas del Grupo D que no posean la titulación exigida, podrán acceder si tienen una antigüedad de diez años en un Cuerpo, Escala o Categoría Profesional del grupo D o inferiores, o de cinco años y superen un curso específico de formación, que a tales efectos haya convocado la Universidad de Zaragoza.

Será computable a efectos de antigüedad, para participar por el sistema de promoción interna en estas pruebas selectivas, la reconocida como personal laboral fijo a los aspirantes que han superado el proceso de funcionarización en la Universidad de Zaragoza, de acuerdo al art. 10 de las normas para la funcionarización publicada por resolución de 24 de abril de 2002 de la Universidad de Zaragoza (BOA n.º 54, de 10 de mayo). 4) De acuerdo a la disposición transitoria primera de la resolución de 24 de abril de 2002 de la Universidad de Zaragoza, por la que se publica la aprobación de las normas para la funcionarización voluntaria del personal laboral de administración y servicios, no podrán participar en el presente proceso selectivo por el sistema de promoción interna, los funcionarios de carrera de la Universidad de Zaragoza de las Escalas de Técnicos, Facultativa de Archivos y Bibliotecas, de Gestión, de Ayudantes de Archivos y Bibliotecas, Administrativa y Auxiliar.

2.2 Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior de esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud que se publica como Anexo II, que será facilitada gratuitamente en la Universidad de Zaragoza en: el Centro de Información Universitaria y Reclamaciones, Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas y Vicerrectorados de Huesca y Teruel. También será válida la fotocopia del modelo publicado en el BOA/BOE y el modelo obtenido a través de Internet. Este modelo, así como listas de admitidos y excluidos y demás información podrá consultarse en la dirección de Internet reseñada en la base 1.2.1.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos indicados en la solicitud, pasarán a formar parte del fichero de Personal, cuya finalidad es la gestión del personal de la Universidad de Zaragoza, gestión de la docencia e investigación, gestión de la participación del personal en los servicios y actos universitarios, así como la gestión de la participación de los candidatos en los procesos de selección. Los datos contenidos en este fichero serán tratados con fines históricos o estadísticos. Este fichero está creado por la resolución de 16 de julio de 2001 (BOA n.º 96, de 13 de agosto) de la Universidad de Zaragoza y posteriores modificaciones, en las que se indica la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los datos remitiendo un escrito al Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad de Zaragoza, adjuntando copia de documento que acredite la identidad del interesado y regulado por la resolución de 6 de junio de 2002, de la Universidad de Zaragoza, por la que se aprueba la normativa propia en materia de protección de datos de carácter personal. 3.2 A la solicitud se deberán acompañar los siguientes documentos, siendo motivo de exclusión la falta de cualesquiera de ellos.

Sistema general de acceso libre: Una fotocopia legible por ambas caras, del documento nacional de identidad vigente o pasaporte; los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor, o en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor, y en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no están separados de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. En el caso de los aspirantes no comunitarios, que sean extranjeros residentes y tengan derecho a participar, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y de la tarjeta de residencia temporal o permanente en España, así como del número de identidad del extranjero (N.I.E.).

Comprobante bancario original (o en su defecto, copia bancaria) de haber satisfecho los derechos de examen a favor de esta Universidad. En caso de que la solicitud se encuentre mecanizada mediante ráfaga bancaria, no será necesario dicho resguardo. Asimismo, en ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del tramite de presentación de la solicitud de participación, en tiempo y forma. Cuando se ingrese en una entidad distinta a la indicada deberá acompañarse justificante de la transferencia efectuada. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Asimismo, se podrá adjuntar a la solicitud los siguientes documentos, no siendo motivo de exclusión la falta de cualesquiera de ellos.

Fotocopia de la titulación en el caso de haber sido obtenida en el extranjero y fotocopia de la credencial que acredite su homologación.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, fotocopia compulsada del Diploma de Español nivel intermedio o nivel superior como lengua extranjera establecidos por R.D. 1137/2002, o sus equivalentes Diploma básico y superior respectivamente, o del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, excepto los extranjeros nacionales de países cuyo idioma oficial sea el español o los extranjeros que tengan el título expedido en España. Los aspirantes que reflejen en la solicitud su condición de discapacitados, deberán adjuntar Certificado de tener reconocida la condición legal de discapacitados por los órganos competentes, o justificante de haberla solicitado.

Sistema de promoción interna: A la solicitud se deberán acompañar los siguientes documentos, siendo motivo de exclusión la falta de cualesquiera de ellos.

Una fotocopia legible por ambas caras del documento nacional de identidad vigente o pasaporte.

Comprobante bancario original (o en su defecto, copia bancaria) de haber satisfecho los derechos de examen a favor de esta Universidad. En caso de que la solicitud se encuentre mecanizada mediante ráfaga bancaria, no será necesario dicho resguardo. Asimismo, en ningún caso, el pago de los derechos de examen supondrá la sustitución del tramite de presentación de la solicitud de participación, en tiempo y forma. Cuando se ingrese en una entidad distinta a la indicada deberá acompañarse justificante de la transferencia efectuada. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

3.3 En la cumplimentación de la solicitud deberá tenerse en cuenta, además de lo indicado en las instrucciones de la misma, lo siguiente:

En los recuadros números 16 y 17 los aspirantes deberán indicar la Escala, Especialidad y destino de la plaza a la que concursan.

En el recuadro número 19 los aspirantes sólo podrán solicitar participar en uno de los sistemas citados (libre o promoción). En caso de no especificarse, se entenderá que el aspirante desea participar por el turno libre. En el recuadro número 20 los aspirantes con grado de minusvalía deberán indicar el grado de minusvalía que tengan acreditado y solicitar, cumplimentando el recuadro número 21, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. En los recuadros número 22 y 24 se indicará si está interesado en formar parte de una lista de espera para futuras necesidades de personal interino en plazas de la misma Escala y Especialidad que la que se convoca y en la que ha solicitado participar, indicando la localidad en que se quiere pertenecer, pudiendo optar por alguna de las provincias o por todas. En el caso de que no se cumplimente, se entenderá que no desean formar parte de las listas. En el recuadro número 23, en el apartado C), los aspirantes de nacionalidad no española indicarán si poseen la titulación acreditativa de conocimiento del castellano o si han de realizar una prueba de acreditación, haciendo constar Diploma nivel intermedio o nivel superior de Español, certificado de aptitud (según lo indicado en la base 2.1) o «realizará prueba», según sea el caso. En el recuadro número 27 los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán indicar la fecha de expedición de la credencial de la homologación de la titulación académica que hayan hecho constar en el apartado 25 de la solicitud. En el recuadro número 31 los aspirantes consignarán la cantidad preceptiva, de acuerdo a la tabla que se indica a continuación. En el caso de las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, se indicará «exento», debiendo presentar, junto con la solicitud, el correspondiente documento acreditativo, expedido por el organismo competente, de su grado de minusvalía.

Grupo

Sistema general de acceso libre

Grupo

Sistema de promoción interna

Grupo A

24,04 euros.

Grupo A

12,02 euros.

Grupo B

18,03 euros.

Grupo C

6,01 euros.

Los documentos que deban acompañarse a la solicitud, según lo dispuesto en las bases de la convocatoria, se harán constar en el apartado de la solicitud «Documentos que se aportan». De acuerdo con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades, esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de Aragón y en el Boletín Oficial del Estado, y se tomará como referencia al efecto del computo de plazo para la presentación de solicitudes la publicación de la convocatoria en el BOE. El resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria se publicará únicamente en el Boletín Oficial de Aragón. 3.4 Las solicitudes se presentarán en los registros de la Universidad de Zaragoza, conforme al Acuerdo de 17 de diciembre de 2003, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se regula el registro general de la Universidad y a la resolución de 17 de mayo de 2004, de la Secretaría General de la Universidad de Zaragoza (BOA n.º 59, de 24 de mayo), por la que se actualiza la relación de los registros auxiliares del Registro General de la Universidad de Zaragoza, sito en Edificio Rectorado, C/ Pedro Cerbuna, 12, o en la forma establecida en el art 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (BOE n.º 12, de 14 de enero) Se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Zaragoza, siendo el plazo de presentación de 20 días naturales a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el BOE. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente a esta Universidad. 3.5 Los derechos de examen serán los indicados anteriormente, y se ingresarán en la cuenta corriente n.º 2085-0168-58-0300017984, abierta en Ibercaja, urbana 10, bajo el nombre «Pruebas Selectivas». Estarán exentas de pago los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, quienes deberán justificar debidamente su condición y grado de discapacidad. El comprobante bancario original (o en su defecto, copia bancaria) de haber satisfecho los derechos de examen a favor de esta Universidad se deberá adjuntar a la solicitud. 3.6 Si la solicitud de participación no reúne los requisitos que señala el art. 70 de la ley 30/92, y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 42 de la ley 30/92. 3.7 Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos. 3.8 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, este Rectorado dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el BOA y en los tablones de anuncios de la Universidad, se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión, apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad o pasaporte, así como el lugar o lugares en que se encuentre expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en el BOA de la citada resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, siempre y cuando dicho defecto sea subsanable. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas. Para evitar errores y hacer posible la subsanación en tiempo y forma en el supuesto de producirse, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran en la relación de excluidos, sino además, que constan en la relación de admitidos. 4.3 Transcurrido dicho plazo se dictará resolución que declare aprobada definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, publicándose en el BOA, en los tablones de anuncios de la Universidad y en la dirección de Internet que se reseña en la base 1.2.1. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación en el BOA. No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución recurso de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Rector de esta Universidad que resolverá lo procedente, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición. 4.4 De conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Ley 10/1998, de 22 de diciembre (BOA N.º 151 de 31 de diciembre), de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, el sujeto pasivo tiene derecho a la devolución de las tasas que ha satisfecho si, por causas que no le son imputables, no se han prestado las actividades o servicios gravados.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas, de acuerdo con lo establecido en el art. 24 del vigente Pacto del personal funcionario de administración y servicios, estará compuesto de la siguiente forma:

Titulares: Presidente: D. José Benito Rodríguez Gómez, Profesor Titular de Universidad, por delegación del Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad de Zaragoza.

Vocales:

D.ª Silvia García-Belenguer Laita, Profesora Titular de Universidad, en representación de la Universidad.

D.ª María José Martínez Sañudo, Profesora Titular de Universidad, en representación de la Universidad. D. Fernando López Bernal, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios. D. Rafael Claver Cuello, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretario: D. José María Vélez Peirón, Jefe de Sección de la Sección de Selección y Formación, que actuará con voz pero sin voto. Suplentes:

Presidente: D. Manuel Gascón Pérez, Profesor Titular de Universidad, por delegación del Ilmo. Sr. Gerente de la Universidad de Zaragoza.

Vocales:

D.ª Carmen Aceña Fabián, Profesora Titular de Universidad, en representación de la Universidad.

D.ª Ana Whyte Orozco, Profesora Titular de Universidad, en representación de la Universidad. D. José Luis Olleta Castañer, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios. D. Jesús Oros Espinosa, en representación de la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Secretaria: D.ª Rosa Villaverde Bellido, Jefa de Sección de Personal de Administración y Servicios, que actuará con voz pero sin voto. 5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a este Rectorado, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No podrán formar parte de los órganos de selección aquellos funcionarios que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en este párrafo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias citadas en el párrafo anterior. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el BOA, la resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubiesen perdido tal condición. 5.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal en el plazo de 30 días desde la publicación de la convocatoria, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad al menos de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. 5.4 Para la válida constitución del órgano a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad al menos, de sus miembros. 5.5 Constituido el Tribunal éste resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores corresponde al Rector, a propuesta del Tribunal. Igualmente, el Tribunal podrá designar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los mismos, cuando el número de aspirantes así lo aconseje. 5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en esta convocatoria (cumplimentación del recuadro número 21 de la solicitud), las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización, debiendo cumplimentarse para ello el Anexo III de esta convocatoria. La Universidad de Zaragoza, a través de la Unidad de Protección y Prevención de Riesgos, se podrá poner en contacto con los aspirantes con minusvalía siempre y cuando figuren los datos telefónicos y del domicilio en la solicitud, al objeto de recabar mayor información sobre las adaptaciones necesarias. A tal efecto el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o Comunidad Autónoma. Si se suscitaran dudas al Tribunal respecto de la capacidad de un aspirante para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas en las plazas convocadas, podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y en su caso, de la Comunidad Autónoma. 5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Zaragoza, Sección de Selección y Formación, calle Pedro Cerbuna, 12. 50009 Zaragoza. Teléfono 976 761000, ext. 3118. 5.9 De acuerdo con lo regulado en el art. 30 y en el Anexo IV del RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del servicio (BOE n.º 129, de 30 de mayo), el Tribunal tendrá la Categoría Primera, de actuar en sesión conjunta para todas las plazas, o las categorías que se indican, en función de las plazas, de actuar en sesiones independientes:

Plazas del Grupo A: Categoría Primera.

Plazas de los Grupos B y C: Categoría Segunda.

5.10 Cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Rector de esta Universidad, contra los acuerdos que adopte el Tribunal referidos a lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.2 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión del proceso selectivo al Rector de la Universidad de Zaragoza, comunicándole, a los efectos procedentes, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas. 6.3 Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, sin perjuicio de las tandas que se precise realizar, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. Cuando no se efectúe llamamiento único, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Z», de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución del Instituto Aragonés de Administración Pública, de 22 de marzo de 2004 (BOA n.º 37, de 29 de marzo). 6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios, en el caso de haberlos, se efectuará por el Tribunal con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos, en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1, en el local donde se haya celebrado el ejercicio anterior y por cualesquiera otros medios que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, se corrijan sin que se conozca laidentidaddelosaspirantes,utilizandoparaellolosmediosadecuados. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor. Concluido el primer ejercicio, y en el caso de que consista en un cuestionario tipo test, los aspirantes podrán llevarse el citado cuestionario y el Tribunal procederá a publicar en los locales donde se haya celebrado el ejercicio, así como en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1, el referido cuestionario y la plantilla de respuestas, en su caso, en el plazo máximo de una semana a contar desde la fecha de realización del mismo. Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. El contenido se ajustará a lo dispuesto en el R.D. 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del español como lengua extranjera (BOE 8 de noviembre) La prueba se calificará de apto o no apto, siendo necesario obtener la valoración de apto para pasar a realizar las fases de la oposición. El Tribunal convocará a estos aspirantes a la realización de las pruebas indicando el lugar y fecha de realización, mediante convocatoria en los tablones de anuncios de la Universidad. Quedarán eximidos de realizar dicha prueba quienes estén en posesión del Diploma de Español nivel intermedio o nivel superior como lengua extranjera (o sus equivalentes Diploma básico y superior respectivamente) establecidos por R.D. 1137/2002, de 31 de octubre, o del Certificado de Aptitud en español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, y los extranjeros nacionales de países cuyo idioma oficial sea el español.

7. Procedimiento de selección y valoración

7.1 Fase de oposición.

Promoción Interna: La fase de oposición estará formada por los ejercicios que se indican a continuación. La puntuación máxima será de 70 puntos. El Tribunal queda facultado para la determinación del número necesario de preguntas contestadas correctamente para alcanzar la calificación mínima exigida en el primer ejercicio, así como para la determinación de la nota de corte en el resto de ejercicios que componen esta fase.

Grupo C: Los ejercicios serán compensables entre sí en el caso de obtener las puntuaciones mínimas que se indican en cada una de ellas, siendo necesario para superar esta fase obtener un mínimo de 35 puntos en conjunto.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de no más de 75 preguntas tipo test basadas en el contenido del programa correspondiente que figura en el Anexo I. Para cada pregunta del ejercicio se propondrán cuatro respuestas de las cuales solo una de ellas será la correcta. Las contestaciones erróneas se penalizarán (cada pregunta respondida erróneamente supondrá descontar 0'25 preguntas correctas). El tiempo máximo para su realización será de 120 minutos. Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 9 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, relacionado con los contenidos de las materias del programa correspondiente y con las funciones y perfiles de las plazas. El tiempo máximo para su realización será de 120 minutos, salvo que el Tribunal estime conveniente ampliarlo en función de las características de algunas de las plazas. Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 12 puntos.

Grupo A: Los ejercicios serán eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema a elegir entre dos propuestos por el Tribunal, que podrán ser uno de los que figuren en el programa específico correspondiente o una parte del tema. El tiempo máximo para su realización será de 3 horas. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal. Se valorará la formación y conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión. Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 15 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, relacionados con los contenidos de las materias del programa específico y con las funciones y perfiles de la plaza, pudiendo entregar a los aspirantes documentación en inglés. El tiempo máximo para su realización será de 5 horas, salvo que el Tribunal estime conveniente ampliarlo en función de las características de algunas de las plazas. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada. Se calificará de 0 a 20 puntos cada uno de los supuestos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos en cada uno de ellos para superar el ejercicio.

Sistema general de acceso libre: El Tribunal determinará las medidas oportunas para la realización de los ejercicios aprobando las instrucciones y criterios de valoración que estime pertinentes, así como para la determinación del número necesario de preguntas contestadas correctamente para alcanzar la calificación mínima exigida en el primer ejercicio, así como para determinar la nota de corte en el resto de ejercicios que componen esta fase.

La fase de oposición estará formada por los ejercicios que ha continuación se indican, siendo eliminatorios. Grupo B:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de no más de 100 preguntas tipo test, basadas en el contenido de los programas general y específico correspondiente, que figuran en el Anexo I. Para cada pregunta del ejercicio se propondrán cuatro respuestas de las cuales solo una de ellas será la correcta. Las contestaciones erróneas se penalizarán (cada pregunta respondida erróneamente supondrá descontar 0'25 preguntas correctas). El tiempo máximo para su realización será de 120 minutos. Se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 12,5 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema a elegir entre dos propuestos por el Tribunal, que podrán ser uno de los que figuren en el programa específico correspondiente o una parte del tema. El tiempo máximo para su realización será de 3 horas. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal. Se valorará la formación y conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión. Se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 12,5 puntos. Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, relacionado con los contenidos de las materias del programa específico y con las funciones y perfiles de la plaza, pudiendo entregar a los aspirantes documentación en inglés. El tiempo máximo para su realización será de 5 horas, salvo que el Tribunal estime conveniente ampliarlo en función de las características de algunas de las plazas. Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos.

Grupo A:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de no más de 100 preguntas tipo test, basadas en el contenido de los programas general y específico correspondiente, que figuran en el Anexo I. Para cada pregunta del ejercicio se propondrán cuatro respuestas de las cuales solo una de ellas será la correcta. Las contestaciones erróneas se penalizarán (cada pregunta respondida erróneamente supondrá descontar 0'25 preguntas correctas) El tiempo máximo para su realización será de 120 minutos. Se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 12,5 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema a elegir entre dos propuestos por el Tribunal, que podrán ser uno de los que figuren en el programa específico correspondiente o una parte del tema. El tiempo máximo para su realización será de 3 horas. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal. Se valorará la formación y conocimientos generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión. Se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 12,5 puntos. Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, relacionados con los contenidos de las materias del programa específico y con las funciones y perfiles de la plaza, pudiendo entregar a los aspirantes documentación en inglés. El tiempo máximo para su realización será de 5 horas, salvo que el Tribunal estime conveniente ampliarlo en función de las características de algunas de las plazas. Se calificará de 0 a 20 puntos cada uno de los supuestos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos en cada uno de ellos para superar el ejercicio.

7.2 Fase de concurso: El Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de la Universidad de Zaragoza expedirá de oficio, las certificaciones correspondientes a efectos de la valoración de los méritos de la fase de concurso.

Promoción interna: Esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y se valorará con un máximo de 30 puntos. En ella se valorarán los méritos indicados a continuación, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOE. La valoración de los méritos se realizará en la forma siguiente:

Grupo C:

a) Antigüedad. La puntuación máxima por este apartado será de 12 puntos.

La antigüedad del funcionario en los grupos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se valorará por el tiempo de servicios reconocidos, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieren prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera. No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. Se tendrán en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOE, asignándole la siguiente puntuación:

0,5 puntos por cada año completo, o la parte proporcional correspondiente, de servicios prestados en el grupo D o equivalente.

0,2 puntos por cada año completo, o la parte proporcional correspondiente, de servicios prestados en el resto de grupos.

b) Grado personal consolidado. La puntuación máxima por este apartado será de 8 puntos.

Según el grado personal consolidado que se posea en la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOE, se otorgará la siguiente puntuación: hasta el grado 14, 5 puntos, y por cada unidad de grado que exceda del grado 14, 0,75 puntos adicionales. En el caso de que no se tenga grado consolidado se valorará el mínimo de su grupo de adscripción. c) Trabajo desarrollado. La puntuación máxima por este apartado será de 8 puntos. En este apartado se valorará el nivel del complemento de destino correspondiente a los puestos de trabajo que se hayan desempeñado hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOE, otorgándose la siguiente puntuación: puestos de nivel 14 o inferior, 0,5 puntos por año completo, o la parte proporcional correspondiente, y por cada unidad de nivel que exceda del nivel 14, 0,05 puntos adicionales. La valoración no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas. En el caso de desempeño de un puesto mediante cualquiera de los tipos de provisión temporal se valorará el nivel de complemento de destino de dicho puesto, por un periodo máximo de 2 años; el resto de tiempo de desempeño en dicho puesto se valorará como si se hubiese realizado en el puesto de origen del funcionario. En el caso de desempeño de puestos adscritos a personal laboral, el nivel a tener en cuenta será el equivalente al catalogado para personal funcionario. d) La acreditación en la capacitación y destrezas necesarias de manipulación, anestesia y gestión de animales de experimentación, según lo dispuesto en el artículo 54.2 de la Ley 11/2003 de protección animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, hasta un máximo de 2 puntos.

En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 de la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, los aspirantes que figuren en la misma deberán presentar en el Registro General de la Universidad de Zaragoza la documentación acreditativa de los méritos indicados en el apartado c), que quieran ser alegados para su valoración en la fase de concurso. Grupo A:

a) Antigüedad. La puntuación máxima por este apartado será de 12 puntos.

La antigüedad del funcionario en los grupos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se valorará por el tiempo de servicios reconocidos, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieren prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de carrera. No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. Se tendrán en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOE, asignándole la siguiente puntuación:

0,5 puntos por cada año completo, o la parte proporcional correspondiente, de servicios prestados en el grupo B.

0,2 puntos por cada año completo, o la parte proporcional correspondiente, de servicios prestados en el resto de grupos.

b) Grado personal consolidado. La puntuación máxima por este apartado será de 8 puntos.

Según el grado personal a que se tenga derecho en la fecha publicación de la presente convocatoria en el BOE, se otorgará la siguiente puntuación: hasta el grado 20, 5 puntos, y por cada unidad de grado que exceda del grado 20, 0,5 puntos adicionales. En el caso de que no se tenga grado consolidado se valorará el mínimo de su grupo de adscripción. c) Trabajo desarrollado. La puntuación máxima por este apartado será de 8 puntos. En este apartado se valorará el nivel del complemento de destino correspondiente a los puestos de trabajo que se hayan desempeñado hasta el día de publicación de esta convocatoria en el BOE, otorgándose la siguiente puntuación: puestos de nivel 18 o inferior, 0,5 puntos por año completo o la parte proporcional correspondiente, y por cada unidad de nivel que exceda del nivel 18, 0,05 puntos adicionales. La valoración no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas. En el caso de desempeño de un puesto mediante cualquiera de los tipos de provisión temporal se valorará el nivel de complemento de destino de dicho puesto, por un periodo máximo de 2 años; el resto de tiempo de desempeño en dicho puesto se valorará como si se hubiese realizado en el puesto de origen del funcionario. En el caso de desempeño de puestos adscritos a personal laboral, el nivel a tener en cuenta será el equivalente al catalogado para personal funcionario. d) La acreditación en la capacitación y destrezas necesarias de manipulación, anestesia y gestión de animales de experimentación, según lo dispuesto en el artículo 54.2 de la Ley 11/2003 de protección animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, hasta un máximo de 2 puntos. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 de la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, los aspirantes que figuren en la misma deberán presentar en el Registro General de la Universidad de Zaragoza la documentación acreditativa de los méritos indicados en el apartado c), que quieran ser alegados para su valoración en la fase de concurso.

Sistema general de acceso libre: Esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y se valorará con un máximo de 10 puntos. En ella se valorarán los méritos indicados a continuación, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOE.

a) Los servicios prestados en la Universidad de Zaragoza en la Escala y Especialidad o Categoría laboral equivalente a la que se aspira, a razón de 1 punto por año o parte proporcional, hasta un máximo de 8 puntos.

b) La acreditación en la capacitación y destrezas necesarias de manipulación, anestesia y gestión de animales de experimentación, según lo dispuesto en el artículo 54.2 de la Ley 11/2003 de protección animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, hasta un máximo de 2 puntos.

En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 de la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, los aspirantes que figuren en la misma deberán presentar en el Registro General de la Universidad de Zaragoza la documentación acreditativa de los méritos indicados en el apartado anterior que quieran ser alegados para su valoración en la fase de concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación total obtenida por los aspirantes aprobados en la fase de oposición, a efectos de establecer el orden definitivo de los aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

7.3 Calificación final:

Promoción Interna: La calificación final de las pruebas se determinará por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición a efectos de establecer el orden definitivo de los aspirantes aprobados

En caso de empate el orden de prelación en la calificación final se fijará primando la puntuación obtenida en la fase de oposición, considerándose en primer lugar la calificación del segundo ejercicio. Si continúa el empate se primará en forma sucesiva, hasta dirimir el posible empate, la puntuación obtenida en los apartados a, b, c y d de la fase de concurso y en último caso, la fecha de resolución de nombramiento y el n.º de orden de la oposición por la que se hubiera obtenido la condición de funcionario de carrera del Cuerpo o Escala desde el que se accede a este proceso selectivo. Sistema general de acceso libre: La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso. En caso de empate se dará prioridad al aspirante con mayor puntuación en:

a) Tercer ejercicio de la oposición.

b) Segundo ejercicio de la oposición. c) Primer ejercicio de la oposición.

En caso de continuar el empate, se aplicará la puntuación obtenida en la fase de concurso, según el orden en que aparezcan enunciados los méritos.

8. Superación de los ejercicios

8.1 Al finalizar la calificación de cada uno de los ejercicios de la oposición el Tribunal hará públicas en el lugar o lugares de celebración de los mismos, en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 y en aquellos otros que estime oportunos, las relaciones de aspirantes que hayan superado cada uno de los ejercicios, con indicación de la puntuación obtenida y del número del documento nacional de identidad o pasaporte. Se publicarán listas separadas por cada uno de los sistemas de acceso.

Finalizada la fase de oposición, el Tribunal publicará la relación de aspirantes que la han superado, en el lugar o lugares de celebración del mismo y en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1. 8.2 Los aspirantes que hubiesen superado la fase de oposición participarán en la fase de concurso, valorándose según lo dispuesto en las bases 7.2. 8.3 Finalizado el proceso selectivo el Tribunal hará públicas las relaciones definitivas de aspirantes aprobados por cada sistema de acceso, por orden de puntuación alcanzada, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, la puntuación de la fase de concurso y la suma total. El Presidente del Tribunal elevará propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera al Excelentísimo Señor Rector Magnífico de la Universidad. 8.4 El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la presente Resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en esta base, será nula de pleno derecho. No podrá adjudicarse más de una plaza de las convocadas por esta Resolución a un mismo aspirante. En el caso de que un aspirante sea seleccionado para la adjudicación de más de una plaza, deberá optar por una de ellas y renunciar a las demás, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de las relaciones de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. En este último caso, se acudirá a la relación definitiva de candidatos que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición y se les aplicará la fase de concurso y según el orden de calificación final se realizará propuesta de funcionarios de carrera, hasta la cobertura de todas las plazas convocadas, si ello fuese posible.

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

9.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en los tablones de anuncios de la Universidad señalados en la base 1.2.1 de las relaciones definitivas de aprobados a que se refiere la base 8.3, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en la Sección de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Zaragoza (calle Pedro Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza), los siguientes documentos:

a) Original y fotocopia para su cotejo, o fotocopia compulsada, del título indicado en el recuadro número 15 de la solicitud, o en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios equivalentes para su obtención, así como abonados los derechos para la expedición del título correspondiente.

Fotocopia de la titulación en el caso de haber sido obtenida en el extranjero y fotocopia de la credencial que acredite su homologación. b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, según modelo que figura como Anexo IV a esta convocatoria. En el caso de aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como Anexo IV. c) Certificación expedida por el facultativo del Servicio de Salud de la Universidad de Zaragoza de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el desempeño de las funciones correspondientes. d) Si se considera necesario se podrá requerir, respecto de los aspirantes que hayan hecho valer su condición de minusválidos, acreditación de los órganos competentes de la Administración sanitaria de la Comunidad Autónoma sobre compatibilidad de los aspirantes con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

Los aspirantes del turno de promoción interna deberán cumplimentar exclusivamente lo señalado en el apartado a) en el caso de que no constase en el Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de la Universidad de Zaragoza.

9.2 Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho. 9.3 Si dentro del plazo indicado, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas, no se presenta la citada documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en esta convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial y no podrá el adjudicatario ser nombrado, formulándose propuesta a favor del siguiente en la lista de puntuación, siempre y cuando su valoración en la oposición fuera suficiente. Quienes tuvieran la condición de personal al servicio de la Administración Pública estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para la formalización de su nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición, con expresión del número y grupo de trienios, fecha de su cumplimiento y aquellas circunstancias que obren en su hoja de servicios, así como fotocopia compulsada de la titulación exigida. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documentación requerida en la base 9.1, serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala y Especialidad correspondiente, mediante resolución del Organo competente que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Aragón.

10. Norma final

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el art. 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el BOE, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, según lo dispuesto en los art. 10.1 y 8.2 respectivamente de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE n.º 167, del 14), según corresponda.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 9 de diciembre de 2004.-El Rector, P. D. (Res. 7/5/2004, BOA n.º 54, de 12 de mayo), el Gerente, Rogelio Cuairán Benito.

ANEXO I

Programa general

1. La Ley Orgánica de Universidades. Titulo preliminar. Naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades. Estructura de las Universidades. Gobierno y representación de las Universidades. El Consejo de Coordinación Universitaria. 2. La Ley Orgánica de Universidades. La evaluación y la acreditación. Las enseñanzas y títulos. La investigación en la Universidad. Los estudiantes. El Profesorado. El Personal de Administración y Servicios de las Universidades Públicas. Régimen económico y financiero de las Universidades Públicas. El Espacio Europeo de Enseñanza Superior. 3. Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999: Derechos de los ciudadanos. Responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. 4. La calidad en las universidades: la evaluación y acreditación en la Ley Orgánica de Universidades. Las cartas de servicio y los premios de calidad. 5. Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal: disposiciones generales; principios de la protección de datos; derechos de las personas; ficheros de titularidad pública. Normativa propia de la Universidad de Zaragoza en materia de protección de datos (Resolución 16/7/2001 y Resolución 6/6/2002). 6. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas: clases, derechos y deberes. Regulación de las incompatibilidades. Situaciones administrativas. 7. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Determinación de las partes que lo conciertan. Condiciones de aplicación y vigencia. Comisión de interpretación, vigilancia, estudio y aplicación del convenio. Organización y planificación del trabajo. Ingreso y acceso a cuerpos, y escalas de la Universidad. Provisión de puestos de trabajo. 8. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Clasificación profesional. Formación y perfeccionamiento profesional. Jornada y régimen de trabajo. Vacaciones, permisos y licencias. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario. 9. El pacto del personal funcionario de la Universidad de Zaragoza. Salud laboral. Retribuciones. Acción social. Derechos de representación colectiva y de reunión. Disposiciones adicionales. Disposiciones transitorias. Disposición final.

Programa específico

Escala: Técnicos superiores de laboratorios y talleres. Especialidad: Veterinaria. Puesto de trabajo: Técnico Superior Veterinario (Hospitalización y Cuidados Intensivos). Destino: Área Hospital Clínico Veterinario (Facultad de Veterinaria)

1. Introducción: Organización de la UCI y área de hospitalización. Valoración del paciente en urgencias y plan de tratamiento inicial. 2. Monitorización del paciente en estado crítico: Monitorización cardiovascular. Monitorización del sistema respiratorio y del intercambio gaseoso. Monitorización de la función renal. Monitorización de la temperatura corporal. Valoración del dolor. 3. Reanimación cardiopulmonar: Indicaciones. Fases. Fármacos. Electrocardiografía y reanimación cardiopulmonar. Fibrilación y desfibrilación. Monitorización. Tratamiento de la isquemia cerebral tras la reanimación. 4. Anestesia en el paciente crítico: Valoración preoperatoria y estabilización. Preanestesia, inducción y mantenimiento en el paciente crítico. Bloqueantes neuromusculares. Monitorización y soporte intraoperatorio. 5. Analgesia en el paciente crítico: Reconocimiento y valoración del dolor. Drogas analgésicas. Analgesia local y regional. 6. Soporte nutricional del paciente en estado crítico: Indicaciones. Requerimientos nutricionales. Vías de soporte nutricional. Monitorización y complicaciones del soporte nutricional. 7. Terapia farmacológica del paciente en estado crítico: Reacciones farmacológicas adversas. Modificaciones de la farmacocinética en el paciente crítico. Terapia antimicrobiana. 8. Técnicas de urgencia: Técnicas en vías respiratorias. Oxigenoterapia. Ventilación asistida. Humidificación. Toracocentesis y drenaje torácico. Colocación de catéteres intravenosos e intraarteriales. Presión venosa central. Infusión intraósea. Pericardiocentesis. Técnicas gastrointestinales. Cateterización uretral. Cistocentesis. 9. Diagnóstico por imagen en la UCI: Radiología simple. Radiografías de contraste. Ecografía. 10. Fluidoterapia: Homeostasis del fluido extracelular. y fisiopatología de la pérdida anómala de fluidos. Valoración clínica de la necesidad de fluidoterapia. Tipos de fluidos. Pautas de fluidoterapia 11. Urgencias cardiovasculares: Insuficiencia cardíaca aguda. Colapso cardiovascular. Tromboembolismo. Hipertensión. 12. Shock: Clasificación. Fisiopatología. Cuadro clínico. Pronóstico. Tratamiento 13. Protocolo para el diagnóstico y tratamiento de la disnea: Patrones respiratorios. Estabilización de urgencia. Síndromes de dificultad respiratoria. Patología de las vías respiratorias. Patología del parénquima pulmonar y del espacio pleural. 14. Urgencias urológicas: Insuficiencia renal aguda. Obstrucción del tracto urinario inferior. 15. Urgencias oftalmológicas: Glaucoma. Proptosis. Uveítis. Cuerpos extraños, úlceras y laceraciones corneales. Luxación del cristalino. Hipema. Conjuntivitis. 16. Urgencias neurológicas: Convulsiones y crisis epilépticas. Pérdida de la consciencia y coma. Encefalopatías metabólicas. Traumatismo craneal. Signos vestibulares y cerebelares. Parexias y parálisis. Debilidad episódica y síncope. 17. Abdomen agudo y urgencias gastrointestinales: Exploración inicial y reanimación. Urgencias esofágicas. Dilatación/Torsión gástrica. Obstrucción intestinal. Prolapso rectal. Pancreatitis. Piometra. Torsión uterina. Torsión testicular. Peritonitis. Hemoperitoneo. 18. Urgencias hematológicas: Anemia. Trastornos hemorrágicos. Hipercoagulación y trombosis. 19. Urgencias en reproducción y neonatología: Piometras. Hiperplasia vaginal. Urgencias en la hembra durante la gestación. Distocias. Urgencias en el postparto. Urgencias reproductivas en el macho. Urgencias en el neonato. 20. Tratamiento de traumatismos del sistema locomotor y de la piel: Heridas. Fracturas. Luxaciones. Síndrome del compartimento. 21. Urgencias metabólicas y endocrinas: Cetoacidosis diabética. Hiperadrenocorticalismo. Hipoglucemia. Trastornos del calcio, sodio y potasio. Desequilibrios ácido-básicos. Hipoproteinemia. 22. Urgencias dermatológicas: Celulitis juvenil. Dermatitis piotraumática. Urticaria y angioedema. Reacciones farmacológicas cutáneas. Eritema multiforme. Necrosis epidérmica tóxica. Dermatitis por contacto. Síndrome uveodermatológico. Quemaduras. 23. Intoxicaciones: Reconocimiento y tratamiento del paciente intoxicado. Intoxicaciones específicas más frecuentes en el perro y el gato. 24. Seguridad e Higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y protección. Protección de máquinas. Protección personal. Actuaciones en casos de accidente. Primeros auxilios. 25. Nociones básicas de Salud Laboral y Prevención de Riesgos. Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Consulta y participación de los trabajadores.

Escala: Técnicos superiores de laboratorios y talleres. Especialidad: Veterinaria. Puesto de trabajo: Técnico Superior Veterinario (Anestesia y reanimación). Destino: Área Hospital Clínico Veterinario (Facultad de Veterinaria)

1. Principios básicos de farmacología y anestesia. 2. Tipos de anestesia. Mecanismos de acción de los anestésicos. 3. Valoración preanestésica. Selección del agente anestésico. 4. Vías de administración subcutánea, intramuscular, endovenosa, inhalatoria. 5. Preanestesia. Drogas ataracticas, narcóticos, anticolinérgicos, mezclas de neuroleptoanalgesia. 6. Inducción anestésica. Inducción intravenosa, inducción inhalatoria, intubación endotraqueal, etapas de la anestesia general, anestésicos fijos. 7. Mantenimiento anestésico. Mantenimiento por vía intravenosa, técnica de la infusión continua, mantenimiento por vía inhalatoria. Anestésicos volátiles. 8. Métodos de anestesia inhalatoria. Descripción de la máquina anestésica, sus componentes y sistemas de respiración. 9. Anestesia loco-regional. Anestesia por infiltración, paravertebral, epidural y subaracnoidea en las especies domésticas. Drogas empleadas. 10. Anestesia en grandes animales I. Anestesia en équidos en la estación, Anestesia en équidos en decúbito, problemas anestésicos en équidos. 11. Anestesia en grandes animales II. Anestesia en rumiantes y problemas asociados. 12. Anestesia de porcinos y problemas asociados. 13. Anestesia en pequeños animales. Anestesia en el perro y gato y problemas asociados. 14. Anestesia en animales de laboratorio y aves. 15. Anestesia en especies exóticas. 16. Anestesia obstétrica en las especies citadas en los temas anteriores. 17. Anestesia pediátrica en las especies citadas en los temas anteriores. 18. Alergia y anestesia. 19. Urgencias y accidentes anestésicos. Problemas anestésicos respiratorios, apnea, hipoventilación, respiración apneústica. 20. Urgencias y accidentes anestésicos. Problemas anestésicos cardio-circulatorios, fibrilación y paro cardiaco, hipotensión, hipertensión. 21. Medidas de resucitación en anestesia. 22. Fluidoterapia y anestesia. Desequilibrios ácido-básicos. Soluciones cristaloides y coloides. Cálculo práctico en fluidoterapia. 23. Principios fundamentales de los instrumentos de monitorización. 24. Monitorización cardiovascular, respitatoria y de cualquier otro tipo. 25. Electrocardiografía 26. Tratamiento del dolor perioperatorio y postoperatorio 27. Técnicas de apoyo en cuidados intensivos (fluidoterapia, transfusión de sangre y hemoderivados). 28. Documentación y registros de datos. 29. Seguridad e Higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y protección. Protección de máquinas. Protección personal. Actuaciones en casos de accidente. Primeros auxilios. 30. Nociones básicas de Salud Laboral y Prevención de Riesgos. Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Consulta y participación de los trabajadores.

Escala: Técnicos superiores de laboratorios y talleres. Especialidad:Veterinaria. Puesto de trabajo: Técnico Superior Veterinario (Cirugía y Medicina equina). Destino: Área Hospital Clínico Veterinario (Facultad de Veterinaria)

1. Cicatrización de heridas. Curas y vendajes. 2. Hemostasia y trasfusión sanguínea. 3. Metabolismo del animal enfermo. Soporte nutricional. 4. Shock circulatorio. 5. Infección. Diagnóstico, tratamiento y profilaxis. 6. Cólico. Diagnóstico, manejo, tratamiento médico y quirúrgico. 7. Cuidados postoperatorios y complicaciones quirúrgicas. 8. Afecciones respiratorias del neonato. 9. Alteraciones de la laringe. Diagnóstico y tratamiento. 10. Lesiones corneales. Diagnóstico y tratamiento. 11. Diagnóstico de gestación. Parto. Distocias. 12. Cirugía urogenital. 13. Cojeras. Examen, técnica de diagnóstico, tratamientos. 14. Cirugía ortopédica. 15. El casco. Patologías y tratamientos. 16. Herraje. Tipos de herraduras y aplicaciones.

Escala: Técnicos medios de laboratorios y talleres. Especialidad: Veterinaria. Puesto de trabajo: Técnico Medio Radiografista. Destino: Área Hospital Clínico Veterinario (Facultad de Veterinaria)

1. Física de La Radiación:

Definición de Rx.

Propiedades Básicas de los Rayos X. Producción de Rayos X. Interacción de la Radiación Con La Materia. Absorción diferencial. Factores. Radiación dispersa.

2. Instalación de Radiología:

Transformadores.

Rectificadores. Estructura del Tubo de Rx. Filtros. Colimadores. Rejillas. Panel de Mando.

3. Imagen Radiológica. Radiotransparencia. Radioopacidad. Contraste Radiológico. Nitidez. Velo.

4. Variables de Exposición: Mas. Kv. Distancia Foco-Película. Distancia Objeto-Película. 5. Registro de la Imagen: Películas. Pantallas Intensificadoras. 6. Técnicas de Cuarto Oscuro. 7. Artefactos Radiológicos. 8. Geometría Radiográfica. 9. Posicionamientos Radiográficos En Pequeños Animales: Terminología Direccional. Posicionamientos:

Radiografía del cráneo.

Columna vertebral. Metacarpo y dedos. Carpo. Cúbito y radio. Articulación del codo. Húmero. Articulación del hombro. Escápula. Tórax. Abdomen. Pelvis. Fémur. Articulación de la rodilla. Tibia. Tarso. Metatarso y dedos.

10. Radiografía Dental Básica: Equipamiento. Exposición. Posicionamiento.

11. Radiografía de Animales Exóticos: Roedores y Pequeños Mamíferos. Reptiles. Aves. 12. Medios de Contraste. 13. Técnicas de Contraste: Mielografía. Contrastes Digestivos. Contrastes del Tracto Urinario. Celiografía. Fistulografía. Mielografía. 14. Radioprotección: Efectos de la Radiación sobre el Organismo. Fuentes de Radiación. Dispositivos de Control. Minimización de La Exposición.

Escala: Técnicos especialistas de laboratorios y talleres. Especialidad:Biomédica. Puesto de trabajo: Técnico Especialista de Laboratorio. Destino: Área Hospital Clínico Veterinario (Facultad de Veterinaria)

1. Maquinaria y utillaje hospitalario. Mantenimiento básico. 2. Herramientas y equipo de herraje. 3. Manejo de équidos, suidos, rumiantes, etcétera. 4. Conformación y aplomos. 5. Técnicas de sujeción de extremidades e inmovilización. 6. Nutrición y alimentación animal. Alimentos para el ganado. 7. Limpieza, desinfección y esterilización de locales, instrumentales y aparatos. 8. Sanidad animal. Concepto de enfermedad. Constantes vitales de las distintas especies. Síntomas de las patologías más frecuentes de distintas especies: equinos, porcino, y rumiantes. Sistemas de prevención. Cuarentenas. Profilaxis. 9. Cuidados del animal enfermo: vendajes, curas y administración de sustancias terapéuticas. Cuidados especiales: condiciones ambientales, alimentación... 10. Preparación de animales para reconocimientos, exploraciones clínicas e intervenciones quirúrgicas. 11. Participación en la toma de muestras de sangre en el animal vivo. Procesado, conservación, manipulación y etiquetado de las muestras. 12. Toma y preparación de muestras de otros líquidos orgánicos en el animal vivo: orina, leche y otros líquidos orgánicos. Conservación, manipulación y etiquetado de las muestras. 13. Estabulación de animales. Limpieza de cuadras. 14. Seguridad e Higiene en el trabajo. Orden, limpieza, color y señalización. Factores de riesgo. Medidas de prevención y protección. Protección de máquinas. Protección de personal. Actuaciones en caso de accidente. Primeros auxilios. Plan de emergencia. Salud laboral.

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ANEXO III

Listado de adaptaciones compensatorias para las oposiciones y examenes en los que participen personas con necesidades especiales

Ampliación del tiempo de examen (en un 25%). Colocación en primeras filas. Mesa adaptada para usuarios de sillas de ruedas. Aumento del nivel de iluminación. Preguntas de examen y folios ampliados en tamaño. Preguntas de examen y folios en alto contraste. Transcripción en sistema Braille. Posibilidad de uso de máquinas de escribir en sistema Braille. Posibilidad de uso de medios de ampliación de imagen. Instrucciones generales e instrucciones durante las pruebas siempre escritas. Disponibilidad de equipos de frecuencia modulada para personas con deficiencia auditiva. Interprete de lengua de signos. Posibilidad de uso del ordenador e impresora u otras ayudas técnicas para la comunicación escrita. Necesidad de alimentación eléctrica para ayudas técnicas para la comunicación. Otras.

ANEXO IV Declaración jurada/promesa

Don/Doña

con domicilio en municipio provincia de nacionalidad con documento nacional de identidad (pasaporte o documento acreditativo de la nacionalidad), número declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado .......,

 (Para ciudadanos españoles) que no ha sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

 (Para ciudadanos extranjeros) que no ha sido sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública. ....................., ....... de ............. de ......... (Localidad) (día) (mes) (año)

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