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Documento BOE-A-2004-16794

Resolución de 30 de agosto de 2004, de la Subsecretaría, por la que se hace pública la prórroga de becas de formación para titulados superiores en el ámbito de estadísticas agroalimentarias, convocadas mediante Orden APA/476/2002, de 26 de febrero.

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 29 de septiembre de 2004, páginas 32536 a 32536 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2004-16794

TEXTO ORIGINAL

Por Orden APA/476/2002, de 26 de febrero (BOE n.56, de 6 de marzo), se convocaron Becas de formación para titulados superiores en el ámbito de estadísticas agroalimentarias. Por Resolución de 19 de julio de 2002 se resolvió dicha convocatoria, concediéndose las correspondientes becas.

En el artículo 3.1 de la Orden de 26 de febrero de 2002 se establece que la duración de las becas será hasta el 30 de septiembre de 2003, y que podrán prorrogarse hasta un máximo total de tres años, previa evaluación de la labor realizada y siempre que exista disponibilidad presupuestaria en el correspondiente ejercicio.

De acuerdo con lo dispuesto en las bases de la convocatoria, a la vista de las solicitudes recibidas, y la propuesta de resolución de la Subdirección General de Estadísticas Agroalimentarias, en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, aprobado por Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por Resolución de 22 de julio de 2004, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha resuelto prorrogar las becas solicitadas.

Por ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el ordenamiento jurídico, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden APA/476/2002, de 26 de febrero,

Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.

Hacer público el extracto de la Resolución de 22 de julio de 2004 por la que se prorrogan, hasta el 18 de julio de 2005, dos becas de formación para titulados superiores en el ámbito de estadísticas agroalimentarias, que figura en el Anexo de esta resolución, en la forma y condiciones establecidas en la Orden APA/476/2002, de 26 de febrero.

Segundo.

El texto íntegro de la concesión de prórroga, Resolución de 22 de julio de 2004, se encuentra expuesto en el tablón de anuncios situado en la parte derecha del vestíbulo de entrada de la sede central del Departamento (Paseo de Infanta Isabel número 1, 28014 Madrid), donde podrá ser consultado durante los quince días siguientes a la publicación de la presente Resolución.

Tercero.

La resolución del procedimiento, de la que se da publicidad, pone fin a la vía administrativa; contra ella podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, ante la excelentísima señora Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En ningún caso podrán simultanearse ambas vías impugnatorias.

Madrid, 30 de agosto de 2004.–El Subsecretario, Santiago Menéndez de Luarca Navia-Osorio.

ANEXO
Prórroga de becas de formación para titulados superiores en el ámbito de estadísticas agroalimentarias

(Orden APA/476/2002, de 26 de febrero)

Apellidos y nombre DNI/NIF
Fuentes Rubio, Emilio. 2.543.689-G
Lázaro Polo, Jesús María. 30.808.081-H

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