Por existir en la Región Militar Centro la instalación militar denominada Acuartelamiento «Alfonso X», situado en el lugar de Campamento, dentro del término municipal de Madrid, se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pudiera afectarla, así como asegurar tanto la actuación eficaz de los medios de que disponga como el aislamiento conveniente para garantizar su seguridad, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero.
La Orden Ministerial 16/1980, de 16 de junio, por la que se señala la zona de seguridad de determinadas instalaciones militares situadas en Madrid, Plasencia (Cáceres) y Toledo, en su punto 2.11 establece la zona de seguridad del Acuartelamiento del Servicio Geográfico del Ejército. Dado el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la citada Orden y los cambios en esta instalación militar (actualmente Acuartelamiento «Alfonso X») así como en las colindantes, han variado la índole de la misma y de su entorno, por lo que se hace aconsejable suprimir la zona de seguridad vigente y señalar una nueva zona de seguridad para el Acuartelamiento «Alfonso X».
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército de Tierra, y a propuesta razonada del General Jefe del Mando Regional Centro, dispongo:
A los efectos prevenidos en el Capitulo II del Titulo I del Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, la instalación militar denominada Acuartelamiento «Alfonso X», situada en el lugar de Campamento, dentro del término municipal de Madrid, se considera incluida en el Grupo Primero de los regulados por el artículo 8 del citado Reglamento.
De conformidad con lo preceptuado en los artículos 10.1 y 11.1 del citado Reglamento, se establece una zona próxima de seguridad, definida por el espacio comprendido entre el perímetro que delimita la finca, propiedad militar, y el polígono determinado por los siguientes puntos de coordenadas UTM (Datum WGS84):
Puntos | X | Y |
---|---|---|
P1 | 433.686 | 4.471.607 |
P2 | 433.874 | 4.471.718 |
P3 | 433.934 | 4.471.747 |
P4 | 433.970 | 4.471.770 |
P5 | 434.102 | 4.471.881 |
P6 | 434.223 | 4.471.740 |
P7 | 433.897 | 4.471.394 |
Queda derogado el apartado 2.11 de la Orden Ministerial 16/1980, de 16 de junio, sobre zonas de seguridad de determinadas instalaciones militares situadas en Madrid, Plasencia (Cáceres) y Toledo, por el que se señala la zona de seguridad del Acuartelamiento del Servicio Geográfico del Ejército en Campamento (Madrid).
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 22 de junio de 2004.
BONO MARTÍNEZ
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid