Por existir en la Región Militar Noroeste una instalación denominada fábrica «Star Bonifacio Echeverría, S. A.», en Eibar (Guipúzcoa), declarada sin interés militar, se hace aconsejable suprimir la Zona de Seguridad que la preservaba de cualquier obra o actividad que pudiera afectar a las instalaciones, de conformidad con lo establecido en el reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional.
En su virtud y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército, a propuesta razonada del General Jefe de la Región Militar Noroeste, dispongo:
Queda suprimida la Zona de Seguridad para la instalación «Star Bonifacio Echeverría, S. A.» en Eibar (Guipúzcoa).
Queda derogada la Orden 47/1983, de 15 de junio, por la que se señala la Zona Próxima de Seguridad para la citada instalación.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 22 de junio de 2004.
BONO MARTÍNEZ
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