Por existir instalaciones radioeléctricas de la Red Conjunta de Telecomunicaciones (RCT) en el Mando Aéreo de Canarias, se hace aconsejable preservarlas de cualquier obra o actividad que pudiera afectarlas, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército del Aire, a propuesta razonada del General Jefe del Mando Aéreo de Canarias, dispongo:
A los efectos prevenidos en el artículo 8.o del capítulo II del título primero del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, se consideran incluidas en el grupo segundo las dieciséis instalaciones militares RCT, cuya ubicación y características se detallan en el apartado siguiente.
De conformidad con lo preceptuado en la Subsección B de la Sección 1.a del capítulo II del citado Reglamento, se señala la zona de seguridad radioeléctrica de las instalaciones militares que se relacionan a continuación, en la forma que se determina para cada una de ellas:
1. RCT 816-Reina Sofía Aeropuerto.
Situada en Granadilla de Abona (Tenerife).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de instalación: Ubicada en el interior del Aeropuerto de Reina Sofía, en el término municipal de Granadilla de Abona, en Tenerife. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 016° 33’ 42’’ W
Latitud: 28o 03’ 24’’ N
Elevación: 64 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano que contiene la cota de 64 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
2. RCT 821-Los Rodeos Aeropuerto.
Situada en San Cristóbal de La Laguna (Tenerife).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del aeropuerto de Los Rodeos, en el término municipal de San Cristóbal de la Laguna, en Tenerife.
Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 016o 20’ 35’’W
Latitud: 28o 28’ 32’’ N
Elevación: 653 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 653 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
3. RCT 841-La Palma Aeropuerto.
Situada en Mazo (La Palma).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del aeropuerto de La Palma, en el término municipal de Mazo, La Palma. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 017o 45’ 04’’ W
Latitud: 28o 37’ 11’’ N
Elevación: 20 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 20 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
4. RCT 874-El Hierro Aeropuerto.
Situada en Valverde (El Hierro).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del aeropuerto de El Hierro, en el término municipal de Valverde, El Hierro. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 017o 53’ 02’’ W
Latitud: 27o 48’ 54’’
N Elevación: 20 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 20 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
5. RCT 902-Gando, Cota 40.
Situada en Telde (Las Palmas).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del recinto de la Base Aérea de Gando, en el término municipal de Telde, Las Palmas. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 015o 22’ 04’’ W
Latitud: 27o 56’ 10’’
N Elevación: 34 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 40 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
6. RCT 903-Gando Soc, Cota 55.
Situada en Telde (Las Palmas).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del recinto de la Base Aérea de Gando, en el término municipal de Telde, Las Palmas. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 015o 22’ 05’’ W
Latitud: 27o 56’ 06’’ N
Elevación: 55 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 55 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
7. RCT 904-Gando Soc, Cota 34.
Situada en Telde (Las Palmas).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del recinto de la Base Aérea de Gando, en el término municipal de Telde, Las Palmas. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 015o 22’ 09’’ W
Latitud: 27o 56’ 22’’ N
Elevación: 34 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 40 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
8. RCT 920-Vigía.
Situada en La Isleta (Las Palmas).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del Acuartelamiento La Isleta, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 015o 25’ 04’’ W
Latitud: 28o 09’ 33’’ N
Elevación: 162 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 162 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
9. RCT 921-Cuartel General del MACAN.
Situada en Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del Cuartel General del Mando Aéreo de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 015o 25’ 48’’ W
Latitud: 28o 07’ 13’’
N Elevación: 40 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 40 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
10. RCT 950-Pico de las Nieves.
Situada en San Mateo (Las Palmas).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del Escuadrón de Vigilancia Aérea n.o 21, en el término municipal de San Mateo, Las Palmas. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 015o 34’ 10’’ W
Latitud: 27o 57’ 41’’ N
Elevación: 1.949 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 1.949 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
11. RCT 961-Fuerteventura Comandancia Aérea.
Situada en Puerto del Rosario (Fuerteventura).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del Aeropuerto de Fuerteventura, en el término municipal de Puerto del Rosario, Fuerteventura. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 013o 52’ 21’’ W
Latitud: 28o 27’ 10’’ N
Elevación: 15 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 15 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
12. RCT 963-Lanzarote Aeródromo.
Situada en San Bartolomé (Lanzarote).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del Aeródromo Militar de Lanzarote, en el término municipal de San Bartolomé, Lanzarote. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 013o 36’ 37’’ W
Latitud: 28o 56’ 38’’
N Elevación: 14 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 14 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
13. RCT 965-Peñas del Chache.
Situada en Haría (Lanzarote).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el interior del Escuadrón de Vigilancia Aérea n.o 22, en el término municipal de Haría, Lanzarote. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 013o 31’ 12’’ W
Latitud: 29o 07’ 05’’ N
Elevación: 646 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 646 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
14. RCT 966-Muda.
Situada en Puerto del Rosario (Fuerteventura).
Zona próxima de seguridad: Zona comprendida en el espacio de 300 metros, contados a partir del límite exterior, que define el perímetro más avanzado de la instalación, que viene determinado por las siguientes coordenadas geográficas:
Punto A: N 28o 34’ 11,62’’ W 013o 57’ 28,26’’
Punto B: N 28.o 34’ 11,35’’ W 013.o 57’ 27,68’’
Punto C: N 28.o 34’ 11,03’’ W 013.o 57’ 27,23’’
Punto D: N 28.o 34’ 10,66’’ W 013.o 57’ 26,59’’
Punto E: N 28.o 34’ 09,99’’ W 013.o 57’ 27,05’’
Punto F: N 28.o 34’ 09,47’’ W 013.o 57’ 27,21’’
Punto G: N 28.o 34’ 09,47’’ W 013.o 57’ 28,10’’
Punto H: N 28.o 34’ 09,72’’ W 013.o 57’ 28,44’’
Punto I: N 28.o 34’ 09,72’’ W 013.o 57’ 28,44’’
Punto J: N 28.o 34’ 11,16’’ W 013.o 57’ 28,80’’
Zona de seguridad radioeléctrica.Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en la montaña Hija de la Muda, en el término municipal de Puerto del Rosario, Fuerteventura. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: W 013o 57’ 23’’
Latitud: N 28o 34’ 00’’
Elevación: 600 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 601 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A estas zonas les será aplicable lo especificado en los artículos 17 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
15. RCT 970-Montaña La Gorra.
Situada en San Mateo (Las Palmas).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada a 500 metros al este del Escuadrón de Vigilancia Aérea n.o 21, en el término municipal de San Mateo, Las Palmas.
Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 015o 33’ 34’’ W
Latitud: 27o 57’ 33’’ N
Elevación: 1.919 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 1.919 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
16. RCT 980-Gando ACC.
Situada en Telde (Las Palmas).
Zona de seguridad radioeléctrica.–Definida por las siguientes características:
Zona de la instalación: Ubicada en el Aeropuerto de Las Palmas, en el término municipal de Telde, Las Palmas. Punto de referencia de la instalación:
Longitud: 015o 23’ 07’’ W
Latitud: 27o 56’ 40’’ N
Elevación: 18 metros.
Plano de referencia de la instalación: Es el plano horizontal que contiene la cota 18 metros sobre el nivel del mar.
Superficie de limitación de altura: La que figura en el cuadro anexo, de acuerdo con el radioenlace especificado.
A esta zona le será aplicable lo especificado en los artículos 19 al 22 del Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo.
A aquellas instalaciones radioeléctricas que se encuentran dentro de alguna de las zonas de seguridad radioeléctrica mencionadas que hayan sido previamente autorizadas, no les afectará ningún tipo de limitación a que hace referencia la presente Orden siempre que no interfieran a las instalaciones citadas y no sean modificadas sus características actuales.
Queda derogada la Orden núm. 342/38474/1989, de 18 de abril, por la que se señala la zona de seguridad de la red de instalaciones radioeléctricas de la Zona de Canarias.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 22 de junio de 2004.
BONO MARTÍNEZ
Enlaces radioeléctricos | Puntos de referencia |
Superficie de limitación de altura – D (Metros) |
||||
---|---|---|---|---|---|---|
Coordenadas geográficas |
Altitud base torre antena – Metros |
Elevación antena sobre base torre – Metros |
Altitud antena – Metros |
|||
RCT 902-GANDO COTA 40 |
N 27o 56’ 10’’ W 015o 22’ 04’’ |
40 m | 2 m | 42 m | 20,44 m | |
RCT 970-MONTAÑA LA GORRA |
N 27o 57’ 33’’ W 015o 33’ 34’’ |
1.919 m | 13 m | 1932 m | ||
RCT 902-GANDO COTA 40 |
N 27o 56’ 10’’ W 015o 22’ 04’’ |
40 m | 2 m | 42 m | 22,02 m | |
RCT 920-VIGÍA |
N 28o 09’ 33’’ W 015o 25’ 34’’ |
162 m | 2 m | 164 m | ||
RCT 903-GANDO SOC, COTA 55 |
N 27o 56’ 06’’ W 015o 22’ 05’’ |
55 m | 2 m | 57 m | 13,38 m | |
RCT 980-GANDO ACC |
N 27o 56’ 40’’ W 015o 23’ 07’’ |
18 m | 14 m | 32 m | ||
RCT 904-GANDO SOC, COTA 34 |
N 27o 56’ 22’’ W 015o 22’ 09’’ |
34 m | 2 m | 36 m | 21,92 m | |
RCT 920-VIGÍA |
N 28o 09’ 33’’ W 015o 25’ 04’’ |
162 m | 2 m | 164 m | ||
RCT 970-MONTAÑA LA GORRA |
N 27o 57’ 33’’ W 015o 33’ 34’’ |
1.919 m | 13 m | 1.932 m | 12,41 m | |
RCT 950-PICO LAS NIEVES |
N 27o 57’ 41’’ W 01534’ 10’’ |
1.949 m | 10 m | 1959 m | ||
RCT 970-MONTAÑA LA GORRA |
N 27o 57’ 33’’ W 015o 33’ 34’’ |
1.919 m | 13 m | 1932 m | 80,03 m | |
RCT 966-MUDA |
N 28o 34’ 00’’ W 013o 57’ 23’’ |
600 m | 0 m | 600 m | ||
RCT 970-MONTAÑA LA GORRA |
N 27o 57’ 33’’ W 015o 33’ 34’’ |
1.919 m | 13 m | 1932 m | 20,44 m | |
RCT 902-GANDO, COTA 40 |
N 27o 56’ 10’’ W 015o 22’ 04’’ |
40 m | 2 m | 42 m | ||
RCT 970-MONTAÑA LA GORRA |
N 27o 57’ 33’’ W 015o 33’ 34’’ |
1.919 m | 13 m | 1932 m | 19,93 m | |
RCT 980-GANDO, ACC |
N 27o 56’ 40’’ W 015o 23’ 07’’ |
18 m | 14 m | 32 m | ||
RCT 920-VIGÍA |
N 28o 09’ 33’’ W 015o 25’ 04’’ |
162 m | 2 m | 164 m | 22,32 m | |
RCT 950-PICO LAS NIEVES |
N 27o 57’ 41’’ W 015o 34’ 10’’ |
1.949 m | 10 m | 1959 m | ||
RCT 920-VIGÍA |
N 28o 09’ 33’’ W 015o 25’ 04’’ |
162 m | 2 m | 164 m | 15,06 m | |
RCT 921-CUARTEL GRAL. MACAN |
N 28o 07’ 13’’ W 015o 25’ 48’’ |
40 m | 11 m | 51 m | ||
RCT 920-VIGÍA |
N 28o 09’ 33’’ W 015o 25’ 04’’ |
162 m | 2 m | 164 m | 22,02 m | |
RCT 902-GANDO, COTA 40 |
N 27o 56’ 10’’ W 015o 22’ 04’’ |
40 m | 2 m | 42 m | ||
RCT 920-VIGÍA |
N 28o 09’ 33’’ W 015o 25’ 04’’ |
162 m | 2 m | 164 m | 21,92 m | |
RCT 904-GANDO SOC, COTA 34 |
N 27o 56’ 22’’ W 015o 22’ 09’’ |
34 m | 2 m | 36 m | ||
RCT 980-GANDO ACC |
N 27o 56’ 40’’ W 015o 23’ 07’’ |
18 m | 14 m | 32 m | 13,38 m | |
RCT 903-GANDO SOC, COTA 55 |
N 27o 56’ 06’’ W 015o 22’ 05’’ |
55 m | 2 m | 57 m | ||
RCT 980-GANDO ACC |
N 27o 56’ 40’’ W 015o 23’ 07’’ |
18 m | 14 m | 32 m | 19,93 m | |
RCT 970-MONTAÑA LA GORRA |
N 27o 57’ 33’’ W 015o 33’ 34’’ |
1.919 m | 13 m | 1932 m | ||
RCT 921-CUARTEL GRAL. MACAN |
N 28o 07’ 13’’ W 015o 25’ 48’’ |
40 m | 11 m | 51 m | 15,06 m | |
RCT 920-VIGÍA |
N 28o 09’ 33’’ W 015o 25’ 04’’ |
162 m | 2 m | 164 m | ||
RCT 950-PICO LAS NIEVES |
N 27o 57’ 41’’ W 015o 34’ 10’’ |
1.949 m | 10 m | 1959 m | 12,41 m | |
RCT 970-MONTAÑA LA GORRA |
N 27o 57’ 33’’ W 015o 33’ 34’’ |
1.919 m | 13 m | 1932 m | ||
RCT 950-PICO LAS NIEVES |
N 27o 57’ 41’’ W 015o 34’ 10’’ |
1.949 m | 10 m | 1959 m | 22,32 m | |
RCT 920-VIGÍA |
N 28o 09’ 33’’ W 015o 25’ 04’’ |
162 m | 2 m | 164 m | ||
RCT 965-PEÑAS DEL CHACHE |
N 29o 07’ 05’’ W 013o 31’ 12’’ |
646 m | 0 m | 646 m | 19,94 m | |
RCT 964-ARRECIFE (*) |
N 28o 58’ 00’’ W 013o 33’ 42’’ |
24 m | 10 m | 34 m | ||
RCT 965-PEÑAS DEL CHACHE |
N 29o 07’ 05’’ W 013o 31’ 12’’ |
646 m | 0 m | 646 m | 56,20 m | |
RCT 966-MUDA |
N 28o 34’ 00’’ W 013o 57’ 23’’ |
600 m | 0 m | 600 m | ||
RCT 963- LANZAROTE AERÓ. |
N 28o 56’ 38’’ W 013o 36’ 37’’ |
14 m | 13 m | 27 m | 15,54 m | |
RCT 964-ARRECIFE (*) |
N 28o 58’ 00’’ W 013o 33’ 42’’ |
24 m | 10 m | 34 m | ||
RCT 966-MUDA |
N 28o 34’ 00’’ W 013o 57’ 23’’ |
600 m | 0 m | 600 m | 80,03 m | |
RCT 970-MONTAÑA LA GORRA |
N 27o 57’ 33’’ W 015o 33’ 34’’ |
1.919 m | 13 m | 1932 m | ||
RCT 966-MUDA |
N 28o 34’ 00’’ W 013o 57’ 23’’ |
600 m | 0 m | 600 m | 19,29 m | |
RCT 961-FUERTEVENTURA COMAND. AÉREA |
N 28o 27’ 10’’ W 013o 52’ 21’’ |
15 m | 12 m | 27 m | ||
RCT 966-MUDA |
N 28o 34’ 00’’ W 013o 57’ 23’’ |
600 m | 0 m | 600 m | 56,20 m | |
RCT 965-PEÑAS DEL CHACHE |
N 29o 07’ 05’’ W 013o 31’ 12’’ |
646 m | 0 m | 646 m | ||
RCT 961- FUERTEVENTURA COMAND. AÉREA |
N 28o 27’ 10’’ W 013o 52’ 21’’ |
15 m | 12 m | 27 m | 19,29 m | |
RCT 966-MUDA |
N 28o 34’ 00’’ W 013o 57’ 23’’ |
600 m | 0 m | 600 m | ||
RCT 961- FUERTEVENTURA COMAND. AÉREA |
N 28o 27’ 10’’ W 013o 52’ 21’’ |
15 m | 12 m | 27 m | 17,97 m | |
RCT 960- TEMEREJEQUE (*) |
N 28o 32’ 37’’ W 013o 55’ 12’’ |
511 m | 10 m | 521 m | ||
RCT 816-AEROP. REINA SOFÍA |
28o 03’ 24’’N 16o 33’ 42’’ W |
64 m | 12 m | 76 m | 16,69 m | |
RCT 812-GUARDIA CIVIL-GRANADILLA |
28º 07’ 35’’ N 16o 34’’ 19’’ W |
750 m | 16 m | 766 m | ||
RCT 821- AEROP. LOS RODEOS (*) |
28o 28’ 32’’ N 16o 20’ 35’’ W |
653 m | 10 m | 663 m | 12,44 m | |
RCT 820-MONTAÑA DE LA MINA (*) |
28o 28’ 13’’ N 16o 19’ 57’’ W |
724 m | 21 m | 745 m | ||
RCT 841- AEROP. DE LA PALMA |
28o 37’ 13’’ N 17o 45’ 06’’ W |
20 m | 0 m | 20 m | 14,57 m | |
RCT 840-PUNTA SAN CARLOS (*) |
28o 39’ 11’’ N 17o 45’ 12’’ W |
32 m | 15 m | 47 m | ||
RCT 874-AEROP. DE EL HIERRO |
27o 48’ 54’’ N 17o 53’ 02’’ W |
20 m | 11,5 m | 31,5 m | 13,49 m | |
RCT 870-SAN JUAN (*) |
27o 48’ 16’’ N 17o 54’ 07’’ W |
352 m | 16 m | 368 m |
(*) Estas estaciones dependen del Ejército de Tierra.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid