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Documento BOE-A-2004-11282

Orden ECI/1861/2004, de 26 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria para la integración de personal funcionario del Instituto de Salud Carlos III en la Escala de Técnicos Especialistas de Grado Medio de los Organismos Públicos de Investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 17 de junio de 2004, páginas 22240 a 22246 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-11282

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la

Ley 62/2003 de 30, de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 31 de diciembre) de Medidas Fiscales, Administrativas y del

Orden Social, por el que se regula la integración del personal

del Instituto de Salud Carlos III en la Escala de Técnicos

Especialistas de Grado Medio de los Organismos Públicos de

Investigación dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas,

acuerda aprobar la convocatoria para la integración del personal

funcionario en la Escala de Técnicos Especialistas de Grado Medio

de los Organismos Públicos de Investigación, con sujeción a las

siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Podrán solicitar la integración en la Escala de Técnicos

Especialistas de Grado Medio de los Organismos Públicos de

Investigación los funcionarios de carrera en servicio activo en el Instituto

de Salud Carlos III que a la entrada en vigor de la Ley 62/2003,

de 30 de diciembre cumplan con los requisitos enumerados en

el apartado uno del art. 54 de dicha Ley que se especifican en

la base segunda de esta convocatoria.

1.2 Los funcionarios que se integren en la Escala de Técnicos

Especialistas de Grado Medio de los Organismos Públicos de

Investigación quedarán en situación de excedencia en su Cuerpo o

Escala de origen, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.3

a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma

de la Función Pública.

2. Requisitos de candidatos

2.1 Tendrán derecho a integrarse en la Escala de Técnicos

Especialistas de Grado Medio de los Organismos Públicos de

Investigación los funcionarios de carrera que el día 1 de enero de 2004,

fecha de la entrada en vigor de la ley 62/2003, de 30 de diciembre

cumplan los siguientes requisitos:

2.1.1 Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,

Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico ; o cualquier otro título

equivalente.

2.1.2 Pertenecer como funcionarios de carrera a Cuerpos,

Escalas o plazas del grupo B.

2.1.3 Estar desempeñando actividades de apoyo y

colaboración en materia de diseño, aplicación, mantenimiento y mejora

de instalaciones científicas ; realizar informes, estudios o análisis

en sus especialidades respectivas ; y, en general, participar en la

gestión técnica de planes, proyectos, programas o aplicaciones

y resultados de la investigación.

2.1.4 Hallarse en situación de servicio activo en el Instituto

de Salud Carlos III.

3. Solicitudes

3.1 Todos los funcionarios, que reuniendo los requisitos

establecidos en la base 2.1, deseen participar en esta convocatoria

para integrarse en la Escala de Técnicos Especialistas de Grado

Medio de los Organismos Públicos de Investigación, deberán

hacerlo constar en instancia dirigida al Secretario General de

Política Científica y Tecnológica. Dicha solicitud se ajustará al modelo

que figura en el anexo II de esta convocatoria y que estará

disponible en la página web del Ministerio de Educación y Ciencia

http:/www.mec.es

3.2 A dicha solicitud el aspirante deberá acompañar:

a) Fotocopia compulsada del título exigido ó certificación

académica que acredite su posesión.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia

compulsada de la credencial que acredite su homologación.

b) Certificado de la Unidad de Personal de Instituto de Salud

Carlos III, según modelo adjunto que figura en el Anexo III.

c) Currículum vitae del período de tiempo en el que se hayan

desarrollado las actividades a que se refiere la base 2.1.3, de acuerdo

con el modelo normalizado que se encontrará disponible en la página

web del Ministerio de Educación y Ciencia http:/www.mec.es, y del

Instituto de Salud Carlos III, http:/www.isciii.es. El currículum vitae

se presentará en papel, con todas sus hojas firmadas.

3.3 Las solicitudes se presentarán en el Registro General del

Ministerio de Educación y Ciencia (calle Los Madrazo, 17-17,

28014 Madrid), en el Registro General del Instituto de Salud

Carlos III (calle Sinesio Delgado, 4, 28029 Madrid) o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a

partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado".

4. Admisión de solicitantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

autoridad convocante dictará Resolución en el plazo máximo de

un mes, declarando aprobada la lista de solicitantes admitidos

y excluidos, con indicación de sus apellidos, nombre y número

de Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, así, como, en

su caso, de las causas de exclusión, señalando un plazo de diez

días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente a aquél en

el que se haga pública la resolución. Así mismo se indicarán los

lugares donde se encuentren expuestas al público las listas de

aspirantes admitidos y excluidos.

4.2 La lista de admitidos y excluidos deberá ser expuesta en

los tablones y la página web del Ministerio de Educación y Ciencia

y del Instituto de Salud Carlos III, en la Dirección General de

la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa

del Ministerio de Administraciones Públicas y en las Delegaciones

y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

4.3 Contra la Resolución definitiva, que se hará pública en

los mismos lugares a que se refiere el apartado anterior, podrá

interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo

de un mes ante el mismo órgano que dictó la Resolución, o

directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente al de su publicación,

ante el órgano competente del orden jurisdiccional

contenciosoadministrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

5. Comisión calificadora

5.1 La comprobación de los requisitos a los que se refiere

la base 2, corresponderá a la Comisión calificadora que figura

en el anexo I de esta Convocatoria.

5.2 La Comisión calificadora podrá disponer la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas. Asimismo, la Comisión

podrá requerir del solicitante la documentación complementaria

que considere procedente.

5.3 Cuando concurran motivos de abstención o se haya

promovido la recusación de alguno de los miembros de la Comisión,

se estará a lo previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.4 Para la válida constitución de la Comisión, a efectos de

la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos,

se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en su caso,

de quienes le sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros,

titulares o suplentes. Los acuerdos se alcanzarán por mayoría de

votos de los asistentes. En caso de empate, el Presidente tendrá

voto de calidad.

5.5 La Comisión calificadora resolverá todas las dudas que

pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo

que deba hacerse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de la Comisión calificadora se

ajustará en todo momento a lo dispuesto en el capítulo II del

título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la

Comisión calificadora tendrá su sede en el Instituto de Salud

Carlos III, calle Sinesio Delgado, 4, 28029 Madrid, teléfono

91-822-20.00.

La Comisión dispondrá que, al menos una persona, miembro

o no de la Comisión, atienda en dicha sede cuantas cuestiones

sean planteadas en relación con esta convocatoria.

6. Resolución del procedimiento de integración

6.1 La Comisión calificadora tendrá un plazo máximo para

resolver y notificar el procedimiento de integración de cuatro meses

desde la fecha de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado".

6.2 Finalizado el proceso, la Comisión Calificadora hará

pública la relación de los funcionarios que se integran en la Escala

de Técnicos de Grado Medio Especialistas de los Organismos

Públicos de Investigación. En todo caso, la relación deberá ser expuesta

en el Ministerio de Educación y Ciencia, en el Instituto de Salud

Carlos III, en la Dirección General de la Función Pública, en el

Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, en las Delegaciones y Subdelegaciones del

Gobierno en las Comunidades Autónomas.

6.3 Contra las resoluciones de la Comisión Calificadora y sus

actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o

produzcan indefensión, podrá interponerse recurso de alzada ante

el Ministerio de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a

partir del día siguiente al de su publicación o notificación, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7. Nombramiento de funcionarios

El nombramiento de los funcionarios que se integren en la

Escala de Técnicos Especialistas de Grado Medio será objeto de

publicación en el Boletín Oficial del Estado.

8. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos

deriven de ella y de la actuación de la Comisión calificadora podrán

ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones de la Comisión calificadora,

conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid 26 de mayo de 2004.-La Ministra, P.D. (Orden

ECI/1217/2004, de 3-05, BOE del 06-05), el Subsecretario,

Fernando Gurrea Casamayor.

Ilma. Sra. Subdirectora General de Administración de Recursos

Humanos.

ANEXO I

Comisión calificadora

Titular:

Presidente: D. Fernando Gómez López. Cuerpo de Médicos de

la Sanidad Nacional.

Vocales:

Dña. M.a José Oropesa Acebrón. Escala de Gestión de Empleo

del INEM.

D.a Angelina Lobato Lobato. Escala Técnica de Facultativos

Superiores de OO.AA. del MAP.

D. José Javier Varela Espinosa, Escala de Titulados Superiores

Especializados del CSIC.

Secretario: D. José Ramos Avila. Cuerpo de Gestión de la

Administración Civil del Estado.

Suplente:

Presidenta: Dña. M.a Dolores Carreño Martínez. Escala de

Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene

en el Trabajo.

Vocales:

D. Carlos Pérez Moreno. Cuerpo de Gestión de Sistemas e

Informática del Estado.

Dña. Inmaculada Montarelo Sanz. Cuerpo de Gestión de la

Administración de la Seguridad Social.

D. Carlos Palomo Pedraza. Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de OO.AA. del MAPA.

Secretaria: Dña. Isabel Martín Fernández. Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado.

SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 22242 a 22246)

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