En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la
Ley 62/2003 de 30, de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"
de 31 de diciembre) de Medidas Fiscales, Administrativas y del
Orden Social, por el que se regula la integración del personal
del Instituto de Salud Carlos III en la Escala de Técnicos
Especialistas de Grado Medio de los Organismos Públicos de
Investigación dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas,
acuerda aprobar la convocatoria para la integración del personal
funcionario en la Escala de Técnicos Especialistas de Grado Medio
de los Organismos Públicos de Investigación, con sujeción a las
siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Podrán solicitar la integración en la Escala de Técnicos
Especialistas de Grado Medio de los Organismos Públicos de
Investigación los funcionarios de carrera en servicio activo en el Instituto
de Salud Carlos III que a la entrada en vigor de la Ley 62/2003,
de 30 de diciembre cumplan con los requisitos enumerados en
el apartado uno del art. 54 de dicha Ley que se especifican en
la base segunda de esta convocatoria.
1.2 Los funcionarios que se integren en la Escala de Técnicos
Especialistas de Grado Medio de los Organismos Públicos de
Investigación quedarán en situación de excedencia en su Cuerpo o
Escala de origen, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.3
a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma
de la Función Pública.
2. Requisitos de candidatos
2.1 Tendrán derecho a integrarse en la Escala de Técnicos
Especialistas de Grado Medio de los Organismos Públicos de
Investigación los funcionarios de carrera que el día 1 de enero de 2004,
fecha de la entrada en vigor de la ley 62/2003, de 30 de diciembre
cumplan los siguientes requisitos:
2.1.1 Estar en posesión del título de Diplomado Universitario,
Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico ; o cualquier otro título
equivalente.
2.1.2 Pertenecer como funcionarios de carrera a Cuerpos,
Escalas o plazas del grupo B.
2.1.3 Estar desempeñando actividades de apoyo y
colaboración en materia de diseño, aplicación, mantenimiento y mejora
de instalaciones científicas ; realizar informes, estudios o análisis
en sus especialidades respectivas ; y, en general, participar en la
gestión técnica de planes, proyectos, programas o aplicaciones
y resultados de la investigación.
2.1.4 Hallarse en situación de servicio activo en el Instituto
de Salud Carlos III.
3. Solicitudes
3.1 Todos los funcionarios, que reuniendo los requisitos
establecidos en la base 2.1, deseen participar en esta convocatoria
para integrarse en la Escala de Técnicos Especialistas de Grado
Medio de los Organismos Públicos de Investigación, deberán
hacerlo constar en instancia dirigida al Secretario General de
Política Científica y Tecnológica. Dicha solicitud se ajustará al modelo
que figura en el anexo II de esta convocatoria y que estará
disponible en la página web del Ministerio de Educación y Ciencia
http:/www.mec.es
3.2 A dicha solicitud el aspirante deberá acompañar:
a) Fotocopia compulsada del título exigido ó certificación
académica que acredite su posesión.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia
compulsada de la credencial que acredite su homologación.
b) Certificado de la Unidad de Personal de Instituto de Salud
Carlos III, según modelo adjunto que figura en el Anexo III.
c) Currículum vitae del período de tiempo en el que se hayan
desarrollado las actividades a que se refiere la base 2.1.3, de acuerdo
con el modelo normalizado que se encontrará disponible en la página
web del Ministerio de Educación y Ciencia http:/www.mec.es, y del
Instituto de Salud Carlos III, http:/www.isciii.es. El currículum vitae
se presentará en papel, con todas sus hojas firmadas.
3.3 Las solicitudes se presentarán en el Registro General del
Ministerio de Educación y Ciencia (calle Los Madrazo, 17-17,
28014 Madrid), en el Registro General del Instituto de Salud
Carlos III (calle Sinesio Delgado, 4, 28029 Madrid) o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado".
4. Admisión de solicitantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
autoridad convocante dictará Resolución en el plazo máximo de
un mes, declarando aprobada la lista de solicitantes admitidos
y excluidos, con indicación de sus apellidos, nombre y número
de Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, así, como, en
su caso, de las causas de exclusión, señalando un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente a aquél en
el que se haga pública la resolución. Así mismo se indicarán los
lugares donde se encuentren expuestas al público las listas de
aspirantes admitidos y excluidos.
4.2 La lista de admitidos y excluidos deberá ser expuesta en
los tablones y la página web del Ministerio de Educación y Ciencia
y del Instituto de Salud Carlos III, en la Dirección General de
la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa
del Ministerio de Administraciones Públicas y en las Delegaciones
y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
4.3 Contra la Resolución definitiva, que se hará pública en
los mismos lugares a que se refiere el apartado anterior, podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo
de un mes ante el mismo órgano que dictó la Resolución, o
directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al de su publicación,
ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contenciosoadministrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
5. Comisión calificadora
5.1 La comprobación de los requisitos a los que se refiere
la base 2, corresponderá a la Comisión calificadora que figura
en el anexo I de esta Convocatoria.
5.2 La Comisión calificadora podrá disponer la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas. Asimismo, la Comisión
podrá requerir del solicitante la documentación complementaria
que considere procedente.
5.3 Cuando concurran motivos de abstención o se haya
promovido la recusación de alguno de los miembros de la Comisión,
se estará a lo previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.4 Para la válida constitución de la Comisión, a efectos de
la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos,
se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en su caso,
de quienes le sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros,
titulares o suplentes. Los acuerdos se alcanzarán por mayoría de
votos de los asistentes. En caso de empate, el Presidente tendrá
voto de calidad.
5.5 La Comisión calificadora resolverá todas las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo
que deba hacerse en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la Comisión calificadora se
ajustará en todo momento a lo dispuesto en el capítulo II del
título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la
Comisión calificadora tendrá su sede en el Instituto de Salud
Carlos III, calle Sinesio Delgado, 4, 28029 Madrid, teléfono
91-822-20.00.
La Comisión dispondrá que, al menos una persona, miembro
o no de la Comisión, atienda en dicha sede cuantas cuestiones
sean planteadas en relación con esta convocatoria.
6. Resolución del procedimiento de integración
6.1 La Comisión calificadora tendrá un plazo máximo para
resolver y notificar el procedimiento de integración de cuatro meses
desde la fecha de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado".
6.2 Finalizado el proceso, la Comisión Calificadora hará
pública la relación de los funcionarios que se integran en la Escala
de Técnicos de Grado Medio Especialistas de los Organismos
Públicos de Investigación. En todo caso, la relación deberá ser expuesta
en el Ministerio de Educación y Ciencia, en el Instituto de Salud
Carlos III, en la Dirección General de la Función Pública, en el
Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, en las Delegaciones y Subdelegaciones del
Gobierno en las Comunidades Autónomas.
6.3 Contra las resoluciones de la Comisión Calificadora y sus
actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o
produzcan indefensión, podrá interponerse recurso de alzada ante
el Ministerio de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de su publicación o notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
7. Nombramiento de funcionarios
El nombramiento de los funcionarios que se integren en la
Escala de Técnicos Especialistas de Grado Medio será objeto de
publicación en el Boletín Oficial del Estado.
8. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos
deriven de ella y de la actuación de la Comisión calificadora podrán
ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones de la Comisión calificadora,
conforme a lo previsto en la mencionada Ley.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid 26 de mayo de 2004.-La Ministra, P.D. (Orden
ECI/1217/2004, de 3-05, BOE del 06-05), el Subsecretario,
Fernando Gurrea Casamayor.
Ilma. Sra. Subdirectora General de Administración de Recursos
Humanos.
ANEXO I
Comisión calificadora
Titular:
Presidente: D. Fernando Gómez López. Cuerpo de Médicos de
la Sanidad Nacional.
Vocales:
Dña. M.a José Oropesa Acebrón. Escala de Gestión de Empleo
del INEM.
D.a Angelina Lobato Lobato. Escala Técnica de Facultativos
Superiores de OO.AA. del MAP.
D. José Javier Varela Espinosa, Escala de Titulados Superiores
Especializados del CSIC.
Secretario: D. José Ramos Avila. Cuerpo de Gestión de la
Administración Civil del Estado.
Suplente:
Presidenta: Dña. M.a Dolores Carreño Martínez. Escala de
Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
en el Trabajo.
Vocales:
D. Carlos Pérez Moreno. Cuerpo de Gestión de Sistemas e
Informática del Estado.
Dña. Inmaculada Montarelo Sanz. Cuerpo de Gestión de la
Administración de la Seguridad Social.
D. Carlos Palomo Pedraza. Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de OO.AA. del MAPA.
Secretaria: Dña. Isabel Martín Fernández. Cuerpo de Gestión
de la Administración Civil del Estado.
SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 22242 a 22246)
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