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Documento BOE-A-2004-11280

Orden ECI/1859/2004, de 26 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria para la integración de personal funcionario del Instituto de Salud Carlos III en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 17 de junio de 2004, páginas 22224 a 22230 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-11280

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 dos de la

Ley 62/2003 de 30, de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 31 de diciembre), de Medidas Fiscales, Administrativas y del

Orden Social, por el que se regula la integración del personal

del Instituto de Salud Carlos III en la Escala de Ayudantes de

Investigación de los Organismos Públicos de Investigación

dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas, acuerda

aprobar la convocatoria para la integración del personal funcionario

en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos

Públicos de Investigación, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Podrán solicitar la integración en la Escala de Ayudantes

de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación los

funcionarios de carrera en servicio activo en el Instituto de Salud

Carlos III que a la entrada en vigor de la Ley 62/2003, de 30

de diciembre cumplan con los requisitos enumerados en el

apartado dos del art. 54 de dicha Ley que se especifican en la base

segunda de esta convocatoria.

1.2 Los funcionarios que se integren en la Escala de

Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de

Investigación quedarán en situación de excedencia en su Cuerpo o Escala

de origen, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.3 a)

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma

de la Función Pública.

2. Requisitos de candidatos

2.1 Tendrán derecho a integrarse en la Escala de Ayudantes

de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación los

funcionarios de carrera que el día 1 de enero de 2004 fecha de

la entrada en vigor de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre cumplan

los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título Bachiller Superior, BUP,

Bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o cualquier otro

título equivalente.

b) Pertenecer como funcionarios de carrera a Cuerpos,

Escalas o plazas del grupo C.

c) Estar desempeñando actividades de aplicación en relación

con métodos, procesos o sistemas científicos o técnicos ya

establecidos ; realizar ensayos, análisis y experimentos de carácter

rutinario ; manejar equipos o instrumentos científicos, o realizar

tomas, preparaciones y tratamientos de muestras.

d) Hallarse en situación de servicio activo en el Instituto de

Salud Carlos III.

3. Solicitudes

3.1 Todos los funcionarios, que reuniendo los requisitos

establecidos en la base 2.1, deseen participar en esta convocatoria para

integrarse en la Escala de Ayudantes de Investigación de los

Organismos Públicos de Investigación, deberán hacerlo constar en

instancia dirigida al Secretario General de Política Científica y

Tecnológica. Dicha solicitud se ajustará al modelo que figura en

el anexo II de esta convocatoria y que estará disponible en la página

web del Ministerio de Educación y Ciencia http:/www.mec.es

3.2 A dicha solicitud el aspirante deberá acompañar:

a) Fotocopia compulsada del título exigido o certificación

académica que acredite su posesión.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia

compulsada de la credencial que acredite su homologación.

b) Certificado de la Unidad de Personal del Instituto de Salud

Carlos III, según modelo adjunto que figura en el Anexo III.

c) Currículum vitae del período de tiempo en el que se hayan

desarrollado las actividades a que se refiere la base 2.1.c), de acuerdo

con el modelo normalizado que se encontrará disponible en la página

web del Ministerio de Educación y Ciencia http:/www.mec.es, y del

Instituto de Salud Carlos III, http:/www.isciii.es

El currículum vitae se presentará en papel, con todas sus hojas

firmadas.

3.3 Las solicitudes se presentarán en el Registro General del

Ministerio de Educación y Ciencia (calle Los Madrazo, 15 -17,

28014 Madrid), en el Registro General del Instituto de Salud

Carlos III (calle Sinesio Delgado, 4, 28029 Madrid) o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de mes a partir

del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el

"Boletín Oficial del Estado".

4. Admisión de solicitantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

autoridad convocante dictará Resolución en el plazo máximo de

un mes, declarando aprobada la lista de solicitantes admitidos

y excluidos, con indicación de sus apellidos, nombre y número

de Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, así como, en

su caso, de las causas de exclusión, señalando un plazo de diez

días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente a aquél en

el que se haga pública la resolución. Así mismo, se indicarán

los lugares donde se encuentren expuestas al público las listas

de aspirantes admitidos y excluidos.

4.2 La lista de admitidos y excluidos deberá ser expuesta en

los tablones y la página web del Ministerio de Educación y Ciencia,

y del Instituto de Salud Carlos III en la Dirección General de la

Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del

Ministerio de Administraciones Públicas y en las Delegaciones y

Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

4.3 Contra la Resolución definitiva que se hará pública en

los mismos lugares a que se refiere el apartado anterior, podrá

interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo

de un mes ante el mismo órgano que dictó la Resolución, o

directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente al de su publicación,

ante el órgano competente del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

5. Comisión calificadora

5.1 La comprobación de los requisitos a los que se refiere

la base 2, corresponderá a la Comisión calificadora que figura

en el anexo I de esta Convocatoria.

5.2 La Comisión calificadora podrá disponer la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas. Asimismo, la Comisión

podrá requerir del solicitante la documentación complementaria

que considere procedente.

5.3 Cuando concurran motivos de abstención o se haya

promovido la recusación de alguno de los miembros de la Comisión,

se estará a lo previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.4 Para la válida constitución de la Comisión, a efectos de

la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos,

se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en su caso,

de quienes le sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros,

titulares o suplentes. Los acuerdos se alcanzarán por mayoría de

votos de los asistentes. En caso de empate, el Presidente tendrá

voto de calidad.

5.5 La Comisión calificadora resolverá todas las dudas que

pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo

que deba hacerse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de la Comisión calificadora se

ajustará en todo momento a lo dispuesto en el capítulo II del

título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la

Comisión calificadora tendrá su sede en el Instituto de Salud

Carlos III, calle Sinesio Delgado, 4, 28029 Madrid,

teléfono 91-822-20.00.

La Comisión dispondrá que al menos una persona, miembro

o no de la Comisión, atienda en dicha sede cuantas cuestiones

sean planteadas en relación con esta convocatoria.

6. Resolución del procedimiento de integración

6.1 La Comisión calificadora tendrá un plazo máximo para

resolver y notificar el procedimiento de integración de cuatro meses

desde la fecha de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado".

6.2 Finalizado el proceso, la Comisión calificadora hará

pública la relación de los funcionarios que se integran en la Escala

de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de

Investigación. En todo caso, la relación deberá ser expuesta en

el Ministerio de Educación y Ciencia, en el Instituto de Salud Carlos

III, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro

de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

en las Comunidades Autónomas.

6.3 Contra las resoluciones de la Comisión calificadora y sus

actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o

produzcan indefensión, podrá interponerse recurso de alzada ante

el Ministerio de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a

partir del día siguiente al de su publicación o notificación, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7. Nombramiento de funcionarios

El nombramiento de los funcionarios de carrera que se integren

en la Escala de Auxiliares de Investigación será objeto de

publicación en el Boletín Oficial del Estado.

8. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos

deriven de ella y de la actuación de la Comisión calificadora podrán

ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones de la Comisión calificadora,

conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 26 de mayo de 2004.-La Ministra, P.D. (Orden

ECI/1217/2004, de 3-05, BOE del 06-05), el Subsecretario,

Fernando Gurrea Casamayor.

Ilma. Sra. Subdirectora General de Administración de Recursos

Humanos.

ANEXO I

Comisión calificadora

Titular:

Presidenta: Dña. Odorina Tello Anchuela. Cuerpo de Médicos

de la Sanidad Nacional.

Vocales: Dña. Gloria Díaz Mesanza. Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

D. José M.a Lillo Fernández de Cueva. Cuerpo de Gestión de

la Administración Civil del Estado.

D. Antonio Fernández Uría, Escala de Investigadores Titulares

de OPIs.

Secretario: D. Gregorio González Diego. Cuerpo de Ingenieros

Industriales del Estado.

Suplente:

Presidente: D. Luciano Saez Ayerra. Cuerpo Superior Sistemas

y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.

Vocales: D. Luis Rodríguez Peñamil. Escala Técnica de Gestión

de OO.AA.

Dña. M.a Pilar Valle García. Cuerpo de Gestión de la

Administración Civil del Estado.

Dña. Concepción García Vallejo. Escala de Investigadores

Titulares de OPIs.

Secretaría: Dña. Carmen Calvo Figuero. Cuerpo Técnico de

Auditoría y Contabilidad.

SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 22226 a 22230)

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