Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-11279

Orden ECI/1858/2004, de 26 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria para la integración de personal funcionario del Instituto de Salud Carlos III en la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 17 de junio de 2004, páginas 22216 a 22223 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-11279

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la

Ley 62/2003, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"

de 31 de diciembre), de Medidas Fiscales, Administrativas y del

Orden Social, por el que se regula la integración del personal

del Instituto de Salud Carlos III en la Escala de Auxiliares de

Investigación de los Organismos Públicos de Investigación dependientes

del Ministerio de Educación y Ciencia,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas,

acuerda aprobar la convocatoria para la integración del personal

funcionario en la Escala de Auxiliares de Investigación de los

Organismos Públicos de Investigación, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Podrán solicitar la integración en la Escala de Auxiliares

de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación los

funcionarios de carrera en servicio activo en el Instituto de Salud

Carlos III que a la entrada en vigor de la Ley 62/2003, de 30

de diciembre cumplan con los requisitos enumerados en el

apartado tres del art. 54 de dicha Ley que se especifican en la base

segunda de esta convocatoria.

1.2 Los funcionarios que se integren en la Escala de Auxiliares

de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación

quedarán en situación de excedencia en su Cuerpo o Escala de origen,

de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.3.a) de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de

la Función Pública.

2. Requisitos de candidatos

2.1 Tendrán derecho a integrarse en la Escala de Auxiliares

de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación los

funcionarios de carrera que el día 1 de enero de 2004, fecha

de entrada en vigor de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre

cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión del título Graduado Escolar, Graduado

en Educación Secundaria, Formación Profesional de Primer Grado

o cualquier otro título equivalente.

b) Pertenecer como funcionarios de carrera a Cuerpos,

Escalas o plazas del grupo D.

c) Estar desempeñando actividades repetitivas con arreglo a

las normas o pautas científicas o técnicas previamente

establecidas ; hacer mediciones o cálculos sencillos, o desarrollar

cualquier otro trabajo que requiera conocimientos o técnicas de

carácter elemental.

d) Hallarse en situación de servicio activo en el Instituto de

Salud Carlos III.

3. Solicitudes

3.1 Todos los funcionarios, que reuniendo los requisitos

establecidos en la base 2.1, deseen participar en esta convocatoria

para integrarse en la Escala de Auxiliares de Investigación de los

Organismos Públicos de Investigación, deberán hacerlo constar

en instancia dirigida al Secretario General de Política Científica

y Tecnológica. Dicha solicitud se ajustará al modelo que figura

en el anexo II de esta convocatoria y que estará disponible en

la página web del Ministerio de Educación y Ciencia

http:/www.mec.es

3.2 A dicha solicitud el aspirante deberá acompañar:

a) Fotocopia compulsada del título exigido o certificación

académica que acredite su posesión.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia

compulsada de la credencial que acredite su homologación.

b) Certificado de la Unidad de Personal del Instituto de Salud

Carlos III, según modelo adjunto que figura en el Anexo III.

c) Currículum vitae del período de tiempo en el que se hayan

desarrollado las actividades a que se refiere la base 2.1.c), de acuerdo

con el modelo normalizado que se encontrará disponible en la página

web del Ministerio de Educación y Ciencia http:/www.mec.es, y del

Instituto de Salud Carlos III, http:/www.isciii.es.

El currículum vitae se presentará en papel, con todas sus hojas

firmadas.

3.3 Las solicitudes se presentarán en el Registro General del

Ministerio de Educación y Ciencia (calle Los Madrazo, 15-17,

28014 Madrid), en el Registro General del Instituto de Salud

Carlos III (calle Sinesio Delgado, 4, 28029 Madrid) o en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes

naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

4. Admisión de solicitantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

autoridad convocante dictará Resolución en el plazo máximo de

un mes, declarando aprobada la lista de solicitantes admitidos

y excluidos, con indicación de sus apellidos, nombre y número

de Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, así, como, en

su caso, de las causas de exclusión, señalando un plazo de diez

días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente a aquél en

el que se haga pública la resolución. Así mismo se indicarán los

lugares donde se encuentren expuestas al público las listas de

aspirantes admitidos y excluidos.

4.2 La lista de admitidos y excluidos deberá ser expuesta en

los tablones y la página web del Ministerio de Educación y Ciencia

y del Instituto de Salud Carlos III, en la Dirección General de

la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa

del Ministerio de Administraciones Públicas y en las Delegaciones

y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.

4.3 Contra la Resolución definitiva, que se hará publica en

los mismos lugares a que se refiere el apartado anterior, podrá

interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo

de un mes ante el mismo órgano que dictó la Resolución, o

directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses contados a partir del día siguiente al de su publicación,

ante el órgano competente del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

5. Comisión calificadora

5.1 La comprobación de los requisitos a los que se refiere

la base 2, corresponderá a la Comisión calificadora que figura

en el anexo I de esta Convocatoria.

5.2 La Comisión calificadora podrá disponer la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas. Asimismo, la Comisión

podrá requerir del solicitante la documentación complementaria

que considere procedente.

5.3 Cuando concurran motivos de abstención o se haya

promovido la recusación de alguno de los miembros de la Comisión,

se estará a lo previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.4 Para la válida constitución de la Comisión, a efectos de

la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos,

se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en su caso,

de quienes le sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros,

titulares o suplentes. Los acuerdos se alcanzarán por mayoría de

votos de los asistentes. En caso de empate, el Presidente tendrá

voto de calidad.

5.5 La Comisión calificadora resolverá todas las dudas que

pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo

que deba hacerse en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación de la Comisión calificadora se

ajustará en todo momento a lo dispuesto en el capítulo II del

título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la

Comisión calificadora tendrá su sede en el Instituto de Salud

Carlos III, calle Sinesio Delgado, 4, 28029 Madrid, teléfono

91-822-20.00.

La Comisión dispondrá que, al menos una persona, miembro

o no de la Comisión, atienda cuantas cuestiones sean planteadas

en relación con esta convocatoria.

6. Resolución del procedimiento de integración

6.1 La Comisión calificadora tendrá un plazo máximo para

resolver y notificar el procedimiento de integración de cuatro meses

desde la fecha de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado".

6.2 Finalizado el proceso, la Comisión calificadora hará

pública la relación de los funcionarios que se integran en la Escala

de Auxiliar de Investigación de los Organismos Públicos de

Investigación. En todo caso, la relación deberá ser expuesta en el

Ministerio de Educación y Ciencia, en el Instituto de Salud Carlos III,

en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

en las Comunidades Autónomas.

6.3 Contra las resoluciones de la Comisión calificadora y sus

actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o

produzcan indefensión, podrá interponerse recurso de alzada ante

el Ministerio de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a

partir del día siguiente al de su publicación o notificación, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7. Nombramiento de funcionarios

El nombramiento de los funcionarios de carrera que se integren

en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos

Públicos de Investigación será objeto de publicación en el Boletín

Oficial del Estado.

8. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos

deriven de ella y de la actuación de la Comisión calificadora podrán

ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones de la Comisión calificadora,

conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 26 de mayo de 2004.-La Ministra, P.D. (Orden

ECI/1217/2004, de 3-05, BOE del 06-05), el Subsecretario,

Fernando Gurrea Casamayor.

Ilma. Sra. Subdirectora General de Administración de Recursos

Humanos.

ANEXO I

Comisión calificadora

Titular:

Presidenta: Dña. Mercedes Dulanto Fernández de Bobadilla.

Escala de Médicos-Inspectores. Cuerpo Inspección Sanitaria de

la Administración de la Seguridad Social.

Vocales: D. Carlos Pérez Moreno. Cuerpo de Gestión de

Sistemas e Informática de la Administración.

Dña. M.a Teresa Robledo de Dios. Escala de Médicos

Inspectores. Cuerpo Inspectores Sanitarios de la Administración de la

Seguridad Social.

Dña. Margarita Gómez de Bonilla. Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Secretario: D. Ángel Aranda Menchero. Escala de

Administradores grupo B, a extinguir de AISNA grupo A.

Suplente:

Presidente: D. José Luis Monteagudo Peña. Médico adjunto

de Investigación.

Vocales: Dña. M.a José Oropesa Acebrón. Escala de Gestión

de Empleo del INEM.

Dña. M.a Antonia Serrano Castro. Escala Técnica de Gestión

de OO.AA.

D. Guillermo Santiago Fierro, Escala de Técnicos Facultativos

Superiores de OO.AA del MAPA.

Secretaria: Dña. Isabel Martín Fernández. Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado.

SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 22219 a 22223)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid