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Documento BOE-A-2003-4439

Resolución de 10 de febrero de 2003, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueba la convocatoria especifica de ayudas para el Programa Iberoamericano de Formación en colaboración con el Ministerio del Interior, para el año 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2003, páginas 8510 a 8514 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2003-4439

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los programas y actividades de cooperación que desarrolla este organismo en el ámbito de la cooperación educativa, cultural, científica y técnica con los países de Iberoamérica, corresponde proceder a la convocatoria del Programa de Formación en colaboración con el Ministerio del Interior, para el año 2003.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional y de lo establecido en la Resolución de 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001) de delegación de competencias, esta Presidencia ha resuelto, previo informe de la Abogacía del Estado del Ministerio de Asuntos Exteriores:

Primero.

Realizar la convocatoria específica de 56 ayudas dentro del Programa de Formación en colaboración con el Ministerio del Interior, ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», así como su exposición en los tablones de anuncios de las representaciones diplomáticas y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de la misma.

Segundo. Objeto y finalidad.

1. El objeto de esta convocatoria es subvencionar la participación de funcionarios de policía y de los cuerpos de bomberos de países iberoamericanos en los cursos que aparecen en el anexo I de la presente convocatoria, durante el año 2003.

2. La finalidad es la formación de recursos técnicos especializados, en el marco de la prioridad sectorial «Inversión en el ser humano», del Plan Director de la Cooperación Española 2001-2004 (aprobado en el Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2000), para elevar su nivel de conocimientos y cualificaciones, tanto en el ámbito de la defensa de los derechos humanos, y el fortalecimiento de la democracia y la paz, como en el de la atención a las situaciones de emergencia creadas por catástrofes naturales.

Tercero. Prioridades Geográficas.

1. Serán considerados prioritarios los países programa iberoamericanos, así calificados en el Plan Director de la Cooperación Española 2001-2004.

Cuarto. Requisitos de los solicitantes.

1. Ser nacional de cualquiera de los siguientes países: Argentina, Bolivia, Belice, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay o Venezuela.

2. Desarrollar la actividad profesional requerida para cada uno de los cursos, tal y como aparece en el anexo I.

3. Tener conocimientos suficientes de español, en el caso de que éste no sea su lengua materna.

4. Poseer aptitud psico-física para la realización del curso solicitado, y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales.

5. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social españolas, si las tuviera.

Quinto. Instancia y documentación.

Los aspirantes a participar en alguno de los cursos que se ofertan en el anexo I deberán aportar la siguiente documentación:

1. Instancia: Se formalizará por duplicado el impreso normalizado que figura como anexo II.

2. Documentación:

a) Currículum vitae.

b) Documento que acredite ser nacional de cualquier país iberoamericano reseñado en el apartado cuarto.

c) Copia del título de la categoría o empleo profesional.

d) Breve exposición de las razones que motivan la solicitud de la beca y del impacto que la formación que reciba, tendrá en el medio en que se inserta el candidato.

e) Carta de presentación de la Institución a que pertenezca, con especificación de sus competencias y nivel de responsabilidad, así como autorización para asistir al curso solicitado.

f) Certificado médico de no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales, extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

g) Certificado de conocimiento del español, en el caso de que el solicitante no tenga éste como lengua materna.

h) Dos fotografías tamaño carnet con el nombre y apellidos al dorso.

i) Justificante de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social españolas, si las tuviera, o declaración expresa y responsable de no tener obligación alguna al respecto. (Anexo III).

Todos los documentos se acompañarán, en su caso, de su correspondiente traducción al español.

El impreso de solicitud debe ser cumplimentado en su totalidad.

La documentación que se reciba no incluirá documentos originales o que consideren irrepetibles y que les puedan ser necesarios, pudiendo ser fotocopias legalizadas o compulsadas, previo cotejo con el original, por las Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España, en que se presente la solicitud.

Sexto. Presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes deberán ser presentadas en las sedes de las Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países a los que se extiende el ámbito de aplicación de la presente convocatoria o en cualesquiera otros registros y oficinas de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92.

Séptimo. Plazos de presentación y subsanación de errores.

1. El plazo de presentación finalizará a las doce horas (hora local) del día 1 de abril de 2003, para el XIV Curso de Observadores Policiales para Misiones de Mantenimiento de Paz de Naciones Unidas, y del día 16 de mayo de 2003, para el III Curso de Técnicas de Intervención y Salvamento en Catástrofes.

2. Una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios de cada Embajada de España la lista de las solicitudes completas e incompletas presentadas en el país correspondiente, dentro de los dos días siguientes a la fecha del cierre de la convocatoria, dando un plazo de diez días para completar su expediente y subsanar las deficiencias observadas. Paralelamente se requerirá directamente a los interesados la subsanación de los errores observados.

3. Las unidades receptoras de las solicitudes levantarán acta de las actuaciones efectuadas, que será remitida, junto con los expedientes presentados, a la sede central de la AECI en Madrid.

Octavo. Dotación e imputación presupuestaria.

1. Las ayudas serán financiadas con cargo a la aplicación 12.103.134A.486.06 del ejercicio presupuestario de la AECI de 2003, por un importe de 104.240 euros (ciento cuatro mil doscientos cuarenta euros).

Noveno. Instrucción del procedimiento y criterios de valoración.

1. La concesión de las ayudas que se efectuará mediante un régimen de concurrencia competitiva.

2. La evaluación de las solicitudes será realizada por una Comisión Evaluadora, que actuará como órgano instructor. Estará presidida por el Director general de Cooperación con Iberoamérica de la AECI. El Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional nombrará el Vicepresidente y los cuatro vocales que formarán parte de la misma: dos técnicos de la Agencia Española de Cooperación Internacional y dos técnicos del Ministerio del Interior, a propuesta de éste.

En la evaluación serán tenidos en consideración, por orden de importancia, los siguientes criterios:

Méritos y experiencia profesional.

Posibilidad de replicación de los conocimientos adquiridos, en función del nivel jerárquico del puesto que desempeña el candidato.

4. La Comisión evaluadora formulará la propuesta de resolución de concesión de las ayudas en un periodo máximo de un mes, contado a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes, con indicación de los candidatos más idóneos y sus suplentes.

Décimo. Resolución y publicación.

Vista la propuesta, el Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por delegación del Presidente, dictará la correspondiente resolución de concesión en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, contado a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes, que será notificada las Representaciones Diplomáticas y consulares de España y unidades de cooperación en los países del ámbito de ésta convocatoria, a los efectos de notificación a los interesados y a la Dirección de la Institución o Instituciones Policiales correspondientes, para su debido conocimiento.

La Resolución de concesión de las ayudas será oportunamente publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de la AECI (www.aeci.es). La relación de beneficiarios será asimismo incluida en el resumen trimestral que la AECI publica en el «Boletín Oficial del Estado» conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Orden 26 de marzo de 1992. La relación de ayudas concedidas y solicitudes denegadas, será expuesta en los tablones de anuncios de las Representaciones Diplomáticas y consulares y en las Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de esta convocatoria, así como en el tablón de anuncios de la Agencia Española de Cooperación Internacional (avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid).

Undécimo. Obligaciones de los beneficiarios.

1. Realizar la actividad objeto de la ayuda en el plazo que se establece para el desarrollo del curso.

2. Comunicar a la Dirección General de Cooperación con Iberoamérica de la AECI o a la Embajada de España, en un plazo máximo de siete días, contados a partir del día en que se comunica la concesión de la ayuda, su aceptación expresa. De no aceptarse en el referido plazo, se entenderá que renuncia a la misma, pudiendo concederse al suplente que corresponda.

3. Residir en el centro donde se imparte el curso solicitado, durante el período de la beca, y a no ausentarse del territorio nacional sin comunicarlo previamente a la Dirección General de Cooperación con Iberoamerica de la Agencia Española de Cooperación Internacional, indicando las causas excepcionales que justifican la ausencia y el período que comprende, resolviendo la Agencia de forma justificada lo que proceda según las circunstancias, en relación a la reducción, revocación y reintegro, en su caso, de la ayuda.

4. Respetar en todo momento la normativa del centro que imparte el curso.

5. Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la aplicación de la ayuda que puedan en cualquier momento practicar, tanto el organismo concedente, como el Tribunal de Cuentas o la Intervención General de la Administración del Estado.

6. Comunicar a la AECI la obtención de ayudas para la misma finalidad, de cualquier procedencia.

8. El incumplimiento de cualquiera de estas cláusulas podrá ser motivo de revocación de la ayuda.

9. Los candidatos, al solicitar estas ayudas, se entiende que aceptan en todos sus términos las bases de la presente convocatoria, así como el fallo de la Comisión Evaluadora y la Resolución de la Agencia Española de Cooperación Internacional, sin perjuicio del derecho a la fiscalización judicial.

Duodécimo. Pago de las ayudas.

1. La ayuda a cargo de la AECI cubrirá los siguientes conceptos:

Para los participantes en los dos cursos:

Pasaje aéreo, en clase turista, desde la ciudad capital del país de origen hasta Madrid (España) y viceversa, que será facilitado por la AECI a los beneficiarios.

Seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutico. El seguro será contratado directamente por la AECI de acuerdo con la normativa vigente. Para los participantes en el III Curso «Técnicas de Intervención y Salvamento en Catástrofes»:

Asignación económica de 21 euros (veintiún euros) diarios, para gastos de alimentación y de bolsillo. El importe de dicha asignación será el resultado de multiplicar la cantidad indicada por los días de duración del curso, más dos días antes del inicio y otros dos después de su finalización.

2. La asignación económica, que está exenta del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas en virtud de lo dispuesto en la letra i) del apartado 1 del artículo 13 de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, será abonada a los beneficiarios al comienzo de cada curso mediante talón bancario nominativo.

3. El Ministerio del Interior se hará cargo del alojamiento en los respectivos centros de los participantes en los dos cursos y de la manutención de los alumnos del XIV Curso de Observadores Policiales para Misiones de Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas».

Decimotercero. Justificación y reintegro.

1. El régimen de ayudas de la presente convocatoria queda sujeto a la justificación de la actividad promocionada, en los términos que aparecen en el apartado siguiente, así como a las obligaciones de reintegro y al régimen sancionador cuando proceda, conforme al Real Decreto 2225/1993 de 17 de diciembre y al texto refundido de la Ley General Presupuestaria aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, así como a la Orden de 26 de marzo de 1992, parcialmente modificada por la de 21 de enero de 1997, reguladoras del procedimiento general de concesión de becas y ayudas por parte de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y demás normas reguladoras de las subvenciones y ayudas públicas, que regirán en lo no expresamente previsto en la convocatoria.

Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra, con la misma finalidad, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no pudiendo el importe de la ayuda concedida al amparo de la presente convocatoria, aisladamente o en concurrencia con otras, superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. La percepción simultanea de becas o ayudas de diversa procedencia podrá determinar la modificación, o incluso la revocación de la resolución de concesión de la ayuda.

2. Las ayudas concedidas por la Agencia Española de Cooperación Internacional serán justificadas, en plazo máximo de tres meses, contados a partir de la finalización de la actividad, del siguiente modo:

Gastos de pasaje y seguro: Mediante las facturas emitidas por las empresas contratadas por la Agencia Española de Cooperación Internacional para la prestación de dichos servicios. A estas facturas habrá de adjuntarse certificado emitido por la Unidad Responsable de cada curso, acreditando la realización y aprovechamiento de los mismos por parte de los seleccionados.

Asignación económica: Mediante recibos de las cantidades asignadas, rubricados por los beneficiarios.

Decimocuarto. Disposiciones finales

1. Corresponde al Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por delegación del Presidente, dictar cuantas normas sean precisas para la interpretación, desarrollo y ejecución de la presente convocatoria.

2. La presente Resolución y la de concesión de las ayudas, que ponen fin a la vía administrativa, podrán ser recurridas ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, mediante la interposición de recurso contecioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Potestativamente se podrá interponer contra dichas Resoluciones, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14).

Madrid, 10 de febrero de 2003.‒El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmos. Sres. Director general de Cooperación con Iberoamérica y Vicesecretaria general de la AECI.

ANEXO I
XIV Curso de Observadores Policiales para Misiones de Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas

Coordinación general:

Ministerio del Interior.

Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad.

Jefe del Área de Cooperación Policial Internacional.

Don José Bernardo Monje Prado. Teléfono: (34) 91 537 20 92/93.

Fax: (34) 91 537 19 44 y 91 537 20 64.

Correo electrónico: jbmUses.mir.es

Unidad de planificación y programación del curso:

Centro de Actualización y Especialización de la División de Formación y Perfeccionamiento.

Dirección General de la Policía.

Director: Don Felipe Hernández Díaz. Comisario del Cuerpo Nacional de Policía.

Teléfono (34) 91 322 76 88

Fax: (34) 91 322 76 19

Correo electrónico: jfelipeUdgp.mir.es

Coordinador:

Inspector Jefe don Fernando Gómez Ochoa.

Coordinador de Formación Internacional del Centro de Actualización y Especialización.

División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía.

Teléfono (34) 91 322 76 44.

Fax: (34) 91 322 76 19.

Correo electrónico: fgochoaUdgp.mir.es

Lugar de realización:

Centro de Formación de la Dirección General de la Policía.

Carretera de Madrid, kilómetro 109. 05080 Ávila.

Teléfono (34) 920 35 42 00.

Fax: (34) 920 25 43 89.

Director del centro: Comisario del Cuerpo Nacional de Policía don Francisco Marcelino Pérez Pérez.

Objetivos:

El curso pretende conseguir, entre otros, los siguientes objetivos:

Dar a conocer la estructura organizativa y funciones de las Naciones Unidas, así como las tareas específicas del Policía adscrito a Misiones de Paz de esta organización.

Sensibilizar acerca de la importancia del respeto y salvaguardia de los derechos humanos.

Profundizar sobre técnicas de negociación de conflictos y técnicas didácticas utilizadas en la formación de adultos y de manejo de la tensión y las relaciones personales.

Analizar la incidencia del marco geográfico, político y social en el desarrollo de una Misión de Paz de Naciones Unidas.

Divulgar sistemas y técnicas de protección de personas y edificios, así como procedimientos de planificación e implantación de dispositivos de control de masas y de situaciones de crisis.

Dar a conocer técnicas de autoprotección y mantenimiento físico, así como de manejo y mantenimiento de vehículos 4×4 y de medios de comunicación.

Dirigido a:

Funcionarios de Policía que desarrollen actividad profesional en institución pública con categoría/grado de oficial en labores de ejecución.

Programa:

Módulo I. La ONU y las Misiones de Paz.

Módulo II. Entrenamiento personal, operativo y psicológico.

Módulo III. Procedimientos y técnicas operativo-policiales.

Módulo IV. Psicopedagogía aplicada.

Módulo V. Seminario relacionado con las Operaciones de Paz.

Módulo VI. Visitas a diversos Centros Policiales.

Diploma: El seguimiento a lo largo del curso servirá de base para la evaluación del aprovechamiento del mismo, expidiéndose, en su caso, el diploma correspondiente.

Fechas: Del 23 de junio al 18 de julio de 2003. (Inauguración día 23 y clausura día 18).

Número de participantes: 36.

III Curso de «Técnicas de Intervención y Salvamento en Catástrofes»

Coordinación general:

Ministerio del Interior.

Dirección General de Protección Civil.

Vocal asesor: Don Carlos Dueñas Molina.

Teléfono (34) 91 537 33 03.

Fax: (34) 91 562 89 41.

E-mail: cduenasUprocivil.mir.es

Unidad de planificación, programación e impartición del curso:

Escuela Nacional de Protección Civil.

Director: Don Juan José Román Fernández.

Teléfono (34) 91 537 30 86.

Fax: (34) 91 537.32.79.

Coordinador:

Don Luis Guadaño Tajuelo.

Teléfono: (34) 91 537 32 81.

Fax: (34) 91 537 32 79.

E-mail: ltajueloUprocivil.mir.es

Lugar de realización:

Escuela Nacional de Protección Civil. Camino de Salmedina, sin número. Carretera de Valencia (A-3), kilómetro 19. 28529 Rivas-Vaciamadrid (Madrid). España.

Objetivos:

Adquirir los conocimientos necesarios para evaluar los riesgos a los que está sometida el área natural de actuación y prever los protocolos de intervención para reducirlos.

Conocer los diferentes sistemas constructivos de edificaciones e infraestructuras urbanas e interurbanas y de las redes de suministro de servicios públicos.

Actualizar los conocimientos sobre nuevas técnicas de intervención y salvamento en este tipo de siniestros.

Aprender a organizar, coordinar y utilizar el personal, los medios terrestres, náuticos y aéreos que son necesarios en este tipo de intervenciones.

Estimular el intercambio de información y experiencias entre los participantes en el ámbito de cooperación de los miembros de la Asociación Iberoamericana de Protección Civil.

Dirigido a: Componentes de los Cuerpos de Bomberos de Latinoamérica, con responsabilidad y mando.

Duración: Ciento cuarenta horas.

Horario: De lunes a viernes de nueve a catorce y de dieciséis a dieciocho, durante cuatro semanas consecutivas.

Metodología: Eminentemente activa y participativa, con clases teóricas

complementadas con supuestos prácticos, simulacros y debates.

Programa:

Modulo 1: Las catástrofes: definición y clasificación.

Módulo 2: Sistemas constructivos y redes de abastecimiento a poblaciones.

Módulo 3: Principales lesiones producidas en los elementos estructurales y de servicios.

Módulo 4: Organización de equipos y medios de intervención.

Módulo 5: Tácticas de intervención para el salvamento.

Módulo 6: Procedimientos de afianzamiento de estructuras y corte de servicios.

Módulo 7: Normas de seguridad en la intervención.

Evaluación: Se realizarán evaluaciones de los conocimientos adquiridos, expidiéndose el diploma acreditativo a los alumnos que las superen.

Fechas: Del 30 de junio al 25 de julio de 2003. Número de participantes: 20.

ANEXO II

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ANEXO III

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