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Documento BOE-A-2003-4438

Resolución de 10 de febrero de 2003, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueba la convocatoria específica de ayudas para el Programa Iberoamericano de Formación, en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente, para 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 2003, páginas 8504 a 8509 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2003-4438

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los programas y actividades de cooperación que desarrolla este organismo en el ámbito de la cooperación educativa, cultural, científica y técnica con los países de Iberoamérica, corresponde proceder a la convocatoria del Programa de Formación en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente para el año 2003.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional y de lo establecido en la Resolución de 29 de diciembre de 2000 («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001) de delegación de competencias, esta Presidencia ha resuelto, previo informe de la Abogacía del Estado del Ministerio de Asuntos Exteriores:

Primero.

Realizar la convocatoria específica de 40 ayudas dentro del Programa de Formación en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente, ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» así como su exposición en los tablones de anuncios de las representaciones diplomáticas y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos en el ámbito de la misma.

Segundo. Objeto y finalidad.

1. El objeto de esta convocatoria es subvencionar la participación de titulados universitarios iberoamericanos con responsabilidad en programas de defensa contra incendios forestales y en programas de restauración hidrológico-forestal, control de la erosión y defensa contra la desertificación en sus países de origen, en los cursos que aparecen en el anexo I de la presente convocatoria, durante el año 2003.

2. La finalidad es la formación de recursos técnicos especializados, en el marco de las prioridades sectoriales «Inversión en el ser humano» y «Defensa del Medio Ambiente», del Plan Director de la Cooperación Española 2001-2004, aprobado en el Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2000, elevando el nivel de conocimientos y cualificaciones de los participantes, potenciando el uso racional de los recursos naturales y el desarrollo sostenible, y reforzando, al mismo tiempo, las instituciones a las que aquéllos pertenecen.

Tercero. Prioridades geográficas.

Los países programa iberoamericanos, así calificados en el Plan Director de la Cooperación Española 2001-2004.

Cuarto. Requisitos de los solicitantes.

Ser nacional de cualquiera de los siguientes países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay o Venezuela.

Tener formación académica y desarrollar actividad profesional en instituciones públicas o privadas en los ámbitos en que inciden los cursos ofertados.

Tener conocimientos suficientes de español, en el caso de que éste no sea su lengua materna.

Poseer aptitud psico-física para la realización del curso solicitado, y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales.

Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social españolas, si las tuviera.

Quinto. Instancia y documentación.

Los aspirantes a participar en alguno de los cursos que se ofertan en el anexo I, deberán aportar la siguiente documentación:

1. Instancia: Se formalizará por duplicado el impreso normalizado que figura como anexo II.

2. Documentación:

a) Currículum vitae.

b) Documento que acredite ser nacional de cualquier país iberoamericano reseñado en el apartado cuarto.

c) Certificado de estudios, con especificación de notas.

d) Copia del título y/o diplomas.

e) Acreditación de desarrollar actividad profesional en instituciones públicas o privadas en los ámbitos en que inciden los cursos ofertados, con especificación de sus competencias y nivel de responsabilidad.

f) Breve exposición de las razones que motivan la solicitud de la ayuda y del impacto que la formación que reciba, tendrá en el medio en que se inserta el candidato.

g) Dos cartas de presentación de personas o instituciones iberoamericanas que le avalen.

h) Certificado médico de poseer aptitud psico-física y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales, extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

i) Certificado de conocimiento del español, en el caso de que el solicitante no tenga éste como lengua materna.

j) Dos fotografías tamaño carnet con el nombre y apellidos al dorso.

k) Justificante de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social españolas, si las tuviera, o declaración expresa y responsable de no tener obligación alguna al respecto. (Anexo III).

Todos los documentos se acompañarán, en su caso, de su correspondiente traducción al español.

El impreso de solicitud debe ser cumplimentado en su totalidad. La documentación que se reciba no incluirá documentos originales o que consideren irrepetibles y que les puedan ser necesarios, pudiendo ser fotocopias legalizadas o compulsadas, previo cotejo con el original, por las Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España, en que se presente la solicitud.

Sexto. Presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán ser presentadas en las sedes de las Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países a los que se extiende el ámbito de aplicación de la presente convocatoria o en cualesquiera otros registros y oficinas de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

Séptimo. Plazos de presentación y subsanación de errores.

1. El plazo de presentación finalizará a las doce hora (hora local) del día 31 de marzo de 2003.

2. Una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios de cada Embajada de España la lista de las solicitudes completas e incompletas presentadas en el país correspondiente, dentro de los dos días siguientes a la fecha del cierre de la convocatoria, dando un plazo de 10 días para completar su expediente y subsanar las deficiencias observadas. Paralelamente se requerirá directamente a los interesados la subsanación de los errores observados.

3. Las unidades receptoras de las solicitudes levantarán acta de las actuaciones efectuadas, que será remitida, junto con los expedientes presentados, a la sede central de la AECI, antes del 15 de abril.

Octavo. Dotación e imputación presupuestaria.

1. Las ayudas serán financiadas con cargo a la aplicación 12.103.134A.486.06 del ejercicio presupuestario de 2003 de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por un importe de 102.760 euros (ciento dos mil setecientos sesenta euros).

Noveno. Instrucción del procedimiento y criterios de valoración.

1. La concesión de las ayudas se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.

2. La evaluación de las solicitudes será realizada por una Comisión evaluadora, que actuará como órgano instructor. Estará presidida por el Director general de Cooperación con Iberoamérica. El Secretario general de la AECI nombrará el Vicepresidente y los cuatro Vocales, que formarán parte de la misma: Dos técnicos de la Agencia Española de Cooperación Internacional y dos del Ministerio de Medio Ambiente, a propuesta de éste.

3. En la evaluación serán tenidos en consideración, por orden de importancia, los siguientes criterios:

Méritos académicos y experiencia profesional.

Impacto de la formación recibida en el medio en que se inserta el candidato, en función de las responsabilidades inherentes al cargo que ocupa.

Posibilidad de replicación de los conocimientos adquiridos, en función del nivel jerárquico del puesto que desempeña el candidato.

Pertenencia a países prioritarios, de acuerdo con lo establecido en el apartado tercero de la presente convocatoria.

4. La Comisión evaluadora formulará la propuesta de resolución de concesión de las ayudas en un periodo máximo de cuarenta y cinco días, contados a partir del término del plazo de presentación de solicitudes, con indicación de los candidatos más idóneos y sus suplentes.

Décimo. Resolución y publicación.

Vista la propuesta, el Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por delegación del Presidente, dictará la correspondiente resolución de concesión en un plazo máximo de sesenta y cinco días, contados a partir del término del plazo de presentación de solicitudes. Esta Resolución será comunicada a las representaciones diplomáticas y consulares de España, y unidades de cooperación en los países del ámbito de ésta convocatoria a los efectos de notificación a los interesados.

La Resolución de concesión de las ayudas será oportunamente publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web de la AECI (www.aeci.es). La relación de los beneficiarios será asimismo incluida en el resumen trimestral que la AECI publica en el «Boletín Oficial del Estado» conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Orden 26.3.1992. La relación de ayudas concedidas y solicitudes denegadas, será expuesta en los tablones de anuncios de las representaciones diplomáticas y consulares de España, y unidades de cooperación en los países incluidos en el ámbito de esta convocatoria, así como en el tablón de anuncios de la Agencia Española de Cooperación Internacional (avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid).

Undécimo. Obligaciones de los beneficiarios.

1. Realizar la actividad objeto de la ayuda en el plazo que se establece para cada curso en el anexo II de la presente Resolución.

2. Comunicar a la Dirección General de Cooperación con Iberoamérica o a la Embajada de España, en un plazo máximo de siete días, contados a partir del día en que se comunica la concesión de la ayuda, su aceptación expresa. De no aceptarse en el referido plazo, se entenderá que renuncia a la misma, pudiendo concederse al suplente que figure en primer lugar en la Resolución de concesión.

3. Residir en el centro donde se imparte el curso solicitado, durante el período de la beca, y no deberán ausentarse del territorio nacional sin comunicarlo previamente a la Dirección General de Cooperación con Iberoamérica de la Agencia Española de Cooperación Internacional, indicando las causas excepcionales que justifican la ausencia y el período que comprende, resolviendo la Agencia de forma justificada lo que proceda según las circunstancias, en relación a la reducción, revocación y reintegro, en su caso, de la ayuda.

4. Respetar en todo momento la normativa del centro que imparte el curso.

5. Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de aplicación de la ayuda.

6. Comunicar a la AECI la obtención de ayudas para la misma finalidad, de cualquier procedencia.

7. El beneficiario quedará sometido a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la ayuda que puedan en cualquier momento practicar, tanto el organismo concedente, como el Tribunal de Cuentas o la Intervención General de la Administración del Estado.

8. El incumplimiento de cualquiera de estas cláusulas podrá ser motivo de revocación de la ayuda.

9. Los candidatos, al solicitar estas ayudas, se entiende que aceptan en todos sus términos las bases de la presente convocatoria, así como el fallo de la Comisión Evaluadora y la Resolución de la Agencia Española de Cooperación Internacional, sin perjuicio del derecho a la fiscalización judicial.

Duodécimo. Pago de las ayudas.

1. Las ayudas cubrirán los siguientes conceptos:

Pasaje aéreo, en clase turista, desde el país de origen hasta España y viceversa, que será facilitado por la AECI a los beneficiarios.

Seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutico. El seguro será contratado directamente por la AECI de acuerdo con la normativa vigente.

Para los 10 becarios que participen en la segunda fase de prácticas en una base para brigadas helitransportadas de extinción de incendios forestales, que se ofrece al finalizar el XVIII Curso Superior Iberoamericano sobre Protección contra Incendios Forestales, la AECI prolongará el seguro de asistencia médica primaria durante las dos semanas de duración de las mencionadas prácticas.

Asignación económica de 48 euros (cuarenta y ocho euros) diarios, para gastos de alimentación y alojamiento en los centros de impartición de los cursos, y de bolsillo. El importe de dicha asignación será el resultado de multiplicar la cantidad indicada por los días de duración del curso, más dos días antes del inicio y otros dos después de su finalización.

2. La asignación económica, que está exenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en virtud de lo dispuesto en la letra i) del apartado 1 del artículo 13 de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, será abonada a los becarios al comienzo de cada curso mediante talón bancario nominativo.

Decimotercero. Justificación y reintegro.

1. El régimen de ayudas de la presente Convocatoria queda sujeto a la justificación de la actividad promocionada, en los términos que aparecen en el apartado siguiente, así como a las obligaciones de reintegro y al régimen sancionador cuando proceda, conforme al Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y al texto refundido de la Ley General Presupuestaria aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, así como a la Orden de 26 de marzo de 1992, parcialmente modificada por la de 21 de enero de 1997, reguladoras del procedimiento general de concesión de becas y ayudas por parte de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y demás normas reguladoras de las subvenciones y ayudas públicas, que regirán en lo no expresamente previsto en la convocatoria.

Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda con la misma finalidad, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no pudiendo el importe de la ayuda concedida al amparo de la presente convocatoria, aisladamente o en concurrencia con otras, superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario. La percepción simultánea de becas y ayudas de diversa procedencia podrá determinar la modificación, o incluso la revocación de la resolución de concesión de la ayuda.

2. Las ayudas concedidas por la Agencia Española de Cooperación Internacional serán justificadas, en plazo máximo de tres meses, contados a partir de la finalización de la actividad, del siguiente modo:

Gastos de pasaje y seguro: Mediante las facturas emitidas por las empresas contratadas por la Agencia Española de Cooperación Internacional para la prestación de dichos servicios. A estas facturas habrá de adjuntarse certificado emitido por la Unidad Responsable de cada uno de los cursos, acreditando la realización y aprovechamiento de los mismos por parte de los seleccionados.

Asignación económica: Mediante certificado emitido por la Unidad Responsable de cada uno de los cursos, acreditando el pago por parte de los alumnos del alojamiento y la manutención, a los centros donde se han impartido.

Decimocuarto. Disposiciones finales.

1. Corresponde al Secretario General de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por delegación del Presidente, dictar cuantas normas sean precisas para la interpretación, desarrollo y ejecución de la presente convocatoria.

La presente Resolución y la de concesión de las ayudas, que ponen fin a la vía administrativa, podrán ser recurridas ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción. Potestativamente se podrá interponer contra dichas Resoluciones, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la Resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14)

Madrid, 10 de febrero de 2003.–El Presidente, P. D. (Resolución de 29 de diciembre de 2000, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmos. Sres. Director general de Cooperación con Iberoamérica y Vicesecretaria general de la AECI.

ANEXO I
Relación de cursos organizados en colaboración con el Ministerio de Medio Ambiente

XVIII Curso Superior Iberoamericano sobre Protección Contra Incendios Forestales

Director: Don Ricardo Vélez Muñoz.

Lugar de realización: Madrid y Valsaín (Segovia) con viajes.

Unidad Responsable:

Área de Defensa contra Incendios Forestales

Dirección General de Conservación de la Naturaleza.

Ministerio de Medio Ambiente.

Gran Vía de San Francisco, 4.

28005 Madrid.

Teléfono: 34 91 366 51 04. Fax: 34 91 365 83 79.

Correo electrónico: sala.incendiosUdgcn.mma.es

Participantes: Titulados universitarios con responsabilidad en la defensa contra incendios forestales en sus países.

Número de beneficiarios: 20.

Objeto: Presentar el desarrollo de las actividades de prevención y extinción de incendios forestales, las tecnologías aplicadas y los criterios para la toma de decisiones en España.

Fechas: Del 21 de julio al 1 de agosto de 2003

Se ofrece una segunda fase de prácticas en una base para brigadas helitransportadas de extinción de incendios forestales limitada a diez (10) participantes cuya actividad en su país sea la extinción de incendios forestales, lo que deberá ser demostrado documentalmente.

Esta estancia será de dos semanas a partir del final del curso (hasta el 15 de agosto).

Programa:

a) Programa de Defensa contra Incendios Forestales en España: Causas de los incendios. Plan de Prevención. Medios de extinción y su coordinación. Legislación. Costes. Bases de Datos de Incendios Forestales. Legislación Española y de la Unión Europea. Evaluación de daños por incendios y de eficacia del Programa. Investigación. Aplicaciones de la teledetección.

b) Presentación de los informes nacionales de los distintos países participantes. Estudio de una propuesta de programa de cooperación para protección contra incendios forestales en Iberoamérica.

c) Visitas a centros con actividades de prevención y extinción en curso:

La Iglesuela (Toledo) Brigada CAR y aviones ACT y ACO con UMMT. Trabajos de selvicultura preventiva.

Pinofranqueado (Cáceres): Brigada BRIF. Trabajos de investigación de causas.

Matacán (Salamanca): Aviones anfibios CL-215

Tabuyo (León): Brigada BRIF. Análisis del gran incendio de 1998. Campaña rural de prevención.

Labacolla (Santiago de Compostela): Aviones anfibios CL-215 T. Cooperación con el Ejército del Aire.

Lourizán (Pontevedra): Laboratorio de investigación sobre incendios forestales. Programa de fuego prescrito. Restauración de zonas quemadas.

X Curso Superior Internacional de Restauración Hidrológico-Forestal, Control de la Erosión y Defensa contra la Desertificación

Director: Don Eduardo del Palacio Fernández-Montes.

Lugar de realización: Clases teóricas en CENEAM, Valsaín (Segovia) y viaje de prácticas al Pirineo español.

Unidad responsable:

Área de Hidrología y Zonas Desfavorecidas.

Dirección General de Conservación de la Naturaleza.

Ministerio de Medio Ambiente.

Gran Vía de San Francisco, 4.

28005 Madrid.

Teléfono: 34 91 596 49 08. Fax: 34 91 596 48 72.

Correo electrónico: e.palacio@mma.es

Participantes: Técnicos de países iberoamericanos con responsabilidad directa en programas de restauración hidrológico-forestal, control de la erosión y defensa contra la desertificación, con capacidad de decisión y amplia experiencia en este tema.

Objetivos: Proporcionar la información y los conocimientos científicos y técnicos necesarios para un correcto tratamiento de los problemas que afectan a las cuencas hidrográficas, el control de la erosión y la defensa contra la desertificación.

Fechas: Del 15 al 25 de septiembre de 2002.

Programa: Elementos del ciclo hidrológico y su influencia en la ordenación de cuencas. El fenómeno torrencial. Hidrotecnias de corrección, Restauración de la vegetación en ecosistemas degradados, Actuaciones selvícolas, Políticas y estrategias de conservación de los recursos agua y suelo, El bosque como reservorio para la biodiversidad.

Número de beneficiarios: 20.

ANEXO II

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ANEXO III

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