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Documento BOE-A-2003-23174

Resolución de 20 de noviembre de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto "red de distribución para suministro de gas natural en invernaderos en Chipiona (Cádiz)", del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2003, páginas 44960 a 44960 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2003-23174

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto «Red de distribución para suministro de gas natural en invernaderos en Chipiona» se encuentra comprendido en el apartado c) del grupo 1 del anexo II de la Ley 6/2001 antes referida.

Con fecha 17 de septiembre de 2003 la Dirección General de Desarrollo Rural, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental, señalando expresamente que el citado proyecto debe ser aprobado por ese Ministerio, a quien corresponde además su ejecución y financiación. Asimismo se incluyó Declaración de Impacto Ambiental relativa al mismo proyecto, de la Junta de Andalucía, de fecha 5 de agosto de 2002.

El proyecto «Red de distribución para suministro de gas natural en invernaderos en Chipiona», consiste fundamentalmente en el cambio de sistema de suministro de combustible, proyectándose conducciones para gas a fin de mejorar la eficacia del mismo, mejorando los factores productivos de la zona regable. Esto potenciará el sector de flor cortada y plantas ornamentales.

La red de conducciones se efectúa a partir de tuberías de polietileno de media densidad. Las canalizaciones discurren por caminos públicos y zonas de servidumbre de paso de las tuberías de riego. Se realizarán con PE de media densidad con una longitud total final de 21.191 metros.

Las tuberías deberán llevar un recubrimiento mínimo de 0,80 m desde la generatriz superior de la misma con las correspondientes mallas de señalización y losa de hormigón cuando las circunstancias lo aconsejen.

Las arquetas para contener las válvulas de control y maniobra se realizarán de forma que se facilite su mejor integración al terreno y a su entorno.

Considerando la información aportada por el promotor, y teniendo en cuenta los criterios del Anexo III de la Ley 6/2001 no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley precitada, la Secretaría General de Medio Ambiente a la vista de del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio de fecha 19 de noviembre, considera que no es necesario someter al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental el Proyecto «Red de distribución para suministro de gas natural en invernaderos en Chipiona.

No obstante, en la realización del proyecto se deberán tener en cuenta el condicionado de la declaración de impacto ambiental formulada por la Junta de Andalucía.

Madrid, 20 de noviembre de 2003.—El Secretario General, Juan María del Álamo Jiménez.

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