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Documento BOE-A-2003-16262

Resolución de 29 de julio de 2003, del Tribunal de Defensa de la Competencia, por la que se hace público el resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2003, páginas 31752 a 31759 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2003-16262

TEXTO ORIGINAL

En aplicación de lo dispuesto en el apartado 6 del punto primero de la orden del Ministerio de Hacienda de 28 de junio de 2000, por la que se regula la obtención y rendición de cuentas a través de soporte informático para los organismos públicos a los que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, se hace público el resumen de las cuentas anuales del ejercicio 2002 del Organismo Autónomo Tribunal de Defensa de la Competencia.

Madrid, 29 de julio de 2003.‒El Presidente, Gonzalo Solana González.

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IV. MEMORIA

1. Organización

La ley 24/2001 de 27 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social dispone en su artículo sesenta y tres la creación del Organismo Autónomo Tribunal de Defensa de la Competencia, con la naturaleza de Organismo Autónomo de los comprendidos en los artículos 45 y siguientes de la Ley 6/1997, de 14 de Abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

El Organismo tiene personalidad jurídica diferenciada, autonomía de gestión y patrimonio propio, actuará en régimen de Derecho Administrativo y estará adscrito al Ministerio de Economía.

Tiene como fin general el de preservar el funcionamiento competitivo de los mercados y garantizar la existencia de una competencia efectiva en los mismos, protegiéndola mediante el ejercicio de las funciones de resolución, informe y propuesta que la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia le atribuye expresamente.

El Tribunal de Defensa de la Competencia tiene su sede en la capital del Estado y su competencia, de acuerdo con la normativa sobre coordinación de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de defensa de la competencia, se extiende a todo el territorio español.

Para el desarrollo de sus fines el Organismo Autónomo gestionará los recursos adscritos al mismo y elaborará anualmente su proyecto de presupuestos.

El Tribunal de Defensa de la Competencia estará regido por el Pleno, integrado por un Presidente y ocho Vocales, nombrados mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Economía, entre juristas, economistas y otros profesionales de reconocido prestigio.

Estructura:

Presidente: Excmo. Sr. D. Gonzalo Solana González. Nombramiento: RD 1674/2000, de 29-09-2000 (BOE DE 30-09-2000).

Vicepresidente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Huerta Trolez. Nombramiento: RD 383/1999, de 5-03-1999 (BOE de 6-03-1999). Vocales del Pleno:

Excmo. Sr. D. Antonio Castañeda Boniche. Nombramiento: RD 486/2001, de 4-05-2001 (BOE de 9-05-2001).

Excmo. Sr. D. Julio Pascual y Vicente. Nombramiento: RD 2123/1996, de 20-09-1996 (BOE de 21-09-1996).

Excmo. Sr. D. Miguel Comenge Puig. Nombramiento: RD 387/1999, de 5-03-1999 (BOE de 6-03-1999).

Excmo. Sr. D. Luis Martínez Arévalo. Nombramiento: RD 385/1999, de 5-03-1999 (BOE de 6-03-1999).

Excmo. Sr. D. Jose Juan Franch Meneu. Nombramiento: RD 384/1999, de 5-03-1999 (BOE de 6-03-1999).

Excma. Sra. Dña. María Jesús Muriel Alonso. Nombramiento: RD 386/1999, de 5-03-1999 (BOE de 6-03-1999).

Excmo. Sr. D. Antonio del Cacho Frago. Nombramiento: RD 1355/2001, de 30-11-2001 (BOE de 1-12-2001).

Secretario: Ilmo. Sr. D. Antonio Fernández Fábrega. Nombramiento BOE de 18-06-1988.

Subdirección General de Estudios: Ilma. Sra. Dña. Celia Amparo Pérez Ibáñez. Nombramiento de 12-03-2002.

Subdirección General de Informes sobre Concentraciones, Adquisiciones y Ayudas Públicas: Ilma. Sra. Dña. María Pilar Sánchez Núñez. Nombramiento de 1-12-1995.

Secretaría del Presidente:

Ilma. Sra. Dña. María Pilar Ansuategui Garate. Nombramiento de

14-02-2002.

Ilma. Sra. Dña. Marta María Garcia Jáuregui. Nombramiento de

1-10-2002.

Ilmo. Sr. D. Antonio Guerra Fernández. Nombramiento de 1-01-2001.

Dentro de la estructura organizativa básica de la entidad, la responsabilidad de la gestión y organización contable recae dentro de la Secretaría del Presidente, en concreto Dña. María Pilar Ansuátegui Gárate ejerce las funciones de Gerente Administrativo del Organismo.

2. Información adicional

El Tribunal de Defensa de la Competencia inicia su actividad como Organismo Autónomo el 1 de enero de 2002, disponiendo de los escasos medios personales y materiales con que contaba como centro directivo dentro del Ministerio de Economía. La inexistencia de Relación de Puestos de Trabajo no ha permitido aún la incorporación de personal requerida para el funcionamiento operativo del Organismo, por lo que se ha actuado con una provisionalidad que esperamos acabe a principios del ejercicio 2003 con la aprobación de un Estatuto del Organismo Autónomo y su correspondiente Relación de puestos de trabajo.

Respecto a la financiación de sus actividades se realiza mediante transferencias corrientes y de capital del Estado, la primera de las cuales fue abonada en el mes de febrero asumiéndose desde entonces la plenitud de funciones respectos a los gastos e ingresos del Organismo. En cuanto a los recursos propios, hasta agosto, el Tribunal no obtuvo ningún ingreso por tasas, que si bien cuantitativamente constituyen una fuente de ingresos secundaria (las transferencias significan mas del ochenta por ciento de los ingresos totales), cualitativamente son importantísimas para la Tesorería del Organismo autónomo dado lo ajustado de las transferencias y el desfase temporal con que se reciben.

El Organismo cuenta con la afectación a su presupuesto de ingresos del 50 % de la recaudación obtenida por la Tasa por Análisis y estudio de operaciones de concentración, el Tribunal no interviene en la gestión recaudatoria de esta tasa, el centro gestor es la Dirección General de Defensa de la Competencia, y el sistema de autoliquidación por el sujeto pasivo mediante ingreso en las entidades de deposito autorizadas como colaboradoras por la Agencia Tributaria. La contabilización del ingreso se hace siguiendo el criterio de caja, coincidiendo con el traspaso de fondos por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a la cuenta operativa del Banco de España. Previa comunicación por la Agencia Tributaria de la recaudación liquida obtenida, la Dirección General del Tesoro pone a disposición del Tribunal los fondos que le corresponden.

El Tribunal de Defensa de la Competencia tiene su sede provisional en un inmueble propiedad del Patrimonio del Estado, situado en la Avenida de Pio XII, 17-19, antiguo chalet de los años sesenta, no reúne las condiciones necesarias de habitabilidad y espacio para el funcionamiento operativo del Tribunal con su nueva estructura y funciones, estando previsto el traslado de sede a un nuevo edificio en la calle Velázquez, 147 a mediados del ejercicio 2003. No existe ningún título jurídico de cesión o adscripción del edificio de Avenida de Pio XII, al Organismo autónomo por lo que no se ha podido proceder a su reflejo contable. En cuanto al mobiliario y equipos informáticos provenientes del antiguo centro directivo del Ministerio de Economía, por las mismas razones que el edificio administrativo al no existir ningún título jurídico de propiedad, no se han hecho constar en Balance.

Sobre el proceso de conversión de la información en pesetas a información en euros, el organismo inicia su contabilidad en el propio ejercicio 2002 ya en euros, por lo que no es preciso suministrar la información a que hace referencia la Orden de 19 de octubre de 2001 sobre los criterios de conversión del asiento de apertura de contabilidad.

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