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Documento BOE-A-2003-16263

Resolución de 31 de julio de 2003, del Centro Español de Metrología, por la que se publica el resumen de las Cuentas Anuales del Organismo correspondientes al año 2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2003, páginas 31759 a 31767 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2003-16263

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el punto 6, del apartado primero de la Orden del Ministerio de Hacienda de 28 de junio de 2000, por la que se regula la rendición de Cuentas Anuales para los Organismos Públicos, la información contenida en el resumen de las mismas deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de un mes desde su aprobación.

Esta Dirección de acuerdo con lo anterior y en el ejercicio de sus competencias, resuelve la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del resumen de las Cuentas Anuales del Centro Español de Metrología correspondientes al año 2002.

Tres Cantos, 31 de julio de 2003.–El Director, Angel García San Román.

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PROGRAMA 551D

Metrología

1. Descripción y fines.

La Constitución Española en su artículo 149 atribuye al Estado, entre otras, la competencia exclusiva para legislar en materia de pesas y medidas (metrología). En uso de esta capacidad legislativa se han ido aprobando diferentes disposiciones legales que configuran el marco jurídico para el desarrollo de la actividad metrológica en España.

La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, marca el inicio de esta nueva etapa metrológica y fija los requisitos y actuaciones a llevar a cabo para el ejercicio de esta actividad.

En cumplimiento de lo dispuesto en la mencionada Ley, y por Real Decreto 415/1985, de 27 de marzo, se creó el Centro Español de Metrología (CEM) al que se le encomendaron las tareas que en él se establecen.

Posteriormente, la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, crea el Centro Español de Metrología como Organismo Autónomo de carácter comercial e industrial, dependiente del Ministerio de Fomento, asignándole los siguientes cometidos:

Custodia y conservación de los patrones nacionales de las unidades de medida.

Establecimiento y desarrollo de las cadenas oficiales de calibración.

Ejercicio de las funciones de la Administración del Estado en el control metrológico del Estado y en el control metrológico CEE.

Habilitación oficial de laboratorios de verificación metrológica.

Mantenimiento del Registro de Control Metrológico.

Ejecución de proyectos de investigación y desarrollo en materia metrológica.

Formación de especialistas en metrología.

De forma simultánea con el ejercicio de estas competencias, el Centro Español de Metrología, en cumplimiento de los acuerdos suscritos por nuestro país, lleva a cabo las actuaciones propias de un Instituto Nacional de Metrología, representando a España ante todas las instituciones metrológicas internacionales.

Todas estas actividades se exponen con detalle en el apartado siguiente de esta memoria.

El presente Programa tiene por objeto posibilitar el cumplimiento de todos los compromisos anteriormente descritos.

2. Actividades.

El proceso de globalización y la consiguiente liberalización en el comercio mundial ha traído como consecuencia un cambio importante en el papel que venían desempeñando hasta ese momento los Institutos Nacionales de Metrología en los países industrializados.

Para poder afrontar este importante reto, se firmó el 19 de octubre de 1999, en París, al amparo del Tratado diplomático de la Convención del Metro, el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo, mediante el cual, los patrones nacionales y los certificados emitidos por los Institutos Nacionales de Metrología que cumplan unos determinados requisitos, serán aceptados internacionalmente.

Dada la importancia de este Acuerdo, el Centro Español de Metrología ha realizado un gran esfuerzo para poder cumplir con los requisitos exigidos y así dotar a nuestro país de un soporte reconocido para todos los procesos de medida que se llevan a cabo en España.

De forma simultánea, nuestra pertenencia a la Unión Europea nos exige el cumplimiento de todas las disposiciones legales que sean aprobadas por las instituciones comunitarias, al objeto de garantizar la libre circulación de mercancías en el seno de la Unión y proteger a los consumidores y usuarios de los posibles fraudes que pudieran darse en las transacciones comerciales o en el control de la salud de los ciudadanos.

Ambos compromisos suponen llevar a cabo las siguientes actividades:

Obtener, mantener y diseminar los patrones nacionales de las unidades de medida del Sistema Internacional de Unidades, que sirven de referencia para todas las instituciones, laboratorios o entidades que efectúan mediciones, y sin cuyo soporte los resultados no serían aceptados a nivel internacional ni tendrían validez científica.

Desarrollar y aplicar nuevas tecnologías para la obtención y mantenimiento de los patrones nacionales.

Realizar las calibraciones que le sean demandadas por los distintos agentes económicos y sociales.

Participar en las comparaciones internacionales que se programen al efecto, como requisito imprescindible para la aceptación de nuestros certificados.

Elaborar guías, documentos, manuales y procedimientos que sirvan de orientación y consulta a los laboratorios, instituciones y empresas en las que se realicen actividades de calibración.

Coordinar y dirigir las comparaciones nacionales que lleven a cabo los laboratorios de calibración acreditados por ENAC, para así garantizar la trazabilidad de las mediciones en nuestro país.

Coordinar la elaboración de normas nacionales referentes a instrumentos de medida que se redactan en el seno del Comité Técnico de Normalización n.° 82 de AENOR.

Ofrecer servicios de asesoramiento y asistencia técnica a los agentes económicos que requieran de esta ayuda.

Ejercer las actividades de control metrológico que corresponden a la Administración del Estado.

Realizar los ensayos previstos en las disposiciones legales de carácter metrológico, en apoyo de las distintas Comunidades Autónomas que carezcan de laboratorios adecuados.

Establecer las directrices para la coordinación de las actuaciones que, en materia de metrología legal, ejecutan las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias.

Realizar los ensayos que demanden los distintos usuarios de la metrología y expedir los correspondientes Certificados de conformidad.

Impartir cursos de formación en materia metrológica en el ámbito nacional.

Establecer Protocolos de colaboración con instituciones públicas y privadas para el mejor desarrollo de la actividad metrológica.

Mantener el Registro único de alcance nacional creado por el Real Decreto 914/2002, de 6 de septiembre, y su puesta a disposición de las Autoridades de ejecución del control metrológico legal.

Desarrollar las actividades propias de una Oficina de Transferencia de Resultados de Tecnología (OTRI).

Elaborar y llevar a cabo proyectos de investigación y desarrollo en materia metrológica en colaboración con otras instituciones nacionales e internacionales.

Participar en proyectos de cooperación con países iberoamericanos para favorecer la implantación de sistemas nacionales de medida en estos estados.

Representar a España ante las distintas organizaciones internacionales de metrología.

Promover y coordinar la realización de seminarios, congresos y jornadas para la difusión y promoción de la metrología.

3. Órganos encargados de su ejecución.

El Programa se gestiona en su totalidad por el Centro Español de Metrología, fundamentalmente a través de sus principales áreas:

Masa.

Longitud.

Electricidad.

Temperatura.

Fluidos.

Fuerza.

Electromagnetismo.

Como se ha expuesto anteriormente, el Centro Español de Metrología tiene que llevar a cabo una serie de actividades, básicas para la investigación y la industria nacional, por ser soporte de todos los procesos de medida que se realizan en España.

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ORGANIZACIÓN CONTABLE DEL C.E.M.

El Centro Español de Metrología constituye una entidad contable centralizada, las cuentas que rinde tienen carácter unitario y muestran la situación patrimonial y financiera del organismo en su conjunto.

Constituye una unidad contable a la que le es de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado aprobada por Orden de 1 de Febrero de 1.996.

La contabilidad del Organismo se lleva por el método de partida doble ajustándose al P.G.C.P. aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 6 de Mayo de 1.994.

El registro de las operaciones contables se realiza aplicando los principios contables y normas de valoración establecidos en el mencionado P.G.C.P. así como lo recogido en las instrucciones dictadas por la I.G.A.E. relativas a estos principios y normas.

El ejercicio contable del CEM coincide con el año natural.

La unidad de contabilidad cuenta con Sic’2 como herramienta informática puesta a disposición por la I.G.A.E. (ahora en opción abierta) para dar soporte a los requerimientos establecidos por la normativa contable y avanzar en la homogenización de los procedimientos.

El sistema de información contable muestra, a través de documentos, cuentas y estados la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de la ejecución del presupuesto y de los resultados de la entidad contable.

Todos los actos con repercusión financiera, patrimonial o económica están debidamente acreditados con su correspondiente justificante.

Estos justificantes de las operaciones incorporadas al Sic’2 soportados en papel o en instrumentos informáticos se conservan, debidamente ordenados, por la unidad de contabilidad y se encuentran a disposición del Tribunal de Cuentas y de la I.G.A.E. para facilitar las actuaciones de control y verificación de la contabilidad.

Desde la entrada en vigor de la Orden de 28 de Junio de 2.000 el CEM obtiene, formula y rinde sus cuentas anuales en soporte informático. Además presenta como resumen de las mismas la siguiente documentación en papel:

Balance.

Cuenta del resultado económico-patrimonial.

Estado de liquidación del presupuesto.

Memoria sobre organización.

Toda la información contable contenida en el resumen se publica en el BOE en el plazo de un mes contado desde la aprobación de las Cuentas Anuales con el objetivo de que todos los potenciales destinatarios de la información contable puedan disponer de datos sobre la actividad desarrollada por el Centro.

Principales responsables de la entidad:

Presidente: Adolfo Menéndez Menéndez.

Director: Ángel García San Román.

Subdirector Científico y de Relaciones Institucionales:

Mariano Martín Peña.

Subdirector Comercial y de Metrología Legal: José Luis Manchado Trugillo.

Secretario general: Juan Antonio Ortiz Fernández.

Principales responsables de la gestión contable:

Presidente: Adolfo Menéndez Menéndez.

Director: Ángel García San Román.

Secretario general: Juan Antonio Ortiz Fernández.

Jefe de Servicio de Gestión Económica: M.a Isabel Jiménez Martínez.

Jefe de Contabilidad: Susana Martín Faúndez.

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