Por Resolución de la Secretaria de Estado de Educación y Universidades
de 21 de septiembre de 2000 (BOE del 7 de octubre) se hacía pública
la convocatoria para la concesión de ayudas y subvenciones para estancias
de investigadores, científicos y tecnólogos extranjeros en España.
Al amparo del punto 1.3.4 de las normas de aplicación específica de
la mencionada convocatoria, se han recibido escritos de solicitud de
prolongación de estancia.
Vista la propuesta elevada por el Subdirector General, teniendo en
cuenta los informes presentados por los interesados y evaluados los
objetivos científicos que se pretenden alcanzar, he resuelto:
Primero: La concesión de las subvenciones indicadas en el anexo a
los Organismos que se señalan, destinadas a la financiación de las
prolongaciones de la estancia de profesores extranjeros en régimen de año
sabático en centros de investigación españoles por un importe total de
17.400,00 euros (Diecisiete mil cuatrocientos euros), con el siguiente desglose:
Anualidad 2003: 11.600,00 euros.
Anualidad 2004: 5.800,00 euros.
El gasto será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.541A.781
de los Presupuestos Generales del Estado.
El gasto correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la
aprobación de los correspondientes créditos en los Presupuestos Generales
del Estado.
Los organismos preceptores de las subvenciones presentarán
certificación que acredite que su importe se ha incorporado a su contabilidad,
en el plazo de un mes a contar desde su percibo.
La subvención quedará afecta a los fines para los que se otorga. Dentro
de los tres meses siguientes a la terminación de la estancia, el organismo
receptor deberá justificar el cumplimiento de los fines de la subvención,
mediante certificación que acredite la aplicación desglosada de los fondos
percibidos, los organismos sujetos a fiscalización por el Tribunal de
Cuentas, o con los justificantes originales, los no sujetos a esa fiscalización.
En ambos casos, deberá presentarse fotocopia del reintegro al Tesoro
Público de los fondos no utilizados.
Los beneficiarios quedan obligados al cumplimiento de lo establecido
en el apartado 7 de las normas de aplicación general de la convocatoria
de 21 de septiembre de 2000.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición
al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en
el artículo 11.1 de la Ley /1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de
1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica
6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la fecha de su notificación, que establece el artículo 46.1 de
la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que
el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse
presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta.
Madrid, 9 de julio de 2003.-El Secretario de Estado, P.D. (Orden de
1 de febrero de 2001, BOE del 9), el Director General de Universidades,
Pedro Chacón Fuertes.
Ilmo. Sr. Subdirector General de Formación y Movilidad de Profesorado
Universitario.
ANEXO
Ejercicio
2004
-Concedido
Ejercicio
2003
-Concedido
Apellido, nombre extranjero Centro Referencia Apellidos, nombre F. inicio
Resolución
F. fin
Resolución Mensualidad
Samsonov, Boris. Dpto. Física Teórica y Física
Atómica y Nuclear.
SAB20000240
Nieto Calzada, Luis Miguel. 01/09/03 29/02/04 2.900,00 11.600,00 5.800,00
Suma . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.600,00 5.800,00
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