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Documento BOE-A-2003-11492

Resolución de 6 de mayo de 2003, de la Confederación Hidrográfica del Norte, por la que se dispone la publicación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias, la Confederación Hidrográfica del Norte y el Ayuntamiento de Siero para la ejecución del aliviadero de Fonciello en el sistema de saneamiento de la cuenca del Nora.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 6 de junio de 2003, páginas 22200 a 22201 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2003-11492

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, el día 29 de abril de 2003, el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias, la Confederación Hidrográfica del Norte y el Ayuntamiento de Siero para la ejecución del aliviadero de Fonciello en el sistema de saneamiento de la cuenca del Nora, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 (BOE del 16), procede la publicación de dicho Convenio que figura como Anexo de esta Resolución.

Madrid, 6 de mayo de 2003.‒El Presidente, Fernando González Landa.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias, la Confederación Hidrográfica del Norte del Ministerio de Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Siero para la ejecución del aliviadero de Fonciello en el sistema de saneamiento de la cuenca del río Nora

En Oviedo, a veintinueve (29) de abril de dos mil tres (2003).

REUNIDOS

El ilustrísimo señor Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte del Ministerio de Medio Ambiente, don Fernando González Landa, en ejercicio de las competencias asignadas al Organismo de cuenca por los artículos 23, 24 y 30 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

El ilustrísimo señor Consejero de Medio Ambiente, don Herminio Sastre Andrés, facultado para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 29 de agosto de 2002.

El ilustrísimo señor Alcalde del Ayuntamiento de Siero, don Juan José Corrales Montequin.

Las partes se reconocen con capacidad legal suficiente para la firma del presente convenio de colaboración, y a tal efecto,

EXPONEN

Por aplicación del Real Decreto-Ley 15/1984, de 26 de diciembre, sobre medidas excepcionales para aprovechamiento de los recursos hidráulicos, quedaron incorporadas al Plan General de Obras Públicas, conforme dispone el artículo 3.o de dicha disposición legal, las obras relativas al aprovechamiento integral de recursos hidráulicos de la zona central de Asturias, en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Norte.

Dicha norma se materializó con la ejecución, por parte de Departamento Ministerial competente ‒en la actualidad Ministerio de medio Ambiente‒, de las infraestructuras del sistema general de saneamiento de la zona central de Asturias, que incluye las cuencas de los ríos Nalón, Caudal y Nora.

La Confederación Hidrográfica del Norte, Organismo Autónomo adscrito a efectos administrativos al Ministerio de Medio Ambiente, tiene atribuidas, respecto a dichas infraestructuras, las funciones que se recogen en el artículo 23 del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

La Ley 1/1994, de 21 de febrero, sobre abastecimiento y saneamiento de las aguas de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, incluye entre las competencias del Principado de Asturias, recogidas por su artículo 2, la colaboración con las Entidades Locales en la planificación, ejecución y gestión de obras y servicios de las mismas.

Asimismo, el artículo 8 establece los sistemas de interés del principado de Asturias entre los que se incluye, según Anexo II de la citada ley, los grandes colectores de las cuencas de los ríos Nora y Noreña.

La Ley de Base de Régimen local incluye entre las competencias de los Municipios, recogidas en el artículo 25, el alcantarillado y tratamiento de las aguas residuales.

Dentro de la infraestructura de saneamiento de la Cuenca del río Nora se ha construido el colector interceptor del río Nora, que recoge los vertidos de las redes de saneamiento que anteriormente lo hacían al citado río. El adecuado funcionamiento del citado colector interceptor requiere que la incorporación de dichas redes se realice de forma controlada a través de los correspondientes aliviaderos.

El Ayuntamiento de Siero está ejecutando el saneamiento de Fuentespino. La conexión más adecuada de este saneamiento al citado colector interceptor se ubicaría en Fonciello (PR-35 del tramo Las Llamargas-El Berrón), para lo que es preciso la construcción del correspondiente aliviadero.

La Confederación Hidrográfica del Norte ha aprobado técnicamente por resolución de la Presidencia, de fecha 8 de enero de 2002, el Proyecto de Aliviadero de Fonciello, por un importe de ejecución por contrata de 512.142,33 euros y un presupuesto para conocimiento de la administración de 519.377,25 euros, que incluye el coste de los terrenos.

La Consejería de medio Ambiente del Principado de Asturias, la Confederación Hidrográfica del Norte y el Ayuntamiento de Siero estiman necesario establecer una fórmula coordinada para la realización de esta obra, sobre la base de su respectivas competencias, y consideran adecuado establecer un convenio que haga partícipe a las respectivas Administraciones en la ejecución de las obras.

Sobre la base de todo lo anterior, las partes comparecientes:

ACUERDAN

Suscribir el presente Convenio de acuerdo a las siguientes cláusulas:

Primera.

Ejecutar, de forma coordinada y en colaboración el aliviadero de Fonciello, en el sistema de saneamiento de la Cuenca del río Nora.

Segunda.

El plazo previsto para la ejecución de las obras de aliviadero es de 5 meses.

Tercera.

Corresponde a la Confederación Hidrográfica del Norte la aprobación técnica y definitiva de los proyectos de obra, la contratación de su ejecución conforme al Proyecto aprobado, la dirección de las obras y su recepción final, sin perjuicio de la participación de la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Siero en la mesa de contratación.

Si la plena disponibilidad de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras exige un proceso expropiatorio, este será desarrollado por la Confederación Hidrográfica del Norte, financiándose dichas expropiaciones con la misma fórmula de financiación que las obras establecidas en la cláusula cuarta del presente Convenio de Colaboración.

Cuarta.

Régimen de financiación. El presupuesto total de la actuación es de 519.377,25 euros. La financiación del mismo se realizará de acuerdo con los siguientes porcentajes: 37,5% a cargo de la Confederación Hidrográfica del Norte, 37,5% a cargo de la Consejería de Medio Ambiente del Principado de Asturias y el 25% a cargo del Ayuntamiento de Siero.

Las tres instituciones asumen en la misma proporción las variaciones económicas que puedan producirse, al alza o a la baja, por modificaciones, revisiones de precios, obras complementarias y otras incidencias que sean aprobadas en el desarrollo del contrato de obras.

Quinta.

Las aportaciones de la Consejería de Medio ambiente y el Ayuntamiento de Siero, se materializarán mediante las correspondientes transferencias dinerarias a la cuenta 9000.0046.40.0200000780 de la Confederación Hidrográfica del Norte en el Banco de España.

Sexta.

Corresponde a la Confederación Hidrográfica del Norte, como órgano de contratación de las actuaciones objeto de este Convenio, el pago al adjudicatario de las obligaciones derivadas de la ejecución de los correspondientes contratos.

Séptima.

La infraestructura objeto del presente Convenio quedará integrada en el sistema de saneamiento de la cuenca del río Nora, realizándose su gestión, mantenimiento y explotación por el mismo Ente y en los mismos términos que el resto del colector interceptor general del que formará parte.

Octava.

Para la interpretación del presente Convenio, coordinación, impulso y control de las actuaciones de él derivadas, se crea una Comisión de Seguimiento compuesta por dos representantes de la Confederación Hidrográfica del Norte, dos representantes de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y dos representantes del Ayuntamiento de Siero.

Esta Comisión de Seguimiento comprobará que el proyecto y los trabajos a realizar se ajustan a los objetivos del presente Convenio y resolverá las posibles incidencias y modificaciones en la ejecución de los contratos a que la actuación objeto de este Convenio diese lugar.

Novena.

La vigencia del presente Convenio de Colaboración se extenderá a todo el periodo de ejecución de las obras hidráulicas a la que el mismo se refiere.

Podrá extinguirse asimismo, por alguna de las siguientes causas:

a) El mutuo acuerdo de las partes que lo suscriben.

b) La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que determinen su extinción.

c) El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas.

En estos casos se establecerá, en función de la causa de extinción y a la vista de la situación particular de las actuaciones en curso, la forma de terminación de las mismas.

Décima.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación, cumplimiento y eficacia del presente Convenio de Colaboración, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula octava, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurídico Contencioso-Administrativo.

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente Convenio.

El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte, Fernando González Landa.‒El Consejero de Medio Ambiente y Presidente de la Junta de Saneamiento, Herminio Sastre Andrés.‒El Alcalde del Ayuntamiento de Siero, Juan José Corrales Montequin.

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