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Documento BOE-A-2003-11419

Orden TAS/1481/2003, de 21 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Titulados Medios del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, por el sistema de acceso libre.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 6 de junio de 2003, páginas 22132 a 22138 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-11419

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,

de 21 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2003, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe de la Dirección General de la Función

Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la escala

de Titulados Medios del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene

en el Trabajo, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas

de la Escala de Titulados Medios del Instituto Nacional de

Seguridad e Higiene en el Trabajo, Código B 6315, por el sistema

general de acceso libre.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican en el Anexo I, e incluirá la superación de un curso

selectivo.

Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que

hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

del día 16 de octubre de 2003. La duración máxima de la fase

de oposición será de cinco meses, contados a partir de la fecha

de realización del primer ejercicio.

El curso selectivo tendrá una duración máxima de tres meses

y se iniciara en un plazo máximo de tres meses desde el

nombramiento como funcionarios en prácticas.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los

demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún

Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de

los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la

Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de

derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación : Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario,

Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o

equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (calle Agustín

de Bethencourt, 4, de Madrid), así como en los Servicios Centrales

del Instituto Nacional de seguridad e Higiene en el Trabajo (calle

Torrelaguna, 73, de Madrid) y sus Centros Nacionales y Gabinetes

Técnicos Provinciales o en la forma establecida en el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a

partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al

Sub

secretario de Trabajo y Asuntos Sociales. La no presentación de

la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará

gratuitamente en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en el Instituto

Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas, la Dirección General de la Función Pública, en las

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones

diplomáticas y consulares de España en el extranjero, así como

en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del

Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,

en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan

en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse

en España en régimen de estancia, deberán presentar una

fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia

compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber

solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no

haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten

el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del

español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Subsecretario del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales dictará

Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada

la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá

publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se relacionarán los

aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión,

apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad

o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles para subsanar

el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, contados

a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución.

Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre expuesta

al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar, fecha y hora

de comienzo del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Instituto Nacional de Seguridad e

Higiene en el Trabajo, calle Torrelaguna, n.o 73, 28027 Madrid, teléfono

91 3634119, dirección de correo electrónico

secretariainshtUmtas.es

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "X", según lo establecido

en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración

Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del Estado"

del 14).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del

ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal

elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de

aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días

naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida, según la petición de destino y a la vista de los

puestos que se ofrezcan.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,

la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la

convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso

contencioso - administrativo, en el plazo de dos meses desde el

día siguiente a su publicación, ante el órgano juridisccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso

- Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de

reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Trabajo y Asuntos

Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente

a su publicación, significándose, que en este caso, no se podrá

interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea

resuelto expresamente o se haya producido la desestimación

presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley.

Madrid, 21 de mayo 2003.-P.D. (Artículo 2.8.a de la Orden

de 21 de mayo de 1996, B.O.E. del 27), el Subsecretario, José

Marí Olano.

Ilmos. Sres. Subsecretario de Trabajo y Asuntos Sociales y

Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición

La fase de oposición constará de cuatro ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio:

Los aspirantes deberán desarrollar por escrito un tema, entre

dos propuestos por el Tribunal, relacionados con el contenido

del Anexo II-A de esta convocatoria. El tiempo máximo para la

realización de este ejercicio será de dos horas.

Posteriormente el aspirante realizará la lectura del ejercicio

en sesión pública ante el Tribunal. El Tribunal podrá solicitar

aclaraciones sobre el contenido del mismo.

Este ejercicio será calificado atendiendo a los conocimientos,

claridad, orden de ideas y facilidad de expresión escrita

demostrados por el aspirante.

La calificación máxima de este ejercicio será de diez puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para acceder

al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio:

Consistirá en un examen oral, en el tiempo máximo de una

hora, de cuatro temas de la parte específica del programa

desarrollado en el Anexo II-B de esta convocatoria, elegidos al azar por

el opositor. Los aspirantes dispondrán de un período de cinco

minutos para la preparación de este ejercicio.

Durante la exposición oral podrá utilizarse el guión que, en

su caso, se hubiese realizado por el opositor.

Finalizada la intervención, el Tribunal podrá dialogar con el

opositor, durante un período máximo de quince minutos, sobre

aspectos de los temas que hubiera desarrollado.

En este ejercicio se valorará el equilibrio en el desarrollo de

los temas, así como el volumen y comprensión de los

conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión oral.

Se puntuará con un máximo de doce puntos, siendo necesario

obtener un mínimo de seis para superar el ejercicio.

Tercer ejercicio:

Consistirá en la realización por escrito de un supuesto práctico

propuesto por el Tribunal y relacionado con los contenidos de

las materias del programa a que hace referencia el Anexo II-B.

Para este ejercicio se dispone de un tiempo máximo de cuatro

horas, pudiendo emplear cualquier documentación que estime

pertinente.

Posteriormente el aspirante realizará la lectura pública o

exposición de las operaciones realizadas del supuesto práctico

desarrollado, seguida de un diálogo en el que se le planteará al opositor

cualquier cuestión que el Tribunal considere de interés para un

mejor conocimiento de los argumentos y criterios utilizados por

el aspirante en este supuesto.

La puntuación máxima de este ejercicio será de doce puntos,

siendo necesario obtener, al menos, seis para superarlo.

Cuarto ejercicio:

Consistirá en la realización, en un tiempo máximo de una hora,

de una traducción directa, sin diccionario, por escrito y en

castellano, de un documento redactado en inglés, francés o alemán,

a elección del aspirante.

Para la verificación de este ejercicio, el Tribunal podrá ser

asistido por los asesores especialistas que designe.

La calificación máxima de este ejercicio será de ocho puntos,

siendo necesario obtener un mínimo de cuatro puntos.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

2. Fase de curso selectivo

Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán realizar

el curso selectivo correspondiente a la segunda fase del proceso

de selección.

El curso selectivo será organizado por el I.N.S.H.T. y tendrá

como finalidad el desarrollo de los conocimientos, técnicas y

aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones propias de la

Escala de Titulados Medios del I.N.S.H.T.

El curso se desarrollará en el I.N.S.H.T. y tendrá una duración

máxima de tres meses, con dedicación de hasta 200 horas lectivas,

incluidas las evaluaciones.

Para ser admitido en las pruebas finales de este curso, los

aspirantes deberán tener justificadas como asistidas un mínimo

del 80% de las horas lectivas del mismo.

El curso finalizará con una prueba eliminatoria de una duración

máxima de cuatro horas, consistente en:

a) Contestar por escrito a 10 preguntas.

b) Desarrollar por escrito uno o varios supuestos prácticos

relacionados con las cuestiones planteadas en el curso.

Tanto las preguntas como los supuestos planteados serán

seleccionados por el Tribunal.

La valoración de esta prueba será global, hasta un máximo

de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos

para superar el curso.

El orden definitivo del proceso selectivo vendrá determinado

por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición

y de curso selectivo. En caso de empate, el orden se establecerá

atendiendo a los siguientes criterios:

1) La mayor puntuación en el tercer ejercicio.

2) La mayor puntuación en el segundo ejercicio.

3) La mayor puntuación en el primer ejercicio.

4) La mayor puntuación en el cuarto ejercicio.

ANEXO II

PROGRAMA

Anexo II-A

1. El Estado: Doctrinas sobre su origen. Elementos

constitutivos: El territorio, la población. Nacionalidad y ciudadanía. La

soberanía y el poder del Estado. La doctrina clásica de la soberanía.

Poder y legitimidad. La doctrina de la soberanía limitada.

2. Valores superiores, principios constitucionales, los

derechos fundamentales y las libertades públicas. Su regulación en

la Constitución Española de 1978. Su protección.

3. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados. El

Senado. La función legislativa. La función de control. La función

financiera. Relaciones entre las dos Cámaras.

4. El Gobierno. Su composición. Nombramiento y cese. Las

funciones del Gobierno. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.

5. La Administración Pública: Concepto. Principios

constitucionales informadores. Actividad administrativa y actividad

política. Gobierno y Administración. La Administración, las funciones

y los poderes del Estado.

6. La Administración General del Estado. Órganos superiores

de la Administración General del Estado. Órganos Territoriales

de la Administración General del Estado. Los Delegados del

Gobierno en las Comunidades Autónomas. Los Subdelegados del

Gobierno. Los Directores Insulares. La Administración General

del Estado en el exterior.

7. El Estado español como Estado compuesto. Las

Comunidades Autónomas. Naturaleza. Organización política y

administrativa. El Consejo de Gobierno y la Asamblea Legislativa.

Composición y funciones. La distribución de competencias entre las

Administraciones Públicas. Competencias exclusivas,

compartidas, concurrentes, de desarrollo y de ejecución.

8. La Unión Europea. Los Tratados constitutivos. Las

instituciones de la Unión Europea. El Parlamento Europeo. El Consejo.

La Comisión. El Tribunal de Justicia. El Comité Económico y

Social.

9. El derecho comunitario. Sus fuentes. El derecho primario.

El derecho derivado. La eficacia del derecho comunitario en el

ordenamiento jurídico nacional de los Estados miembros.

10. Las fuentes del derecho. La ley y sus clases. Los

reglamentos y otras disposiciones. La costumbre. Los principios

generales del derecho. La jurisprudencia. Otras fuentes del derecho.

La aplicación e interpretación de las normas jurídicas. El derecho

transitorio. El principio de irretroactividad.

11. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza.

Principios generales. Los recursos administrativos. Naturaleza,

extensión y límites de la jurisdicción contencioso-administrativa.

12. Los funcionarios públicos. Concepto y clases. Situaciones

de los funcionarios. Derechos y deberes. Régimen disciplinario

de los funcionarios públicos.

13. El Derecho penal y sus fuentes. Su aplicación e

interpretación. Teoría general del delito. La responsabilidad criminal.

La responsabilidad civil derivada del delito.

14. Delitos contra los derechos de los trabajadores. La

protección penal de la seguridad y la salud en el trabajo. Supuestos

especiales de responsabilidad. Delitos contra la seguridad social.

15. El derecho del trabajo. Concepto, fines y contenido. Sus

fuentes. Derechos y deberes de los trabajadores.

16. Los convenios colectivos de trabajo. Concepto y clases.

Negociación. Legitimación. Contenido. El principio de jerarquía

normativa. Conflicto entre normas laborales estatales o pactadas.

El principio de la norma más favorable.

17. Los conflictos colectivos de trabajo. La huelga y el cierre

patronal. Medios de solución de conflictos.

18. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza jurídica.

Modalidades de contratación. Derechos y deberes derivados del

contrato. Las empresas de trabajo temporal y la subcontratación.

19. El salario, su concepto y clases. La composición del

salario. La jornada laboral. Horas extraordinarias. Descanso.

Vacaciones.

20. La suspensión del contrato de trabajo: causas.

Subrogaciones. Derecho disciplinario laboral. Causas de extinción del

contrato. Prescripción y caducidad de las acciones derivadas del

contrato de trabajo.

21. El Sistema Español de la Seguridad Social. El Régimen

General: acción protectora. Contingencias cubiertas. Concepto y

clase de prestaciones. Las entidades gestoras. Las Mutuas de

Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad

Social.

Anexo II-B

1. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el

trabajo: Daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral.

Protección y prevención. Prevención primaria, secundaria y

terciaria. Prevención en el diseño. Condiciones de trabajo en relación

con la salud. Factores de riesgo. Conceptos de accidente de trabajo

y enfermedad profesional.

2. Objeto y necesidad de la prevención de riesgos laborales:

Interacción trabajo y salud. Costes de los daños derivados del

trabajo frente a beneficios de la acción preventiva. El concepto

de integración de la prevención. Prevención y calidad.

3. Las técnicas preventivas: los principios de prevención.

Seguridad en el Trabajo. Higiene Industrial. Ergonomía.

Psicosociología aplicada. Medicina del trabajo. Técnicas de

participación. La información y la comunicación. La formación. Relaciones

con otros ámbitos: industrial, sanitario, medioambiental,

sectoriales (agricultura, minería, pesca, construcción, transporte).

4. Unión Europea (I): El derecho comunitario relacionado con

la seguridad y salud en el trabajo. Evolución de la política

comunitaria en esta materia en el ámbito de los Tratados de las

Comunidades Europeas. Situación actual: El Tratado de Ámsterdam y

el Tratado de Niza.

5. Unión Europea (II): Las actuaciones en materia de

seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las instituciones

comunitarias. La Fundación Europea para la Mejora de la Calidad de

Vida y de Trabajo. La Agencia Europea para la Seguridad y Salud

en el Trabajo y la Red Europea de la Seguridad y Salud en el

Trabajo. El Comité Consultivo para la Seguridad, la Higiene y

la Salud en el Trabajo. El Comité de Altos Responsables de las

Inspecciones de Trabajo. El Comité Científico para el

Establecimiento de Valores Límite de Exposición.

6. Unión Europea (III): Las directivas sobre disposiciones

mínimas de seguridad y salud en el trabajo. La directiva marco

89/391/CEE. Las directivas específicas y otras que amplían y

completan lo establecido en la directiva marco. Recomendaciones y

otros actos. La nueva Estrategia Comunitaria de seguridad y salud

en el trabajo (2002-2006).

7. Unión Europea (IV): Las directivas del mercado interior

único y su relación con la seguridad y salud en el trabajo. El

funcionamiento y características del mercado único. El Espacio

Económico Europeo. El concepto de seguridad del producto. Los

requisitos esenciales de los productos. El enfoque global.

8. Las normas técnicas: Concepto y tipos de normas. Origen

y evolución de la normalización. Organismos internacionales, ISO

y CEI. Organismos europeos de normalización. Situación en

España. El mercado único y las normas armonizadas. La certificación

CE. El marcado CE. Las normas técnicas en el ámbito de la

seguridad y salud en el trabajo.

9. Ámbito internacional: La Organización Internacional del

Trabajo OIT. Origen y evolución: sus objetivos, estructura y

organización. Los Convenios de la OIT, las recomendaciones y otras

actuaciones. Contenidos de los Convenios OIT sobre salud y

seguridad. El papel de otras organizaciones y programas: OMS, OMI.

PNUMA, OCDE. La Asociación Internacional de la Seguridad

Social AISS.

10. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales

en España (I): Antecedentes inmediatos. La constitución de 1978.

El Estatuto de los Trabajadores. El ámbito de la función pública.

La Ley General de la Seguridad Social. La Ley 31/1995, de 8

de noviembre: contenido, significado general y naturaleza. La Ley

sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. La articulación

jurídica de prevención de riesgos laborales.

11. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales

en España (II):

Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en

materia laboral. La distribución de competencias y coordinación

en materia de seguridad y salud en el trabajo entre la

Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas.

Funciones y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad

Social en relación con esta materia. El Instituto Nacional de

Seguridad e Higiene en el Trabajo. Los órganos técnicos de las

Comunidades Autónomas. La Fundación para la Prevención de Riesgos

Laborales. La Seguridad Social y las Mutuas de Accidentes de

Trabajo y Enfermedades Profesionales.

12. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales

en España (III): Actuaciones de las Administraciones públicas

competentes en materia sanitaria y de industria. La Ley 14/1986,

de 25 de abril, General de Sanidad. La Ley 21/1992, de 16 de

julio, de Industria.

13. Derechos y deberes: El derecho de los trabajadores a la

protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial de

protección. Coordinación de actividades empresariales en materia

de prevención. Protección de trabajadores especialmente sensibles

a riesgos. Obligaciones de los trabajadores. Los derechos de

participación y representación específica de los trabajadores. Los

Delegados de Prevención. El Comité de Seguridad y Salud.

Colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

14. Consulta y participación de los trabajadores: El deber

de consulta del empresario. Los derechos de participación y

representación específica de los trabajadores. Los Delegados de

Prevención, su designación, garantías, competencias y facultades. El

Comité de Seguridad y Salud. Colaboración con la Inspección

de Trabajo y Seguridad Social.

15. El Reglamento de los Servicios de Prevención: (I): La

integración de la actividad preventiva y la acción de la empresa en

esta materia. La evaluación de los riesgos. La planificación de

la prevención. Características y funciones de un servicio de

prevención. La organización de recursos para las actividades

preventivas y sus diferentes modalidades; sus funciones y requisitos.

Las actuaciones en materia preventiva de las Mutuas de Accidentes

de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

16. El Reglamento de los Servicios de Prevención (II): La

acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención

ajenos a las empresas. Funciones y niveles de cualificación. La

especialidad de Medicina del Trabajo y la Diplomatura de

Enfermería de Empresa. Colaboración de los servicios de prevención

con el Sistema Nacional de Salud.

17. La gestión de riesgos laborales en la empresa: Concepto.

El sistema de gestión para la prevención. La responsabilidad de

la dirección. La documentación. Conceptos relativos a la auditoría.

La auditoría de prevención. La obligación empresarial de someter

su sistema de prevención a una auditoría externa. Requisitos y

autorización por la autoridad laboral de las personas o entidades

especializadas para la realización de auditorías. Idoneidad de los

auditores. Otros sistemas de auditoría. Su valor y relación con

la calidad.

18. Las obligaciones de los fabricantes, importadores y

suministradores: Las exigencias de la libre circulación de mercancías

en el mercado único europeo. La responsabilidad por los perjuicios

causados por los productos defectuosos. La obligación de facilitar

toda información útil sobre el uso seguro de un equipo o producto

con ocasión de su comercialización. La obligación de información

del empresario a los trabajadores.

19. Responsabilidades y sanciones en materia de prevención:

Responsabilidades administrativas y su compatibilidad con las de

otro orden. Las actuaciones de la Inspección de Trabajo y

Seguridad Social. Las disposiciones de la Ley de Prevención de Riesgos

Laborales y de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden

Social.

20. La adaptación de la normativa de prevención de riesgos

laborales al ámbito de la Administración pública: Las excepciones

de la Ley de Prevención. El Real Decreto 1488/1998, de 10 de

julio, de adaptación a ala Administración General del Estado.

Competencias y funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad

Social y del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el

Trabajo. El Real Decreto 1932/1998, de 11 de septiembre, de

adaptación a los centros y establecimientos militares.

21. Protección de la maternidad y de los menores: Riesgos

laborales específicos para la mujer trabajadora en el período de

embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de protección

a la maternidad. Medidas preventivas frente a los riesgos

específicos. Riesgos específicos para los menores en razón de su

trabajo. Legislación vigente de protección de los menores. Trabajos

prohibidos.

22. Conceptos de salud y prevención. Concepto y objetivos

de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral.

Epidemiología laboral. Vigilancia de la salud. Promoción de la salud.

Planificación e información sanitaria.

23. Utilización de equipos de protección individual. Concepto

y prioridad de utilización de los equipos de protección individual

(EPI) en el trabajo. Tipos de EPI. Normativa del mercado único

europeo relativa al diseño y comercialización de los EPI. Aplicación

del Real Decreto 733/1997, de 30 de mayo.

24. La formación en prevención de riesgos laborales.

Derechos y obligaciones. Condiciones de eficacia. La planificación de

la formación en la empresa. El diagnóstico de necesidades. La

definición de los objetivos. La determinación de los programas.

La selección del profesorado. La presupuestación. Métodos y

técnicas de formación. La enseñanza a distancia y las nuevas

tecnologías aplicadas a la formación. La evaluación de la formación.

25. Objeto de las estadísticas de prevención. Principales

índices y parámetros. La evolución de la siniestralidad en España.

La comparabilidad de los datos estadísticos con los de otros

Estados. El parte de accidentes de trabajo y enfermedades

profesionales. Obligaciones establecidas en la Ley General de la Seguridad

Social y su normativa de desarrollo y en la Ley de Prevención

de Riesgos Laborales. Economía de la prevención.

26. Conceptos básicos de higiene industrial. Toxicología

laboral: Clasificación, efectos sobre la salud y vías de entrada al

organismo de los agentes químicos. Criterios de valoración de agentes

químicos. Valores límites ambientales (VLA). Valores límites

biológicos (VLB). Tipos y filosofía de los criterios de valoración.

Valores límite internacionales.

27. Agentes químicos. Metodología de actuación. La encuesta

higiénica: Identificación de los contaminantes. El método analítico.

La valoración de la exposición. Control de las exposiciones,

técnicas generales. Priorización de las acciones de control.

Ventilación general. Ventilación por extracción localizada. Equipos de

protección individual para agentes químicos. Normativa específica

de Agentes Químicos: RD 374/2001, sobre protección de la salud

y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados

con la exposición a agentes químicos.

28. Agentes físicos. Ruido y Vibraciones. Fundamentos de

acústica. Magnitudes y unidades. Espectro de frecuencias.

Anatomía y fisiología del oído. Efectos del ruido. Medición del ruido.

Equipos de medición: sonómetros integradores, dosímetros.

Valoración de la exposición laboral a ruido. RD 1316/1989, sobre

la protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados

de la exposición a ruido durante el trabajo. Principios de control

de ruido. Física de las vibraciones. Medida de las vibraciones.

Vibraciones mano - brazo: efectos, evaluación y control de la

exposición a vibración mano brazo. Vibraciones del cuerpo completo:

efectos, evaluación y control de la exposición a vibración del

cuerpo completo. Normativa aplicable.

29. Ergonomía: Conceptos y objetivos. Factores ergonómicos

a incluir en la evaluación de los riesgos. Normativa aplicable.

30. Ergonomía Reglamentación específica aplicable:

Condiciones ambientales y de iluminación, pantallas de visualización

y manipulación manual de cargas.

31. Factores psicosociales: los aspectos relativos a la

empresa, al individuo y a la tarea.

32. Investigación de accidentes de trabajo: Objetivos de la

investigación de los accidentes de trabajo. Accidentes que se deben

investigar. Metodología de la investigación de accidentes. El

informe resultante de la investigación de un accidente. Características

que deben de cumplir las propuestas preventivas emanadas de

la investigación de un accidente. La investigación de accidentes

por el método del Árbol de Causas.

33. Inspecciones de seguridad: Concepto y objetivos de la

inspección de seguridad. Inspecciones planificadas y no

planificadas. Metodología de la inspección de seguridad. Explotación

de los resultados.

34. Evaluación de riesgos: El concepto de evaluación de

riesgos y de la gestión de riesgos. Tipos de evaluaciones de riesgos

y características de cada uno de ellos. Plan de control de riesgos.

Revisión del Plan de control de riesgos. Formatos de recogida

de datos de la evaluación de riesgos.

35. Normas y señalización de seguridad: El concepto de

norma de seguridad, contenido de las normas de seguridad y fases

de implantación de una norma. La señalización de seguridad:

Concepto de señalización, clases de señalización. Principales

características del Real Decreto 485/1997, de 14 de abril sobre

señalización de seguridad y salud en el trabajo.

36. Soldadura eléctrica y oxiacetilénica: Principales riesgos

presentes en operaciones de soldadura. Medidas preventivas.

Equipos de protección individual utilizados en operaciones de

soldadura; protección ocular y criterios para su selección, protección

de las diferentes partes del cuerpo, protección de las manos.

37. Condiciones generales de seguridad en los lugares de

trabajo, el Real Decreto 486/1997, de 14 abril: Concepto de lugar

de trabajo, ámbito de aplicación, seguridad estructural,

dimensiones mínimas de los locales de trabajo, suelos y aberturas,

pasillos y vías de circulación, puertas, portones y salidas, rampas,

escaleras fijas y de servicio, servicios higiénicos y locales de

descanso, material y locales de primeros auxilios, orden y limpieza.

38 Incendios: Química del fuego y factores del riesgo de

incendio. Cadena del incendio. Prevención de incendios. Medios de

lucha contra incendios: Extintores, bocas de incendio equipadas,

hidrantes, columnas secas y rociadores automáticos. Alumbrado

de señalización y emergencia. Principales características del Real

Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre por el que se aprueba

el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

39. Protección contra incendios: el Real Decreto 786/2001,

de 6 de julio, sobre protección contra incendios en

establecimien

tos industriales: Objetivo y ámbito de aplicación, construcción

y puesta en servicio, inspecciones periódicas, actuación en caso

de incendio, condiciones que deben satisfacer los establecimientos

industriales en relación con la seguridad contra incendios.

40. Plan de autoprotección: Objetivos de un plan de

autoprotección. Estructura y contenidos principales de un plan de

autoprotección: Documento n.o 1, la evaluación del riesgo. Documento

n.o 2 Medios de protección. Documento n.o 3, plan de emergencia.

Documento n.o 4, implantación.

41. Máquinas: definición de máquina y de zona peligrosa.

Principales riesgos de las máquinas. Medidas de seguridad de las

máquinas: Prevención intrínseca. Resguardos y dispositivos de

protección. Principal normativa aplicable a máquinas. Principal

reglamentación aplicable.

42. Utilización de equipos de trabajo: El Real Decreto

1215/1997, de 18 de julio, sobre utilización de los trabajadores

de los equipos de trabajo y la Guía Técnica del Instituto Nacional

de Seguridad e Higiene en el Trabajo para la evaluación de los

riesgos relativos a la utilización de los equipos de trabajo. El

análisis y la evaluación de riesgos. Procedimientos de adecuación

y puesta en conformidad.

43. Riesgo eléctrico: Efectos nocivos de la electricidad.

Lesiones producidas por la electricidad en el cuerpo humano: factores

que influyen en el efecto eléctrico, intensidad de la corriente,

resistencia del cuerpo humano, tensión aplicada, frecuencia de la

corriente, duración del contacto eléctrico, recorrido de la corriente

a través del cuerpo, capacidad de reacción de la persona.

Actuación en caso de accidente eléctrico.

44. Protección contra contactos eléctricos directos:

Alejamiento de las partes activas, interposición de obstáculos,

recubrimiento de partes activas, utilización de pequeñas tensiones de

seguridad, protección complementaria con dispositivos de alta

sensibilidad. Protección contra contactos eléctricos indirectos.

Sistemas de protección clase A y clase B.

45. Productos químicos: Tipos de peligrosidad de los

productos químicos; identificación, clasificación, etiquetado y

envasado de las sustancias y preparados peligrosos; evaluación del

riesgo químico, almacenamiento, manipulación de sustancias

químicas peligrosas.

46. Herramientas a motor: Concepto: riesgos derivados de

las herramientas a motor y sus causas. Normas de utilización de

las herramientas a motor. Herramientas eléctricas. Herramientas

neumáticas. Medidas preventivas de carácter general.

47. Equipos de elevación y transporte: Instalación de

máquinas. Utilización y mantenimiento: Equipos para elevar cargas:

ascensores, plataformas elevadoras y montacargas, grúas,

elementos auxiliares.

48. Explosiones: Conceptos de explosión y de atmósfera

explosiva. Polvos inflamables y combustibles. Límites y valores

de referencia. Emplazamientos peligrosos. Medidas de protección

frente a atmósferas explosivas. Protección en atmósferas

explosivas: Principales características del Real Decreto 400/1196, de

1 de marzo, relativo a los aparatos y sistemas de protección para

uso en atmósferas potencialmente explosivas.

49. Espacios confinados: Concepto de espacio confinado.

Peligros asociados a un espacio confinado. Actuación ante un

espacio confinado. El Permiso de Trabajo; Contenido del permiso

de Trabajo. Procedimientos de emergencia y rescate.

Entrenamiento y deberes del equipo de trabajo en el espacio confinado.

Cancelación del Permiso de Trabajo.

50. Seguridad y Salud en las obras de construcción.

Disposiciones específicas de seguridad y salud durante las fases de

proyecto y ejecución de obras. Derecho de los trabajadores.

Disposiciones relativas al visado de proyecto, aviso previo e información

a la autoridad laboral.

51. Seguridad y Salud en las obras de construcción.

Disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben aplicarse en

las obras de construcción.

52. Equipos de protección individual (EPI). Normas legales

que regulan su uso y certificación RD 1407/1992, Condiciones

de comercialización y libre circulación intracomunitaria de los

equipos de protección individual, y RD 773/1997, Disposiciones

mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los

trabajadores de equipos de protección individual. Selección,

clasificación, utilización y mantenimiento de los equipos de

protección individual. Obligaciones de los empresarios, fabricantes y

usuarios. EPI de las vías respiratorias. Filtros contra partículas.

Filtros para gases y vapores. Regulaciones técnicas. EPI contra

riesgos de contacto o penetración por vía dérmica. Protección

de la piel. Regulaciones técnicas.

53. Agentes biológicos. Características de los agentes

biológicos: virus, bacterias, hongos, protozoos y helmintos.

Principales efectos para la salud. Factores de la exposición a agentes

biológicos. Condicionantes de la gravedad del efecto. Evaluación

de los Agentes biológicos. Grupos de riesgo, definiciones. Control

de la exposición a Agentes biológicos. Concepto de Contención:

principales medidas de contención. Aplicación de las medidas de

contención. RD 664/1997, sobre la protección de los trabajadores

contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes

biológicos durante el trabajo

54. Ruido. Teoría fundamental del sonido. Fundamentos de

acústica. Magnitudes y unidades. Espectro de frecuencias. Tipos

de ruido. Anatomía y fisiología del oído. Efectos del ruido: auditivos

y no auditivos. Evaluación de la exposición a ruido. Medición del

ruido. Equipos de medición: sonómetros integradores, dosímetros,

calibrador de nivel sonoro; requisitos legales. Parámetros de

medida: Nivel de ruido diario equivalente, Nivel de pico máximo.

Condiciones de la medición. Valoración de exposición laboral a ruido.

RD 1316/1989, sobre la protección de los trabajadores frente

a los riesgos derivados de la exposición a ruido durante el trabajo.

Las exigencias preventivas en la nueva directiva 2003/10 CE sobre

el ruido.

ANEXO III

Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: Don Florentino Alonso Arenal, Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el

Trabajo.

Vocales: Don José Luis Castellá López, Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el

Trabajo; don Carlos Ramón Diez Maté, Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo,

doña María Cruz Gracia Guillén, Cuerpo Superior de Técnicos

de la Administración de la Seguridad Social.

Secretaria: Doña María Victoria Somoza Ramis, Cuerpo

Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Manuel Gómez-Cano Hernández, Escala de

Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene

en el Trabajo.

Vocales: Don Alberto Sanz Merinero, Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo;

don Eusebio Martín Asenjo, Escala de Titulados Superiores del

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo; don José

Antonio Ferri Lara, Cuerpo de Gestión de la Administración de

la Seguridad Social.

Secretaria: Doña María Teresa de Rus Herrera Fernández,

Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala

de Titulados Medios del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene

en el Trabajo" y el Código B 6315

En el recuadro 16, no habrá que consignar ningún dato

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra L

(sistema de acceso libre)

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales"

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid"

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía

podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", en el primer

apartado se consignará el título poseído por el aspirante, de

acuerdo con las exigencias de la convocatoria

En el recuadro 25, apartado A, se consignará el idioma elegido

para el cuarto ejercicio.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 18,76

euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 1302/9002/26/00236447145, del Banco

Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de "Tesoro Público. Ministerio

de Trabajo y Asuntos Sociales. Derechos de examen". El ingreso

podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco

Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier

entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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