De conformidad con lo establecido en la base sexta de la
Resolución de 19 de diciembre de 2001, de la Dirección General de
Justicia de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas,
por la que se anunció concurso de traslado para cubrir plazas
vacantes de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración
de Justicia ("Diario Oficial de la Generalidad Valenciana" y "Boletín
Oficial del Estado" de 27 de diciembre de 2001), se anuncia que
los lugares donde estarán expuestos los anexos III con los datos
personales de los interesados, la baremación, los destinos
solicitados y la plaza adjudicada provisionalmente, serán: la sede del
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, las
Audiencias Provinciales de Valencia, Castellón y Alicante, y en
las sedes de la Dirección General de Justicia, calle Historiador
Chabás, 2 de Valencia, avenida Maissonave, número 9-5.o D de
Alicante y en plaza Juez Borrull, sin número, de Castellón.
Los funcionarios interesados expresarán en el plazo de diez
días naturales su disconformidad con los datos obrantes en dicho
anexo III, para lo cual deberán solicitar su corrección mediante
el anexo IV (Modelo de alegaciones), publicado en el "Diario Oficial
de la Generalidad Valenciana" y "Boletín Oficial del Estado" de
27 de diciembre de 2001, aportando la prueba documental
oportuna y fotocopia sellada de la instancia que presentaron en su
día, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. El modelo de alegaciones y
documentación adjunta, en su caso, se remitirá al fax número
96 398 68 58 del Servicio de Recursos Humanos de la Dirección
General de Justicia en Valencia.
De no reclamarse en el plazo establecido se entenderá que
muestra su conformidad y aceptación de los datos contenidos,
de su baremación y el destino provisionalmente obtenido.
Aquellas alegaciones que no hubieren sido resueltas
expresamente, se considerarán desestimadas ante la publicación de la
resolución definitiva del concurso de traslado.
Al tratarse de un concurso a resultas, los destinos provisionales
adjudicados pueden sufrir modificaciones en la resolución
definitiva, como consecuencia de los errores que pueden producirse
en la baremación de las instancias. En cualquier caso, los destinos
adjudicados provisionalmente no suponen derecho o la expectativa
de derecho respecto a la resolución definitiva del concurso.
Valencia, 25 de abril de 2002.-El Director general, Eloy
Velasco Núñez.
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