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Documento BOE-A-2002-7036

Resolución de 12 de marzo de 2002, la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto «Ordenación de senderos de Navarri, Morillo de Liena y Foradada de Tosca y pasarela peatonal sobre el río Ésera» promovido por «Aguas de la Cuenca del Ebro, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 2002, páginas 13970 a 13970 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2002-7036

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de mayo, en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, modificado por el Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, por los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la formulación de las resoluciones sobre los proyectos del anexo II del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo.

Debido a ello, «Aguas de la Cuenca del Ebro, Sociedad Anónima» remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación ambiental de las actuaciones definidas en el proyecto ordenación de senderos de Navarri, Morillo de Liena y Foradada de Tosca y pasarela peatonal sobre el río Ésera, al objeto de determinar la obligatoriedad, en su caso, de aplicar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en el Real Decreto 1131/1988.

Una vez examinada la documentación que constituye el expediente de evaluación de impacto ambiental del proyecto, se efectúan las siguientes consideraciones:

1. Con objeto de mejorar y restaurar los caminos peatonales existentes en los términos municipales de Navarri, Morillo de Liena y Foradada de Tosca «Aguas de la Cuenca del Ebro, Sociedad Anónima», propone la realización de las siguientes actuaciones:

Limpieza, reparación y señalización del camino de Morillo de Liena-carretera en una longitud de 400 metros.

Limpieza y reparación del camino de Morillo ded Liena a la Ermita de la Virgen de Gracia, así como instalación de una barandilla y equipamientos con bancos y mesas en una longitud de 450 metros.

Limpieza y construcción de protecciones del camino Navarri-Las Colladas en una longitud de 300 metros.

Limpieza, reparación y señalización del camino entre Foradada del Toscar y Las Corz en una longitud de 5.000 metros.

Construcción de una pasarela de 256 metros de longitud y plataforma de 4’00 metros para comunicar las poblaciones de Navarri y Morillo.

2. La autoridad responsable de supervisar los lugares de la Red «Natura 2000», Dirección General de Conservación del la Naturaleza del Ministerio del Medio Ambiente declara que la ordenación de senderos de Navarri, Morillo de Liena y Foradada de Tosca y pasarela peatonal sobre el río Ésera contribuye, por sus características, a mejorar las actividades de interpretación ambiental de los sitios propuestos como lugar de importancia comunitaria «macizo de Cotiella (ES 2410013) y «Congosto de Olviena» (ES 2410071).

En consecuencia, analizadas las características de las actuaciones, la documentación ambiental presentada por «Aguas de la Cuenca del Ebro, Sociedad Anónima», la sensibilidad del medio en que se pretende ubicar, y teniendo en consideración los criterios de selección contemplados en el anexo III de la Ley 6/2001, que modifica al Real Decreto Legislativo 1302/1986, la Secretaría General de Medio Ambiente resuelve que es innecesario aplicar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental dispuesto en el Real Decreto 1131/1988 a las actuaciones definidas en el proyecto ordenación de senderos de Navarri, Morillo de Liena y Foradada de Tosca y pasarela peatonal sobre el río Ésera por no preverse impactos adversos significativos en su ejecución.

Madrid, 12 de marzo de 2002.‒La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

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