En la cuestión de ilegalidad número 452/01,
planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
número 1 de Cádiz, la Sala Tercera (Sección Primera)
del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en
fecha 31 de enero de 2002, del siguiente tenor:
PROVIDENCIA
"Madrid, a treinta y uno de enero de dos mil dos.
Dada cuenta, se admite a trámite la cuestión de
ilegalidad planteada por el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo número 1 de Cádiz en el P. A. 286/00, sobre
el apartado 1 del artículo 15 del Real Decreto 320/1994,
de 25 de febrero, que aprueba el Reglamento del
Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, modificado
por Real Decreto 137/2000, de 4 de febrero.
Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el
"Boletín Oficial del Estado" en cumplimiento de lo que
dispone el artículo 124.2 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y remítanse las actuaciones a la Sección
Sexta, conforme a las reglas de reparto de asuntos.
Lo acuerda la Sala y firma el excelentísimo señor
don Enrique Cancer Lalanne; certifico."
Presidente: Excelentísimo señor don Ángel Rodríguez
García; Magistrados: Excelentísimo señor don Fernando
Ledesma Bartret y excelentísimo señor don Enrique
Cancer Lalanne.
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